MINSALUD - Resolución 1742 de 2021
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 1742 de 2021
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2021
República de Colombia
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN NÚMERO 1742 DE 2021 (29 DE OCTUBRE DE 2021) Por la cual se realiza distribución y asignación de las vacunas contra el COVID-19 entregadas al Estado colombiano el dia 19 de octubre de 2021 del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Lid denominada CoronaVac EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 8 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466, 630 y 744 de 2021 y, CONSIDERANDO Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad". Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública.
Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404,466,630 y 744 todos de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, asi como la población que se prioriza en cada una de ellas. Que, de conformidad con el acta de entrega y recepción técnica de biológicos del 19 de octubre de 2021, suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 2.260.800 dosis de la vacuna contra la COVID-19, del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Lid denominada CoronaVac, identificada con los números de lote, B202107095,
B202107096, B202107097, B202107098, B202107099 y B2021071 OO.
Que en el parágrafo 3 del artículo 3 de la Resolución 1627 de 2021, mediante la cual se actualizan los criterios y reglas para la distribución, asignación y entrega de vacunas contra el
RESOLUCIÓN NÚMERO 1742 DEL 29 DE OCTUBRE DE 2021 HOJA No 2
Continuaciódne la resolución"P orl a cuals e realizad istribucióyn a signaciódne las vacunasc ontrae l COV/019e ntregadaasl Estadoc olombianeol día 19d e octubred e 2021d ell aboratoriSo inovacL ifeS ciensesC o., Ltd
denominadCao ronaVac" Covid - 19 se establece que "/as reglas de distribución no se aplicarán cuando se trate de segundas dosis". Que de acuerdo con la Resolución 1151, modificada por las Resoluciones 1656 y 1738, todas de 2021, con la vacuna contra el Covid-19 del laboratorio Sinovac Life Scienses Co podrá iniciarse el esquema de vacunación en niños a partir de los 3 años y las personas mayores de 70 años podrán acceder a una dosis de refuerzo a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario. Que mediante Resolución 1627 de 2021,.del presente año, se estableció la actualización de los criterios y reglas para la distribución, asignación y entrega de vacunas contra el COVID-19 en el territorio colombiano, dentro de ellos, el de eficacia, usado para clasificar en dos grupos a las entidades territoriales de acuerdo con el percentil 50 (mediana) del criterio de eficacia alcanzado por estas. Que, según los datos disponibles en el reporte diario consolidado por el Ministerio de Salud y Protección Social, con corte al 27 de octubre de 2021, el avance en el cumplimiento de aplicación de las dosis distribuidas en el país por departamentos y distritos es el siguiente:
- -~· - -- -- -- ... -..
Total closis Total dosis Dosis Percentil ent,regadas • . aplicadas 27 % dosis disponibles Entidad,territorial de . 24 de octubre de octu~re de disponibles en entidades de 2021 · • •. 2021 . territoriales eficacia - o - - -- -- -- ~·· ..• - .. -
Santa Marta 476.317 456.256 4,21% 20.061 70% La Guajira 640.540 609.342 4,87% 31.198 70% Cundinamarca 3.089.287 2.916.283 5,60% 173.004 70% Magdalena 588.770 554.104 5,89% 34.666 70% Sucre 811.286 745.037 8,17% 66.249 70% Norte de Santander 1.395.031 1.277.380 8,43% 117.651 70% Casanare 388.386 355.416 8,49% 32.970 70% Boyacá 1.489.453 1.361.802 8,57% 127.651 70% Guaviare 63.694 58.138 8,72% 5.556 70% Córdoba 1.449.634 1.322.220 8,79% 127.414 70% Tolima 1.447.144 1.317.148 8,98% 129.996 70% Caquetá 298.276 271.086 9,12% 27.190 70% Santander 2.471.843 2.244.590 9,19% 227.253 70% Bolívar 992.527 896.679 9,66% 95.848 70% Quindio 660.059 594.823 9,88% 65.236 70% Amazonas 86.498 77.657 10,22% 8.841 70% Atlántico 1.145.581 1.027.530 10,30% 118.051 70%
Narifto 1.465.503 1.313.694 10,36%. 151.809 70% Bogotá 9.468.276 8.467.271 10,57% 1.001.005 70% Caldas 1.148.889 1.025.138 10,77% 123.751 30% Arauca 239.397 213.311 10,90% 26.086 30% Buenaventura 162.566 144.703 10,99% 17.863 30% Barranquilla 1.697.575 1.508.451 11,1 4% 189.124 30%
RESOLUCIÓN NÚMERO 1742 DEL 29 DE OCTUBRE DE 2021 HOJA No 3
Continuación de la resolución "Por la cual se realiza distribución y asignación de las vacunas contra el COVID19 entregadas al Estado colombiano el día 19 de octubre de 2021 de/ laboratorio Sinovac Life Scienses Ca., Lid denominada CoronaVac" San Andrésy 30% 97.445 Providencia 86.562 11,1 7% 10.883 Huila 1.018.750 902.607 11,40% 116.143 30% Meta 938.078 829.826 11,54% 108.252 30% Risaralda 1.138.029 1.002.790 11,88% 135.239 30% Valle del Cauca 4.317.815 3.802.309 11,94% 515.506 30% Cartagena 1.165.962 1.024.120 12,1 7% 141.842 30% Cesar 1.058.583 913.113 13,74% 145.470 30%
Antioquia 7.782.973 6.707.985 13,81% 1.074.988 30% Putumayo 219.855 188.238 14,38% 31.617 30% Vichada 42.118 35.877 14,82% 6.241 30% Guainía 32.934 27.872 15,37% 5.062 30% Chocó 282.538 238.100 15,73% 44.438 30% Vaupés 24.749 20.412 17,52% 4.337 30% Cauca 998.563 818.824 18,00% 179.739 30% l¼TOTA1LNACíONA-50:'l'._9,{924 45:356'.694 ~ jjsf,i3s:2to• Fuente: Reporte diario dosis aplicadas cortes 24 y 27 de octubre de 2021 Que una vez aplicada la fórmula establecida en la Resolución 1627 de 2021 con la información disponible, el percentil 50 del criterio de eficacia es 10,57 %. Que de conformidad con lo previsto en el parágrafo 1 del artículo 3 de la Resolución 1627 de 2021, "si una vez aplicada la fórmula del criterio de eficacia las entidades Bogotá, Antioquia y Valle del Cauca o por lo menos dos de estas resultan clasificados en el grupo que recibe el 30% de la vacuna, se reubicará la entidad o entidades con menos porcentaje de dosis disponibles en el grupo que recibe el 70% de las dosis", por tanto, posterior al cálculo será reubicado en el grupo que recibe el 70% al departamento de Valle del Cauca, por ser la de
menor porcentaje de dosis disponibles. Que en virtud de lo anterior, los departamentos y distritos de Santa Marta, La Guajira, Cundinamarca, Magdalena, Sucre, Norte de Santander, Casanare, Boyacá, Guaviare, Córdoba, Tolima, Caquetá, Santander, Bolívar, Quindío, Amazonas, Atlántico, Nariño, Bogotá y Valle del Cauca, recibirán el 70% de las vacunas a distribuir por encontrarse ubicados por encima del percentil 50, por otra parte, los departamentos y distritos Caldas, Arauca, Buenaventura, Barranquilla, San Andrés y Providencia, Huila, Meta, Risaralda, Cartagena, Cesar, Antioquia, Putumayo, Vichada, Guainía, Chocó, Vaupés y Cauca, recibirán el 30% de las vacunas a distribuir, por encontrarse ubicados por debajo del percentil 50. Que, de conformidad con las indicaciones del fabricante, las vacunas CoronaVac pueden ser almacenadas en condiciones de refrigeración entre +2ºC y + 8ºC y su presentación es vial monodosis o por dos dosis. Que algunas personas han recibido la primera dosis de la vacuna disponible en un prestador de servicios de salud habilitado en un territorio y al momento de cumplirse el tiempo establecido en el lineamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para recibir la segunda dosis se encuentran en otro territorio, así como casos de personas que han recibido la primera dosis de determinada vacuna en el extranjero y han retornado al país, territorio en donde se cumple el tiempo para recibir la segunda dosis de esa misma vacuna, razón por la cual, se autorizará de manera expresa a los prestadores de servicios
de salud y demás agentes habilitados para aplicar la vacuna contra la COVID - 19 a aplicar la dosis faltante. ~1-----;,~-----------....;;......J
RESOLUCIÓN NÚMERO 1742 DEL 29 DE OCTUBRE DE 2021 HOJA No 4
Continuación de la resolución "Por la cual se realiza distribución y asignación de las vacunas contra el COVID19 entregadas al Estado colombiano el día 19 de octubre de 2021 del laboratorio Sínovac Life Scienses Co., Ltd denominada CoronaVac" En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Asignación de vacuna para continuar con el Plan Nacional de Vacunación contra COVID-19. Asignar 2.260.800 dosis de la vacuna CoronaVac del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, para dar continuidad al Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19, así: Cantidad N° Secretarias de salud departamental o distrital o entidad que haga sus veces dosis 1 Departamento de Antioauia -Secretaria Seccional de Salud Y Protección Social 210.400 2 Departamento de e Arauca -Unidad Administrativa Especial de Salud 8.560 3 Departamento del Atlántico -Secretaria de Salud Departamental 43.240 4 Distrito Esoecial Industrial v Portuario de Barranauilla -Secretaria de Salud Distrital 71.960 5 Distrito Capital de Boaotá -Secretaria Distrital de Salud 452.360 6 Deoartamento de Bolívar -Secretaria de Salud Deoartamental 61.040 7 Deoartamento de Bovacá -Secretaria de Salud Departamental 69.480
8 Departamento de Caldas -Dirección Territorial de Salud de Caldas 59.040 9 Deoartamento de Caauetá -Instituto Deoartamental de Salud 11.800 10 Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias -Departamento Administrativo 31.160 Distrital de Salud 11 Departamento del Casanare -Secretaria de Salud Departamental 12.800 12 Deoartamento del Cauca -Secretaria de Salud Deoartamental 45.240 13 Departamento del Cesar -Secretaria de Salud Departamental 68.600 14 Deoartamento del Chocó - Secretaria de Salud Deoartamental 15.120 15 Departamento de Córdoba -Secretaria de Desarrollo de la Salud 53.960 16 Deoartamento de Cundinamarca -Secretaria de Salud Deoartamental 187.640 17 Deoartamento del Guaviare -Secretaria Departamental de Salud 4.480 18 Deoartamento del Huila -Secretaria de Salud Deoartamental 60.120 19 Deoartamento del Maadalena -Secretaria de Desarrollo de la Salud 46.440 20 Departamento del Meta -Secretaria de Salud Departamental 58.320 21 Deoartamento de Nariño -Instituto Deoartamental de Salud 49.400 22 Departamento de Norte De Santander - Instituto Departamental de Salud. 48.720 23 Deoartamento del Quindio -Secretaria de Salud Deoartamental 32.640 24 Departamento de Risaralda -Secretaria de Salud Departamental 55.480 25 Distrito Turístico, Cultural E Histórico de Santa Marta -Secretaria de Salud Distrital 29.760 26 Departamento de Santander -Secretaria de Salud Departamental 129.240
27 Departamento de Sucre - Departamento Administrativo de Seauridad Social en Salud 51.600 28 DePartamento del Tolima -Secretaria de Salud Deoartamental 75.680 29 Departamento del Valle Del Callea -Secretaria Departamental de Salud 130.360 30 Deoartamento de la Guaiira -Secretaria de Salud Deoartamental 48.880 31 Departamento de Putumavo -Secretaria de Salud Departamental 10.600 32 Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturistico De Buenaventura 15.360 33 DePartamento de Amazonas -Secretaria de Salud DePartamental 3.880 34 Departamento de Guainia -Secretaria de Salud Departamental 1.320 35 Deoartamento de Vauoés -Secretaria de Salud Deoartamental 1.160 36 Departamento de San Andrés -Secretaria de Salud Departamental 1.960 37 Departamento del Vichada -Secretaria Departamental de Salud 3.000
TOTAL ASIGNACION 2.600.800
Para la asignación y distribución de estas dosis cada departamento y distrito, deberá: 1.1. Inmunizar a niños de 3 a 12 años. 1.2. Garantizar la aplicación de las segundas dosis pendientes en su jurisdicción, asignadas en resoluciones anteriores, fortaleciendo las estrategias de demanda inducida y búsqueda activa de la población objeto. 1.3. Aplicación de dosis de refuerzo de las personas mayores de 70 años, a partir de los 6 meses de haber completado el esquema primario. 1.4. Adelantar estrategias de demanda inducida para la población de riesgo
RESOLUCIÓN NÚMERO 1742 DEL 29 DE OCTUBRE DE 2021 HOJA No 5
Continuaciónd e la resolución" Porl a cual se realizad istribucióyn asignaciónd e las vacunasc ontrae l COVID19 entregadasa l Estadoc olombianoe l dla 19 de octubred e 2021 dell aboratorioS inovacl ife SciensesC o., Lid denominadaC oronaVac" 1.5. Garantizarl a distribucióne qurtativad e los biológicos,s egún directricesi mpartidas por este Ministerio 1.6. Personas que durante el intervalo entre la primera y segunda dosis sean diagnosticadasc on COVlD-19,d eberáne sperar que transcurrau n tiempo mlnimo de treinta (30) días contados desde la fecha de inicio de síntomas en personas c:intnm!:ltir-!=lc:y pnr In m,cnnc: tr,c,intt:i (~O) rlít:ic: f'nntt:1rlnc: rl,cc:rltl lt:i forht:i rl,c tnmt:1 rl,c muestra para personas asintomáticas para recibir la segunda dosis de este biológico,e n los términosd e la Resolución1 426d e 2021 emitidap or este ministerio. 1.7 . Utilizarl as dosis enviadasp ara completarl os esquemasd e vacunaciónd e personas cuya primerad osis fue aplicadae n cualquierl ugar del país incluidasl as personasa las que se les aplicó vacunase n los territoriose n los cualess e unificaronl as etapas del Plan Nacional de Vacunación y para completar esquemas de personas vacunadase n el extranjero,s iemprey cuandol a personae sté incluidae n las etapas
abiertas del Plan Nacionald e Vacunacióny la vacuna que requiera se encuentre disponible.L a aplicaciónd e segundasd osis deberár ealizarsec on la mismav acuna que recibió la primera dosis, para lo cual es necesario solicitar el carné de vacunacióny verificarl os datos registradose n PAIWEB. Artículo 2. Vig~nci~, E! presentea cto adn,inistrntivroig e a part!rd B la fecha de su expedición. Dada en Bogotá,o .e., Viceministrdoe Salud Públicay Prestaciónd e Servicios Directord e Promocióny Prevención DirectoraJ urfdica