MINSALUD - Resolución 1597 de 2012
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 1597 de 2012
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2012
REPÚBLICA DE COLOMBIA -:;11, :,¡ ¡. .'." " •.f -.! - ,1 •
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MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
"'001597
RESOLUCIÓN DE 2012 2 2 JUN2 012
Por la cual se modifica la Resolución 1302 de 2012LA MINISTRA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales y en especial, las conferidas en el artículo 6 del Decreto Ley 4107 de 2011 y en el artículo 8 del Decreto 1080 de 2012, y CONSIDERANDO: Que con miras al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 1080 de 2012, este Ministerio expidió la Resolución 1302 de 2012, por la cual se adoptan los formatos y requerimientos para el reporte de la información por parte de las Entidades Territoriales y Entidades Promotoras de Salud, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1080 de 2012. Que las entidades departamentales requieren información sobre los recursos que de conformidad con lo establecido en el artículo 89 de la Ley ·1435 de 2011, podrán destinarse al pago de las obligaciones por servicios prestados a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda, a cargo del departamento, distrito o municipio. Que de conformidad con lo anterior, se hace necesario de una parte, adicionar dos campos en el numeral 1.2.2 del Anexo 4 del artículo 1 de la Resolución 1302 de 2012 y de otra, adoptar un formato adicional para que las entidades territoriales del orden municipal informen a la entidad departamental y lo distrital, la
disponibilidad de recursos para el pago de las obligaciones por servicios prestados a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda. Que en mérito a lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Modifíquese el artículo 1 de la Resolución 1302 de 2012, en el sentido de adicionar los campos "Código de la EPS" y "Valor del Contrato" en el numeral 1.2.2 del Anexo 4 y adoptar el Anexo No. 7, mediante el cual las entidades territoriales del orden municipal o distrital informarán al departamento los recursos disponibles en sus cuentas maestras, tal como se describe a continuación: 2 2 JUN2 012
RESOLUCIÓN NÚMER0--001597 DE 2012 HOJA No 2 de 7
Continuación de la resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1302 de 2012" "Anexo No. 7. Formato determinación recursos para el pago de obligaciones por servicios prestados a la población afiliada. Formato suscrito por las entidades territoriales del orden municipal o distrital para informar al departamento el monto de los recursos disponibles en las cuentas maestras, para el pago de la obligaciones por servicios prestados a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda, de conformidad con el parágrafo 2 del artículo3 del Decreto 1080 de 2012, el cual debe ser diligenciado de dentro. diez (10) días hábiles siguientes al cumplimiento del plazo establecido en literal a) del artículo 3 del mencionado Decreto." Parágrafo. El numeral 1.2.2 del Anexo No. 4 y el Anexo No. 7 a que refiere el
presente artículo quedarán tal como lo señala el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución. Artículo 2. Vigencia.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución 1302 de 2012.
PUBLÍQLJESEY CÚMPLASE e, 2 2 JUN2 012
Dada en Bogotá, D.
~-------v I 2 2 JUN2 012
0159 7
RESOLUCIÓN NÚMERO"' Q DE 2012 HOJA No 3 de 7
Continuaciónd e la resolución" Por la cual se modifical a Resolución1 302d e 2012"
ANEXO No. 4
SALDOS DE DEUDAS NO PAGADAS "( ... ) 1.2.2 REGISTRO TIPO 2REGISTRO DE DETALLE DE VALORES DE LAS DEUDAS RECONOCIDAS NO PAGADAS Mediante el Registro Tipo 2, la Entidad Territorial reporta el detalle de las deudas reconocidas no pagadas a nivel de cada contrato de régimen subsidiado. 1 Tipo de registro 1 N 2: valor que significa que el registro es de SI detalle 2 Consecutivo de registro 8 N Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va SI incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. Código Departamento 2 N Tabla división polltica administrativa de 3 Colombia DIVIPOLA del DANE. SI Código Municipio 3 N Tabla división política administrativa de Colombia DIVIPOLA del DANE. En casos 4 de ser un fondo local departamental este SI campo debe reportarse con el valor O. 6 A Corresponde al Código asignado por la
5 Código de la EPS Superintendencia Nacional de Salud a la SI EPS. 6 Número de Contrato 20 A Se debe diligenciar el número del contrato conservando la estructura señalada en la Resolución 5078 de 2007. Solo se debe diligenciar el contrato principal. Ejemplo 2007001 OO. Para contratos anteriores al 1 SI de abril de 2007, se permite números, letras y el carácter especial guión. Para contratos posteriores a 2007, registre el número del contrato tal como quedo en el a licativo de Contratos del FOSYGA 7 Vigencia del Contrato 4 N , Se debe diligenciar el año de inicio del contrato de aseguramiento .. Por ejemplo: SI 2008. 8 Valor de Contrato 22 D Se debe diligenciar el valor del contrato incluyendo las adiciones. SI Se permiten cifras decimales y el separador de decimales es el punto. 2 2 JUN2 012 0 159 7
RESOLUCIÓN NÚMERO"' Q DE 2012 HOJA No 4 de 7
Continuación de la resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1302 de 2012" 9 Valor de las deudas reconocidas 22 D Se debe diligenciar el valor reconocido y no pagadas de contratos no pagado por la entidad territorial. Si la entidad territorial pagó todo el valor reconocido de deuda, este campo debe SI tener el valor cero. Se permiten cifras decimales y el separador de decimales es el punto. 1O Proceso Judicial 2 A Si los valores de las deudas reconocidas no pagadas de contratos se encuentran SI en un proceso judicial, se debe diligenciar
SI, de lo contrario se registra NO. 2 2 JUN2 012
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RESOLUCIÓN DE 2012 HOJA No 5 de 7
Continuación de la resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1302 de 2012"
ANEXO No. 7.
FORMATO -DETERMINACIÓN DE RECURSOS PARA EL PAGO DE PPNA Y NO POS Dea ouerdoo onl o estableo!d,on el art!oulo3 delO eoreto1 080d e 2012ln forml)e nm i oalldadd ea lcalded elm unicipiod e_ _ ~el valord ed e los recursM conformelo estableceel articulo 89d e la Ley1 486d t 2011
ENTIDADQ UER EMITEL AI NFORMACION
1. CODIGOD ANED E LA ENTIDAD 2. NOMBREM UNICIP10
3. NOMBRDEE PARTAMENTO INFORMACIODNE L OS RECURSODSE L A CUENTAM AESTRA 14.A prl)t)aoiódne l Al~lde
FIRMA Nombre C6dulad e Ciudadllnia
INSTRUCCIONES PARA DILIGENCIAR EL FORMATO DETERMINACIÓN DE
RECURSOS PARA EL PAGO DE PPNA Y NO POS INSTRUCCIONES GENERALES: • La Entidad Territorial debe diligenciar la totalidad de los campos del 1 al 14. • Las Entidades Territoriales que no han girado los recursos definidos en el Decreto 2240 de 2010 deberán girarlos al FOSYGA. • • Los valores requeridos deben ser ingresados sin utilizar puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales utilice el punto
como separador de decimales.
INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS:
l. CÓDIGO DANE DE LA ENTIDAD: Registre el código de la Entidad TerritorialDIVIPOLA DANE. Ejemplo: Agua de Dios - Cundinamarca 25001
NOMBRE MUNICIPIO: Registre el nombre del Municipio 2 2 JUN2 012
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Continuación de la resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1302 de 2012"
3. NOMBRE DEPARTAMENTO: Registre el nombre del Departamento
4. SALDO DE LA CUENTA MAESTRA: Registre el saldo de la cuenta maestra con corte 30 de junio de 2012. No utilice puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales utilice el punto como separador de decimales.
5. RECURSOS COFINANCIACIÓN ESFUERZO PROPIO (MUNICIPIO DEPARTAMENTO)- DECRETO 1080 DE 2012: Registre el valor de los recursos de cofinanciación de esfuerzo propio que debía aportar el municipio, distrito o departamento de conformidad con lo establecido en el inciso 2 del literal a) del artículo 3 del Decreto 1080 de 2012. No utilice puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales utilice el punto como separador de decimales.
6. RECURSOS COFINANCIACIÓN ESFUERZO PROPIO VIGENCIA (MUNICIPIODEPARTAMENTO): Registre el valor de los recursos de cofinanciación de esfuerzo
propio que ha girado el municipio y/o departamento en la cuenta maestra posterior al 30 de junio de 2012. No utilice puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales utilice el punto corno separador de decimales.
7. RECURSOS PARA RESPALDAR EL ASEGURAMIENTO A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2011: Registre el valor de los recursos definidos en el compromiso presupuesta! de conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 3 del Decreto 1080 de 2012. No utilice puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales utilice el punto como separador de decimales.
8. VALOR PAGADO POR ASEGURAMIENTO: Registre el valor de los recursos girados por aseguramiento posteriores al registro de saldo conciliado de la cuenta maestra, es decir el 30 de junio de 2012. No utilice puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales utilice el punto como separador de decimales.
9. RECURSOS PAGADOS DE DEUDAS DE CONTRATOS DE ASEGURAMIENTO DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO CON RECURSOS DE LA CUENTA MAESTRA DECRETO 1080 DE 2012: La Entidad Territorial Municipal debe registrar el valor de pagado con recursos de la Cuenta Maestra, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 3 del Decreto 1080 de 2012. No utilice puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales utilice el punto
como separador de decimales.
10. PROVISIÓN PARA PRETENSIONES DE PROCESOS JUDICIALES: La Entidad Territorial Municipal debe registrar el valor de provisión para pretensiones de procesos judiciales la cual se debe respaldar con recursos de la cuenta maestra, conforme lo establece el inciso 4 del literal a) del artículo 3 del Decreto 1080 de 2012.
No utilice puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales utilice el punto como separador de decimales.
11. SALDO SIN COMPROMISO: La Entidad Territorial Municipal debe registrar el valor del saldo (4+5+6-7-8-9-10). No utilice puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales utilice el punto como separador de decimales.
12. RECURSOS PARA EL PAGO DE DEUDAS POR SERVICIOS PRESTADOS A LA POBLACIÓN POBRE EN LO NO CUBIERTO CON SUBSIDIOS A LA DEMANDA 2 2 JUN2 012
RESOLUCIÓN NÚMERO ""001IS7DE 2012 HOJA No 7 de 7
Continuación de la resolución "Por la cual se modifica la Resolución 1302 de 2012" (PPNA): La Entidad Territorial Municipal debe registrar el valor de los recursos de las deudas que se van a pagar por seNicios prestados a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda con recursos de la Cuenta Maestra, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 2º del artículo 3 del Decreto 1080 de 2012. No utilice puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga
cifras decimales utilice el punto como separador de decimales.
13. RECURSOS PARA EL PAGO DE DEUDAS DE NO POS: La Entidad Territorial Municipal debe registrar el valor de los recursos para el pago de lo NO POS con recursos de la Cuenta Maestra, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 2º del artículo 3 del Decreto 1080 de 2012. No utilice puntos o comas para separar miles o millones de pesos. Cuando el valor tenga cifras decimales utilice el punto como separador de decimales.
14. APROBACIÓN DEL ALCALDE: Registre la información del alcalde quien aprueba la relación de información de los contratos con deudas pendientes, incluyendo firma, nombre y número de cédula.
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