MINSALUD - Resolución 195 de 2021
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 195 de 2021
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2021
República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO , ·•' . J 19 5
DE 2021 2 2 rr=.;sn 21 Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el 20 de febrero de 2021 por el fabricante Sinovac Life Scienses Co., Ltd EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejerciclo de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 7 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009, "La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad". Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública. Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento
de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que en !a actualidad existe poca oferta para la adquisición de las vacunas contra el COVID-19 debido al proceso que se requiere para su producción y comercialización, por lo que el suministro de esta vacuna se encuentra condicionado por la alta demanda y por las capacidades limitadas de producción y distribución de los fabricantes, lo que significa que la vacuna contra el COVI D - 19 es un bien escaso. Que el Estado colombiano ha suscrito contratos de compraventa y de suministro con diferentes agentes, indirectamente a través del mecanismo COVAX y directamente por medio de acuerdos con los respectivos fabricantes, y las dosis adquiridas estarán disponibles de manera gradual en la medida en que los diferentes laboratorios avancen en su producción. Que el Decreto 109 de 2021 adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVlD19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, así como la población que se prioriza en cada una de ellas, es decir, acorde con los objetivos del Plan, la población que debe recibir la vacuna primero. Que el ya citado Decreto 109 de 2021, determinó que en la primera fase de vacunación se debe inmunizar a: ·,- ' ..· ··195 J ··~· \/ V ·.J
RESOLUCIÓN NÜMERO 2 2 FtB '.i.llZI DE 2021 Hoja No. 2
Continuación de Is resolución "Por/a cual se real/zala asignación y distribución de IBs v&cunas contra el COVID19 entregadas
al Estado colombiano BI 20 de fetirero de 2021 por el fabricenta Slnovac Ufe Scien!BS Co. . Ud" "(..) 1 7. 1.1 .1 . Las personas de 80 años de edad y más. 7.1.-1.2. Talento humano len salud; profesionalesd e fa salud en setVicios ocial obligatorio; médicos residentes y sus1 docentes en el marco de /os convenios docencia - servicios y médicos internos, de los j,restedores de seNicios de salud de mediana y alta complejidady de /os establecimientosId a sanidadd e las FuerzasM ilitaresd e Colombiay de la Policfa Nacionald e Cofombfa,q ue realizan su trabajo en los serviciosd e:
8. Cuidado intensivo e intermedio adulto, pediátrico y neonatal en donde se atienda coVto-19_
b. Urg$ncias en donde se atienda COVID-19. . C. Hos'pitalización en modalidad intramural y extramura/ en donde se atienda COV/0-19. d. Lab'oratorioc llnicc, laboratorio de salud pública, laboratorio del Instituto Nacional de Salud y de universidades, únicamente el persone/ que toma (intramurel y extlamuraf). manipula y procesa muestras de COVID-19. \,
8. Railiologla e imágenes diagnósticas. /, Terapia respiratoria que atienda pacientes ccn COVID-19.
g. Trahsporte asistencial de pacientes: 7.1.1.3. Talento humano en salud que tienen un contacto directo de atención en salud especializada a pacientes Sintomáticos respiratorios intra y extramural. siempre que dicha atención irhplique un cOntactoe strecho y prolongado ccn la vfa aérea expuesta del paciente.
7.1.1.4. Talento hum~no de seNicios generales, vigilancia, celadurla, administrativo y de facturación, q/Je realizan su trabajo en los se,vicios de cuidado intensivo e intermedio adulto, peditlricc y neonatal en donde se atiende pacientes contagiados de COVID-19; urgencias enjdonde se atienda COVID-19 y hospitalización en modalidad intramural y extramural en donde se atienda COVID-19, as/ como el talento humano encargado de la . distribución dé alimentos en el área intrahospitalaria;d el traslado de pacientes en el ámbito ' intrahospitalario y de las labores de lavanderla, mantenimiento y transporte. de los prestadores de sa,vicios de salud de mediana y alta complejidad y da los establecimientos • ' de sanidad dé las Fuerzas Militares de Colombia y de le Policfa Nacional de Colombia. 7.1.1.5. Talento humjno en salud del seNicio de vacunación contra el COVID-19. 1 7.1.1.6. Talento humano que realice autopsias o necropsias, incluido el personal del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. ' 7.1.1:7. Técnicos y epidemiólogos de las entidades territoriales y del Instituto Nacional de Salud, que realicen·rastreo en campo, búsqueda activa de casos de COVID-19 en campo. invest/gación¡epidemiológicad e campo y toma de muestras que involucren contacto con casos sospechosos y confirmados de COVID-19. ' 7.1.1.B. Talento humano en salud que por su perfil profesional tenga un contacto intenso mucho más frecuent'ey en condiciones de urgencia con fa vla aérea expuesta de los pacientes,
dada fa rea/ilación de procesos que liberan aerosoles como la intubación endotraqueal o la traqúeotof1tla.(.. .)" • Que la Resolución 161 de 2021, modificada por la Resolución 167 de 2021 señala que la distribución y asignación de vacunas contra el COVID-19 se realizará de la siguiente manera: "Cada vez que se confirme por parte de un fabricante o del representante del mecanismo COVAX, la cantidad y la fecha de la entrega de dosis de vacunas contra el COV/0:- 19 al Estado colombiano, el Ministerio de Salud y Protección Social.• atendienOo a criterios epidemiológicos y logisticos para la debida conseNación de 11a vacuna, determinará la cantidad de dosis que se asignará a cada grupo pobJElcional que integre la misma etapa, respetando la priorización establecido en e/"artlculo 7 del Decreto 109 de 2021 . • •
RESOLUCIÓN NÚMERO 'l 'J ¡:-¡:;:; DE 2021 Hoja No. 3
Continuación de /8 resolución "Por la cual se realiza la asignación y distnbución de las vacunas contra el COVID19 entregadas al Estado colombiano el 20 de febrero de 2021 por el fabrican le Sinovac Life Scienses Co .. Lid'" Posteriormente, con fa información cargada en la Base de Datos Maestra de la que trata el Decreto 109 de 2021, se determinará el número de personas que, en cada departamento o distrito, pertenecen a cada grupo poblacional que integra la misma etapa y se calculará la participación que tiene cada uno de elfos en el total de personas que pertenecen a esa misma etapa a nivel nacional.
El porcentaje de participación de cada departamento o distrito en el total nacional, será el porcentaje sobre el cual se asignara el número de dosis que se fe entregara a cada entidad territorial del orden departamental o distrital, calculado sobre la cantidad de dosis que se tenga confirmado recibir y que el Ministerio de Salud y Protección Social haya decidido asignar a ese grupo poblacional_ Para determinar el número de vacunas a entregar por grupo poblacional perteneciente a la misma etapa en cada departamento y distrito, se aplicará la siguiente formula: X= /AIB)'C X: Vacunas asignadas para cada grupo en cada departamento o distrito. A: Población registrada en el grupo en la base maestra nominal en departamento o distrito. 8: Población registrada en el grupo en base maestra nominal total nacional. C: Número de vacunas total disponibles para este grupo." Que, de acuerdo al acta de recepción técnica de biológicos del 20 de febrero de 2021 suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 192.000 dosls de vacuna inactiva SARS-COV-2 del laboratorio Sinovac Life Scienses Ca., Ud denominada CoronaVac, identificadas con el número de Lote A2021010044. Que, la vacuna CoronaVac del fabricante Sinovac Life Scienses Co., Ud recibió autorización y Visto Buenos de Importación No. VINVIMA-21-0012187 por parte del Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos - INVIMA, para la cual se emitió Registro de Importación No. REG-50015774-20210203N.
Que, de conformidad con las indicaciones del fabricante, las 192.000 dosis de la vacuna CoronaVac deben ser usadas en personas mayores de 18 años, pueden ser almacenadas en condiciones de refrigeración entre +2ºC y+ 8ºC y su presentación es vial monodosis. Que mediante Resolución 194 de 2021, se unificaron las fases y etapas del Plan Nacional de Vacunación en las áreas urbanas de los municipios: Leticia, Puerto Nariño, Mitú e !nírida con el propósito de disminuir el riesgo de transmisión de la variante del SARS-CoV2, P.1, linaje B.1.1.28 en el territorio colombiano y permitir, como consecuencia favorable, la comunicación de esa Región con el interior del país. Según las estimaciones realizadas por la Dirección de Epidemiología y Demografía y la población priorizada del plan nacional de vacunación, la población a vacunar en estos municipios es de 69.530. Para definir la población urbana fueron usadas las estimaciones de población urbana y rural de estos municipios, disponibles en el DANE, quedando una población urbana de 40.355 personas distribuidas de la siguiente manera: :-',)195 vts 102,
RESOLUCIÓN NÚMERO .. ,;, DE 2021 Hoja No. 4
Continuac/Dnd e la r&.solución" Por Is cuel se realiza la asignacióny distribuciónd e las vacunss contra el COVi'D19 entmgadss el Estado colombiano el 20 de fobn!ro de 2021 por el fabrlc8nte Sinovsc Ufe Scienses Co. . Lid" :·· ·,' 4ipfo •~ ,..-.•. ·ji F. ·,:P0~1~ci6ñ,~' <;~ ¡l t~'-u. ..r ,; :t \ ; !i ~; -~'bft? ~l:ilaéí~t.:.:;1
- f ,: ,: .- _• .· .4· _- ., • •,~ -.t,. .. ;. .' _,. ;, \ • _,,~1 ; ~!ñ ;.O , ffz .•"a -' ~a~ .a, , c.,;.. ., ~.! ·• ~• ~- ~ , !,iJ ,_rb ~'i( .r tt -ii ~r '.'· : leticia 29.332 71 15% 20.870
Puerto Nariño 4.948 37,82% 1.871 lnlrida 18.627 66 58% 12.402 Mitú 16.623 31,35% 5.212 Que con el propósito de contrarrestar los efectos de ta situación de los departamentos que comparten frontera con Brasil, se entregarán 40.355 dosis de la vacuna CoronaVac para atender todas las 'etapas del Plan Nacional de Vacunación de los habitantes de las áreas urbanas de los municipios de Leticia, Puerto Nariño, lnirida y Mitú. Que, con corte al 19 de febrero de 2021, en la Base de Datos Maestra administrada por el Ministerio de Salud y Protección Social, se encontraban registradas 364.969 personas pertenecientes a la eta'pa 1 del Plan Nacional de Vacunación. Que mediante Resolución 168 de 2021 se hizo la asignación y distribución a los departamentos y diStrilos, de 50.070 dosis de vacunas contra el COVID - 19 entregadas al Estado colombiano por Pfizer lnc y BioNTech el 15 de febrero de 2021, distribución que se priorizó para el talento humano de las capitales y las áreas metropolitanas y que permitió cubrir el 13,7% de la etapa 1, quedando sin cubrir 314.967 personas
pertenecientes a la miSma etapa. Que teniendo en clienta las características técnicas de la vacuna CoronaVac (principalmente las condiciones de refrigeración), esta puede ser usada preferentemente en prestadores de servicios de salud ubicados en municipios de menor tamaño o alejados de las grandes urbes y zonas. Que, según la información remitida por la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria del Ministerió de Salud y Protección Social, la siguiente es la información del talento humano perteneciente a la etapa 1 del Plan Nacional de Vacunación contra el COVJD - 19, reportada al sistema PISIS que integra la Base de Datos Maestra nominal de las personas priori~adas para recibir la vacuna y que laboran o hacen sus prácticas en municipios que no hacen parte de las capitales y áreas metropolitanas: Antio ula 9.753 308 10.061 Arauca 560 13 573 Atlántico 1.270 5 1.275 Bolivar 1.894 67 1.961 Bo aca 4.087 117 4.204 Caldas 1.456 48 1.504 Ca ueté 993 31 1.024 Casanare 1.244 30 1.274 Cauca 2.927 49 2.976 Cesar 1.316 32 1.348 ,J195 RESOLUCIÓN NÚMERO" ,, 0?1 DE 2021 Hoja No. 5 aC l o En sti tn au da oc i có on lo d me b l ia a nre os o el lu 2c 0ió dn e " fP eo br r/ ea r oc u da el 2s 0e 2 r 1e a pli oz ra el la
f aa bs rig icn aa nc ti eó n S y in d oi vs atr cib Uuc feió n S cd iee n l sa es s v Cac ou .,n Uas d "c ontra el COVID19 entregadas Chocó 213 14 227 Córdoba 2.872 90 2.962 Cundinamarca 6.006 138 6.144 Guaviare 443 5 448 Huila 2.696 55 2.751 La Gua·ira 2.089 32 2.121 Ma dalena 1.516 19 1.535 Meta 1.931 109 2.040 Nariño 4.059 54 4.113 Norte de Santander 2,490 149 2.639 Putuma o 626 59 685 Quindio 688 22 710 R1sara!da 314 6 320 Santander 2.940 116 3.056 Sucre 1.693 92 1.785 Tolima 2.956 105 3.061 Valle del cauca 7.835 207 8.042 Vichada 107 5 112 Que con el propósito de continuar con la entrega de vacunas para la inmunización del talento humano perteneciente a la etapa 1 del Plan Nacional de Vacunación, 68.951 dosis de la vacuna CoronaVac se distribuirán conforme lo señala el cuadro anterior, para vacunar al talento humano perteneciente a la etapa 1 que labora o realiza sus prácticas en municipios que no son capitales ni pertenecen a áreas metropolitanas. Que, según los registros reportados en la Base de Datos Maestra administrada por la Oficina de Tecnología de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Salud y
Protección Social, el número de personas mayores de 80 años habitantes del territorio nacional es el siguiente, discriminado por departamentos: Antio uia 158.408 Arauca 4.402 Archi iéla o de San Andrés 995 Atlántico 23.775 Barran uilla 40.384 Bo otá o.e 171.538 Bolívar 29.639 So acá 34.831 Buenaventura 5.880 Caldas 28.427 Ca ueta 6.264 Carta ena 23.757
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 Hoja No. 6
1 Contlnusción de le ,e solución •Por la cvel Set a pne y distrlblldón de las vacunes contra el COVID 19 entregadas al Estado CtJlomblsnoe l 20 de feimiro de 2021 por el fabricante Sinovsc Life Scienses Co .. Lid" Casanare 5.577 33.854 Cauca Cesar 22.468 Chocó 10.580 Córdoba 46.796 Cundlnamarca 57.948 1.033 Guaviare Huila 23.890 La Gua ira 18.141 Ma dalena 19.322 Mela 17.120 Narlno 42.257 Norte de Santander 36.736 Putuma o 5.633 Ouindio 17.591 Risaralda 28.165 Santa Marta· 10,411 Santander 54.640 Sucre 33.537 Tollma 38.736 Valle del Caúca 125.758 Vichada 991 En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto asignar a los departamentos y distritos del territorio ,hacional las 192.000 dosis de la vacuna CoronaVac del Fabricante Sinovac Lile Scienses Ca., LT O, recibidas por el Estado colombiano el 20 de febrero de 2021, para continuar el proceso de vacunación dentro de etapa 1, de acuerdo con la' priorización definida en el Decreto 109 de 2021 por medio del cual se adoptó el Plan Nacional de Vacunación. Artículo 2. Asignación de dosis de CoronaVac para Inmunizar a los habitantes de las áreas urbanas dea" L eticia, Puerto Nariño, Mitú e lnfrlda. Asignese 40.355 dosis de la vacuna CoronaVac los departamentos que se señalan a continuación para inmunizar a la población de 18 años y más, perteneciente a todas las etapas del Plan Nacional de Vacunación contra el GOVID-19, de las áreas urbanas de los municipios: Leticia, Puerto· Nariño, Mitú e lnírida, '.dea cuerdo con lo establecido en la Resolución 194 de 2021, así: No, OlRECCIOTME RRITORl~DLE S ALUD CantidadD osis
DEPARTAMENDTOEA M~ZONA•S S ECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 22.741
2 DEPARTAMENDTOEG U~INIAS-ECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 12.402
3 DEPARTAMENDTOEL V ~UPÉSS-ECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 5.212
TotalA signación 40.355
RESOLUCIÓN NÚMERO - DE 2021 Hoja No. 7
Continuación de la resolución "Por la cual se roa/iza la asignación y distribución de las vacunas contra el COV/019 entregadas al Estado colombiano el 20 de febrero de 2021 por el fabricante Sinovac Ufe Scienses Co .. Lid" Parágrafo 1. Teniendo en cuenta las capacidades técnicas y de red de frío de los departamentos a los que pertenecen los municipios que recibirán las dosis mencionadas en el presente numeral, la entrega de las mismas se realizará en despachos parciales de acuerdo al avance en el proceso de vacunación, previa concertación entre los departamentos y el Ministerio de Salud y Protección Social. Parágrafo 2. Las cantidades asignadas inicialmente podrán ser ajustadas con posterioridad de acuerdo a la consolidación de los procesos de agendamiento y vacunación en los territorios. Artículo 3. Asignación de dosis de CoronaVac para inmunizar al talento humano perteneciente a la etapa 1 del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 que labora o hace sus prácticas en prestadores de servicios de salud ubicados en municipios que no son capitales o no pertenecer a áreas metropolitanas. Asígnese 68.951 dosis de las vacunas CoronaVac a los departamentos que se señalan a continuación, las cuales deben ser aplicadas al talento humano perteneciente a la etapa 1 del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID -19 de 18 años o más, que labora o hace sus prácticas en prestadores de servicios de salud ubicados en municipios que no conformen la base de capitales ni de áreas metropolitanas, así:
No. DIRECCIOTNE RRITORIADLE S ALUD
CantidadD osis 1 DEPARTAMENTDOE A NTIOQUI-AS ECRETARÍSAE CCIONADLE S ALUDY PROTECCIÓSNO CIAL 10.061
2 DEPARTAMENTDOE A RAUCAUNIDADA DMINISTRATIVEAS PECIADL ES ALUD 573
3 DEPARTAMENTDOE LA TLÁNTICO-S ECRETARÍDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 1.275
4 DEPARTAMENTDOE B OLÍVAR-S ECRETARÍDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 1.961
5 DEPARTAMENTDOE BOYACÁ• S ECRETARÍDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 4.204
6 DEPARTAMENTDOE CALDASDIRECCIÓTNE RRITORIADLE S ALUDD EC ALDAS 1,504
7 DEPARTAMENTDOE CAQUETÁ-I NSTITUTOD EPARTAMENTDAELS ALUD 1.024
8 OEPARATM ENTOD ELC ASANAR-ES ECRETARÍDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 1.274
9 DEPARTAMENTDOE LC AUCASECRETARÍDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 2.976
10 DEPARTAMENTDOE LC ESARSECRETARÍDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 1.348
11 DEPARTAMENTDOE LC HOCÓ-SECRETARIDAE S ALUDD EPARTAMEANlT 227
12 DEPARTAMENTDOE CÓRDOBA-S ECRETARÍDAE D ESARROLLDOE LA SALUD 2.962 13 DEPARTAMENTDOE CUNDINAMARC-SAE CRETARÍDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 6.144 14 OEPARATM ENTOD E LAG UAJIRASECRETARÍDAE SALUDD EPARATM ENAT l 2.121
15 DEPARTAMENTDOE LG UAVIARE-S ECRETARÍDAE PARTAMENTDAELS ALUD 448
16 DEPARTAMENTDOE LH UILASECRETARiDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 2.751
17 DEPARTAMENTDOE LM AGDALEN-AS ECRETARÍDAE D ESARROLLDOE LAS ALUD 1.535
18 DEPARTAMENTDOE LM ETA-SECRETARDÍAE S ALUDD EPARTAMENTAL 2.040 19 DEPARTAMENTDOE NARIÑO-INSTITUTOD EPARTAMENTDAELS ALUD 4.113 20 DEPARTAMENTDOE NORTED ES ANTANDE-RIN STITUTOD EPARTAMENTDAEL S ALUD. 2 639
21 DEPARTAMENTDOE PUTUMAYOS-ECRETARiDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 685
12 DEPARTAMENTDOE LQ UINDÍO-S ECRETARiDAE SALUDD EPARTAMENTAL 710
23 DEPARTAMENTDOE R ISARALD-AS ECRETARIDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 320
24 DEPARTAMENTDOE S ANTANDERS. ECRETARÍDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 3.056
25 DEPARTAMENTDOE SUCREDEPARTAMENTAOD MINISTRATIVDOE SEGURIDADS OCIALE N
SALUD 1.785
26 DEPARTAMENTDOE LT OLIMA.S ECRETARÍDAE SALUDD EPARTAMENTAL 3.061
.
- • . RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 Hoja No 8 :" o reo Conlinueción de la resolución "Poi /8 cual se realiza la s~nsclón y distribución de las vscunes contra el COVID19 entregadas el Estadoc olombianoe l 20 de feDferod e 2021 por el fsbrlcBn/eS /novacL J!eS clensesC o• • Lid"
27 DEPARTAMENDTEOL V AL~ED ELC AUCA-SECRETARIAOEPARTAMDEENS ATALUL D 8.042
28 DEPARTAMENDTEOL V ICHAD•A S ECRETARDIAE PARTAMENDTAESL ALUD 112
TOTALA SIGNACIÓN 68.951
Para la distribución y 8signación de estas dosis al interior de cada departamento, sel, recomienda aplicar las Siguientes reglas: ' 3.1. Iniciar con la vacunación del personal que cumple las condiciones establecidas ' . en la presente resolución de los prestadores de servicios de salud ubicados en municipiOs perifericos . 1 3.2. Garantizar la asignación de vacuna a todos los municipios de su jurisdicción que tengan prestaddres de servicios de salud en los que labore o haga sus prácticas el talento humano de la etapa 1 del Plan Nacional de Vacunación contra el COVJD-19, pa·ra dar inicio a la vacunación en todos los territorios del pais. Artículo 4. Asignación de dosis de CoronaVac para inmunizar a personas de 80 años y más. Aslgnese1 82.694 dosis de la vacuna CoronaVac a los departamentos que se señalan a continuadión, para inmunizar a personas de 80 años y más, así: NO. DIRECCIOTNE RRITORIADLE S ALUD CantidadD osis 1 DEPARTAMENDTEOA NllOOUIA• S ECRETARSIAE CCIONDALE S ALUDY PROTECCIOSON CIAL 11.106
2 DEPARTAMENDTEOA ~UCA • UNIDAADD MINISTRATEIVSAP ECIADLE S AUJO 309
1 ' 3 DEPARTAMENOTEOL AT,LÁNTICO-SECRETDAERS IAAL UDD EPARTAMENTAL 1.667 4 D DI IS ST TR RI IT TO AE LS PECIAILN DUSTRIAYL P ORTUARDIOE BARRANQUIL•L SAE CRETARDIAE S ALUD 2.831 1 5 DISTRITCOA PITADLE B (?GOT-AS ECRETARDIAIS TRITADLE S ALUD 12.026 6 DEPARTAMENDTEOB OÚVAR-S ECRETARDIAES ALUDD EPARTAMENTAL 2078 7 DEPARTAMENDTEOa oyACÁ.S ECRETARDIAES ALUDD EPARTAMENTAL 2.442 8
BD UIS ET NR AIT VO EE NS TP UE RC AI AL'I,N DUSTRIALP. ORTUARIOB, lODIVERSOy ECOTURtSTICDOE
412 ' DEPARTAMENDTEOC ALDASD· IRECCIÓTNE RRITORIDAELS ALUDD EC ALDAS 1.993 10 DEPARTAMENDTEOC AQUET-AIN STITUTDOE PARTAMENDTAESL A LUD 439 i 11 DISTRITOT URISTICjO Y CULTURALD E CARTAGENDA E INDIAS - DEPARTAMENTO
ADM!NISTPTI.VAO D ISTRITADLE S ALUD 1.666
12 DEPARTAMENDTEOL C ASANAR-ES ECRETARDIAES ALUDD EPARTAMENTAL 391
' 13 DEPARTAMENDTEOL C AUCAS-ECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 2.374 . ' 14 DEPARTAMENDTEOL C ~SAR• S ECRETARDIAES ALUDD EPARTAMENTAL 1.575 15 DEPARTAMENDTEOL C ~OCÓ-SECRETARDIAES ALUDD EPARTAMENTAL 742
16 DEPARTAMENDTEOC ()_ROO•B SAE CRETARDIAED ESARROLDLEOL AS ALUD 3.281
'
17 DEPARTAMENDTEOC ~NDINAMAR•C SAE CRETARDIAES ALUDD EPARTAMENTAL 4,063
18 DEPARTAMENDTEOl . A1GUAJIR-AS ECRETARDIAES ALUDD EPARTAMENTAL 1.272 19 DEPARTAMENDTEOL G ,UAVIAR-SEE CRETARDIAE PARTAMENDTAESL A LUD 72 20 DEPARTAMENDTEOL H ~llA • SECRETARDIAES ALUDD EPARTAMENTAL 1.675
21 DEPARTAMENDTEOL M AGDALEN-SAE CRETARDIAED ESARROLDLOEL AS ALUD 1.355 1
22 DEPARTAMENDTEOL ~ ETA· SECRETARDIAES ALUDD EPARTAMENTAL
1.200 ' 23 DEPARTAMENDTEON ARIÑO-I NSTITUTDOE PARTAMENDTAESL A LUD 2.963 ' 24 DEPARTAMENDTEON ÓRTED ES ANTANDEIRN•S TITUTDOE PARTAMENDTEAS L ALUD. 2.576 '
25 DEPARTAMENDTEOP UlUIJ.AY-OS ECRETARDIAES ALUDD EPARTAMENTAL 395
1 ' ,r,5
RESOLUCIÓN NÚMERO '.12ii trB ¿ Q¿l DE 2021Hoja No, 9
Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas con Ira el COV/0 - 19 entregada$ al Estado colombiano el 20 de febrero de 2021 por el fabricante Sinovac Ufe Scienses Co. . Ud"' ' '
26 DEPARTAMENDTEOL Q UINDiO• S ECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 1.233
27 DEPARTAMENTDOE R ISARALD•A S ECRETARDIAE S ALUDO EPARTAMEANLT 1,975
DEPARTAMENATORC HIPIELAGDOE SAN ANORESP, ROVIDENCYIA SANTAC ATALINA28 SECRETARIDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 70
DISTRITOT URÍSTICOC, ULTURALE HISTÓRICOD E SANTAM ARTA· SECRETARÍDAE SALUD 29 DISTRITAL 730 i
30 DEPARTAMENTDOES ANTANDE-RS ECRETARDiAE S ALUDD EPARTAMENTAL 3.831
'''' DEPARTAMENTDOE SUCREDEPARTAMENTAOD MINISTRATIVDOE SEGURIDADSO CIALE N 31 SALUD 2.351
32 DEPARTAMENTDOE LT OLIMA-SECRETARDiAE S ALUDD EPARTAMENTAL 2.716
'
33 DEPARTAMENTDOE LV ALLED ELC AUCA• SECRETARDÍAE PARTAMENTDAELS ALUD 8.816
34 DEPARTAMENTDOE LV ICHADA• S ECRETARÍDAE PARTAMENTDAELS ALUD 69
TOTALA SIGNACIÓN 82.694
Para la asignación y distribución de estas dosis al interior de cada departamento o distrito,: se recomienda: 4.1, Iniciar la vacunación en personas de 80 años y más que se encuentran en centros de protección del adulto mayor - Centros de larga estancia y en instituciones que los concentren. ' 4.2, Continuar con personas de 80 años y más que se encuentren privada de 19: libertad cumpliendo su condena o medida de aseguramiento en la modalidad • intramural. Artículo 5. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.G., f'.2!lD2 021 'D -1--]/,//,¡~ .. ' FERNAND , '· EZ Mini tro de Salud y Protección Social Viceministerio de salud pública y prestación de servicios Direcció11d e promoci611 y prevención Direcci611j urídica ' 1