MINSALUD - Resolución 1708 de 2012
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 1708 de 2012
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2012
REPUBLICA DE COLOMBIA i~,i MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO íl Ü O1 7 Ü 8 DE 2012 8 JUN2 012
( ·2 Por la cual se determinan las especificaciones técnicas para la consulta én línea del Sistema de Información de este Ministerio por parte de las entidades que deban verificar la fe de vida o supervivencia de las personas LA MINISTRA DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas en el numltl-al 12 del artículo 6 del Decreto Ley 4107 de 2011 y en desarrollo del artículo 21 del Decreto Ley 019 de 2012 y, CONSIDERANDO Que el artículo 21 del Decreto - Ley 019 de 2012, estableció que a partir del 1° de julio de 2012, la verificación de la supervivencia de una persona se hará consultando únicamente las bases de datos del Registro Civil de la Registraduría Nacional del Estado Civil y que en consecuencia, a partir de esa fecha no se podrán exigir certificados de la fe de vida ó supervivencia de una persona. Que igualmente dispone que para tal efecto, la Registraduría Nacional del Estado Civil inter operará la base de datos del Registro Civil de Defunción con el sistema de información del Ministerio de Salud y Protección Social y con las que defina el Gobierno Nacional, para que a través de éste sea consultada en línea por las entidades que deban verificar la fe de vida o supervivencia de las personas. Que de lo establecido en la mencionada disposición en concordancia con el literal c del artículo 3º y numerales 1º a 12 del artículo 7° de la Ley 1266 de 2008, se tiene que la
responsabilidad de este Ministerio se orienta a facilitar la consulta en línea ordenada por el mencionado decreto ley, en cuanto el uso que se dé a la información entreg¡¡da será del usuario y de la entidad solicitante. Que en aras de facilitar la consulta en línea del Sistema de Información de este Ministerio por parte de las diferentes entidades y las que establezca el Gobierno Nacional, que en el marco de sus funciones deban verificar la supervivencia de las personas, es necesario determinar las especificaciones técnicas a las que deberá supeditarse dicha consulta. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1 º. OBJETO. La presente resolución tiene por objéto determinar las especificaciones técnicas para la consulta en línea del Sistema de Información de este Ministerio por parte de las entidades que deban verificar la fe de vida o supervivencia de las personas. ·, 8 JUN2 012 RESOLUCIÓN NÚMERO íl OÜ 1 7 Ü 8 DE 2012 Página 2 de 12 Continuación de la Resolución "Por la cual se determinan las especificaciones técnicas para la consulta en linea del Sistema de Información de este Ministerio por parte de las entidades que deban verificar la fe de vida o supervivenciad e las personas"
ARTÍCULO 2º. MODALIDADES DE CONSULTA EN LÍNEA. Las entidades podrán verificar la fe de vida o supervivencia de las personas de forma individual o masiv~, así:
1. En forma individual, registro a registro, a través de la consulta en línea vía Internet, que dispondrá la Registraduría Nacional del Estado Civil en la página Web
www.registraduria.gov.co;
2. En forma masiva (múltiples registros), a través del sistema de información de este
Ministerio, siguiendo los pasos que se describen en el siguiente artículo. ARTÍCULO 2º. TRÁMITE PARA CONSULTA MASIVA DE INFORMACIÓN. Para realizar la consulta de múltiples registros y por tanto, efectuar la verificación de la fe de vida o supervivencia de varias personas, se deberán tener en cuenta los siguientes pasos:
1. El representante legal de la entidad deberá solicitar la creación de un usuario, enviando a los correos electrónicos asanabria@minsalud.gov.co o
aheredia@minsalud.gov.co, un mensaje que contendrá la siguiente información: a. Datos de la entidad solicitante: Tipo y número de identificación, nombre y razón social, teléfono de contacto, dirección, municipio y departamento donde esta ubicada la correspondiente entidad. b. Datos del representante legal de la entidad solicitante: Tipo y número de identificación, nombre completo y correo electrónico institucional. c. Datos de la persona que administrará el usuario creado en el sistema: Tipo y número de identificación, nombre completo y correo electrónico institucional. Este Ministerio deberá dar respuesta a dicha petición en un plazo máximo de dos (2) días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación, asignando el usuario y la clave respectiva, con la cual se podrá ingresar al aplicativo denominado COA SUPERVIVENCIA para realizar la validación del archivo de consulta y la transmisión del mismo a esta entidad.
2. La entidad deberá descargar el aplicativo de Cargue y Descargue de Archivos (CDA SUPERVIVENCIA) y el manual del usuario e instalación, ingresando a la página Web del Ministerio de Salud y Protección Social www.minsalud.gov.co -> SISPRO -> Operación RUAF Supervivencia -> Supervivencia. La aplicación deberá ser instalada
y usada por la entidad siguiendo las instrucciones dadas en el manual del usuario e instalación.
3. Una vez la entidad haya instalado la aplicación de Cargue y Descargue de Archivos
(CDA SUPERVIVENCIA), podrá hacer uso de ella utilizando el usuario y la clave enviada por el Ministerio de Salud y Protección Social, a fin de validar localmente el archivo con la información a consultar y transmitirlo a este Ministerio. El archivo de consulta deberá contener las especificaciones técnicas definidas en el numeral 1 del anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución y ser firmado digitalmente, para lo cual, se deberá suministrar el certificado de firma digital a nivel de cada entidad, emitido por una entidad certificadora abierta y legalmente autorizada para operar en el país.
4. El resultado de la consulta se entregará en dos (2) archivos de respuesta con las estructuras definidas en los numerales 2.1 y 2.2 del anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución, los cuales podrán ser descargados a través de la n n 17 o 8 2 8 JUN2 012 0 ~ RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2012 Página 3 de 12
Continuación de la Resolución "Por la cual se determinan las especificaciones técnicas para la consulta en línea del Sistema de Información de este Ministerio por pa,te de las entidades que deban_v erificar la fe de vida o supervivenciad e las personas" aplicación de Cargue y Descargue de Archivos (CDA SUPERVIVENCIA). Estos archivos serán firmados digitalmente por el Ministerio de Salud y Protección Social.
ARTÍCULO 3°. ORIGEN Y CORRECCIÓN DE LA INFORMACIÓN DE RESPUESTA. La
información contenida en el archivo de respuesta a la consulta masiva, corresponderá a la información de las bases de datos del Registro Civil de Defunción y del Archivo Nacional de Identificación, dispuestas y administradas por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Las inconsistencias en la información de la base de datos del Registro Civil de Defunción puesta a disposición de este Ministerio por la Registraduría Nacional del Estado Civil, deberán ser corregidas por dicha entidad. Artículo 4º. USO DE LA INFORMACIÓN. La información suministrada por este medio deberá ser utilizada por las entidades solicitantes de forma exclusiva a los fines previstos en el artículo 21 del Decreto - Ley 019 de 2012. Artículo 5º. ACTUALIZACION DE LA INFORMACIÓN. La Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación - TIC de este Ministerio o la dependencia que haga sus veces, actualizará el anexo técnico que hace parte integral de la present~ resolución, cuando surjan modificaciones a las especificaciones técnicas o cuando sea necesario efectuar aclaraciones al mismo. Artículo 6º. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá D. C. a los ·28 JUN2 012 2 B JUN2 012 RESOLUCIÓN NÚMERO íl [)f ] 1 7 Ü 8 DE 2012 Página 4 de 12 Continuación de la Resolución "Por la cual se determinan las especificaciones técnicas para la consulta en linea del Sistema de Información de este Ministerio por parte de las entidades que deban verificar la fe de vida o supervivenciad e las personas"
ANEXO TÉCNICO PARA CONSULTAR DE FORMA MASIVA LA FE DE VIDA O
SUPERVIVENCIA DE LAS PERSONAS En el presente anexo se definen las estructuras y especificaciones técnicas del archivo de consulta que debe enviar la entidad solicitante y los archivos de respuesta de este Ministerio.
1. ARCHIVO DE CONSULTA Este archivo contiene los datos que las entidades deberán suministrar a este Ministerio para verificar la fe de vida o supervivencia de las personas.
La entidad deberá enviar el archivo de consulta de acuerdo con la estructura y especificaciones que a continuación se describen: 1.1 Nombre del archivo de consulta Sigla Valores Permitidos Longitud Componente s - Prueba de Supervivencia 1 Tipo de archivo MC - Maestro de Consulta 2 Código de la entidad CODIGOENTIDAD 6 AAAAMMDD - Fecha en que fue generado el Periodo 8 archivo de consulta
Ejemplo: SMCCODIGOENTIDADAAAAMMDD El nombre del archivo no debe tener extensión (.txt) 1.1.1 Estructura del archivo de consulta para verificar la fe de vida o süpervivencia de una persona El archivo de consulta estará compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de personas a consultar. Este archivo deberá ir firmado digitalmente por la entidad solicitante.
Los campos que no llevan ningún valor, es decir que no son obligatorios, deben reportarse en el archivo de la siguiente forma: (, ,) 1 .1 .2 Registro tipo 1 - registro de control 2 8 JUN2 012 n 1 7 8 RESOLUCIÓN NÚMERO í) f} Ü DE 2012 Página 5 de 12 Continuaciónd e la Resolución"P orl a cual se determinanla s especificacionetés cnicasp ara la consultae n línea
del Sistemad e Informaciónd e este Ministerio por parte de las entidadesq ue deban verificarl a fe de vida o supervivenciad e las personas"
Cód. Nombre Del Campo Long. Valor Permitido Obligatorio Tipo de Reqistro 1 1 SI Asignado por el Código de la Entidad 6 Ministerio de Salud y SI Protección Social Fecha inicial del período de la información 10 AAAA-MM-DD SI Fecha final del período de la información 10 AAAA-MM-DD SI Total de registros relacionados en el archivo 8 SI Nombre del Archivo de Consulta (Sin Ver numeral 1.1 extensión .T XT) 17 NOMBRE DE ARCHIVO SI DE CONSULTA 1.1.3 Registro tipo 2 - registro de detalle Cód. Nombre Del Campo Long. Valor Permitido Obligatorio o Tipo de registro 1 2 SI RC -Registro civil TI -Tarjeta de identidad CC -Cédula de Ciudadanía Tipo de identificación de la persona a 1 consultar 2 SI CE -Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carnet Diplomático Número de identificación de la persona 2 a consultar 17 SI
2. ARCHIVOS DE RESPUESTA Se dispondrá de un archivo comprimido .ZIP que contendrá los dos (2) archivos de respuesta y un (1) archivo de Información de Control firmado .INFO, así:
1. El archivo de respuesta cuya fuente de información es la Registraduría Nacional del
Estado Civil - RNEC y
2. El archivo de respuesta de los registros no encontrados cuando aplique.
3. Adicional a los archivos se encontrará un archivo .INFO el cual contendrá la información de control de los archivos de respuesta e irá firmado digitalmente por parte del Ministerio de Salud y Protección Social.
El nombre del archivo comprimido .ZIP es el mismo del archivo de consulta definido en el numeral 1.1 del presente anexo. 2 8 JUH2 012 RESOLUCIÓN NÚMERO íl íl Q 1 7 Ü 8 DE 2012 Página 6 de 12 Continuaciónd e la Resolución"P or fa cual se determinan fas especificaciones técnicas para fa consulta en linea del Sistema de /nfonnación de este Ministerio por parte de fas entidades que deban verificar fa fe de vida o supervivencia de fas personas" ------------------------------------------------- ------------ ---------------------------------------- La estructura y especificaciones de los archivos se describen a continuación: 2.1 Archivo de res12uesta CUl,'.af uente de información es la Registraduría Nacional del Estado Civil - RNEC 2.1.1 Nombre del archivo Sigla Valores Permitidos Longitud Componente 5 - Prueba de Supervivencia 1 Tipo de archivo MC - Maestro de Consulta 2 Código de la CODIGOENTIDAD 6 entidad Periodo AAAAMMDD - Fecha en que fue generado el 8 archivo de consulta Fuente de la RNEC - Fuente Registraduría Nacional del Estado información. Civil 7
Ejemplo: SMCCODIGOENTIDADAAAAMMDDRNEC 2.1.2 Estructura del archivo de respuesta cuya fuente de información es la Registraduría Nacional del Estado Civil - RNEC El archivo de respuesta está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) , utilizado para verificar la información contenida en el archivo, un conjunto de registros de detalle (Tipo 2), cuyas respuestas provienen del registro civil de defunción y un conjunto de registros de detalle (Tipo 3), cuyas respuestas provienen del Archivo Nacional de Identificación. 2.1.2.1 Registro tipo 1 - registro de control
Cód. Nombre Del Campo Long. Valor Permitido o Tipo de Registro 1 1 Código de la Entidad 6 Asignado por el Ministerio de Salud v de la Protección Social Fecha inicial del período de la información 10 AAAA-MM-DD Fecha final del periodo de la información 10 AAAA-MM-DD Total de registros relacionadose n el archivo de consulta 8 Fecha de procesamientod e la información 10 AAAA-MM-DD Total de registros relacionadose n el archivo de respuesta 8 Nombre del Archivo de Respuesta (Sin extensión .T XT) 17 2 8 JUN2 012 RESOLUCIÓN NÚMERO n f l Q l 7 Q 8 DE 2012 Página 7 de 12 Continuaciónd e la Resolución" Por la cual se determinan las especificaciones técnicas para la consulta en línea del Sistema de Información de este Ministerio por parte de las entidades que deban verificar la fe de vida o supervivenciad e las personas" --- ------------ -------------------------------------------------------------------------------------- 2.1.2.2 Registro tipo 2 - respuesta dada por el Registro Civil de Defunciones de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Cód. Nombre del Campo Long. Valor Permitido o Tipo de Reqistro 1 2 1 Tipo de identificación de la persona a consultar 2 El enviado por la Entidad 2 cN oú nm sue lr to a rd e identificación de la persona a 17 El enviado por la Entidad Serial 10 Fecha de expedición del reoistro civil de defunción 10 Formato AAAA-MM-DD Descripción clase tipo de oficina 150 Descripción código de la oficina 150 Tipo de identificación encontrado en RCDefuncion 2 Número de identificación encontrado en 30 RCDefuncion Primer apellido encontrado en RCDefuncion 60 Segundo apellido encontrado en RCDefuncion 60
Primer nombre encontrado en RCDefuncion 60 Ses1undon ombre encontrado en RCDefuncion 60 Fecha de nacimiento encontrada en RCDefuncion 10 Formato: AAAA-MM-DD M Masculino Sexo 1 F Femenino s Sin información Descripción del país de defunción 60 Descripción del Departamento de la defunción 50 Descripción del Municipio de la defunción 150 Fecha de la defunción 10 Formato: AAAA-MM-DD Estado en RCDefuncion 30 Nulo Origen de la información de Registraduría Nacional del Estado Civil RNEC 20 RCDEFUNCION Todas las personas que vayan con este tipo de registro son fallecidas, dado que fueror encontradas en el Registro Civil de Defunción. Por lo tanto no llevarán valor en al campo Estadc en RCDefuncion. 2.1.2.3 Registro tipo 3 - respuesta dada por el Archivo Nacional de Identificaciones de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Cód. Nombre del Campo Long. Valor Permitido o Tipo de Registro 1 3 1 Tipo de identificación de la persona a consultar 2 El enviado por la Entidad 2 Número de identificación de la persona a consultar 17 El enviado por la Entidad NUIP 10 Número de identificación encontrado en ANI Primer apellido encontrado en ANI 60 Descripción de la partlcula del nombre 30 DE, VDA DE Segundo apellido encontrado en ANI 60 Primer nombre encontrado en ANI 60 Segundo nombre encontrado en ANI 60 Nombre del lugar de expedición 200 nn n 17 O8 ? A JUN2 012
RESOLUCIÓN NÚMERO '- D1:"20'12 Página8de12
Continuación de la Resolución "Por la cual se detenninan las especificaciones técnicas para la consulta en línea
del Sistema de lnfonnación de este Ministerio por parte de las entidades que deban verificar la fe de vida o supervivenciad e las personas" ---- ------------------- Cód. Nombre del Campo Long. Valor Permitido Fecha de expedición 10 Formato: AAAA-MM-DD Estado en ANI 30 De acuerdo al estado encontrado en el AN 1 Fecha de la defunción 10 Formato: AAAA-MM-DD Número de la resolución 10 Fecha de expedición de la resolución 10 Formato: AAAA-MM-DD Origen de la información de Registraduria Nacional del Estado Civil RNEC 20 ANI 2.2 Archivo de respuesta de los registros no encontrados En este archivo van los registros que no fueron encontrados en el Registro Civil de Defunción ni en el Archivo Nacional de identificación. 2.2.1 Nombre del archivo de respuesta de los registros no encontrados Sigla Valores Permitidos Longitud Tipo Archivo PS - Protección Social 2 Componente S -Prueba de Supervivencia 1 Código de la entidad
CODIGOENTIDAD
6 Periodo AAAAMMDD - Fecha en que fue generado el archivo de consulta 8 Fuente de la MSPSN0 - Fuente Ministerio De Salud y Protección Social, información. Archivo Nacimientos y Defunciones, no encontrados 7
Ejemplo: PSSCODIGOENTIDADAAAAMMDDMSPSNO 2.2.2 Estructura del archivo de respuesta de los registros no encontrados El archivo de respuesta de los registros no encontrados estará compuesto por un único registro de control (Tipo 1) , utilizado para verificar la información contenida en el archivo y un conjunto de registros de detalle (Tipo 2), cuyos registros no fueron encontrados en la fuente, esto no implica que estén o no fallecidos. Este archivo irá firmado digitalmente por
este Ministerio. 2.2.2.1 Registro tipo 1 - registro de control Cód. Nombre Del Campo Long. Valor Permitido o Tipo de Registro 1 1 Código de la Entidad 6 Asignado por el Ministerio de Salud y de la Protección Social Fecha inicial del periodo de la información 10 AAAA-MM-DD Fecha final del período de la información 10 AAAA-MM-DD Total de registros relacionados en el archivo de consulta 8 Fecha de procesamiento de la información 10 AAAA-MM-DD 2 8 JUN2 012 RESOLUCIÓN NÚMERO nnn1108 DE 2012 Página 9 de 12 Continuaciónd e la Resolución" Por fa cual se determinanfa s especificacionetsé cnicasp ara fa consultae n línea del Sistemad e Informaciónd e este Ministerio por parte de las entidadesq ue deban verificarf a fe de vida o supervivenciad e las personas" --------- ----------- -- ------- ------- Cód. Nombre Del Campo Long. Valor Permitido Total de registros relacionados en el archivo 8 de respuesta Nombre del Archivo de Respuesta (Sin 17 extensión .T XT) 2.2.2.2 Registro tipo 2 - respuesta de los registros no encontrados Cód. Nombre del Campo Long. Valor Permitido o Tipo de Registro 1 2 1 Tipo de identificación de la persona a consultar 2 TE Il , e Rn Cvi ,a cdo e ,p Por A l ,a C E En , ti Cd Dad . Número de identificación de la persona a 2 consultar 17 El enviado por la Entidad Estado de los registros no encontrados 30 NO ENCONTRADO 2.3 Archivo de Información de Control firmado .INFO Contiene la información de control de todos los archivos del proceso. Este archivo va
firmado digitalmente por este Ministerio, por lo tanto aparece como .P7Z La estructura se describe a continuación: 2.3.2 Nombre del archivo .INFO Sigla Valores Permitidos Longitud Tipo Archivo PS - Protección Social 2 Componente S - Prueba de Supervivencia 1 Código de la entidad
CODIGOENTIDAD
6 Periodo AAAAMMDD - Fecha en que fue generado el archivo de consulta 8 Fuente de la MSPS - Fuente Ministerio De Salud y Protección Social, con información. extensión .INFO 4 2.3.3 Estructura del Archivo .INFO Cód. Nombre Del Campo Long. Valor Permitido Nombre del archivo al que corresponde 24 Dependiendo del archivo o Tipo de Registro 1 1 Código de la Entidad 6 Asignado por el Ministerio de Salud y de la Protección Social Fecha inicial del oeríodo de la información 10 AAAA-MM-DD Fecha final del periodo de la información 10 AAAA-MM-DD Total de registros relacionados en el archivo 8 de consulta Fecha de procesamiento de la información 10 AAAA-MM-DD Total de registros relacionados en los archivo de respuesta y de no encontrados cuando 8 anliaue. 2 8 JUN2 012
RESOLUCIÓNN ÚMERO f"Jí J[ 11708 DE 2012 Página 10 de 12
Continuaciónd e la Resolución" Por la cual se determinanla s especificacionetsé cnicasp ara la consultae n línea del Sistemad e Informaciónd e este Ministerio por parte de las entidadesq ue deban verificarl a fe de vida o supervivenciad e las personas" ------------ --------------- -- ------- -------- --------------- Cód. Nombre Del Campo Long. Valor Permitido Nombre del archivo al que corresponde 24 Dependiendo del archivo
Codificación de Resumen del Mensaje MD5 en base 64 del archivo respuesta RNEC Codificación de Resumen del Mensaje MD5 en base 64 del archivo no encontrados
3. GLOSARIO DE CAMPOS En el siguiente glosario se relacionan las variables y/o valores permitidos, que de acuerdo con los anteriores numerales deben contener los archivos de consulta y respuesta en aras permitir la verificación de la fe de vida (supervivencia) de las personas.
Cada variable está codificada de la siguiente manera: En la columna "Cód" aparece el código asignado, En la columna "Nombre del Campo", aparece el nombre de la variable, En la columna "Longitud", el máximo tamaño que puede tornar la variable, En la columna "Tipo" se muestran el tipo de dato que puede ser A-Alfanumérico o N Nurnérico, y En la columna "Valor Permitido" se muestran los valores, con su respectiva descripción y los formatos aceptados para cada variable. Cód. Nombre del Campo Long. Valor Permitido 1 - Registro de control o Tipo de Registro 1 2 - Registro de detalle 3 - Registro de detalle de AN 1 RC -Registro civil TI -Tarjeta de identidad 1 Tipo de identificación de la persona a 2 CC -Cédula de ciudadanía consultar CE -Cédula de extranjería PA - Pasaporte CD - Carnet Diplomático No se permiten letras en documentos diferentes a Registro Civil o Pasaporte. Número de identificación de la persona a Longitudes Validas: 2 consultar 17 ce Entre 3 y 8 ó 1o RC 8, 10 ó 11 TI Entre 10 y 11 PA Menor de 17 CE Menor de 7 • Serial 10 Fecha de expedición del registro civil de defunción 10 Formato: AAAA-MM-DD
Descripción clase tipo de oficina 150 Descripción código de la oficina 150 Tipo de identificación encontrado en 2 RCDefuncion Número de identificación encontrado en 30 RCDefuncion 2 8 JUN2 012
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Continuación de la Resolución "Por la cual se determinan las especificaciones técnicas para la consulta en línea del Sistema de Información de este Ministerio por parte de las entidades que deban verificar la fe de vida o supervivenciad e las personas" --- ---------------------------------------------------------------------------------------------------- Cód. Nombre del Campo Long. Valor Permitido Primer apellido encontrado en 60 RCDefuncion Segundo apellido encontrado en 60 RCDefuncion Primer nombre encontrado en 60 RCDefuncion Segundo nombre encontrado en 60 RCDefuncion Fecha de nacimiento encontrada en RCDefuncion 10 Formato: AAAA-MM-DD M Masculino Sexo 1 F Femenino s Sin información Descripción del país de defunción 60 Descripción del Departamento de la 50 defunción Descripción del Municipio de la defunción 150 Fecha de la defunción 10 Formato: AAAA-MM-DD Estado en RCDefuncion 30 Estado de los registros no encontrados 30 NO ENCONTRADO Número de identificación • NUIP 10 encontrado en el Archivo Nacional de Identificaciones de la Reqistradurla Primer apellido encontrado en ANI 60 Descripción de la partícula del nombre 30 DE, VDA DE Segundo apellido encontrado en ANI 60 Primer nombre encontrado en ANI 60 Segundo nombre encontrado en ANI 60 Nombre del I ugar de expedición 200 Fecha de expedición 10 Formato: AAAA-MM-DD
Estado en ANI 30 Fecha de la defunción 10 Formato: AAAA-MM-DD Número de la resolución 10 Fecha de expedición de la resolución 10 Formato: AAAA-MM-DD • Código de la Entidad 6 Asignado por el Ministerio de Salud y de la Protección Social Fecha inicial del periodo a consultar 10 Formato: AAAA-MM-DD Fecha final del período a consultar 10 Formato: AAAA-MM-DD Total de registros relacionados en el 8 archivo Nombre del Archivo de Consulta (Sin Ver numeral 1.1 NOMBRE DE 17 extensión .T XT) ARCHIVO DE CONSULTA
4. CARACTERÍSTICAS DE FORMATO DE LOS ARCHIVOS Los archivos deben ser tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas:
a. Todos los datos deben ser grabados como alfanuméricos en archivos planos, sin extensión .t xt b. Los nombres de archivos, los datos y los campos en general deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS. ,, 2 8 JUN2 012 " ,, '"'. 1 7 0
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Continuación de la Resolución "Por la cual se determinan las especificaciones técnicas para la consulta en línea del Sistema de Información de este Ministerio por pa,te de las entidades que deban verificar la fe de vida o supervivenciad e las personas"
c. El separador de campos debe ser coma (,) y ser usado exclusivamente para este fin. Se debe utilizar el ENTER como fin de registro. d. Cuando el valor de un campo no se encuentre definido dentro de los valores permitidos, este campo no debe llevar ningún valor, es decir, debe ser vacío· y reportarse en el archivo plano como(,,). e. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas ("") ni ningún otro carácter
especial. f. Los campos tipo fecha deben tener el formato AAAA-MM-DD incluido el carácter guión(-) a excepción de las fechas incluidas en los nombres de archivos. g. Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles ni decimales. h. Las longitudes contenidas en las tablas de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo.
- Los valores registrados en los archivos planos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto no se les debe completar con ceros ni espacios, especialmente en los campos número de identificación, apellidos y nombres.
j. Tener en cuenta que cuando el código de entidad trae CEROS, estos no pueden ser reemplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. k. Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro.