MINSALUD - Resolución 1765 de 2004
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 1765 de 2004
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2004
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MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
RESOLUCION NUMERO 1765 DE 2004
(Junio 8) Por la cual se ordena la apertura de la Licitación Pública No.MPS-09-2004 EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 30 de la Ley 80 de 1993, artículo primero de la Resolución número 00029 del 11 de febrero de 2003 de delegación de funciones, expedida por el Ministerio de la Protección Social, y CONSIDERANDO Que las enfermedades transmitidas por vectores constituyen en Colombia una prioridad de Salud Pública, que por su potencial epidémico generan grandes externalidades, algunas de ellas causan complicaciones y mortalidad, y otras incapacidad física, en humanos asentados en veredas o ciudades con transmisión activa y en donde sobresalen la inoportunidad de la prestación de servicios básicos adecuados de salud, las migraciones poblacionales de susceptibles o reservorios y la inequidad social. Que aproximadamente el ochenta y cinco porciento (85%) del territorio rural está situado por debajo de los 1.600 m.s.n.m., presentando condiciones climatológicas, geográficas, ecológicas y epidemiológicas aptas para la transmisión de la enfermedad de Malaria, estimándose que veintidós millones de personas se encuentran en riesgo de enfermar o morir por esta causa. En los tres últimos años en el país se registro un promedio anual de 199.505 casos confirmados. Se considera que aproximadamente en 129 municipios del país (12%), distribuidos en 22 departamentos, hay permanentemente transmisión de malaria y en 438 municipios (pertenecientes a 29 departamentos) hay evidencia de
transmisión de la enfermedad Que entre las enfermedades transmitidas por vectores, la enfermedad de Chagas ocupa también en Colombia un lugar de primera importancia como causa de cardiopatía crónica, muerte súbita e incapacidad laboral, en población de zonas rurales de varios departamentos. La infección por Trypanosoma cruzi es altamente prevalente en municipios de los departamentos de Norte de Santander, Santander, Arauca, Casanare, Boyacá, Cundinamarca, Tolima, Meta y Magdalena. En los municipios considerados como de alto riesgo de estos departamentos se ha calculado que existen cerca de 180.000 viviendas rurales en riesgo de transmisión vectorial. Que el Control Químico de vectores de interés en salud pública, en especial en áreas rurales dispersas, es de utilidad comprobada para disminuir o eliminar densidad adulta de las especies transmisoras, mediante técnicas de aplicación residual de insecticida en el intra domicilio o mediante impregnación en toldillos o mosquiteros. En Colombia las directrices para la prevención y el control de estas enfermedades incluye la utilización de químicos como parte fundamental de una estrategia de control integrado con base a experiencias propias y recomendaciones de expertos nacionales, de efectividad en otros Países del sur del continente y estrategia de la OPS/OMS para hacer retroceder el Hoja 2 de 3
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Por la cual se ordena la apertura de la Licitación Pública No.MPS-09-2004 paludismo en el mundo. Ante esto es necesario garantizar de manera permanente el suministro de los insecticidas requeridos por las Entidades Territoriales para tal fin.
Que definidas las directrices nacionales para las enfermedades transmitidas por vectores, es necesario adquirir insecticidas de acción residual de eficacia comprobada hacia la fase adulta de las especies transmisoras, con el propósito de atender oportunamente los requerimientos de las Secretarias Departamentales y Distritales de Salud para las intervenciones químicas requeridas para tratar oportunamente brotes epidémicos. Que de conformidad con lo establecido en el numeral 13, del artículo 42, de la Ley 715 de 2001, la Nación tiene entre sus competencias, en el marco del Plan de Atención Básica, la responsabilidad de garantizar el suministro oportuno y regular de los insumos para el control de vectores de interés en salud pública. Por lo planteado y ante la necesidad de suministrar con regularidad insumos, es conveniente efectuar la adquisición de insecticidas piretroides y/o compuesto de acción similar con efecto residual para un mínimo de 120.000 rociamientos de viviendas con alto riesgo para malaria y de 50.000 viviendas con riesgo para chagas, con promedio en superficie interna a tratar de 200 metros cuadrados para las dos circunstancias y de 200 .000 unidosis en tabletas dispersables, sachets de solución emulsionable, macroemulsión o microencapsulado, para impregnar o reimpregnar toldillos con superficie absorbente promedio de 15 metros cuadrados. Que teniendo en cuenta lo anterior, el Ministerio de la Protección Social debe adelantar el procedimiento de selección que ordena el Estatuto General de Contratación, Licitación Pública, observando los principios de transparencia, economía, responsabilidad y de deber de selección objetiva de la persona del contratista.
Que el Ministerio de la Protección Social dispone de recursos libres de afectación, para cancelar el valor del contrato resultante de la adjudicación de la Licitación Pública, en el siguiente rubro presupuestal: Unidad Ejecutora 360101-000-C-000-320-301-5-1-13-C, concepto: Protección de la Salud Pública en el Ámbito Nacional, Nivel Central, según certificado de disponibilidad presupuestal No.225 de fecha 19 de abril de 2004, por valor de $1,201,000,000.00, expedido por la jefe de Presupuesto del Ministerio de la Protección Social. Que el contrato que surja de este procedimiento de selección se regirá por el Estatuto General de Contratación Administrativa, Ley 80 de 1993, y las normas que la adicionen o modifiquen, y en lo no previsto en ellas, por las normas del derecho privado, el Código de Comercio, el Código Civil, las demás disposiciones legales vigentes en lo que sean compatibles con la Ley 80 de 1993 y las que se expidan en la ejecución del contrato. Que se dispondrá la publicación de los avisos pertinentes, conforme lo dispone el artículo 30, numeral 3º de la Ley 80 de 1993. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la Licitación Pública No.MPS-09-2004, que tiene por objeto el suministro y almacenamiento de insecticidas piretroides y/o compuesto de acción similar para uso en salud pública, de conformidad con la parte motiva de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: Las fechas de apertura y cierre de la Licitación Pública son las
siguientes:
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Por la cual se ordena la apertura de la Licitación Pública No.MPS-09-2004
Apertura : 30 de junio de 2004 Hora 10:00 A.M.
Cierre : 14 de julio de 2004 Hora 10:00 A.M.
ARTÍCULO TERCERO: El presupuesto oficial establecido para la presente Licitación Pública es de MIL DOSCIENTOS UN MILLONES DE PESOS M/C ($1,201,000,000.00), con cargo al rubro presupuestal: Unidad Ejecutora 360101-000-C-000-320-301-5-1-13-C, concepto: Protección de la Salud Pública en el Ámbito Nacional, Nivel Central, según certificado de disponibilidad presupuestal No.225 de fecha 19 de abril de 2004, expedido por la jefe de Presupuesto del Ministerio de la Protección Social.
ARTÍCULO CUARTO: El valor del Pliego de Condiciones es de UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL PESOS M/C ($1,200,000.00), valor no reembolsable que deberá consignarse en el Banco de la República, Cuenta Nº61011110, Denominación: DIRECCIÓN DEL TESORO NACIONAL, OTRAS TASAS, MULTAS Y CONTRIBUCIONES NO ESPECIFICADAS, CÓDIGO No.334, Licitación Pública No.MPS09-2004, Minprotección Social. El Pliego de Condiciones será entregado en el Grupo de Gestión Contractual, previa presentación de copia del recibo de consignación correspondiente.
ARTÍCULO QUINTO: Ordenar la publicación de los avisos correspondientes en diarios de
amplia circulación, en el territorio de esta jurisdicción, en el número o cantidad según la naturaleza, objeto y cuantía del objeto por contratar.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 8 días del mes de Junio del año 2004
LUIS MANUEL NEIRA NÚÑEZ
Secretario General