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MINSALUD - Resolución 1830 de 2021

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 1830 de 2021
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2021

República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL C -:1• 8 3 0 RESOLUCIÓN NÚMERtf DE 2021 ( 1 2 NOV2 021 ) Por la cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para la financiación de campañas de prevención de la violencia y promoción de la convivencia pacífica a nivel nacional y territorial EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de las facultades legales, y,e n especial Irs conferidas en el artículo 11O del Decreto 111 de 1996, el numeral 42. 7 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 y, en desarrollo del literal 1)d el acápite de destinación del artículo 67 de la Ley 1753 de 2015 y del artículo 2.6.4.4.4 del Decreto 780 de 2016, y, CONSIDERANDO Que el artículo 42 de la Ley 715 de 2001 asigna a la Nación, la dirección del Sector Salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en el territorio nacional, de acuerdo con la diversidad regional y el ejercicio de sus competencias, dentro de las cuales se encuentra la de distribuir los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud sin perjuicio de las competencias de las entidades territoriales en la materia. Que el literal L) del artículo 67 de la Ley 1753 de 2015, dispone que la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES, destinará los recursos por ella administrados para los usos establecidos en dicho artículo y para "Las demás destinaciones que haya definido la Ley con cargo a los recursos del Fosyga y del

Fonsaet". Que, en ese contexto, el artículo 2.6.4.4.4 del Decreto 780 de 2016, señala que la ADRES, de acuerdo con lo definido en la ley y lo aprobado en el presupuesto de esta Entidad, financiará las campañas de prevención de la violencia y promoción de la convivencia pacífica a nivel nacional y territorial, de acuerdo con los criterios de asignación y distribución establecidos por este Ministerio. Que, este Ministerio a través de la Resolución 5514 de 2013, estableció que los actos administrativos que soporten la ejecución de recursos, a través del mecanismo de transferencia o asignación directa de los mismos a entidades territoriales deberán enmarcarse en los requisitos allí previstos y atender a la planeación que la dependencia responsable de la ejecución efectúe para dicha vigencia. Que mediante Resolución 5108 de 2016 se determinaron, los criterios de asignación de recursos provenientes del impuesto social a municiones y explosivos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, actual ADRES y se estableció que dichos recursos serán asignados a las entidades territoriales, previa verificación y certificación de la Dirección de Promoción y prevención Social de este Ministerio respecto del cumplimie(íto" de los criterios señalados en esta. \ ~ii\ G: 18 3 O DE 12 NOV

RESOLUCIÓN NÚMERbJ HOJA Nº 2

Continuaciónd e la resolución ·por la cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para la financiación de campañas de prevención de

la violencia y promoción de la convivencia pacifica a nivel nacional y tenitoria/" Que la Dirección de Promoción y Prevención, como responsable de los recursos para el financiamiento de las campañas de prevención de la violencia y promoción de la convivencia pacifica a nivel nacional y territorial, realizó en el mes de junio de este año una convocatoria a presentar proyectos para la promoción de la convivencia y prevención de violencias, dirigida a 4 distritos y 21 departamentos que eviden9iaron tasas de lesiones de causa externa superiores a la media nacional, de acuerdo con FORENSIS 2019. Que de las entidades territoriales convocadas, veintidós (22) presentaron proyectos, algunos municipios a través del departamento de los cuales, la Dirección de Promoción y Prevención verificó que nueve (9) de ellos cumplían con lo establecido en la Resolución 5108 de 2016 y con los requerimientos técnicos y financieros, y en ese sentido, mediante comunicaciones 202121001509541, 202121001509901, 202121001516891, 202121001516961, 202121001510391, 202121001510031, 202121001517051, 202121001510491, 202121001517071 emitió conceptos de viabilidad técnica para la asignación de recursos así: . .. TERRITORIO NOMBRE DEL PROYECTO ·f ~' -; .r-· . ... J,li.~ Transformación sociocultural de imaginarios, mitos y preJUICIOqSu e naturalizan y legitiman las violencias de género, las desigualdades entre Bogotá D.C hombres y mujeres, y las problemáticas de la convivencia social entre

adolescentesy jóvenes de los barrios de Santa fe, EduardoS antos,S amper Mendozav la Favorita de la Localidadd e los Mártires B=otá o.e. Una mirada desde la perspectiva de género a los territorios del departamento de Casanare para comprender las actitudes y prácticas Departamento del Casanare mantenedorasd e la violencia y fomentar conductas que propendan por la eauidad v las nuevas masculinidades. Implementaciónd é un programa de refuerzo educativo para desmontar normas sociales,a ctitudes,p racticas,q ue inciden en la violencia contra las Municipio de Curillomujeres a través de estrategias educativas, informativas, comunicativas, Caquetá dirigidas a fomentar la equidad de género y prevenir las violencias en el municioiod e Curillo - Caauetá. Abordaje positivo de las normas sociales, actitudes y prácticas que inciden en la violencia contra las mujeres a través de estrategias educativas, Municipio de El Doncelloinformativas,c omunicativasy de movilizacións ocial, dirigidasa fomentar la Caquetá equidad de género y prevenir la violencia en el municipio de El DoncelloCaauetá. Intervención de normas sociales, actitudes, prácticas, que inciden en la violencia contra las mujeres a través de estrategias educativas, Municipio de Florenciainformativas,c omunicativasy de movilizacións ocial, dirigidasa fomentar la Caquetá equidad de género y prevenir la violencia en el municipio de FlorenciaCaauetá. Diseñar intervenciones educativas y sociales basadas en la educación

emocional dirigidos a mujeres líderes que se encuentren cursando los últimos semestres de su carrera técnica o tecnológica en el SENA y a Departamento del Guaviare hombres/mujeresd e su entorno, para el afrontamientod e la violencia de género a través del uso de los medios masivosd e comunicación,e ducación emocional v tics en la ciudad de San José del Guaviare. Fortalecimientod e actitudesy creencias positivas mediante la intervención de las normas sociales, actitudes y prácticas que inciden en la violencia Municipio de San José del contra las mujeres a treves de estrategias educativas, informativas, Fragua - Caquetá comunicativas, dirigidas a fomentar a equidad de género y prevenir las violencias en el municioio de San José del Fraaua. Intervención de normas sociales actitudes, prácticas que inciden en la violencia contra las mujeres a través de estrategias educativas, Municipio de San Vicente informativas,c omunicativasy de movilizacións ocial, dirigidas a fomentar la del Caguán - Caquetá equidad de género y prevenir las violencias en el municipiod e San Vicente del CaauánCaauetá. Intervención de normas sociales actitudes, prácticas que inciden en la violencia contra las mujeres a. través de estrategias educativas, Municipio de Valparaísoinformativas,c omunicativasy de movilizacións ocial, dirigidasa fomentar la Caquetá equidad de género y prevenir las violencias en el municipio de Valparaíso -Caauetá. o : o 12 2~ti11

RESOLUCIÓN NÚMERO f; 1 83 DE NOV HOJA Nº 3

Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para la financiación de campañas de prevención de la violencia y promoción de la convivencia pacífica a nivel nacional y territorial" Que mediante el Decreto 1805 del 31 de diciembre de 2020, fue asignada en el Presupuesto de Gatos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, en la Unidad 1901 A Funcionamiento - 01 Gestión General Cuenta: 03 Transferencias Corrientes, Subcuenta: 03 A entidades del Gobierno, Objeto del Gasto -04 A otras entidades del Gobierno General, Ordinal 53: Prevención y Promoción en Salud, una partida por valor de ciento veintiún mil setecientos cincuenta y ocho millones ochocientos cinco mil pesos ($121.758.805.000) miele. Que según Certificado de Disponibilidad Presupuesta! 182421 del 24 de septiembre de 2021, expedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto, existe apropiación disponible en la Unidad i Subunidad Ejecutora 19-01-01-000 gestión general, posición catálogo de gasto A03-03-04-053 Prevención y Promoción en Salud, por valor de mil trescientos veintisiete millones novecientos setenta y dos mil cuarenta y seis pesos ($1.327.972.046) miele. Que teniendo en consideración lo señalado, es preciso asignar los recursos por la suma de mil trescientos veintisiete millones novecientos setenta y dos mil cuarenta y seis pesos miele ($1.327.972.046), a las nueve (9) entidades territoriales previamente citadas, monto

con el que se concurre para garantizar la financiación de campañas de prevención de la violencia y promoción de la convivencia pacífica a nivel nacional y territorial. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Asignación. Asignar a las entidades que se señalan a continuación, recursos, del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para la vigencia fiscal 2021, del rubro "Prevención y Promoción en Salud", por valor de mil trescientos veintisiete millones novecientos setenta y dos mil cuarenta y seis pesos • ($1.327.972.046) miele, así: . ~ -- -• T BE . o.R. gR oI t~T á-O o.R .I eO . ,. _ _. . • . • -. _• ,i, ·. •-' • A •

P ':>O • RT 1E 4S

2• .

4M 3'.S 1.P 4•S

. 7 0• Departamento del Casanare 150.257.544 Municipio de Curillo - Caquetá 150.108.400 Municipio de El Doncello - Caquetá 150.257.544 Municipio de Florencia - Caquetá 150.257.544 Departamento del Guaviare 150.257.544 Municipio de San José del Fragua149.208.000 Caouetá Municipio de San Vicente del Caguán 150.214.000 -Caauetá Municipio de Valparalso - Caquetá 134.980.000

TOTAL 1.327.972.046

As1gnac16dne recursos por entrdad terntonal. V1genc1a2 021

Artículo 2. Destinación. Los recursos asignados a las entidades mencionadas en el artículo precedente serán destinados exclusivamente a financiar o cofinanciar los proyectos para la promoción de la convivencia y prevención de violencias, presentados por las entidades territoriales, en las condiciones que fueron aprobados por la Dirección de Promoción y Prevención. 12 NOV2 0211

RESOLUCIÓN NÚMERO: VC ;i: .! 8 3 0

DE 2021 HOJA N°4

Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para la financiación de campañas de prevención de la violencia y promoción de la convivencia pacífica a nivel nacional y territorial" Artículo 3. Giro y autorización a ADRES. Los recursos aquí asignados serán trasferidos sin situación de fondos por el Grupo de Tesorería de este Ministerio a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES y se autoriza, en consecuencia, que realice el pago de mil trescientos veintisiete millones novecientos setenta y dos mil cuarenta y seis pesos m/cte ($1.327.972.046) a las entidades territoriales señaladas en el artículo 1 de esta resoiución, provenientes de los recursos recaudados y administrados por la ADRES del Impuesto Social a las Municiones y Explosivos. Artículo 4. Requisitos para el giro. La ADRES girará los recursos en una sola operación al Fondo de Salud - Subcuenta de Otros Gastos en Salud Inversión de los departamentos y municipios objeto de la presente transferencia, previa entrega a la Dirección de Promoción

y Prevención del Ministerio, de los documentos que se señalan a continuación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de expedición del presente acto administrativo y aprobación del cronograma de ejecución: 4.1. Certificación bancaria con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario, emitida por la entidad financiera, con la identificación de la cuenta a la cual se efectuará el giro, que incluya el nombre completo e identificación del titular, tipo, número y estado de cuenta en el que se indique que el titular es el fondo de salud departamental o municipal. 4.2. Copia del Registro Único Tributario - R.U.T. 4.3. Cargo, nombre completo, identificación, teléfono y . correo electrónico del funcionario responsable de coordinar la ejecución de los recursos objeto de la presente resolución. 4A. Cronograma de ejecución. La Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio remitirá a la ADRES los números de cuenta de las entidades territoriales beneficiarias y copia de este acto administrativo el cual constituye el soporte para el registro del compromiso presupuesta!. Artículo 5. Obligación de la ADRES. La ADRES deberá remitir a este Ministerio, certificación de los valores pagados, para que se realice el registro de la obligación y la continuidad de la cadena presupuesta! correspondiente a las operaciones "Sin Situación de Fondos" en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF Nación. Artículo 6. Soporte documental de la ADRES. Los soportes y el detalle documental que sustente las operaciones de pago efectuados por la ADRES con base en la presente autorización, deberán ser conservados por el tiempo legalmente establecido para este tipo de documento por dicha entidad y estar disponibles para la verificación por parte del

Ministerio de Salud y Protección Social, entes de control y autoridad competente que requiera verificar la pertinencia y legalidad de estos. Artículo 7. Incorporación de recursos. Las entidades a las que se le asignan los recursos señalados en el artículo 1, están obligadas a incorporar en sus presupuestos, los recursos aquí asignados en cumplimiento de la normatividad vigente. Artículo 8. Obligaciones de las entidades a las que se asignan recursos. Las entidades señaladas en el artículo 1, tendrán a su cargo el cumplimiento de las siguientes actividades: 8.1 Confirmar la transferencia de los recursos a la cuenta reportada. 8.2 Velar por la adecuada y oportuna ejecución de los recursos, \ 8.3 Garantizar el desarrollo y cumplimiento de las actividades inmersas en e . cronograma y en el proyecto. 1 2 NOV2 021 V(, : 18 3 0

RESOLUCIÓN NÚMER& DE 2021 HOJA Nº 5

Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para la financiación de campañas de prevención de la violenciay promociónd e la convivenciap acíficaa nivel nacionaly territorial" 8.4 Presentar en medio impreso y magnético (archivo PDF), los informes de ejecución técnica y financiera y sus soportes a la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, de conformidad con lo establecido en el documento de lineamientos técnicos. • • 8.5 Suministrar información oportunamente a los organismos de control y demás autoridades nacionales, cuando estas así lo requieran. Artículo 9. Reintegro de recursos. Los recursos asignados a las entidades territoriales no

ejecutados en el año 2022 deberán ser reintegrados a la ADRES, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al término señalado, junto con los rendimientos generados desde la fecha de ingreso de los recursos a la cuenta bancaria informada, hasta la fecha de traslado efectivo de los remanentes de capital que no hubieren sido comprometidos ni ejecutados. Tales recursos serán girados a la cuenta bancaria que para el efecto señale dicha entidad; para lo cual deberán informar a la ADRES el_c oncepto del giro, el valor del capital y el valor de los rendimientos financieros generados, con copia a la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud y Protección Social. Artículo 10. Seguimiento. Este Ministerio, en desarrollo de sus funciones y su objetivo misional,realizará el seguimiento que estime necesario y pertinente a la ejecución de los recursos asignados a las entidades señaladas en el articulo 1 de la presente resolución, a través de la Dirección de Promoción y Prevención y de ser necesario, informará a las entidades de vigilancia y control competentes. Artículo 11. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 1 2 NOV 0'.)l

Dada en Bogotá, D. C., 2 e ~,· ~ Aprobó: Viceministrod e Salud Pú lica y Prest ón~e ervicios (E) irectord e Promocióny 'í_revfnción SubdirectorF inanpi~ ~ DirectoraJ urídica\ Ull,.. - •

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