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MINSALUD - Resolución 1657 de 2021

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 1657 de 2021
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2021

República de Colombia

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL GC . 165 7

RESOLUCIÓN NÚMEÍW DE 2021 ( 2 2.O CT2 021

Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID19 del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Lid denominada CoronaVac, con el propósito de garantizar la segunda dosis de la distribución realizada mediante Resoluciones 1121 y 1421 de 2021 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 8 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466, 630 y 744 de 2021 y, CONSIDERANDO Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad". Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de

tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública. Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404,466,630 y 744 todos de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, así como la población que se prioriza en cada una de ellas. Que mediante Resolución 1121 de 2021, les fueron asignados a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 195.500 dosis de la vacuna CoronaVac del fabricante Sinovac Life Sciences Co Lid, para inmunizar a las personas priorizadas en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación, así: CANTIDAD Nº SECRETARIAD E SALUD DEPARTAMENTALO DISTRIALO ENTIDAD QUE HAGA SUS VECES DOSIS 1 Departamento de Antioquia -Secretaria Secciona! de Salud y Protección Social 29.000 2 Distrito Especial Industrial y Portuario De Barranquilla -Secretaria de Salud Distrital 6.000 2 2 OCT2 021 J.6 5 7

RESOLUCIÓN NÚMERO -~' - : DE 2021 HOJA No 2

Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ud denominada CoronaVac, con el propósito de garantizar la

segunda dosis de la distribución realizada mediante Resoluciones 1121 y 1421 de 2021" 3 Distrito Capital de Bogotá -Secretaria Distrital de Salud 47.500 4 Departamento de Boyacá -Secretaria de Salud Departamental 21.500 5 Departamento de Caldas - Dirección Territorial de Salud de Caldas 7.500 6 Departamento del Cesar -Secretaria de Salud Departamental 9.000 7 Departamento de Cundinamarca -Secretaria de Salud Departamental 25.000 8 Departamento del Huila -Secretaria de Salud Departamental 5.000 9 Distrito Turístico, Cultural E Histórico de Santa Marta -Secretaria de Salud Distrital 4.000 10 Departamento de Santander -Secretaria de Salud Departamental 13.000 11 Departamento de Nariño - Instituto Departamental De Salud 8.000 12 Departamento del Valle Del Cauca -Secretaria Departamental de Salud 20.000

TOTAL ASIGNADO 195.500

Que a través de la Resolución 1406 de 2021, les fueron asignados a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 100.000 dosis de la vacuna CoronaVac del fabricante Sinovac Lite Sciences Co Ud, para ser aplicadas como segunda dosis a las personas que recibieron la primera, producto de la distribución realizada mediante la Resolución 1121 de 2021 así: CANTIDAD N° SECRETARIAD E SALUD DEPARTAMENTALO DISTRIALO ENTIDADQ UE HAGA SUS VECES DOSIS 1 Departamento de Antioquia -Secretaria Seccional de Salud y Protección Social 14.960 2 Distrito Especial Industrial y Portuario De Barranquilla -Secretaria de Salud Distrital 3.120

3 Distrito Capital de Bogotá -Secretaria Distrital de Salud 24.640 4 Departamento de Boyacá -Secretaria de Salud Departamental 10.080 5 Departamento de Caldas -Dirección Territorial de Salud de Caldas 3.840 6 Departamento del Cesar -Secretaria de Salud Departamental 4.640 7 Departamento de Cundinamarca -Secretaria de Salud Departamental 12880 8 Departamento del Huila - Secretaria de Salud Departamental 2.560 9 Distrito Turístico, Cultural E Histórico de Santa Marta - Secretaria de Salud Distrital 2.080 10 Departamento de Santander -Secretaria de Salud Departamental 6.720 11 Departamento de Nariño - Instituto Departamental De Salud 4.160 Departamento del Valle Del Cauca -Secretaria Departamental de Salud 10.320 12

TOTAL ASIGNADO 100.000

Que mediante Resolución 1421 de 2021, les fueron asignados a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 1. 200.400 dosis de la vacuna CoronaVac del fabricante Sinovac Lite Sciences Co Ud, para inmunizar a la población de etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación, así: Nº SECRETARIAS DE SALUD DEPARTAMENTAL O DISTRITAL O ENTIDAD QUE HAGA Cantidad SUS VECES dosis 1 Departamento de Amazonas -Secretaria de Salud Denartamental 320 2 Departamento de Antioquia -Secretaria Seccional de Salud y Protección Social 209.680 3 Departamento de Arauca -Unidad Administrativa Esnecial de Salud 8.160 4 Deoartamento de Bolívar - Secretaria de Salud Denartamental 15.520

5 Deoartamento de Bovacá -Secretaria de Salud Deoartamental 21.840 6 Deoartamento de Caldas - Dirección Territorial de Salud De Caldas 32.560 7 Deoartamento de Caauetá - Instituto Denartamental de Salud 6.480 8 Departamento de Córdoba -Secretaria de Desarrollo de La Salud 30.400 9 Deoartamento de Cundinamarca -Secretaria de Salud Denartamental 49.520 10 Deoartamento de Guainia -Secretaria de Salud Deoartamental 160 11 Deoartamento de La Guaiira -Secretaria de Salud Deoartamental 6.080 12 Deoartamento de Nariño - Instituto Deoartamental de Salud 48.640 13 Departamento de Norte de Santander - Instituto Deoartamental de Salud. 47.520 14 Deoartamento de Putumavo -Secretaria de Salud Deoartamental 4.880 2 2 OC12 02, 16 5 7

RESOLUCIÓN NÚMERO ••.' ' DE 2021 HOJA No 3

Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Lid denominada CoronaVac, con el propósito de garantizar la segunda dosis de la distribución realizada mediante Resoluciones 1121 y 1421 de 2021" 15 Departamento de Risaralda -Secretaria de Salud Departamental 17.760 16 Deoartamento de Santander -Secretaria de Salud Departamental 70.240 17 Deoartamento de Sucre -Departamento Administrativo de Sequridad Social En Salud 15.840 18 Departamento de Vaupés -Secretaria de Salud Departamental 240

19 Deoartamento de Vichada -Secretaria Deoartamental de Salud 1.280 20 Deoartamento del Casanare - Secretaria de Salud Departamental 12.320 21 Departamento del Cauca -Secretaria de Salud Departamental 21.440 22 Deoartamento del Chocó - Secretaria de Salud Deoartamental 5.040 23 Deoartamento del Maqdalena -Secretaria de Desarrollo de la Salud 11.680 24 Departamento del Atlántico -Secretaria de Salud Departamental 24.400 25 Deoartamento del Cesar -Secretaria de Salud Deoartamental 20.800 26 Deoartamento del Guaviare -Secretaria Departamental de Salud 1.120 27 Departamento del Huila -Secretaria de Salud Deoartamental 31.760 28 Deoartamento del Meta -Secretaria de Salud Deoartamental 18.080 29 Departamento del Quindio -Secretaria de Salud Departamental 18.080 30 Deoartamento del Tolima -Secretaria de Salud Deoartamental 40.880 31 Deoartamento del Valle del Cauca -Secretaria Deoartamental de Salud 75.200 32 Distrito Capital de Bogotá -Secretaria Distrital de Salud 250.880 33 Distrito Esoecial Industrial v Portuario de Barranauilla -Secretaria de Salud Distrital 38.880 34 Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso v Ecoturistico de Buenaventura 3.040 35 Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias -Departamento Administrativo Distrital 30.480 de Salud 36 Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta -Secretaria de Salud Distrital 9.200

TOTAL ASIGNACION 1.200.400

Que a través del precitado acto administrativo, también se restituyeron a la ANDI 300.000 dosis de la vacuna CoronaVac del fabricante Sinovac Life Sciences Co Lid, en cumplimento a los acuerdos de préstamo de uso entre la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia, ANDI, el Ministerio de Salud y Protección Social y el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, Subcuenta para la mitigación de emergencias - COVID-19. Que, de conformidad con el acta de entrega y recepción técnica de biológicos del 13 de septiembre de 2021, suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 2,097.600 dosis de la vacuna contra la COVID-19, del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Lid denominada CoronaVac, identificada con los números de lote, C202106106, C202106108, C202106109, C202106110, C202106111, C202106113, C202106114, biológicos de los cuales, a través de la Resolución 1421 de 2021 se asignaron 1.500.400, quedando un saldo de 597.200, que serán asignados mediante este acto administrativo. Que en el parágrafo 3 del artículo 3 de la Resolución 1627 de 2021, mediante la cual se actualizaron los criterios y condiciones para la distribución y asignación de vacunas contra la COVID - 19 en el marco del Plan Nacional de Vacunación, establece que "Las reglas

de distribución no se aplicarán cuando se trate de asignación de segundas dosis ... ". Que de acuerdo con la Resolución 1151 de 2021, modificada por la Resolución 1426 del mismo año, las personas mayores de 70 años pueden acceder a una dosis de refuerzo del biológico contra la COVID-19, entre otros, del laboratorio Sinovac Life Scienses Co, una vez hayan transcurrido 6 meses de haber completado el esquema primario. Que de conformidad con las indicaciones del fabricante, las vacunas CoronaVac deben ser usadas en personas mayores de 18 años, pueden ser almacenadas en condiciones de refrigeración entre +2ºC y + 8ºC y su presentación es vial por dos dosis. Que, de otra parte, se han presentado casos en los que diferentes personas han recibido 2 2 Oti 2021 16 5 7

RESOLUCIÓN NÚMERO :., ~- DE 2021 HOJA No4

Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID -19 del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ltd denominada CoronaVac, con e/ propósito de garantizarla segunda dosis de la distribución realizada mediante Resoluciones 1121 y 1421 de 2021" la primera dosis de la vacuna disponible, en un prestador de servicios de salud habilitado en determinado territorio y al momento de cumplirse el tiempo establecido en el lineamiento de este Ministerio para recibir la segunda dosis se encuentran en otro territorio por diferentes razones, así como casos de personas que han recibido la primera dosis de determinada vacuna en el extranjero y han retornado al país, territorio en donde se cumple el tiempo para recibir la segunda dosis de esa misma vacuna, razón por la cual,

se autorizará de manera expresa a los prestadores de servicios de salud y demás agentes habilitados para aplicar la dosis faltante de la vacuna contra el COVID - 19. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Asignación de vacunas para garantizar la segunda dosis producto de la distribución realizada mediante Resoluciones 1121 y 1421 de 2021. Asignar 597.200 dosis de la vacuna CoronaVac, del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Lid, a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, las cuales deben ser aplicadas como segunda dosis a las personas que recibieron la primera, producto de la distribución realizada mediante Resoluciones 1121 y 1421 de 2021, así: Cantidadd osis SECRETARIADSE S ALUDD EPARTAMENTOA DL ISTRITAOL ENTIDADQ UEH AGAS USV ECES Nº 1 Denartamendloe AnlioouiaSecretariSa eccionad!e S aludY ProteccióSno cial 103.040 2 Departamentdoe e Arauca~ UnidadA dministrativaE speciadl e Salud 3.780 3 Deoartamendtoe lA llánticoSecretaridae SaludD eoartamenlal 11.200 4 DislritoE s=cial lnduslriavl Portuaridoe Barrannuil-laS ecretaridae SaludD islrital 19.180 5 DistritoC a,i tald e Boaotá- SecretariDa istritadl e Salud 126.100 6 Deoartamendtoe Bolíva-r Secrelariad e SaludD enartamental 7.140 7 Deoartamendloe Bovacá- Secretaridae SaludD enartamental 15.260

8 Deoartamendloe CaldasDireccióTn erritoriadle Saludd e Caldas 16.660 9 Denartamendtoe Canuelá- InstitutoD enartamendtael Salud 2.940 10 DistritoT urísticov Culturadl eC artaaendae IndiasDeoartamenAtod ministralivDoi stritadl e Salud 14.000 11 Deoartamendtoe lC asanar-eS ecrelariad e SaludD enartamental 5.740 12 Deoartamendtoe lC aucaSecretaridae SaludD eaartamental 9.940 13 Deoartamendtoe lC esarSecretaridae SaludD enartamental 11.620 14 Deoartamendtoe lC hocó- Secretaridae SaludD enartamental 2.380 15 Deoartamendtoe CórdobaSecretaridae Desarrolldoe la Salud 14.000 16 Denartamendtoe Cundinamarc-aS ecretaridae SaludD enartamental 28.420 17 Deoartamendtoe l Guaviare-S ecretariDa eoartamentdael Salud 560 18 Deoartamendtoe l HuilaSecretaridae S aludD enartamental 15.820 19 Deoartamendtoe l Maadalen-aS ecretaridae Desarrolldoe la Salud 5.320 20 Deoartamendtoe l MetaSecretarídae SaludD enartamental 8.400 21 Deoartamendtoe NariñoInstitutoD eoartamendtael Salud 24.220 22 Deoartamendtoe NorteD eS antande-rI nstitutoD enartamendtael Salud. 21.840

23 Deoartamendtoe l QuindíoSecretarídae SaludD enartamental 8.400 24 Deoartamendtoe Risarald-aS ecretarídae SaludD enartamental 8.120 25 DistriloT urislicoC, ulturaEl Históricdc e SantaM artaSecretaridae SaludD istrilal 5.180 26 Deoartamendloe Santande-rS ecrelarídae SaludD eoartamental 35.280 27 Deoartamendtoe S ucreDeoartamenAtod ministrativdoe SenuridaSd ociael nS alud 7.280 28 Deoartamendloe lT olima-Secretaridae S aludD enartamental 18.900 29 Deoartamendloe lV alleD elC aucaSecretaríDa eoartamenldael S alud 39.060 30 Deaartamendtoe la GuaiiraSecretaridae SaludD enartamental 2.800 31 Deoartamendloe Putumav-oS ecretarídae SaludD eaartamenlal 2.240 32 DistritoE soeciaIln, dustriaPl, ortuarioB, iodíversvo E coturísticDoe B uenaventura 1.400 33 Deoartamendtoe l VichadaSecretariDa eoartamendtael Salud 560 34 Deoartamendtoe A mazona-sS ecretarídae SaludD eoartamental 140 35 Deoartamendloe GuainiaSecretarídae SaludD enartamental 140 36 Deoartamendtoe VauoésSecretarídae SaludD enartamenlal 140

TOTALA SIGNACIÓN 597.200 2 2 OCT2 021

ü ~-1657

RESOLUCIÓN NÚMERO'., DE 2021 HOJA No 5

Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 del laboratorio.-Sinovac Life Scienses Ca., Lid denominada CoronaVac, con el propósito de garantizarla segunda dosis de la distribución realizada mediante Resoluciones 1121 y 1421 de 2021 " Para la aplicación de las dosis asignadas mediante la presente resolución, las entidades territoriales deberán: 1.1. Garantizar la aplicación de las segundas dosis pendientes en su jurisdicción asignadas en resoluciones anteriores, fortaleciendo las estrategias de demanda inducida y búsqueda activa de la población objeto. 1.2. Aplicación de dosis de refuerzo de las personas mayores de 70 años, a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario, de acuerdo con la actualización de los lineamientos técnico-operativos, establecidos en el literal C del numeral 8. 7 de la Resolución 1151, modificada por la Resolución 1426 ambas de 2021. 1.3. Completar, en el marco del análisis realizado desde la Mesa de Coordinación Territorial contra la COVID-19, los esquemas de vacunación pendientes de su territorio, iniciados con asignaciones de resoluciones anteriores y de personas cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país o en el extranjero, siempre y cuando la persona este incluida en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación y la vacuna que requiere se encuentre disponible. La aplicación de segundas dosis deberá realizarse con la misma vacuna que recibió la primera y

conforme con el periodo interdosis establecido en la Resolución 1151 de 2021. 1. 4. Personas que durante el intervalo entre la primera y segunda dosis sean diagnosticadas con COVID-19, deberán esperar que transcurra un tiempo mínimo de noventa (90) días contados desde la fecha de inicio de síntomas en personas sintomáticas y por lo menos noventa (90) días contados desde la fecha de toma de muestra para personas asintomáticas para recibir la segunda dosis de este biológico, en los términos de la Resolución 1426 de 2021 emitida por este ministerio. Artículo 2. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE o.e., Dada en Bogotá, 2 2 OC1 ERNANDO RUÍZ GÓMEZ Minis ro de Salud y Protección Social Aprobó l\... Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios./ w' Director de PromoF_ióyB Prevención f Directora Jurídica l'A6,.

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