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MINSALUD - Resolución 1544 de 2024

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 1544 de 2024
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2024

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN fiÜ Ü Ü 15 4 4 DE 2024 ( 2 8 AGO 2024

Por la cual se delega la competencia en materia contractual para el cierre de expedientes en la plataforma SECOP 11 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias en especial las conferidas en el Articulo 211 de la Constitución Política, el articulo 9 de la Ley 489 de 1998 y en el Decreto - Ley 4107 de 2011, y CONSIDERANDO Que el artículo 211 de la Constitución Política consagra la facultad que tienen las autoridades administrativas para delegar en sus subalternos o en otras autoridades, el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con las condiciones fijadas por la ley. Que la Ley 489 de 1998, que dicta normas sobre la organización y funcionamiento d_e las entidades del orden nacional, en su artículo 9 estableció la delegación de funciones entre las autoridades administrativas a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias, señalando que los Ministros, entre otros, "(. . .) podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el articulo 209 de la Constitución Politica y en la presente Ley". Que de conformidad con los numerales 1 y 10 del artículo tercero de la Resolución No. 4536 de 2014 "Por/a cual se Modifican las Resoluciones 571 y 3158 de 2013 y se crea el Grupo de Ejecución y Liquidación

Que de conformidad con los numerales 1 y 10 del artículo tercero de la Resolución No. 4536 de 2014 "Por/a cual se Modifican las Resoluciones 571 y 3158 de 2013 y se crea el Grupo de Ejecución y Liquidación Contractual de la Subdirección Administrativa del Ministerio de Salud y Protección Social" por competencia funcional, le corresponde a GELC apoyar y gestionar aspectos inherentes a la ejecución y finalización de los expedientes contractuales de que se trate, entre las que se encuentra los cierres de estos en las distintas plataformas de contratación (SECOP 1, SECOP 11 y TVEC). Que mediante Circular Externa No. 002 de 2023 "Lineamientos para el cierre del contrato electrónico SECOP //", la Circular Externa No. 003 de 2023 "Ampliación del término para el cierre del contrato electrónico en SECOP //, establecido en la circular No. 002 del 2023" y la Circular Externa No. 06 de 2023 "Ampliación del término para el cierre del contrato electrónico en SECOP 11, establecido en la circular No. 002 y 003 del 2023" emitidas por la Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente, la entidad debe gestionar lo correspondiente al cierre de los expedientes contractuales en la plataforma SECOP 11, so pena de ser sujetos a reportes ante los organismos de control. Que, en cumplimiento de lo anterior y por los trámites que la gestión demanda, se considera necesario efectuar una delegación especial y específica para adelantar los cierres de los expedientes contractuales en la platafonma SECOP 11. Que, confonme a lo expuesto, se requiere delegar especialmente la competencia anunciada al funcionario que

una delegación especial y específica para adelantar los cierres de los expedientes contractuales en la platafonma SECOP 11. Que, confonme a lo expuesto, se requiere delegar especialmente la competencia anunciada al funcionario que funja en su calidad de Coordinador del Grupo de Ejecución y Liquidación Contractual, sin perjuicio del ejercicio de las funciones propias. Que la delegación a efectuar se motiva, en razón a la necesidad de descongestionar el elevado volumen de trámites a cargo del Despacho del Ministro de Salud y Protección Social, de algunas funciones que pueden serRESOLUClóNJ bidÜ 15 4 4 DEL 2 8 AGO DE 2024 HOJA No.2 Por la cual se delega la competencia en materia contractual para el cierre de expedientes en fa plataforma SECOP /1. encargadas y comprometer a otras dependencias en el logro de los objetivos institucionales, facilitando así los procesos al interior del Ministerio. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Delegar la competencia en materia contractual, de las gestiones y demás procedimientos que demande el cierre de expedientes en la platafonma SECOP II en el funcionario que funja como Coordinador del Grupo de Ejecución y Liquidación Contractual, sin perjuicio del ejercicio de las funciones propias.

ARTÍCULO SEGUNDO: En virtud de lo dispuesto en el articulo 211 de la Constitución política y en el articulo 12 de la Ley 489 de 1998, el Ministro de Salud y Protección Social, podrá, en cualquier momento, reasumir la competencia y revisar las actuaciones adelantadas por el delegatario, en ejercicio de las funciones delegadas mediante la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a part·1r de su expedición y publicación en el diario oficial.

competencia y revisar las actuaciones adelantadas por el delegatario, en ejercicio de las funciones delegadas mediante la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a part·1r de su expedición y publicación en el diario oficial.

Dada en Bogotá D.G., 2 8 AGQ 2024 COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE GUILLERMO ALFON ,O JARAMILLO MARTiNEZ Ministro de Sa ud y Protección Social 1.

Elaboró: Grupo Ejecución y Liquidación Contractual/ Luisa Adriana Cely Ramos Revisb: Grupo Ejecución y Uquidación Contractual/ Dayanfifinosa Martinez Aprobó: Dirección Jurídica/ Alfonso David Ortiz TorrefiaRevisó y Aprobó: Grupo Ejecución y Liquidación Contractual /lngrid Córdoba Amarillo.

Aprobó: Felipe Galindo / Asesor Coordinador Grupo de Gestión Contractual

Aprobó: Rodolfo Enrique Salas Figueroa I Secretario General (E)fi

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