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MINSALUD - Resolución 2225 de 2023

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 2225 de 2023
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2023

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

00002225

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023

'27 DIC2023 Por la cual se modifica el artículo 4º de la Resolución 326 de 2023, en lo relacionado con el contenido del Certificado de reconocimiento de póliza de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT con rango diferencial por riesgo EL MINISTRO DE SALUD Y PR9rEC~IÓN SOCIAL (E) :,. \.. \l j ••• •, En ejercicio de sus facultades, en especial, de las conferidas por el numeral 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993 y el parágrafo 4 del artículo 2.6.1.4.2.3 del Decreto 780 de 2016 y, CONSIDERANDO Que, en cumplimiento del parágrafo 4º del artículo 3º del Decreto 2497 de 2022, este Ministerio mediante la Resolución 326 de 2023 definió el procedimiento de cobro y pago de los servicios de salud que debe asumir la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud -ADRES correspondiente a los servicios· de salud prestados a víctimas de accidentes de tránsito en el que el vehículo involucrado se encuentre amparado con la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de TránsitoSOAT con rango diferencial por riesgo. Que en el artículo 4º de la Resolución ibídem, se definió que, los prestadores de servicios de salud deben adjuntar el certificado de reconocimiento de póliza de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT como un anexo que debe emitir la aseguradora

autorizada para operar el ramo SOAT, para efectos del proceso de reconocimiento y pago por parte de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, el cual debe incluir el detalle de los servicios de salud reconocidos por la aseguradora y el valor en pesos y en Unidades de Valor Tributario (UVT). • Que, la ADRES mediante el radicado 202342302424492 solicitó a este Ministerio "evaluar la posibilidad de eliminar dentro del requisito general de presentación del certificado de reconocimiento de póliza de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOA T la disposición del artículo 4º de la Resolución 326 de 2023 que refiere a el detalle de los servicios de salud reconocidos por la aseguradora" teniendo en cuenta que en su concepto "para efectuar la auditoría integral a las reclamaciones por los servicios de salud prestados a víctimas de accidentes de tránsito en el que el -vehículo involucrado se encuentre amparado con la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito -SOA T con rango diferencial por riesgo, sería indispensable y suficiente que los prestadores de servicios de salud anexen a la radicación de las reclamaciones el certificado de reconocimiento de los servicios de salud prestados hasta 263, 13 Unidades de Valor Tributario (UVT) emitido por la respectiva aseguradora autorizada para operar el ramo SOAT, sin que se discrimine lo que hayan reconocido". Que la ADRES es la entidad responsable de adelantar el proceso de auditoría y de verificación de los requisitos para el reconocimiento y pago de los servicios de salud prestados a las víctimas de accidente de tránsito que hacen parte del Rango diferencial

••• 27 DIC2023 00002225 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023 HOJA Noé de é Continuación de la resolución "Por la cual se determina el procedimiento de cobro y pago que aplicará la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, en relación con los servicios de salud prestados a victimas de accidentes de tránsito amparados por el Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito - SOA T con rango diferencial por riesgo" por riesgo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito -SOAT, en los términos del numeral 2º del artículo 2.6.1.4.2.3. del Decreto 780 de 2016 modificado por el artículo 3º del Decreto 2497 y el artículo 2º del Decreto 2644, ambos del año 2022. Que, en virtud de lo anterior, se co~iidira procedente realizar la modificación del artículo 4 º de la Resolución 326 de 2023, en el sentido de eliminar "el detalle de los servicios de salud reconocidos por la asegurado", con el fin de garantizar el flujo de recursos a los prestadores de servicios de salud. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Modifíquese el artículo 4º de la Resolución 326 de 2023, el cual quedará así: . "Artículo 4. Certificado d,e' ré" c/. onocimiento de póliza de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOA T. Los prestadores de servicios de salud deberán anexar a la radicación de las reclamaciones de los servicios de salud

prestados a víctimas de accidentes de tránsito en el que el vehículo involucrado se encuentre amparado con la póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito -SOA T con rango diferencial por riesgo, de que trata el numeral 3 del artículo 2.6.1.4.2.3. del Decreto 780 de 2016, el certificado de reconocimiento de los servicios de salud prestados hasta 263, 13 Unidades de Valor Tributario (UVT) emitido por la respectiva aseguradora autorizada para operar el ramo SOA T, la cual deberá incluir el valor en pesos y en Unidades de Valor Tributario (UVT). Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 1O de la Resolución 1236 de 2023 o aquella que la modifique o sustituya." Artículo 2. Vigencia y Modificación. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica el articulo 4º de la Resolución 326 de 2023.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

OIC2 0?3 Dada en Bogotá D.C., a los 27 :lkJQ.~lf,s~ ~i F -Ministro de Salud y Protección Social (E) 1~ Aprobó: Luis Alberto MartlnezS . • Vicemínistrods e Pr otecciónS ?:,l~~ R. OtonielC abreraR . Direcciónd e FinanciamientoS ector~ RodolfoS al~Dirección Jurídica

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