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MINSALUD - Resolución 1430 de 2018

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 1430 de 2018
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

í:tr

REPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

0~1430

RESOLUCIONN ÚMERO : DE 2018 ( ) 1 9 ABR2 018 "Por la cual se ofrecen bienes muebles de propiedad del Ministerio de Salud y Protección Social a título gratuito a otras Entidades del Estado" EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 4107 de 2011 y la Resolución de ordenación No. 014 de 2013, modificada mediante Resolución 1052 de 2015, y en desarrollo del artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, y CONSIDERANDO Que el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015 establece en materia de Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales, que "Las Entidades Estatales deben hacer un inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web".

Que el Ministerio de Salud y Protección Social es titular de la propiedad de un equipo informático, el cual se identifica dentro del inventario de bienes de la Entidad, así: DESCRIPCION SERIE PLACA VALOR Servidor físico MX210800W9 52499 $ 2.200.000.oo HP Proliant DL 120 G6 VALOR TOTAL $ 2.200.000.oo Que mediante memorando radicado No. 201842600073883 del 10 de marzo de 2018, el

Coordinador del Grupo de Soporte Informático de la Subdirección Administrativa del Ministerio, manifiesta que luego de la verificación técnica certifica que " ... el servidor marca HP referencia Proliant, cumplió su vida útil y aunque se encuentra funcional no es suficiente para las tareas técnicas del Ministerio.( ... )". Que la Subdirección de Gestión de Operaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, elaboró el inventario correspondiente con el equipo informático arriba descrito, el cual no está siendo usado y tampoco es requerido para el desarrollo de actividades institucionales. Que de conformidad con lo anteriormente manifestado, es procedente dar de baja de los registros contables del Ministerio de Salud y Protección Social el equipo que se enunció anteriormente, con el fin de surtir el procedimiento de que trata el articulo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1º.-0rdenar la baja en los registros contables del Ministerio de Salud y Protección Social del Servidor físico marca HP Proliant DL 120 G6, el cual es de propiedad del mismo, con el fin de surtir el procedimiento de que trata el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015. 1 9 ABR2 018 14 3 0 RESOLUCIÓN NÚMERO'J '.) DE 2018 HOJA No _;¡ Continuación de la Resolución: ·Por la cual se ofrecen bienes muebles de propiedad del Ministerio de Salud y Protección Social a título gratuito a otras Entidades del Estado" ARTÍCULO 2°.- El bien objeto del presente acto administrativo se discrimina así: . ,

'· ' DESCRIPCION SERIE PLACA VALOR Servidor físico MX210800W9 52499 $ 2.200.000.oo HP Proliant DL 120 G6 VALOR TOTAL $ 2.200.000.oo ARTÍCULO 3º .- Ordenar la publicación de la presente Resolución en la página Web del Ministerio de Salud y Protección Social, en cumplimiento a lo establecido en el articulo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015. ARTICULO 4º .- Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la publicación del presente acto administrativo en la página Web del Ministerio de Salud y Protección Social, las Entidades interesadas deberán, por escrito, manifestar su interés, indicando la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud en los términos del artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015. ARTICULO 5º .-Vencido el término anteriormente señalado el Ministerio de Salud y Protección Social entregará a título gratuito, los bienes a la Entidad que primero hubiere manifestado por escrito su interés, según su necesidad. PARÁGRAFO.- De conformidad con lo previsto en el inciso 3º del artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015, de presentarse dos (2) o más manifestaciones de interés de entidades para el mismo bien, la Entidad Estatal que primero haya manifestado su interés debe tener preferencia. ARTICULO 6º.- Una vez designada la Entidad a la cual se entregarán los bienes, se suscribirá un acta entre ésta y el Ministerio de Salud y Protección Social, y se procederá a la entrega de

los bienes dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la firma de dicha acta. ARTICULO 7º .- La Entidad Estatal interesada en adquirir el bien objeto del presente Acto Administrativo, deberá asumir los gastos de custodia y transporte del bien desde la sede del Ministerio de Salud y Protección Social ubicado la Carrera 13 No. 32-76 de la ciudad de Bogotá D.C. hasta el lugar de destino; así como también, asumir, la garantía de bienes a que haya lugar, para la conservación del mismo y los demás costos directos o indirectos que resulten del presente documento. ARTÍCULO 8º.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

!; 9 ABR2 Dada en Bogotá D.C. a los,1

GERARDO BURGOS BERNAL

S::( Secretario General

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