MINSALUD - Resolución 1724 de 2021
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 1724 de 2021
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2021
República de Colombia
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO ·: C~ 1 7 2 4
DE 2021 ( 2 8 OCT2 021 ) Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID-19 entregadas al Estado colombiano el día 26 de octubre de 2021, de la vacuna mRNA1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 8 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466, 630 y 744 de 2021 y, CONSIDERANDO Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad". Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los
sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública. Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404,466,630 y 744 todos de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, así como la población que se prioriza en cada una de ellas. Que, de conformidad con el acta de entrega y recepción técnica de biológicos del 26 de octubre de 2021, suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 1.499.600 dosis de la vacuna mRNA - 1273 contra la COVID-19, del laboratorio Moderna Switzerland GMBH identificadas con los números de lote 017 J21A. Que mediante la Resolución 1627 de 2021, se actualizaron los criterios y reglas para la distribución y asignación de vacunas contra el COVID - 19, dentro de ellos, el de eficacia, usado para clasificar en dos grupos a las entidades territoriales de acuerdo con el percentil :.172 ~ 8 OCT2 021
RESOLUCIÓN NÚMERÓ DE2 DE 2021 HOJA No 2
Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 26 de octubre de 2021, de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio
Moderna Switzerfand GMBH" 50 (mediana) de avance en la aplicación de la vacuna asignada, según el percentil en que se ubique. Que, según los datos disponibles en el reporte diario consolidado por el Ministerio de Salud y Protección Social, con corte al 26 de octubre de 2021, el avance en el cumplimiento de aplicación de las dosis distribuidas en el país por departamentos y distritos es el siguiente: f'. '1;tota - ¡!, ~-¡, 1ofiildos1s:,· •--;-d , ; f J .Í 2 e 3n dt ere og ca tud bas re. t, ia lep l óic éa tú b Pe"rJ c. entild '•' e ef1, C. aC·+ ia.: L _,¡¡_!le2 021 . !l #" 2021 • "naJes i-'tií" = -~ ~-P ,,,,:c,17;, • Santa Marta 476.317 452.733 4,95% 23.584 1 La Guajira 640.540 606.595 5,30% 33.945 1 Cundinamarca 3.089.287 2.899.467 6,14% 189.820 1 Norte de Santander 1.352.751 1.266.728 6,36% 86.023 1 Maadalena 588.770 550.144 6,56% 38.626 1 Santander 2.394.563 2.233.946 6,71% 160.617 1 Nariño 1.420.423 1.306.436 8,02% 113.987 1 Sucre 811.286 740.813 8,69% 70.473 1
Casanare 388.386 353.231 "9,05% 35.155 1 Guaviare 63.694 57.761 9,31% 5.933 1 Bovacá 1.489.453 1.349.617 9,39% 139.836 1 Tolima 1.447.144 1.310.535 9,44% 136.609 1 Córdoba 1.449.634 1.312.548 9,46% 137.086 1 Caauefa 298.276 269.726 9,57% 28.550 1 Valle del Cauca 4.214.075 3.786.920 10, 14% 427.155 1 Bolívar 992.527 891.621 10, 17% 100.906 1 Quindío 660.059 591.387 10,40% 68.672 1 Amazonas 86.498 77.316 10,62% 9.182 1 Boaotá 9.468.276 8.437.835 10,88% 1.030.441 2 Atlántico 1.145.581 1.018.010 11, 14% 127.571 2 Caldas 1.148.889 1.019.335 11,28% 129.554 2 Arauca 239.397 212.191 11,36% 27.206 2 San Andrés v Providencia 97.445 86.361 11,37% 11.084 2 Buenaventura 162.566 143.642 11,64% 18.924 2 Barranauilla 1.697.575 1.499.587 11,66% 197.988 2
Huila 1.018.750 898.502 11,80% 120.248 2 Meta 938.078 825.642 11,99% 112.436 2 Risaralda 1.138.029 995.994 12,48% 142.035 2 CartaQena 1.165.962 1.018.215 12,67% 147.747 2 Cesar 1.058.583 908.438 14,18% 150.145 2 Antioquia 7.782.973 6.675.324 14,23% 1.107.649 2 Putumavo 219.855 187.543 14,70% 32.312 2 Guainía 32.934 27.755 15,73% 5.179 2 Chocó 282.538 237.001 16, 12% 45.537 2 Cauca 975.463 808.714 17,09% 166.749 2 Vauoés 24.749 20.249 18, 18% 4.500 2 ¡V-ichada 42.118 35.707 NA 6.411 O TC>T!'.~N~<;1Q~~-¡so~• ._Fs. oa'z :<,,,,_¿t¡ 4:. !t\~~.111.569lA ; __v ~~-- Fuente: Reporte diana dosis aplicadas cortes 23 y 26 de octubre de 2021 Que una vez aplicada la fórmula establecida en la Resolución 1627 de 2021 con la información disponible, el percentil 50 del criterio de eficacia es 10,75%. Que, el parágrafo 1 del artículo 3 ibídem, dispone: "si una vez aplicada la fórmula del
criterio de eficacia las entidades Bogotá D. C, Antioquia y Valle del Cauca o por lo menos dos de estas entidades territoriales resultan clasificadas en el grupo que recibe el 30% de la vacuna, se reubicará la entidad o entidades con menos porcentaje de dosis disponibles en el grupo que recibe el 70% de las dosis, de tal manera que solamente podrá quedar la entidad con mayor porcentaje de dosis disponibles en el grupo que recibe el 30% de vacunas". 21 172 4 2 8 OCT2 °
RESOLUCIÓN NÚMERO . DE DE 2021 HOJA No 3
Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COV/O - 19 entregadas al Estado colombiano el día 26 de octubre de 2021, de la vacuna mRNA-1273 de/ laboratorio Moderna Switzerland GMBH" Que en virtud de lo anterior, los departamentos y distritos de Santa Marta, La Guajira, Cundinamarca, Norte de Santander, Magdalena, Santander, Nariño, Sucre, Casanare, Guaviare, Boyacá, Tolima, Córdoba, Caquetá, Valle del Cauca, Bolívar, Quindío, Amazonas y Bogotá, recibirán el 70% de las vacunas a distribuir por encontrarse ubicados por encima del percentil 50, por otra parte, los departamentos y distritos Atlántico, Caldas, Arauca, San Andrés y Providencia, Buenaventura, Barranquilla, Huila, Meta, Risaralda, Cartagena, Cesar, Antioquia, Putumayo, Guainía, Chocó, Cauca, Vaupés y Vichada,
recibirán el 30% de las vacunas a distribuir, por encontrarse ubicados por debajo del percentil 50. Que, como resultado de la aplicación de los criterios de distribución y asignación el departamento de Vichada - secretaría de salud departamental recibiría dosis de vacunas; no obstante, atendiendo a la comunicación 202142302045172 en la que solicitó a este Ministerio suspender el envío de vacunas de los biológicos Pfizer y Moderna teniendo en cuenta el lento movimiento de los mismos, la baja adherencia de la población a la vacunación contra la COVID-19 y contando con saldos suficientes para inmunizar a su población durante un tiempo, dicha entidad no será incluida en la asignación que se realiza a través de este acto administrativo. Que mediante Resolución 2021041443 de 21 de septiembre de 2021 del lnvima, por la cual se modifica la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia - ASUE a la vacuna Moderna mRNA-1273, se establece que esta debe ser administrada en adultos y niños de 12 años o más. Así mismo, puede almacenarse refrigerada, sin abrir, entre 2 ºC y 8 ºC, protegida de la luz, durante un máximo de 30 días, razón por la cual, con el fin de propender por la conservación adecuada del biológico, es necesario realizar la asignación a aquellos territorios que han tenido un alto rendimiento en la aplicación del mismo. Que de acuerdo con la Resolución 1151, modificada por la Resolución 1656, ambas de 2021, la población de 18 a 49 años sin comorbilidades se aplicará la segunda dosis de la vacuna del laboratorio Moderna Switzerland GMBH a los 84 días y aquellas
personas entre 18 a 49 años con comorbilidades la segunda dosis de la vacuna se aplicará con un intervalo de 28 días; sin embargo, aquellas personas que por alguna circunstancia requiera la aplicación de su segunda dosis entre el periodo de 28 a 84 días podrán realizarlo, según disponibilidad del biológico en el territorio, no obstante, el Ministerio de Salud y Protección Social, basado en la evidencia científica, recomienda la aplicación a los 84 días. Que, de acuerdo con la precitada resolución, las personas mayores de 70 años a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario pueden acceder a una dosis de refuerzo con el biológico contra la COVID-19, de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH. Que se han presentado casos en los que diferentes personas han recibido la primera dosis de la vacuna disponible en un prestador de servicios de salud habilitado en determinado territorio y al momento de cumplirse el tiempo establecido en el lineamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para recibir la segunda dosis se encuentran en otro territorio por diferentes razones, así como casos de personas que han recibido la primera dosis de determinada vacuna en el extranjero y han retornado al país, territorio en donde se cumple el tiempo para recibir la segunda dosis de esa misma vacuna, razón por la cual, se autorizará de manera expresa a los prestadores de servicios de salud y demás agentes habilitados para aplicar la vacuna contra el COVID -19 a aplicar la dosis faltante. 172 4 2 8 OCT
RESOLucIóN NúMÉRÓ: DE 2021oE 2021 HOJANo4
Continuación de la resolución "Por fa cual se realiza la distribución y asignación de fas vacunas contra fa COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el dia 26 de octubre de 2021, de la vacuna mRNA-1273 de/ laboratorio Moderna Switzerland GMBH" En méritod e lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Asignación de vacunas contra la COVID-19. Asignar1 .499.600 dosisd e la vacuna mRNA-1273 contra la COVID-19, del laboratorioM oderna SwitzerlandG MBH, a los departamentosy distritosq ue se señalana continuacióna, sí: SECRETARIAD. E SALUD DEPARTAMENTALY DISTRITALO LA ENTIDAD QUE HAGA SUS CANTIDAD Nº " - VECES . DOSIS 1 Departamendtoe A ntioquiaSecretariSa eccionad!e Saludy ProteccióSno cial 140.280 2 Deoartamendtoe e AraucaUnidadA dministrativEas peciadl eS alud 5.740 3 Departamendtoe lA tlánticoSecretaridae SaludD epartamental 28.840 4 DistritoE sPeciaInl dustriavl Portuaridoe Barranauil-laS ecretaridae S aludD istrital 47.740 5 DistritoC apitadl e Boaotá- SecretariDa istritadl e Salud 300.440 6 Departamendtoe Bolíva-r Secretaridae SaludD epartamental 40.460 7 Deoartamendtoe Bovacá- Secretaridae SaludD ePartamental 46.200 8 Departamendtoe CaldasDireccióTn erritoriadle Saludd e Caldas 39.200
9 Departamendtoe Caquetá- InstitutoD epartamendtael Salud 7.840 10 DistritoT urísticov Culturadl e Cartaoendae Indias-DePartamenAtod ministrativDoi stritadl e Salud 20.720 11 Departamendtoe l Casanar-eS ecretaridae SaludD epartamental 8.540 12 Departamendtoe l CaucaSecretaridae SaludD epartamental 30.100 13 Deoartamendtoe l CesarSecretarídae S aludD ePartamental 45.500 14 Departamendtoe l Chocó- Secretaridae SaludD epartamental 10.080 15 Departamendtoe CórdobaSecretaridae Desarrolldoe la Salud 35.980 16 Departamendtoe Cundinamarc-aS ecretaridae S aludD epartamental 124.600 17 Departamendtoe l Guaviare-S ecretariDa epartamendtael Salud 2.940 18 DePartamendtoe l HuilaSecretarídae S aludD ePartamental 39.900 19 Departamendtoe l Maadalen-aS ecretaridae Desarrolldoe la Salud 30.800 20 Departamendtoe l MetaSecretaridae S aludD eoartamental 38.780 21 Departamendtoe NariñoInstitutoD epartamendtael Salud 32.900 22 Departamendtoe NorteD eS antande-rI nstitutoD epartamendtael Salud. 32.480 23 DePartamendteol QuindioSecretaridae SaludD ePartamental 21.700 24 Departamendtoe Risarald-aS ecretarídae SaludD epartamental 36.820
25 DistritoT urísticoC, ulturaEl Históricod e SantaM artaSecretaridae SaludD istntal 19.800 26 DePartamendtoe Santande-rS ecretarídae SaludD epartamental 85.820 27 Departamendtoe SucreDepartamenAtod ministrativdoe SeauridaSd ociael n Salud 34.300 28 Deoartamendtoe lT olimaSecretaridae SaludD ePartamental 50.260 29 Departamendtoe l ValleD elC aucaSecretariDa epartamentdael Salud 86.940 30 Departamendtoe la GuajiraSecretaridae SaludD epartamental 32.480 31 Deoartamendtoe Putumav-oS ecretarídae SaludD ePartamental 7.000 32 DistritoE speciaIl,n dustriaPl, ortuarioB, iodiversvo E coturisticDo eB uenaventura 10.220 33 Deoartamendtoe A mazona-sS ecretaridae SaludD eoartamental 1.400 34 Departamendtoe GuainiaSecretaridae S aludD epartamental 840 35 DePartamendtoe VauoésSecretarídae SaludD ePartamental 700 36 Departamendtoe SanA ndrésSecretaridae SaludD epartamental 1.260
TOTAL 1.499.600
Para la aplicaciónd e las dosisa signadasm ediantel a presenter esoluciónl,a s entidades territorialesd eberán: 1.1. Suministrara la poblacióne ntre 12 y 24 años dosis del biológico,c uando la entidadt erritorial,a partird e su microplaneaciónl,o consideren ecesario.
1.2. Aplicaciónd e dosisd e refuerzod e las personasm ayoresd e 70 años, a partird e los 6 meses de haber completadoe l esquema primario, de acuerdo con la actualizaciónd e los lineamientost écnico-operativose,s tablecidose n el literal C del numeral8 .7 de la Resolución1 151, modificadap or la Resolución1 656 ambas de 2021. 1.3. Completar, en el marco del análisis realizado desde la Mesa de Coordinación Territorialc ontra la COVID-19, los esquemas de vacunaciónp endientesd e su territorio,i niciadosc on asignacionesd e resolucionesa nterioresy de personas 1 7 2 4 2 8 OCT2 02 1
RESOLUCIÓN NÚME'i~6 -~ DE DE 2021 HOJA No 5
Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la distribución y asignación de las vacunas contra la COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 26 de octubre de 2021, de la vacuna mRNA-1273 del laboratorio Moderna Switzerland GMBH" cuya primera dosis fue aplicada en otro territorio dentro del país o en el extranjero, siempre y cuando la persona este incluida en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación y la vacuna que requiere se encuentre disponible. La aplicación de segundas dosis deberá realizarse con la misma vacuna que recibió la primera y conforme con el periodo interdosis establecido en la Resolución 1151 de 2021, modificada por la Resolución 1656 del mismo año. 1.4. Adelantar estrategias de demanda inducida para la población de riesgo. 1.5. Garantizar la distribución equitativa de los biológicos, según directrices impartidas
por este Ministerio. 1.6. Personas que durante el intervalo entre la primera y segunda dosis sean diagnosticadas con COVIO-19, deberán esperar que transcurra un tiempo mínimo de treinta (30) días contados desde la fecha de inicio de síntomas en personas sintomáticas y por lo menos treinta (30) días contados desde la fecha de toma de muestra para personas asintomáticas para recibir la segunda dosis de este biológico, en los términos de la Resolución 1656 de 2021 emitida por este ministerio. Artículo 2. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE o.e., Dada en Bogotá, 2 8 OCT2 021 Minis ro de Salud y Protección Social _ Aprobó: iceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios ~rectord e Promof_i?~ Prevención Directora Jurídica ~ ,