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MINSALUD - Resolución 1507 de 2011

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 1507 de 2011
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2011

----------·-·---··, MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO Ü íJÜ Ü 15 íl.7 DE 2011 ( - 6 HAY2 011 > Por la cual se definen los criterios para la asignación de recursos del "Programa 630-Transferencias, Subprograma 304 -Servicios Integrales de Salud, Proyecto 5Mejorarrliento de la Red de Urgencias y Atención de Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Tránsito Subcuenta ECA T-FOSYGA-, Subproyecto 4-Apoyo Reclamaciones Víctimas Población Desplazada", se establecen los parámetros 1 para el giro y se dictan otras disposiciones EL MINISTRO DE L.A PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el Parágrafq 4° del Artículo 13 de la Ley 1122 de 2007 y en desarrollo de la Ley 1420 de 201 O y del Artículo 20 del Decreto 4803 de 201 O y, CONSIDERANDO Que mediante la Ley 1420 de 201 O "Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y la ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011" y el Decreto 4803 de 2010 "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", se establece el presupuesto del Programa 630 -Transferencias-, Subprograma 304 -Servicios Integrales de Salud-, Proyecto 5 -Mejoramiento de la Red de Urgencias y

Atención de Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Tránsito-Subcuenta ECAT - Fosyga-, por un valor de $208.954.431.091 Que mediante Resolución 0386 de 2011, " ... se efectúan unas asignaciones internas¡ en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Subcuenta ECA T del Fosyga,; Proyecto "Mejoramiento de la Red de Urgencias y Atención de Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Tránsito-Subcuenta ECA T Fosyga", para la vigencia fiscal 2011, correspondiendole al Subproyecto 4 "Apoyo •• Reclamaciones Víctimas Población Desplazada", el valor de $50.500..000.000. Que la! Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación lnternadonal, a través de la Subdirección Programa Atención a Población en Situación de Desplazamiento, mediante comunicación radicada con el número 55788 r~cibida 1° de marzo de 2011, remitió a este Ministerio la información referente a " ...l a población desplazada respecto de los municipios de declaración del desplazamiento, municipio del cual se desplazaron y deí municipio al cual arribaron posterior al desplazamiento y la información de los departamentos de expulsión, recepción y declaración de la población incluida en el Registro Único de Población Desplazada - RUPD- ", por departamentos y distritos, con corte al 19 de enero de 2011. .---------------------------- .......... --·--··--! • 6 HAY2 Gi1 1 --~] RESOLUCIÓN NÚMERO O!] Ü Ü Sí) 7 DE 2011 HOJA Nº 2ATC Rr to eean cnn lt c asin if móeu nr aa e cc n d ii oó c e nn i a e Es, sd n, e f VeS írl cua m tb ie mpre dr aos a sgo d rl e Pu a sc om i bó Ca ln a a c3 t" ia0P ós4 no t rr Dó- Sl f ea ie c s ar pc v s lu i a ca y ziol a As ds ce aI c ,n id sdtee eegf n ei rn ta see tl se an s b dl lo ed es ce T e c nrSr á i a lt n oe l su sr ii d to po,s a P rSp ár ua mo br y ea ce tu rcl e oa to n s a t pa5s a -i Eg M ran Ce a eAjoc l Ti r gó a - in rm oF id O yee n S s t eYore G dc d iAu e cr tas .l ao nS s u oR b td re p ae d r sl o d dP ye e ir so c pg tU oor r s a g i4mce- -- in oe-- Ac r'- ! ,, p6 ea• o3 ss• "y0 oY Que la Oirección General de Promoción Social informó a la Dirección General de Financiamiento sobre la ejecución .de los recursos asignados a las entidades territoriqles para la Atención en Salud a la Población en Situación de Despla:z;amientoPSD, con recursos de las vigencias 2006, 2007, 2008 y 2009 y con memorando radicado con el número 20749 del 26 de enero de 2011 el Director_G eneral de Financiamiento solicitó a la Dirección General de Promoción

Social ,, justificación técnica con el valor proyectado a ejecutar para la vigencia 2011, pel subproyecto "Apoyo de Reclamaciones Víctimas Población Desplazada", de la Subcuenta ECAT, teniendo en cuenta que "... el techo disponible es de $50.000.000.000." Que la Dirección General de Planeación y Análisis de Política, mediante correo electrónico del 15 de febrero de 2011 dirigido a la Dirección General de Promoción Social informa que conforme al cruce de la información de la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA y el Registro Único de Población DesplazadaRUPD, ton corte a 31 de Octubre de 2010, el número de personas en situación de desplazamiento - PSD - afiliadas al Régimen Subsidiado de Salud con financia~ión exclusiva del Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA, asciende a 1.7 14.308 personas. Que en el memorando 105505 del 14 de abril de 2011 dirigido por el Director General' de Financiamiento a la Coordinadora del Grupo de Poblaciones Prioritari~s de la Dirección General de Promoción Social se precisa que " ... según la Resolución 0386 del 14 de Febrero de 2011, Subproyecto 4 Apoyo Reclamaciones Víctimas Población Desplazada fueron asignados $50. 50d 000. 000; de los cuales $500. 000. 000 son para atender reclamaciones directas• de IPS por atención en salud a la población desplazada, que son radicada,s ante el Administrador Fiduciario de los recursos del Fosyga; y

$50.000J000.000 para asignación a las Entidades Territoriales, objeto del Proyecto de Resolución presentado por la Dirección General de Promoción Social."! Que pata efectuar la asignación de que trata la presente resolución, la Coordinadora del Grupo de PresupUJestod el Ministerio de la Protección Social expidió el certificado de disponibilidad presupuesta! No. 2611 del 8 de Marzo de 2011, po1r valor de $50.000.000.000. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artícul~ 1. Criterios para la asignac,on de los recursos. Los recursos destinados a concurrir en la financiación de la atención en salud de la población en situación de desplazamiento por la violencia, se ejecutarán de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia y se asignarán entre los departamentos y distritos, con base en los siguientes criterios:

1. Poqlación en situación de desplazamiento de cada entidad territorial, certificada por la Agencia Presidencial para la Acción Social y Cooperación

Internacional. - 6 MAY2 011

RESOl¡.UCIÓNN ÚMERO Ü !~JÜ Ü 1 ~ f) 7 DE 2011 HOJA Nº 3

A RTC r t eo ea cn nn lt acsin i mf óeu n ara e cc n d ii oó c e nn i a e E~, !d sf. : e VnS f íel cua r tb im mpre er aos d sgo a rl Pdu a ec om si bó Ca ln a a c3 t" ia0 óP s4 no t rr Dó- Sl f ea ie c s ar pc v s lu i a ca y ziol a As ds ce aI c ,n i sd dte ee eg f n ei rn t sa ee tl asen bs d l lo ed es ce T e c nrSr á i lat n oe l s sur i i d t po o, as P rS áp r u ma o br y eca e tu rcl e oa to n s ta pa5s a -i EM rg an Ce ea Ajo lc Tr gió a - irn m oF id O yee n S s t eYore G ddc iAu e cr tas ,l ao nS s u oR b td re p ae d r sl o d dP ye e ir so c pg tU oor r s a g i4m ce - in oa Ac n i p6 ea o3 ss ·y0 ·o - y

2. Nivel de ejecución de los convenios financiados con recursos de la supcuenta ECAT del FOSYGA a partir de la vigencia 2006 y hasta la vigencia 2009.

3. Nú1:mero de personas afiliadas al Régimen Subsidiado de Salud identificadas como Población en Situación de Desplazamiento, en las coritrataciones respectivas.

Artículo 2. Asignación de recursos. Una vez aplicados los criterios indicados

en el Artículo 1 de la presente resolución y considerada la ponderación del factor NO PdS-S, se asignarán recursos del "Programa 630 -Transferencias, Subprowama 304 - Servicios Integrales de Salud, Proyecto 5 - Mejoramienío de la Red de Urgencias y Atención de Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Tránsito~Subcuenta ECA T FOSYGA, Subproyecto 4 - Apoyo Reclamaciones Víctimas Población Desplazada", vigencia 2011, por valor de CINCUENTA MIL MILLONES DE PESOS M/cte. ($50.000.000.000), a los departamentos y distritos i certificados por la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, como población en situación de desplazamiento que rindió ct1claración y se encuentra en el Registro Único de Población Desplazada -RUPD-, de la siguiente manera: Entidad Territorial Valor Asignado

AMAZONAS

9.935.500

ANTIOQUIA 8.961. 714.200

ARAUCA 431.067.100ATLANTICO 408.292.600

BARRANQUILLA

849.328.400

BOGOTA 3.678.421.800

BOLIVAR 1.418.872.300

CARTAGENA 736.357.500

BOYACA 215.687.900

CALDAS 681.009.800

CAQUETA 1.572.284.600

CASANARE 167.196.100

CAUCA 1.517.026.800

CESAR 2.245.945.100

CHOCO 1.975.064.200

CORDOBA 2.145.946.000

CUNDINAMARCA 790.732.000

GUAINIA 61.241.200

GUAJIRA 1.119.087.500

GUAVIARE 376.373.200

HUILA 1.063.772.300

MAGDALENA 1.001.954. 700

SANTA MARTA 1.501.492.800 1 • 6 HAY2 011 ----R -E -S -O -~U -C -I -Ó -N -N -Ú -M -ER -O - --Ü - -r, -JÜ -Ü - -1 - !) - ( -) 7 ~ -D ~E 2 ~01 =1 ---~H OJA Nº 4 AT RC r t eo ea cn nn lt acsin if móeu nr aa e cc n d ii oó c e nn í a i E ssd n,e f Ve S írl cua m tb imepre dr aos a sgo d rl Peu a s oc m i bó Ca ln a a c3 t" a i0P ós4 no t r r Dó- Sl f ea ie c s ar pc v s lu ai ca y zil o a Ass dc e aI c n ,i d st de ee eg f n ei rn ta see tle s an .s b: d l lo e eds ce T e c rS nr á i a lt n oe l su sr i i d t po o, as SP rp áura mo br y ea ce u t rcl e oa t no s a t pa5s a -i EMg ran Ce ea Ajo lc T grió a - irn m oF Od i yee Sn s t Y er oe G ddc iAu ce t-r a,s l a no S s ouR tbd re p ae d r sl o d dP ye ier so c pg U t oor r sa g 4 ir cen - in oa Ac n i p6 ea o3 ss y ·0 ·o - y

META 1.908.371.000

NARINO

2.429.877.500

NORTE SANTANDER 1.601.200.900

PUTUMAYO

951.316.500

QUINDIO

304.957.200

RISARALDA

647.058.700

SANANDRES

3.000.000

SANTANDER

1.882.689. 700 SUCRE 2.450.034.300

TOLIMA

1.352.131.000 ·, VALLE 3.471.717.600

VAUPES

6.565.700 1

VICHADA

62.276.300 TOTAL L 50.000.000.000Parágrafo 1. Los recursos asignados en el presente artículo, hacen parte de la concurrencia de la Nación para cofinanciar la atención en salud de la población en situación dJed esplazamiento en lo no cubierto con subsidios a la demanda en los departam,ntos, distritos y municipios receptores de población en situación de desplazamiento; entendiendo como receptores, las entidades territoriales que reciben personas desplazadas de otros territorios. 1 Parágrafq 2. Las entidades territoriales deberán reintegrar al Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGAlos recursos asignados, si al concluir la vigencia fiscal éstos no se hubieren ejecutado, o si hubiere cesado la condición de desplazan;iiento o se certifique la cobertura universal de aseguramiento en salud por el Ministerio de la Protección Social. 3. Artículo Destino de los recurs.os. Los recursos asignados mediante la presente resolución tienen destinación específica para financiar, a partir del 1 de enero de i2011, el pago de las atenciones y los servicios de asistencia médica

integral, la atención quirúrgica, odontología general, atención en salud mentai, hospitalarifi, suministro de medicamentos, ayudas diagnósticas y de rehabilitación integral eri salud de las personas en situación de desplazamiento no afiliadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud y sin capacidad de pago que se encuentren en el Registro Único de Población Desplazada - RUPD de la Agencia Presidenci~I para la Acción Social y Cooperación Internacional -Acción Social y el reconocimiento y pago de servicios prestados a la población en desplazamiento afiliada al Régimen Subsidiado, en lo no cubierto por el Plan Obligatorio de Salud - POS, siempre y cuando se certifique por parte de la entidad territorial que no se han pagado ni se pagarán dichas atenciones con ninguna otra fuente financiera. Artículo 4, Incorporación de recursos en los presupuestos de las entidades territoriales. Las entidades territoriales están obligadas a incOíporar oportunamiente en su respectivo presupuesto los recursos aquí asignados. Para estos efectos, la presente resolución es el soporte legal, una vez publicada y comunicada oficialmente por este Ministerio. • 6 MAY2 0'1'1 7

RESOLUCIÓNN ÚMERO Ü !J Ü O1 ~ í) DE 2011 HOJA Nº 5

Continuación de la resolución "Por la cual se definen los criterios para la asignación de recursos del Programa 630Transferencias, Subprograma 304 -Servicios Integrales de Salud, Proyecto 5-Mejoramiento de la Red de Urgencias y Atención de i¡;nfermedades Catastróficas y Accidentes de Tránsito Subcuenta ECAT-FOSYGA-, Subproyecto 4Apoyo

Reclamacion~s Víctimas Población Desplazada, se establecen los parámetros para el giro y se dictan otras disposiciones· Artículo. 5. Obligaciones de las Entidades Territoriales. Las Entidades Territoriales están obligadas a rendir tres informes en las fechas y con el contenido indicado en los siguientes artículos, ante el funcionario designado por la Direcció!"1G eneral de Promoción Social del Ministerio de la Protección Social. Artículo 6. Fecha de presentación de los informes. Los informes deberán ser presenta~os al Ministerio de la Protección Social así:

1. El primer informe dentro de los diez (10) primeros días calendario del rnes de1m ayo.

2. El :segundo informe con corte a 31 de julio, dentro de los 20 primeros días calendario del mes de agosto.

3. El informe final con corte a 30 de noviembre, a más tardar el 15 de didembre de 2011, con el fin de adelantar el trámite para el pago de los servicios dentro de la presente vigencia.

Parágrafo 1. Los departamentos y lbs distritos deben tener en cuenta las fechas establecidas para el reporte de la información en la presente resolución, con el fin de que se adelanten con celeridad los procesos de incorporación de recursos en los respeictivos presupuestos y la celebración de los convenios y/o contratos. Para este último proceso, se debe tener presente que la fecha para la presentación del informe fjnal de los recursos aquí asignados, es el 15 de diciembre de 2011. 1 Parágrafo 2. Una vez finalizada la ejecución de los recursos, las entidades territoriales deberán enviar al funcionario del Ministerio responsable del

seguimiento, copia del acta de liquidti!ción de los contratos o convenios, dentro de los seis (6) meses subsiguientes a la ifecha de terminación. Artículo ¡T.C ontenido de los informes. Los informes de que trata el Artículo 5 de la presente resolución deberán contener:

1. P~imer informe. a) La relación de los contratos o convenios suscritos con las Instituciones que conforman la Red Prestadora de Servicios de Salud, según lo dispuesto en el Numeral 2 del Artículo 2 del Decreto 4877 de 2007 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya, a través de la cual se : garantizará la atención de las personas en situación de desplazamiento, indicando: nombre de la entidad territorial, nombre del departamento o distrito, nombre del municipio, código DANE del municipio, nombre de la Institución Prestadora de Servicios de Salud, ¡ Código de habilitación del Prestador, nivel de complejidad, número del : contrato o convenio suscrito y fecha del contrato o convenio suscrito • (formato dd/mm/aaaa). b )! Copia de cada uno de los convenios o contratos perfeccionados. c) También se deberá informar por parte de la Dirección Departamental o Distrital de Salud, el nombre y apellidos, teléfono y correo electrónico i . del funcionario de la Dirección Departamental o Distrital de Salud designado como coordinador y/o interventor de la ejecución de los • recursos aquí señalados; quien será el interlocutor con el profesional

  • 6 MAY2 011

RESO~UCIÓN NÚMERO 0!]001 ~07 DE 2011 HOJA Nº 6

AT RC r t eo ea cn nn lt c asin if móeu nr aa e cc n d ii dó c e nn i a é' E. s sd , n e f Ve S írl cua m tb imepre dr aos a sgo d rl e Pu a s oc m i bó Ca ln a a c3 t" a i0P ós4 no t r r Dó- S fl ea ice s ar pc v s lu ai ca y ziol a As ds ce aI c ,n i sd dte ee eg f n ei rn ta see tl se an s b dl lo ed es ce T e c nrSr á i lat n oe l s sur i i d to po,s a rP S áp r u ma o br y ea ce tu rcl e oa to n s ta pa5s a -i EMg ran Ce a eAjoc l Tr gió a - irn m oF i Od e ye n S s t eYore G dc d iAu ce t-r a,s l a no S s u oR b td re p ae d r sl o d dyP e e ir s o c ptg U oor r s a g i4m ce - in oa Ac n i p6 e¡i3 o ssJ "y oy 1 . designado por la Dirección 'General de Promoción Social para realizar e! : seguimiento a la atención y ejecución de los recursos objeto de la : presente resolución.

2. S~gundo informe. Soporta las atenciones brindadas entre el 1 de enero y el ;31 de julio de 2011 con los siguiente documentos: a)'¡ Actas de reuniones e informes de las acciones adelantadas por la • Dirección de Salud para la divulgación de la red prestadora contratada •c on cargo a los recursos de la presente resolución, levantadas y

1•d ebidamente suscritas al interior de la Dirección de Salud y con las 1 demás Secretarias de Despacho de la entidad territorial, las celebradas ¡ con las Autoridades M~nicipales, Aseguradores, Prestadores de 11 Servicios de Salud, Organismos de Control; Unidades de Atención y Orientación UAO; Acción Social y organizaciones de población ,d esplaza y/o población en situación de desplazamiento, entre otros. b) •A ctas de reuniones con las Oficinas de Atención al Usuario de las IPS icontratadas y de las organizaciones de población desplazada sobre el •1 m onitoreo y evaluación de los servicios de salud, así como, reporte de I: 1l,a os p om rtue nd oid ya cs o na d cm alii dn ais dtr a at i lv aa ps o ba ld ae cl ia ón nt .a das para garantizar un servicio e) ,F icha de evaluación técnica, administrativa y financiera y reporte de 1,morbilidad generados desde la herramienta SIGA Departamental ,e ntregada por este Ministerio, correspondiente a los servicios prestados 'según la fecha de corte del informe. d) ,El certificado de auditoria médica, debe señalar que se verificó que las ',personas desplazadas atendidas con cargo a los recursos de la presente resolución, se encuentran incluidas en el Registro Único de :1Población en Situación de Desplazamiento - RUPD de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, el 1valor avalado por la auditoria, el número de personas atendidas y el ¡período de prestación de servicios al cual corresponde la auditoria. ! e) ;Juego completo y consolidado del Registro Individual de Prestaciones

de Salud - RIPS de las .instituciones contratadas con cargo a los I,recursosa signados en la presente resolución, en medio magnético.

3. Tercer Informe. Soporta las atenciones brindadas entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2011, así: a) Debe contener el consolidado de las atenciones en salud de la población en situación de desplazamiento y ejecución de los recursos del año 2011. b) Ficha de evaluación técnica, administrativa y financiera y reporte de hiorbilidad generados desde la herramienta SIGA Departamental entregada por este Ministerio, correspondientes a los servicios prestados según la fecha de corte del informe. c) El certificado de auditoria médica, debe señalar que se verificó que las personas desplazadas atendidas con cargo a los recursos de la presente resolución, se encuentran incluidas en el Registro Único de f)f''1 0d00l~íJ7 "PRn,_A¡;,, r LUI

RESOLUCIÓNN ÚMERO DE 2lf11 HOJA Nº 7

Continuación _de la resolución "Por la cual se defineri los criterios para la asignación de recursos del Programa 630~ Transferencias, Subprograma 304 -Servicios Integrales de Salud, Proyecto 5-Mejoramiento de la Red de Urgencias'~ 1 Atención de Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Tránsito Subcuenta ECAT-FOSYGA-, Subproyecto 4Apoyo Reclamacionés Víctimas Población Desplazada, se estélblecení os parámetros para el giro y se dictan otras disposiciones"' Población en Situación de Desplazamiento - RUPD de la Agencia

Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional, el valor avalado por la auditoría, el número de personas atendidas y e! • período de prestación de servicios al cual corresponde la auditoría. d) '.C ertificación del Director Departamental o Distrital de Salud donde señale que las atenciones reportadas no se han pagado ni se pagarán con recursos diferentes a lqs de la presente resolución. e) : Juego completo y consolidado de todas las instituciones de la red 'prestadora del Registro lnclividual de Prestaciones de Salud - RIPS de 'las atenciones de las personas del reporte, en medio magnético. Parágrafo 1. Para la contratación de los recursos de que trata la presente resolució~ con la red prestadora de servicios de salud, la Dirección Departamental de Salud deberá priorizar los municipios con un mayor número de población en situación de desplazamiento, asignándole los recursos en proporción a esta I poblaciórl. Así mismo, se deberá tener en cuenta el acceso geográfico de la población, en especial de aquella población cuyo lugar de residencia sean los municipio~ en límite con otra entipad territorial, garantizando una atención oportuna ,y que no genere costos a_dicionalesa la población, para lo cual, se deberán definir los convenios y/o contratos que garanticen que la población cuente con una red de fácil acceso. ¡ Parágraft> 2. Para el acceso a los medicamentos por parte de la población en situación de desplazamiento, se deberá prever y contar con una red que garantice su entreg~ oportuna en un sitio cercano a la residencia de la población. Parágraf~ 3. El contrato o convenio <deberác ontener una cláusula donde se exija

a la IPS, ~I reporte de información utilizando la Herramienta SIGA IPS entregada por este Ministerio, así como la obligatoriedad de haber cruzado la información de cada un~ de las personas atendidas con la base de datos de Población en

Situación: de Desplazamiento entregada por Acción Social Registro Único de

Población Desplazada -RUPD. Artículo ;8. Giro de los recursos. De conformidad con lo previsto en la Resolución 3042 de 2007 modificada .por las Resoluciones 4204 de 2008; 1453 y 991 de 2009; y 1805, 2421 y 3459 de2010, el giro de estos recursos se efectuará a la Subcuenta de Prestación de Servicios de Salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda, del Fondo de Salud de la respectiva entidad territorial. El primer giro correspondiente al 30% de lo asignado, se hará una vez se expida la presente resolución y de acuerdo con la disponibilidad de recursos del FOSYGA para lo cuial, se deberá presentar la certificación bancaria actualizada y el formato beneficiario cuenta, debidamente diligenciado. El segundo giro correspondiente al 30%, se hará previa presentación ante este Ministerio :del primer informe que trata el Numeral 1° del Artículo 7° de la presente resolución. El tercer giro corresponderá al porcentaje de ejecución reportado y avalado en el segundo ihforme señalado en Numeral 2° del Artículo 7° de la presente resolución y se hará siempre y cuando el valor de los servicios sea superior al 100% de los recursos ya girados. i - 6 MAY2 011

RES0~UCIÓN NÚMERO\ Ü !J Ü Ü 1 !, f) 7 DE 2011 HOJA Nº 8

Continuación de la resolución "Por la cual se definen los criterios para la asignación de recursos del Programa 630Transferenci~s. Subprograma 304 -Servicios Integrales de Salud, Proyecto 5-Mejoramiento de la Red de Urgencias y Atención de :Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Tránsito Subcuenta ECAT-FOSYGA-, Subproyecto 4Apoyo Reclamacio~s Victimas Población Desplazada, se establecen los parámetros para el giro y se dictan otras disposiciones·· ' El cuart9 giro corresponderá a la suma faltante para completar los recursos ejecutados reportados por la entidad territorial, con el tercer informe y hasta por el total de : recursos asignados y se t,ará una vez presentado y avalado por el profesional responsable al interior de este Ministerio del seguimiento de estos recursos~ Artículo 9. Seguimiento y Control. El Ministerio de la Protección Social designará a través de la Dirección General de Promoción Social, un funcionario que hará seguimiento y control a la ejecución de los recursos, quien presentará informe al Director General de Promoción Social y al Director General de Financiamiento, indicando el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones de las entidades territoriales. Igualmente, el incumplimiento de las obligaciones contempladas en la presente resolución, será reportado a la Superintendencia Nacional de Salud y a los Organismos de Control del Estado para lo de su competencia. Artículo 110.V igencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de !a fecha de :su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los,

  • 6 HAY2 011

~ ~'J MAURICI . A SALAMANCA (~ Minist o de la Prote ción Social .,-----

Proyectó: Nonj:ia C.

( Revisó: N. Myr;ioz-. Susanna HV--J.C. Borda -Rocío G .\~.¡ '.~i 1

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