MINSALUD - Resolución 267 de 2021
Ministerio de Salud
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 267 de 2021
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2021
República de Colombia
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL j!}ü()0267
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 ( - 1 MAR2 021
Por la cual se realiza la asignación y distribución de les vacunas contra el COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el 1 de marzo c',e2 021 mediante el mecanismo COVAX EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL ' ' En ejercicio de sus facultades legales, especialmentB de las conferidas por e! artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 7 del articulo 7 del Decreto 109 de 2021, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009, "La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las pe~sonas el acceso a !os servicios de prorroción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambienta! conforrne a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad". Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en !o individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública.
Que el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que en la actualidad existe poca oferta para la adquisición de las vacunas contra el COVID·19 debido al proceso que se requiere para su producción y comercialización, por lo que el suministro de esta vacuna se encuentra condicionado por la alta demanda y por las capacidades limitadas de producción y distribución de los fabricantes, lo que significa que !a vacuna contra el COVID-19 es un bien escaso. Que el Estado colombiano ha suscrito contratos de compraventa y de suministro con diferentes agentes, indirectamente a través del mecanismo COVAX y directamente por medio de acuerdos con los respectivos fabricantes, y las dosis adquiridas estarán disponioles de manera gradual en la medída en que los diferentes laboratorios avancen en su producción. Que el mecanismo COVAX es un mecanismo de acceso mundial a las vacunas contra el COVID-19, mediante el cual, !as mismas, se compran con !a intermediación de sus administradores. El Estado colombiano manifestó su intención de ingresar a! mecanismo el 30 de julio de 2020 y suscribió el acuerdo definitivo el 8 de octubre de 2020. Que el Decreto 109 de 2021 adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID1 MAR2 021
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 Hoja No. 2
Continuaciónd e la resolución "Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra o/ COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el 01 de marzo de 2021 por el mecanismo COVAX"
19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, así como la población que se prioriza en cada una de ellas, es decir, acorde con los objetivos del Plan, la población que debe recibir la vacuna primero. Que el mencionado Decreto 109 de 2021, determinó que en la primera fase de vacunación se debe inmunizar a: 1 '"(. . .) ' 7. 1. 1. 1. Las personas de 80 años de edad y más. 7.1.1.2. Talento humano en salud; profesionales de la salud en servicio social obligatorio; médicos residentes y sus docentes en el marco de los convenios docencia - servicios y médicos internos, de los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad y de los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares de Colombia y de la Policía Nacional de Colombia, que realizan su trabajo en los servicios de. a, Cuidado intensivo e intermedio adultci, pediátrico y neonatal en donde se atienda
COVID-19.
b. Urgencias en donde se atienda COV/O-19. c. Hospitalización en modalidad in/ramura/ y extramural en donde se atienda
COV/O-19.
d. Laboratorio clínico, laboratorio de salud pública, laboratorio del Instituto Nacional de Salud y de universidades, únicamente el personal que toma (intramural y extramural), manipula y procesa muestras de COV/0-19. e. Radiología e imágenes diagnósticas. f. Terapia respiratoria que atienda pacíen/es con COVID-19. g. Transporte asistencial de pacientes. 7.1.1.3. Talento humano en salud que tienen un contacto directo de atención en salud especializada
a pacientes sintomáticos respiratorios intra y extramural, siempre que dicha atención implique un contacto estrecho y prolongado con la vía aérea expuesta del paciente. 7.1.1.4. Talento humano de servicios generales, vigilancia, celaduría, administrativo y de facturación, que realizan su trabajo en los servicios de cuidado intensivo e intermedio adulto, pediátrico y neonatal en donde se atiende pacíentes contagiados de COV/O-19; urgencias en donde se atienda COVID-19 y hospitalización en modalidad intramural y extramural en donde se atienda COVID-19, así como el talento humano encargado de la distribución de alimentos en el área intrahospitalaria; del traslado de pacientes en el ámbito intrahospitalarfo y de las labores de lavandería, mantenimiento y transporte, de los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad y de los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares de Colombia y de la Policía Nacional de Colombia. 7.1.1.5. Talento humano en salud del servicio de vacunación contra el COV/O-19. 7.1.1.6. Talento humano que realice autopsias o necropsias, incluido el personal del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencías Forenses. 7.1 .1. 7. Técnicos y epidemiólogos de las entidades territoriales y del Instituto Nacional de Salud, que realicen rastreo en campo, búsqueda activa de casos de COVID-19 en campo, investigación epidemiológica de campo y toma de muestras que involucren contacto con casos sospechosos y confirmados de COVID-19. 7.1.1.8. Talento humano en salud que por su perlil profesional tenga un contacto intenso mucho
más frecuente y en condiciones de urgencia con la vía aérea expuesta de los pacientes, dada la realización de procesos que liberan aerosoles como la intubación endotraqueal o la traqueotomía.(. . .)" Que la Resolución 161 de 2021, modificada por la Resolución 167 de 2021 señala que la distribución y asignación de vacunas contra e! COVID·19 se realizará de la siguiente manera: 1 MAR2 021
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 Hoja No. 3
Continuación de la resolución "Por ta cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID -19 entregadas al Estado colombiano el 01 de marzo de 2021 por el mecanismo COVAX" "Cada vez que se confirme por parte de un fabricante o del representante del mecanismo COVAX, la cantidad y la fecha de la entrega de dosis de vacunas contra el COVID - 19 al Estado colombiano, el Ministerio de Salud y Protección Socia( atendiendo a criterios epidemiológicos y logísticos para la debida conse,vación de la vacuna, determinará la cantidad de dosis que se asignará a cada grupo poblacional que integre la misma etapa, respetando la priorizacíón establecido en el artículo 7 del Decreto 109 de 2021. Posteriormente, con la información cargada en la Base de Datos Maestra de la que trata el Decreto 109 de 2021, se determinará el número de personas que, en cada departamento o distrito, pertenecen a cada grupo poblacional que integra fa misma etapa y se calculará la part.icipación que tiene cada uno de ellos en el total de personas que pertenecen a esa misma etapa a nivel nacional.
El porcentaje de participación de cada departamento o distrito en el total nacional, será el porcentaje sobre el cual se asignará et número de dosis que se le entregará a cada entidad territorial del orden departamental o distrital, calculado sobre la cantidad de dosis que se tenga confirmado recibir y que el Ministerio de Salud y Protección Social haya decidido asignar a ese grupo pob/acional. Para determinar el número de vacunas a entregar por grupo poblacíonal perleneciente a la misma etapa en cada departamento y distrito, se aplicará la siguiente formula: X= /AIB)'C X: Vacunas asignadas para cada grupo en cada departamento o distnto. A: Población registrada en el grupo en fa base maestra nominal en deparlamento o distrito. B: Población registrada en el grupo en base maestra nominal total nacional. C: Número de vacunas total disponibles para este grupo." Que, de acuerdo al acta de recepción técnica de biológicos del 01 de marzo de 2021 suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 117. 000 dosis de vacuna inactiva SARS~COV-2 del laboratorio Pfizer lnc y BioNTech, identificadas con el número de Lote EN1195, entregadas al país a través del mecanismo COVAX. Que, de acuerdo a la información reportada al sistema P!SIS que integra la Base de Datos Maestra nominal administrada por el Ministerio de Salud y Protección Social, al 24 de febrero de 2021 se han reportado 380.774 personas pertenecientes al talento humano de que tratan los numerales de 7.1.1.2 a 7 .1.1.8 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, y
para cubrir su inmunización, se han asignado 170.310 dosis de vacunas contra el COVID - 19, a través de las Resoluciones168, 195 y 205 de 2021. Que las características técnicas de la vacuna contra el COVID -19 fabricada por Pfizer !ne y BioNTech, indican que la misma debe transportarse y almacenarse en condiciones de ultracongelación a temperaturas inferiores a -70ºC y su administración debe realizarse en un tiempo inferior a 6 días en temperaturas de refrigeración, razón por la cual el comité asesor de vacunas del Ministerio de Salud y Protección Social recomendó su uso en ciudades capitales y municipios de las áreas metropolitanas de cada departamento. Que, de conformidad con el reporte al sistema PISIS, el siguiente es el número de personas que ha sido registradas como perteneciente al talento humano de la etapa 1 del 1 MAR2 021
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 Hoja No. 4
Continuación de la resolucióíl "Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID - 19 en/regadas al Estado colombiano el 01 de marzo de 2021 por el mecanismo COVAX" Plan Nacional de Vacunación contra el COV!D ~ 19, que labora o hace sus prácticas en municipios capitales y en aquellos que pertenecen a áreas metropolitanas, discriminado por departamentos: Población A Entidad Talento Vacunas Población otros humanoy TOTAL Entregadas Pendiente reportes .. apoyo Grupo . . • . • 11: Arau c a 302 38 340 174 166 ! Archipiélago de San Andrés 316 10 326 96 230
Atlántico 2.826 131 2.957 1.050 1.907 Barranquilla 19.586 503 20.089 5.850 14.239 Bogotá, D.C 94.358 5.941 100.299 28.800 71.499 Bayacá 3.238 81 3,319 1.626 1.693 Buenaventura 542 68. 610 180 430 Caldas 5.529 292 5.821 1.956 3.865 Caquetá 1. 741 158 1.899 576 1.323 Cartagena 9.131 588 9.719 2.820 6.899 Casanare 1.850 187 2.037 618 1.419 Cauca 3.095 53 3.148 1.128 2.020 Cesar 5.893 53 5.946 2.028 3.918 Chocó 745 32 777 276 501 Córdoba 7.393 214 7.607 2.574 5.033 Cundinamarca 7.946 7.946 3.012 4.934 Guaviare 453 7 460 156 304 Huila 4.219 263 4.482 2.580 1.902 la Guajira 1 .491 9 1.500 696 804 Magdalena 691 691 324 367 Meta 4.775 133 4.908 1.758 3.150 Nariño 7.401 107 7.508 2.994 4.514 Norte de Santander 8.028 133 8.161 2.706 5.455 Putumayo 663 1 8 671 300 371
Quindio 3.506 79 3.585 1.116 2.469 Risaralda 5,958 736 6.694 2.022 4.672 Santa Marta 3.863 133 3.996 1.374 2.622 Santander 14.544 533 15.077 4.854 10.223 Sucre 4.127 154 4.281 1.374 2.907 Tolima 6.058 186 6.244 2.376 3.868 Valle del Cauca 26.246 2.287 28.533 9,882 18.651 Vichada 231 43 274 54 220 Total general 296.442 14.183 310.625 101.359 209.548 1 MAR2 021
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 Hoja No. 5
Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COV/O -19 en/regadas al Estado colombiano el 01 de marzo de 2021 por e/ mecanismo COVAX" En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto asignar a los departamentos y distritos de! territorio nacional 117.000 dosis de la vacuna contra el COVID-19 del laboratorio Pfizer lnc y BioNTech, entregadas por el Mecanismo COVAX, para continuar con la inmunizar al talento humano de que tratan los numerales de 7 .1.1.2. a 7 .1.1.B.del Decreto 109 de 2021, que labora o realiza sus practicas en prestadores de servicios de salud ubicados en ciudades capitales o en municipios pertenecientes a áreas
metropolitanas. Artículo 2. Asignac;ón de dosis para inmunizar al talento humano perteneciente a la etapa 1 del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 que labora o hace sus prácticas en prestadores de servicios de salud de ciudades capitales o de áreas metropolitanas. Asignar 117. 000 dosis de la va9una contra el COV1019 del laboratorio Pfizer lnc y BioNTech recibidas por el mecanismo COVAX, a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, las cuales deben ser aplicadas al talento humano de que tratan los numerales de 7.1.1.2. a 7.1.1.8. del Decreto 109 de 2021, que labora o hace sus prácticas en prestadores de servicios de salud ubicados en ciudades capitales o en municipios pertenecientes a áreas metropolitanas, así: No. DIRECCIOTNE RRITORIADLE S ALUD CantidadD osis 1 DEPARTAMENDTOEA NTIOQUIAS-ECRETARISAE CCIONADLE S ALUDY PROTECCIÓSNO CIAL 15,060
l DEPARTAMENDTOEA RAUCAU-NIDADA DMINISTRATfEVSAP ECIADL ES ALUD 96
' DEPARTAMENDTOEL A TLÁNTICOS-ECRETARIDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 1.068
DISTRITOE SPECIAILN DUSTRIAYL PORTUARIDOE BARRANQUIL-LAS ECRETARIDAE SALUD
4 7.950
DISTRITAL 5 DISTRITOC APITADL EB OGOTÁS· ECRETARDIAIS TRITADLE S ALUD 39,918 s
DEPARTAMENDTOEB OYACAS-ECRETARDÍAE S ALUDD EPARTAMENTAL 942
DISTRITO ESPECIAL,I NDUSTRIALP, ORTUARIO,B IODIVERSOy ECOTURISTICOD E
7 240
BUENAVENTURA
8 DEPARTAMENDTOEC ALDASD-IRECCIÓTNE RRITORIADLE S ALUDD EC ALDAS 2.160
9 DEPARTAMENDTOEC AOUETÁI-NSTITUTDOE PARTAMENTDAELS ALUD 738
DISTRITOT URISTiCOy CULTURALD E CARTAGENAD E INDIAS . DEPARTAMENTO
10 3.852
ADMINISTRATIVDOIS TRITADLE S ALUD
11 DEPARTAMENDTOEL C ASANAR-ES ECRETARIDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 792
12 DEPARTAMENDTOEL C AUCA-SECRETARÍDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 1.128
" DEPARTAMENDTEOL C ESARS-ECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 2,190
14 DEPARTAMENDTEOL C HOCÓ-SECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 282
15 DEPARTAMENDTOEC ÓRDOBAS· ECRETARDIAE D ESARROLLDOE L AS ALUD 2.808
16 DEPARTAMENDTOEC UNDINAMARCA-SECRETADRESÍ AA LUDD EPARTAMENTAL 2.754
17 DEPARTAMENDTOEL A GUAJIRAS-ECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 450
18 DEPARTAMENDTOEL G UAVIAR-ES ECRETARDIAE PARTAMENTDAELS ALUD 168
19 DEPARTAMENDTOEL H UILA-SECRETARDÍAE S ALUDD EPARTAMENTAL 1.062 20 DEPARTAMENDTOEL M ETA·S ECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 1.758 21 DEPARTAMENDTOEL M AGDALENAS·E CRETARDIAE D ESARROLLDOE L AS ALUD 204
ll DEPARTAMENDTOEN ARIÑO• I NSTITUTDOE PARTAMENTDAELS ALUD 2.520 23 DEPARTAMENDTOEN ORTED ES ANTANDE-RIN STITUTDOE PARTAMENTDAELS ALUD. 3.048 1 MAR2 021
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2021 Hoja No. 6
Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el 01 de marzo de 2021 por el mecanismo COVAX" 24 DEPARTAMENDTOEP UTUMAY•O S ECRETARDÍAE S ALUDD EPARTAMENTAL 2IO 25 DEPARTAMENDTOEL Q UINDIO• S ECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 1.3B0 26 DEPARTAMENDTOER iSARALDAS-ECRETARDÍAE S ALUDD EPARTAMENTAL 2,610
DEPARTAMENTAOR CHIPIELAGDOE SAN ANDRES,P ROVIDENCIYA SANTAC ATALINA27 126
SECRETARDÍAE S ALUDD EPARTAMENTAL
DISTRITOT URISTICOC, ULTURAEL HISTORICOD E SANTAM ARTASECRETARIDAE SALUD
28 1.464
OISTRITAL
29 DEPARTAMENDTOES ANTANDERS·E CRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 5.700
DEPARTAMENTDOE SUCREDEPARTAMENTAOD MINISTRATIVDOE SEGURIDASDO CIALE N
30 1,626 SALUD
'1 DEPARTAMENDTOEL T OLIMASECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 2,160
32 DEPARTAMENDTOEL V ALLED ELC AUCA• SECRETARDIAE PARTAMENTDAELS ALUD 10.410
33 DEPARTAMENDTOEL V ICHADA• S ECRETARDÍAE PARTAMENTDAELS ALUD 126
TOTALA SIGNACIÓN 117.000
Para la distribución de estas dosis al interior de cada departamento o distrito, se recomienda: 2.1. Priorizar la continuación de la inmunización del talento humano de que tratan los numerales 7.1.1.2., 7.1.1.3. 7.1.1.4, 7.1.1.5 y 7.1.1.8 del Decreto 109 de 2021. 2.2. Una vez agotada la inmunización del numeral anterior, iniciar con la vacunación del talento humano de que tratan los numerales 7.1.1.6 y 7.1.1.7 del Decreto 109 de 2021 Parágrafo 1. Las entidades territoriales que con las dosis asignadas en la presente resolución finalicen la vacunación del talento humano del que tratan los numerales 7 .1.1.2. a 7 .1.1.8. del Decreto 109 de 2021, y que por actualización de datos cuenten con inventario de vacunas contra el COVID ~ 19 sin utilizar, podrán utilizarlas para inmunizar a la población de 80 años. Parágrafo 2. La asignación se realizó en múltip!os de 6 debido a que la vacuna disponible se encuentra en viales de 6 dosis. Articulo 3. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. CDMUNIOUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, o.e., -1 M~R2 011 z/ Mi nis ro de Salud y Protección Social Dirección de promoción y pre•1ención Direcciónj urldica