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MINSALUD - Resolución 1596 de 2021

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 1596 de 2021
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2021

República de Colombia

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

159G RESOLUCIÓN NÚMERO"';,~,: DE 2021 ( 13 OCT2 021 ) Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 9 de octubre de 2021, de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH EL VICEMINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y PRESTACION DE SERVICIOS ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 8 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466, 630 y 744 de 2021 y, CONSIDERANDO Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad". Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que

son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública. Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404, 466, 630 y 744 todos de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, así como la población que se prioriza en cada una de ellas. Que mediante las Resoluciones 1109, 1182, 1203 y 1244 todas de 2021, les .fueron asignados a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 3.650.000 dosis de la vacuna mRNA - 1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH, para inmunizar a las personas priorizadas en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación, así: ----· - -Dosis Dosis Dosis Nº SECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTADLIOST RITAOL L A asignadas Dosisa signadas asignadas asignadas Totald osis . '" ENTIDAQD UEH AGAS USV ECES Resolución Resoluci1ó1n8 2 Resolución Resolución ágnadas ' ' 1109 . 1203 1244 DepartamednelA o ntioqu•i aS ecretarSiae ccionaSldael uyd 1 ProteccSióonc ial 442.260 38.640 10.080 131460 622.440

Departamednet Aor auc-a UnidaAdd ministraEtisvpae cdiael 2 Salud 8.260 3.080 o 2.380 13.720 1596 13 OCT2 021

RESOLUCIÓN NÚMÉRO'-' DE DE 2021 HOJA No 2

Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 09 de octubre de 2021, de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH" Departamendleol Atlánlico Secretaridae Salud o 3 Deoarlamenlal 57.820 15.820 29.680 103.320 DislriloE speciaIln dustriayl Portuaridoe B arranqu-illa 4 SecretadreiaS aluDd istrital 81.200 14.420 9.940 21.280 126.840 5 DistritCoa pitdael B ogot-áS ecretaDriais tritdael Salud 524.160 45.500 o 116.340 686.000 Departamendloe Bolívar Secrelafidae Salud o o 6 Deoartamental !,. ~ ' 64.400 6.300 70.700 Departamendtoe Boyacá Secretaridae Salud 7 Deoartamental 81.480 14.000 o 9.100 104.580 Departamedneto C alda-sD ireccióTne rritoridael S aludd e o 8 Caldas 72.100 14.980 13.440 100.520 9 DepartamedneCt oa que-táIn stituDtoe partamednetSa al lud 11.480 o o 4.200 15.680 DistritoT urísticoy Culturadl e Cartagendae Indias10 DeoartameAndtmo inistraDtivisotr itdael S alud 62.020 o o 7.700 69.720 Departamendteol Casanare Secretaridae Salud o 11 Denartamental 13.020 16.660 4.480 34.160 12 DepartamednetlCo auc-aS ecretadrieaS aluDd epartamental 47.460 16.660 o 4.200 68.320 13 DepartamednetlCo esa-rS ecreladrieaS aluDd epartamental 37.100 13.720 o 6.020 56.840 14 DepartamednetlCo hoc-óS ecretadrieaS aÍuDd epartlmental 14.140 o o 1.400 15.540 Departamedneto C órdob-aS ecretardiae Desarrodlloe la 15 Salud 57.120 19.740 o 13.160 90.020 Departamedneto C undinama-rcaS ecretardiae Salud 16 Deoartamental 146.160 37.660 o 35.840 219.660 Departamento del Guaviare Secretária 17 DeoartamednetSa al lud 3.080 o o o 3.080 18 DepartamednetlHo uila-S ecretadrieaS aludDepartamental6 5.380 o o 16.940 82.320 Departamednetol M agdalen-aS ecretardíae 19 Desarrodlelol a S alud 25.200 o o 2.100 27.300 20 DepartamednetlMo eta-S ecretadrieaS aludDepartamental4 3.820 11.760 o 14.500 70080 21 DepartamedneNt oa riñ-oI nstituDtoe partamenSta~ldlued 69.580 18.200 o 19.900 107.680

Departamendtoe Norte De Santander Instituto 22 DeoartamednetS aal lud. 66.220 17.920 o 20.500 104.640 Departamendtoe l Quindio Secretaridae Salud o 23 Deoartamental 27.300 6.580 9.200 43.080 Departamendteo Risaralda Secretardiae . Salud 24 Deoartamental 45.780 6.580 4.200 14.000 70.560 DisllitTou rísticCou, lturEaH l istóncoSdaen tMa arta 25 -SecretadreiaS aluídls trital 16.800 11.760 o 3.900 32.460 Departamendteo Santander Secretardíae Salud o 26 Denartamental 148.960 260 40 30.700 205.700 Departamentod e Sucre Departamento o 27 Administradteisv ~ou ndaSdo cieanl S alud 29.400 10.360 3.500 43.260 Departamendtoe l Tolima Secretaridae Salud 28 Deoartamental 60.480 15.260 o 26.880 102.620 Departamendtoe l Valle Del Cauca Secretaría 29 DenartamednetS aal lud 278.460 41.860 o 29.000 349.320 Departamendteo la Guajira Secretaridae Salud 30 Deoartamental o o o 1.300 1.300 Departamendteo Putumayo Secretardiae Salud 31 Deoartamental o o o 700 700 DistntEos peciIanl,d ustriPaol, rtuarBioi,o diverys Eoc oturistico

32 DeB uenaventura o 3.080 o 4.060 7.140 Departamento del Vichada Secretaria 33 DenartamednetS aal lud o o o 700 700 Totaals ianado 2.600.640 405.300 39.200 604.860 3.650.000 Que mediante la Resolución 1456 de 2021, les fueron asignadas a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 332.640 dosis de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH, para ser aplicadas como segunda dosis a las personas de mayor riesgo que recibieron la primera, producto de la distribuciónr ealizada mediante Resoluciones 1109, 1182, 1203 y 1244 todas de 2021, así: 15 9 6 13 OCT2 02 l

RES0Luc1óN Núr.fERÓ •. .. DE DE 2021 HOJA No 3

Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el dla 09 de octubre de 2021. de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH" CANTIDAD Nº SECRETARIDAE SALUDD EPARTAMENTAYL D ISTRITAOL LA ENTIDADQ UEH AGAS USV ECES DOSIS 1 DepartamendteoA ntioqui-aS ecretariSae ccionad!e Saludy ProteccióSno cial 56.700 2 Deoartamendteoe AraucaUnidadA dministrativEas oeciadle S alud 1.260 3 Deoartamendteol A llánticoSecretaridae SaludD eoartamental 9.380

4 DislntoE soeciaInl dustriayl Portuandoe Barranouil-laS ecretaridae S aludD istrital 11.620 5 DistntoC aoitadl e ><nno-táS ecretariDa istntadl é Salud 62.580 6 Departamendtoe Bolíva-r Secretaridae SaludD epartamental 6.440 7 Deoartamendtoe Bovacá-S ecrelaridae SaludD eoartamental 9.520 8 Departamendtoe CaldasDireccióTne rritonadl e Saludd e Caldas 9.100 9 Deoartamendtoe Caouet-áI nstitutoD eoartamendtael S alud 1.400 10 DistntoT urísticov Culturadl eC artaaendae IndiasDeoartamenAtod ministrativDois tntadl e Salud 6.300 11 Departamendtoe lC asanar-eS ecretaridae SaludD epartamental 3.080 12 Denortamendtoe lC aucaSecretaridae SaludD eoartamental 6.160 13 Deoartamendtoe lC esarSecretaridae SaludD eruartamental 5.180 14 Departamendtoe lC hocó- Secretaridae SaludD epartamental 1.400 15 Deoartamendtoe Córdob-aS ecretaridae Desarrolldoe la Salud 8.260 16 Departamendtoe Cundinamar-cSa ecretaridae S aludD epartamental 20.020 17 Deoartamendteol G uaviar-eS ecretaríDa enortamendtael S alud 280 18 Deoartamendteol H uilaSecretaridae SalurDl eoartamental 7.560

19 Departamendteol M aadalen-aS ecretaridae Desarrolldoe la Salud 2.520 20 Deoartamendteol M etaSecretaridae SaludD eoartamental 6.440 21 Departamendteo NanñoInstitutoD eoartamendtael S alud 9.800 22 Deoartamendloe NorteD eS antande-rI nstitutoD eoartamendlael Salud. 9.520 23 Deoartamendteol Q uindioSecretaridae SaludD eoartamental 3.920 24 Departamendteo Risarald-aS ecretaridae SaludD epartamental 6.440 25 DistntoT urísticoC, ulturaEl Históncdoe SantaM artaSecretaridae SaludD istntal 2.940 26 Departamendteo S antande-rS ecretaridae SaludD epartamental 18.760 27 Departamendteo S ucreDepartamenAtod ministrativdoe SeouridaSdo ciael n Salud 3.920 28 Deoartamendteol T olimaSecretaridae SaludD eoartamental 9.380 29 Departamendteol V alleD elC aucaSecretaríDae partamendtael S alud 31.920 30 Deoartamendteo l a GuaiiraSecretaridae SaludD eoartamental 140 31 DistntoE s=ial, lndustnaPl ortuanoB, iodiversvo E coturisticdoe Buenaventura 700

TOTAL 332.640

Que mediante la Resolución 1539 de 2021, les fueron asignadas a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 852.460 dosis de la vacuna mRNA-1273 del

laboratorio Moderna Switzerland GMBH, para ser aplicadas como segunda dosis a las personas de mayor riesgo que recibieron la primera, producto de la distribución realizada mediante Resoluciones 1109, 1182, 1203 y 1244 todas de 2021, así: SECRETARIAD E SALUDD EPARTAMENTAYL DISTRITAl O LA ENTIDADQ UE HAGAS US CANTIDAD N' VECES DOSIS 1 De00 rtamentdoe A ntinnui-aS ecretariSa eccionad!e S aludY ProteccióSno cial 145.180 2 Deruartamedneto e AraucaUnidadA dministrativEas nor.iadle S alud 3.220 3 Deoartamendteol A tlántico-S ecretaridae SaludD eoartamental 24.080 4 DistntoE specialnl dustnavl Portuandoe Barranauil-laS ecretaridae S aludD istrital 29.540 5 DistntoC aoitadl e Bnnotá- SecretaríDa islritadl e Salud 159.880 6 Deoartamendteo Bolíva-r Secretaridae SaludD eoartamental 16.520 7 Departamendteo Bovacá-S ecretaridae SaludD epartamental 24.360 8 Deoartamendteo C aldasDireccióTne rritoriadle Saludd e Caldas 23.380 9 Departamendteo C aauet-áI nstitutoD eruartamendlea Sl alud 3.640 10 DistntoT urísticoy Culturadl e Cartaaendae IndiasDepartamenAtod ministrativDois tntadl e Salud 16.240 11 Deoartamendteol C asanar-eS ecretaridae SaludD eoartamental 7.980

12 Departamendteol C aucaSecretaridae S aludD epartamental 15.960 13 Deoartamendteol C esa-r Secretaridae SaludD eoartamental 13.300 14 Departamendteol C hocó- Secretaridae SaludD eoartamental 3.640 15 Deoartamendteo C órdoba-S ecretaridae Desarrolldoe la Salud 21.000 16 Departamendteo C undinamar-cSa ecretaridae SaludD eoartamental 51.240 17 Deoartamendteol G uaviar-eS ecretariDa epartamendtael S alud 700 18 Deoartamendteol H uilaSecretaridae SaludD eoartamental 19.180 19 Departamendtoe lM aadalen-aS ecretaridae Desarrolldoe la Salud 6.300 20 Deoartamendtoe lM etaSecretaridae SaludD epartamental 16.380 21 Deruartamedneto N anñoInstitutoD eoartamendtael S alud 25.060 22 Deoartamendtoe Norted e Santande-rI nstitutoD eoartamendtael S alud. 24.360 23 Deoartamendtoe lO uindioSecretaridae SaludD epartamental 10.080 1596 13 OCT2 021

RESOLUCIÓN NÚMÉRÓ . DE DE 2021 HOJA No4

Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la disttibución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 09 de octubre de 2021, de la vacuna mRNA-1273 del laboratotio

Moderna Switzerland GMBH" 24 Departamendtoe Risarald-aS ecretaridae SaludD eoartamental 16.380 25 DistritoT urísticoC, ulturael Históricdoe SantaM artaSecretaridae SaludD istrital 7.560 26 DePartamendteoS antande-rS ecretarídae SaludD eoartamental 47.880 27 Departamendtoe S ucreDepartamenAtod ministrativdoe S eouridaSd ociael nS alud 10.080 28 Departamendtoe l TolimaSecretarídae S aludD epartamental 23.940 29 Departamendtoe l Valled elC aucaSecretaríDa epartamendtael S alud 81.480 30 Departamendtoe la GuajiraSecretarídae SaludD epartamental 280 31 Deoartamendtoe Putumav-oS ecretarídae SaludD eoartamental 140 32 DistritoE specialI,n dustriaPl, ortuarioB, iodiversvo E coturísticDoe B uenaventura 1.680 33 Deoartamendtoe l VichadaSecretariDa epartamendtael Salud 140 34 Departamendtoe SanA ndrésP, rovidenciva S antaC atalinaSecretarídae SaludD ePartamental 280 35 Departamendtoe A mazona-sS ecretarídae SaludD epartamental 560 36 DePartamendtoe GuiníaSecretarídae SaludD eoartamental 420 37 Departamendtoe VaupésSecretarídae SaludD epartamental 420

TOTAL 852.460

Que mediante la Resolución 1552 de 2021, les fueron asignadas a los departamentos y

distritos que se señalan a continuación, 919.520 dosis de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH, para ser aplicadas como segunda dosis a las personas de mayor riesgo que recibieron la primera, producto de la distribuciónr ealizada mediante Resoluciones1 109, 1182, 1203 y 1244 todas de 2021, así: SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y DISTRITAL O LA ENTIDAD QUE HAGA SUS CANTIDAD Nº VECES DOSIS 1 Departamendtoe A ntioquia-S ecretaríSa eccionad!e Saludv ProteccióSno cial 95.620 2 Deoartamendtoe e AraucaUnidadA dministrativEas oeciadl eS alud 4.200 3 Deoartamendtoe lA tlánticoSecretarídae SaludD ePartamental 31.640 4 DistritoE soeciaIln dustriavl P ortuaridoe Barranqui!-laS ecretarída e SaludD istrital 38.780 5 DistritoC apitadl e Boootá- SecretariDa istritadl eS alud 105.420 6 Departamendtoe Bolíva-r Secretaridae SaludD epartamental 21.560 7 Departamendtoe Bovacá- Secretarídae SaludD eoartamental 32.060 8 Departamendtoe C aldasDireccióTn erritoriadle S aludd e Caldas 30.800 9 Deoartamendtoe C aouetá- InstitutoD eoartamendtael Salud 4.760 10 DistritoT urísticov Culturadl e Cartaaendae IndiasDepartamenAtod ministrativOoi stritadl e Salud 21.420

11 Deoartamendtoe l Casanar-eS ecretarídae SaludD epartamental 10.500 12 Departamendtoe l CaucaSecretaridae SaludD ePartamental 21.000 13 Departamendtoe l CesarSecretarídae SaludD epartamental 17.360 14 DePartamendteol Chocó- Secretaridae S aludD eoartamental 4.760 15 Departamendtoe CórdobaSecretarídae Desarrolldoe l a Salud 27.580 16 Departamendtoe Cundinamarc-aS ecretarídae S aludD epartamental 67.200 17 Deoartamendtoe l Guaviar-eS ecretaríDa eoartamendtael Salud 980 18 Departamendtoe l HuilaSecretarídae SaludD epartamental 25.200 19 Departamendtoe l Maadalen-aS ecretaridae Desarrolldoe la Salud 8.400 20 Deoartamendtoe l MetaSecretaridae SaludD epartamental .. 21.420 21 Departamendtoe NariñoInstitutoD epartamendtael Salud 33.040 22 Deoartamendtoe NorteD eS antande-rI nstitutoD epartamendtael Salud. 32.060 23 Departamendtoe l QuindíoSecretarídae SaludD epartamental 13.160 24 Deoartamendtoe Risarald-aS ecretarídae SaludD epartamental 21.560 25 DistritoT urísticoC, ulturaEl Históricod e SantaM artaSecretaríad e SaludD istrital 9.940 26 Departamendtoe Santande-rS ecretaridae SaludD epartamental 63.000

27 DePartamendteo SucreDepartamenAtod ministrativdoe SequridaSd ociael n Salud 13.300 28 Departamendtoe lT olimaSecretarídae SaludD ePartamental 31.360 29 Departamendtoe lV alleD elC aucaSecretaríDa epartamentdael S alud 106.820 30 Departamendtoe la GuajiraSecretarídae SaludD epartamental 420 31 DePartamendteo Putumav-oS ecretaridae SaludD eoartamental 280 32 DistritoE speciaIl,n dustriaPl, ortuarioB, iodiversvo E coturísticdoe Buenaventura 2.100 33 Deoartamendtoe lV ichadaSecretaríDa epartamendtael Salud 280 34 Departamendtoe S anA ndrésP, rovidenciva S antaC atalinaSecretarídae SaludD epartamental 280 35 Departamendtoe A mazona-sS ecretarídae SaludD epartamental 560 36 Departamendtoe GuiníaSecretarídae SaludD epartamental 280 37 Departamendtoe VaupésSecretarídae SaludD ePartamental 420

TOTAL 919.520

Que, de conformidad con el acta de entrega y recepción técnica de biológicos del 9 de octubre de 2021, suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del 1596 13 OCT2 021

RESOLUCIÓN NÚIIÍIÉRCL DE DE 2021 HOJA No 5

Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID

  • 19 entregadas al Estado colombiano el día 09 de octubre de 2021, de la vacuna mRNA-1273 de/ laboratorio Moderna Switzerland GMBH" Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 805.700 dosis de la vacuna mRNA - 1273 contra la COVID-19, del laboratorio Moderna Switzerland GMBH identificadas con el número de lote 940068, de las cuales serán distribuidas a través de este acto administrativo 805.560, teniendo en cuenta que se recibió en mal estado una caja plegadiza de 10 viales equivalente a 140 dosis, tal como se evidencia en el acta de alcance de fecha 13 de octubre del año en curso.

Que a pesar de que a los departamentos de Amazonas, Guainía, Vaupés y San Andrés no se les asignaron primeras dosis en las resoluciones 1109, 1182, 1203 y 1244 todas de 2021, mediante la presente resolución se realizará el envío de biológicos, teniendo en cuenta que, hasta la fecha la asignación de vacunas para el grupo de edad de 12 a 17 años no logra cubrir la población proyectada por el DANE. Que mediante Resolución 2021041443 de 21 de septiembre de 2021 del lnvima, por la cual se modifica la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia - ASUE a la vacuna Moderna mRNA-1273, se establece que esta debe ser administrada en adultos y niños de 12 años o más. Así mismo, -puede almacenarse refrigerada, sin abrir, entre 2 ºC y 8 ºC, protegida de la luz, durante un máximo de 30 días, razón por la cual, con el fin de

propender por la conservación adecuada del biológico, es necesario realizar la asignación a aquellos territorios que han tenido un alto rendimiento en la aplicación del mismo. Que de acuerdo con la Resolución 1151, modificada por la Resolución 1426, ambas de 2021, la población de 18 a 49 años sin comorbilidades se aplicará la segunda dosis de la vacuna del laboratorio Moderna Switzerland GMBH a los 84 días y aquellas personas entre 18 a 49 años con comorbilidades la segunda dosis de la vacuna se aplicará con un intervalo de 28 días; sin embargo, aquellas personas que por alguna circunstancia requieran la aplicación de su segunda dosis entre el periodo de 28 a 84 días podrán realizarlo, según disponibilidad del biológico en el territorio; no obstante, el Ministerio de Salud y Protección Social basado en la evidencia científica, recomienda la aplicación a los 84 días. Que, de acuerdo con la precitada resolución, las personas mayores de 70 años a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario pueden acceder a una dosis de refuerzo con el biológico contra la COVID-19, de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH. Que en el parágrafo 1 del artículo 4 de la Resolución 790 de 2021, mediante la cual se adoptaron nuevos criterios y reglas para la distribución, asignación y entrega de las vacunas contra la COVID-19, establece_que "las reglas de distribución no se aplicarán cuando se trate de segundas dosis". Que la velocidad y avance del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19 presenta un comportamiento heterogéneo en cada territorio, debido a las distintas estrategias

implementadas en la microplaneación y a la adherencia que ha tenido la vacunación en la población, por tanto, es necesario que sea la entidad territorial la que de acuerdo con su planeación defina el uso eficiente del biológico que aquí se asigna. Que se han presentado casos en los que diferentes personas han recibido la primera dosis de la vacuna disponible, en un prestador de servicios de salud habilitado en determinado territorio y al momento de cumplirse el tiempo establecido en el lineamiento de este Ministerio para recibir la segunda dosis se encuentran en otro territorio por diferentes razones, así como casos de personas que han recibido la primera dosis de determinada vacuna en el extranjero y han retornado al país, territorio en donde se cumple el tiempo para recibir la segunda dosis de esa misma vacuna, razón por la cual, se autorizará de manera expresa a los prestadores de servicios de salud y demás agentes habilitados para aplicar la dosis faltante de la vacuna contra el COVID -19. ! 5 9 6 13 OCT2 02 1

RESOLUCIÓN NÚ~ERO DE DE 2021 HOJA No 6

Continuación de la resolución "Por fa cual se realiza fa distribución y asignación de fas vacunas contra fa COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 09 de octubre de 2021, de fa vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH" En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Asignación de vacunas para garantizar la segunda dosis producto de la distribución realizada mediante;~esoluciones 1109, 1182; 1203 y 1244 de 2021. Asignar 805.560 dosis de la vacuna mRNA-1273 contra la COVID-19 del laboratorio Moderna

Switzerland GMBH, a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, las cuales deben ser aplicadas como segunda dosis a las personas que recibieron la primera, producto de la distribución realizada mediante Resoluciones 1109,1182, 1203 y 1244 todas de 2021, así: SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y DISTRITAL O LA ENTIDAD QUE HAGA SUS CANTIDAD N' VECES DOSIS 1 Departamendloe A ntioquia-S ecretariSa éccionadle SaludY ProleccióSn ocial 168.700 2 Departamendloe e AraucaUnidadA dministrativEas peciadl e Salud 2.660 3 Deoartamendloe lA tlánticoSecretaridae SaludD epartamental 19.880 4 DislritoE soeciaIln dustriavl Portuaridoe Barranouil-laS ecretaridae SaludD islrital 24.360 5 DistritoC apitadl e Boqolá- SecretariDa istritadl e Salud 185.780 6 Departamendtoe Bolíva-r Secrelarídae SaludD eoartamental 13.580 7 Departamendtoe Bovacá- Secretaridae SaludD epartamental 20.020 8 Deoartamendtoe CaldasDireccióTn erritoriadle Saludd e Caldas 19.320 9 Departamendtoe Caouelá- lnslilutoD eoartamendtael Salud 3.080 10 DistritoT uríslicov Culturadl e Cartaoendae IndiasDepartamenAtod ministralivDoi stritadl eS alud 13.440 11 Deoartamendtoe lC asanar-eS ecretaridae S aludD epartamental 6.580

12 Departamendtoe lC aucaSecrelariad e SaludD epartamental 13.020 13 Departamendloe lC esarSecrelariad e SaludD epartamental 10.920 14 Deoartamendtoe lC hocó- Secretaridae SaludD eoartamental 2.940 15 Departamendtoe CórdobaSecretarídae Desarrolldoe la Salud 17.220 16 Deoartamendtoe Cundinamarc-aS ecretaridae SaludD epartamental 42.140 17 Departamendloe lG uaviare-S ecretariDa eoartamendtael Salud 560 18 Departamendloe l HuilaSecretaridae S aludD epartamental 15.820 19 Deoartamendtoe l Maodalen-aS ecretaridae Desarrolldoe la Salud 5.180 20 Departamendloe l MetaSecretaridae SaludD eoartamental 13.440 21 Deoartamendtoe NariñolnstiluloD eoartamendtael Salud 20.720 22 Departamendloe NorteD eS antande-rI nstitutoD epartamendlael Salud. 20.020 23 Departamendloe lQ uindioSecretaridae SaludD epartamental 8.260 24 Departamendloe Risarald-aS ecretarídae SaludD eoartamental 13.580 25 DistritoT urísticoC, ulturaEl Hislóricod e SantaM artaSecretaridae SaludD istrital 6.300 26 Deoartamendloe Santande-rS ecretarídae SaludD epartamental 39.480 27 Departamendloe SucreDepartamenAlod ministrativdoe SeouridaSd ociael nS alud 8.260

28 Deoartamendloe lT olimaSecretarídae SaludD epartamental 19.740 29 Departamendloe lV alleD elC aucaSecretaríDa epartamenldael S alud 67.060 30 Departamendtoe la GuajiraSecrelariad eS aludD epartamenlal 280 31 Departamendloe Putumav-oS ecretarídae SaludD eoartamental 140 32 DistriloE speciall,n duslriaPl, ortuarioB, iodiversvo E coturisticDo eB uenavenlura 1.400 33 Departamendloe lV ichadaSecrelaríDa eoartamendlael Salud 140 34 Departamendtoe S anA ndrésP, rovidencvia S antaC atalinaSecrelarídae SaludD epartamental 280 35 Deoartamendtoe A mazona-sS ecretaridae SaludD epartamental 560 36 Departamendtoe G uainiaSecretarídae SaludD eoartamental 280 37 Deoartamendtoe VaupésSecretaridae S aludD epartamental 420

TOTAL 805.560

Para la aplicaciónd e las dosis asignadasm ediante la presente resolución,l as entidades territorialesd eberán: 1.1. Garantizar la aplicación de . segundas dosis pendientes en su jurisdicción asignadas mediante resoluciones anteriores. 1.2. Suministrar a la población menor de 12 a 17 años dosis del biológico, cuando la entidad territorial, a partir de su micro planeación, lo considere necesario. 1.3. Aplicación de dosis de refuerzo de las personas mayores de 70 años, a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario, de acuerdo con la actualización de

.1596 13 OCT2 021

RESOLUCIÓN NÚNÚªRO DE DE 2021 HOJA No 7

Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 09 de octubre de 2021, de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH" los lineamientos técnico-operativos, establecidos en el literal C del numeral 8. 7 de la Resolución 1151, modificada por la Resolución 1426 ambas de 2021. 1.4. Completar, en el marco del análisis realizado desde la Mesa de Coordinación Territorial contra la COVID-19, los esquemas de vacunación pendientes de su territorio, iniciados con asignaciones de resoluciones anteriores y de personas cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país o en el extranjero, siempre y cuando la persona este incluida en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación y la vacuna que requiere se encuentre disponible. La aplicación de segundas dosis deberá realizarse con la misma vacuna que recibió la primera y conforme con el periodo interdosis establecido en la Resolución 1151 de 2021. 1.5. Adelantar estrategias de demanda inducida para la población de riesgo. 1.6. Garantizar la distribución equitativa de los biológicos, según directrices impartidas por este Ministerio. 1.7. Personas que durante el intervalo entre la primera y segunda dosis sean diagnosticadas con COVID-19, deberán esperar que transcurra un tiempo mínimo de noventa (90) días contados desde la fecha de inicio de síntomas en personas sintomáticas y por lo menos

noventa (90) días contados desde la fecha de toma de muestra para personas asintomáticas para recibir la segunda dosis de este biológico, en los términos de la Resolución 1426 de 2021 emitida por este ministerio. Artículo 2. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., 13 OCT2 021 ~ (í / ~ / '°" ,/ ( Nv ./ LUIS ALEXÁNDJ. MOSCOSO OSORIO Viceministro de Salud püblica y Prestación de Servicios enbargado de la Funciones del ~spacho del M~atstrod e Salud y Protección Social Aprobó Viceministrod e Salud Públicay Prestaciónd e Seivicios.,,..J Directord e PromoCción!ñPrevención l'=J DirectoraJ urídica \..Ul¿

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