MINSALUD - Resolución 2688 de 2004
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 2688 de 2004
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2004
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MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
RESOLUCION NUMERO 2688 DE 2004
(Agosto 24) Por la cual se adjudica la Licitación No. MPS-11-2004 EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 30 de la Ley 80 de 1993, artículo primero de la Resolución número 00029 del 11 de febrero de 2003 de delegación de funciones, expedida por el Ministerio de la Protección Social, y CONSIDERANDO Que mediante resolución No. 002096 del 01 de julio de 2004, se ordenó la apertura de la Licitación No. MPS-11-2004 que tiene por objeto contratar las pólizas de seguros que amparen los bienes muebles, inmuebles e intereses patrimoniales de propiedad del MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL, y de aquellos por los que sea o llegare a ser legalmente responsable, ubicados a nivel nacional. Los seguros a contratar comprenden las siguientes pólizas: Todo Riesgo Daños Materiales, Manejo Global, Responsabilidad Civil Extracontractual y Automóviles y cuya cuantía es hasta por la suma de QUINIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CIENTO OCHO MIL DOSCIENTOS CATORCE PESOS ($571.108.214.oo) moneda corriente Que se estableció como fecha y hora de apertura y cierre de la Licitación los días 19 y 30 de julio de 2004, a las 3:00 P.M., respectivamente. Que se programó la audiencia pública aclaratoria para el día 23 de julio de 2004 a las
10:30 A.M., con el objeto de precisar el contenido y alcance de los pliegos de condiciones. Que como resultado de las aclaraciones solicitadas por los proponentes sobre los pliegos de condiciones, se expidió el adendo No. 1. Que mediante resolución No. 002451 de fecha 29 de julio de 2004, se amplió el plazo de la licitación No. MPS-11-2004, hasta las 3:00 P.M. del día cuatro (04) de agosto de 2004. Que según consta en acta de cierre de fecha 4 de agosto de 2004 se presentaron tres propuestas así: La Previsora S.A. Compañía de Seguros Compañía Suramericana de Seguros S.A. Compañía Central de Seguros S.A. Que de acuerdo con la naturaleza, objeto y cuantía de la licitación, se señaló un plazo de cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de cierre de la licitación para elaborar los estudios correspondientes y para solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que se estimaron indispensables. Hoja 2 de 7
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Por la cual se adjudica la Licitación No. MPS-11-2004 Que el comité de contratación creado mediante resolución No. 1271 de fecha 2 de octubre de 2002, se reunió el día diez (10) del mes de agosto de dos mil cuatro (2004), con el fin de revisar los estudios realizados a las propuestas presentadas dentro de la Licitación No. MPS-11-2004, solicitar las aclaraciones a los evaluadores y recomendar al
ordenador del gasto la propuesta más favorable para el Ministerio de conformidad con los resultados obtenidos; levantándose la correspondiente acta, la cual forma parte integral de la presente resolución. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8° del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, los informes de verificación y evaluación de las propuestas permanecieron a disposición de los proponentes en la Secretaría General de la entidad por un término de cinco (5) días hábiles comprendidos entre el doce (12) y el diecinueve (19) de agosto del presente año, para que presentarán las observaciones que estimaran pertinentes. Que dentro del término anteriormente reseñado, presentaron observación los proponentes; La Previsora S.A. y la Compañía Suramericana de Seguros S.A. mediante oficios radicados con fecha agosto 19 de 2004. Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° el Decreto 287 de 1996, reglamentario de la Ley 80 de 1993, este despacho procede a resolver las observaciones formuladas a las evaluaciones realizadas por la entidad, así:
OBSERVACIONES DE LA PREVISORA S.A.
SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES
CONDICIONES COMPLEMENTARIAS OBSERVACION: No aplicación de demerito por uso y/o mejora tecnológica para bienes con edad hasta de 5 años de fabricación para eventos de Rotura de Maquinaria y Equipo Electrónico. Nuestra compañía otorga la cláusula a folio 87 de nuestra propuesta sublimitandola hasta 3 años, por lo cual solicitamos se nos califique con 20 puntos de acuerdo a lo estipulado en el Adendo No. 1 folio 8 Numeral 8.1.2. Condiciones Complementarias “las
condiciones, coberturas y limites indicados a continuación no son de obligatorio ofrecimiento por los oferentes y se otorgará el máximo puntaje asignado para cada una de ellas al oferente que las presente bajo los mismos términos. Al oferente que las ofrezca modificando su texto se le asignará el 50% del puntaje y al que no las ofrezca se calificará con cero (0) puntos”.
RESPUESTA:
La observación no procede, por cuanto en el Numeral 8.1.1.7. del Adendo No. 1, se estableció como requisito básico el ofrecimiento de un término de tres (3) años de fabricación y en el numeral 8.1.2. de las Condiciones Complementarias se calificó el tiempo adicional al básico ofrecido. Como lo indica en su comunicación, su oferta solo ofreció los tres (3) años del requisito básico, por lo tanto el Ministerio se ratifica en la calificación.
OBSERVACION: Traslados temporales sublimite adicional al básico del 10% del valor asegurado total, nuestra oferta a folio 85 contempla un 40% adicional al solicitado en la cobertura básica, por lo cual solicitamos se nos otorguen los 40 puntos correspondientes y se corrija la calificación de Suramericana la cual debe ser solamente de 5 puntos, dado que Hoja 3 de 7
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Por la cual se adjudica la Licitación No. MPS-11-2004 dicha aseguradora ofrece solamente un 5% adicional tal como aparece a folios 108 y 109 de su oferta RESPUESTA: Una vez revisada su observación, el Ministerio acepta la modificación de la calificación y por lo tanto se otorgan 40 puntos para la propuesta de La Previsora S.A. y se modifica la
calificación de la oferta de la compañía Suramericana S.A. de 40 a 5 puntos.
DEDUCIBLES SEGURO DE TODO RIESGO DAÑOS MATERIALES
OBSERVACION: COBERTURA DE SUSTRACCION Hurto Calificado Sustracción: Nuestra oferta contempla un deducible del 10% del valor de la perdida sin mínimo, tal como aparece a folio 0087 de nuestra propuesta; por lo cual solicitamos que en el cuadro de Evaluación de Deducibles se corrija el ítem de Puntos Mínimos el cual debe corresponder a 25 puntos y no a 15 como allí aparece; por lo anterior el total de puntos para esta cobertura es de 30 y el promedio total para el ITEM de Sustracción es de 29.83. en consecuencia el gran total para el seguro de Todo Riesgo Daños Materiales es de 6.19 en lo que respecta a los deducibles.
RESPUESTA: El Ministerio acepta la observación y procede a efectuar la modificación del puntaje, para el deducible mínimo de 15 a 25 puntos.
SEGURO DE MANEJO GLOBAL
CONDICIONES COMPLEMENTARIAS OBSERVACION: Gastos por pagos de auditores, revisores y contadores. Nuestra oferta contempla esta cobertura a folio 107, sin ningún tipo de sublimite lo cual significa que se otorgo al 100% del valor asegurado, por lo cual solicitamos se corrija el puntaje de Suramericana el cual debe corresponder solamente a 2 puntos dado que dicha aseguradora ofreció un 5% adicional, tal como aparece a folio 119 de su propuesta. Lo anterior por cuanto se debe calificar de igual forma como se han calificado otras coberturas.
RESPUESTA: El Ministerio acepta la observación y procede a efectuar la modificación del puntaje, de la
Compañía Suramericana S.A., pasando de 20 a 2 puntos.
OBSERVACION: Protección de depósitos bancarios. Nuestra oferta contempla esta cobertura a folio 107, sin ningún tipo de sublimite, lo cual significa que se otorgo al 100% del valor asegurado, por lo cual solicitamos que se corrija el puntaje de Suramericana el cual debe corresponder solamente a 2.25 puntos, dado que dicha aseguradora ofreció solamente un 5% adicional, tal como aparece a folio 119 de su propuesta. Lo anterior por cuanto se debe calificar de igual forma como se han calificado otras coberturas.
RESPUESTA: Hoja 4 de 7
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Por la cual se adjudica la Licitación No. MPS-11-2004 El Ministerio acepta la observación y procede a efectuar la modificación del puntaje, de la Compañía Suramericana S.A., pasando de 22.5 a 2.25 puntos. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL CONDICIONES COMPLEMENTARIAS Vehículos no propios en exceso del Seguro de automóviles y Soat , nuestra oferta contempla esta cobertura a folio 116 con un sublimite adicional al básico de $5.000.000 por evento y $10.000.000 por vigencia por lo cual solicitamos sea modificada la calificación y se nos otorguen 12.5 puntos.
RESPUESTA: No procede su observación, toda vez que en su oferta a folio 116 presenta el ofrecimiento de la cobertura para vehículos propios en exceso del seguro de automóviles y Soat, la
cual no es aplicable para la cobertura de vehículos NO propios, la cual no es ofrecida. CUADRO DE RESUMEN (CONSOLIDADO GENERAL POR RAMOS SEGUROS GENERALES EVALUACION TECNICA, ECONOMICA 1100 PUNTOS) Respetuosamente consideramos que este cuadro debe ser modificado en razón a que debe contemplar los siguientes aspectos para cada ramo tal como se indico en el pliego de condiciones Numeral 7.4 FACTORES DE EVALUACIÓN ASPECTO PUNTAJE Evaluación técnica 500 Evaluación económica - Primas (250 puntos) Deducibles (250 puntos) 500 Evaluación Capacidad Operacional 50 Evaluación Financiera 50
TOTAL 1.100
En virtud de lo anterior, el cuadro consolidado general debe contemplar para cada ramo considerando individualmente, los siguientes ITEMS
EVALUACION TECNICA COBERTURAS BASICAS CUMPLE O NO CUMPLE
EVALUACION TECNICA COBERTURAS COMPLEMENTARIAS 500 PUNTOS
PRIMAS 500 PUNTOS
DEDUCIBLES 250 PUNTOS
CAPACIDAD OPERACIONAL 50 PUNTOS EVALUACION FINANCIERA 50 PUNTOS A la sumatoria total de los anteriores ítems para cada ramo, se debe aplicar el factor establecido para cada uno de los seguros establecidos en la tabla de evaluación “Ponderación de los puntajes de Calificación”. Por último, se deben sumar el total de los puntos ponderados de cada ramo, para lograr la mayor aproximación a los 1100 puntos establecidos en los factores de evaluación establecidos en el capitulo III numeral 7.4 del pliego de condiciones.
RESPUESTA:
El Ministerio no considera procedente la observación, por cuanto en el Adendo No. 1,
página 1, se establece la adición para el Numeral 5. FACTORES DE EVALUACION, del Hoja 5 de 7
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Por la cual se adjudica la Licitación No. MPS-11-2004 párrafo en el cual se señala, la ponderación de los puntajes “….para los aspectos técnicos y económicos objeto de calificación…..”, es decir que los criterios de Capacidad Operacional y Evaluación Financiera, no aplican para la misma.
OBSERVACIONES DE SURAMERICANA DE SEGUROS S.A.
SEGURO DE TODO RIESGO DAÑO MATERIAL OBSERVACION: Para la cláusula de incremento en costos de operación Suramericana Otorga $10.000.000 vigencia correspondiente al 50% de lo que ofrece La Previsora Compañía de Seguro, por lo cual consideramos que Nuestro Puntaje corresponde también al 50% del obtenido por esta compañía y no como se indico en la evaluación RESPUESTA: Procede la observación y se modifica la calificación pasando de 3.75 a 7.5 puntos OBSERVACION: Renuncia a infraseguro, En la oferta de Suramericana en el folio 107 se ofrece, solicitando avalúo, en la evaluación se informa que no se otorgo, por lo cual solicitamos sea modificado el puntaje correspondiente, adicionalmente La Previsora Compañía de seguros también lo ofrece con la condición de avalúos y le otorgan puntaje.
RESPUESTA: El Ministerio no considera procedente la observación por cuanto el ofrecimiento de la cláusula se condiciono al suministro antes del inicio de la vigencia del avalúo de los
bienes. Se observa que tal como se indica en la respuesta a las observaciones presentadas por las aseguradoras en la audiencia de aclaraciones, el Ministerio informó que adelantaría evaluación y valoración de bienes la cual presentará a la aseguradora adjudicataria, dentro de los 60 días siguientes al inicio de la cobertura. SEGURO DE AUTOMÓVILES OBSERVACION: Para la condición complementaria de amparo automático para vehículos, Suramericana ofrece el mayor plazo en días, por lo cual consideramos que en esta condición Suramericana obtendría el mayor puntaje RESPUESTA: No procede la observación por cuanto el Ministerio estableció el término de 30 días para esta cláusula y por lo tanto el ofrecimiento del término exigido da lugar a la asignación del máximo puntaje para los dos proponentes, independiente a la oferta de término superior. SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL OBSERVACION: En la Condición complementaria de Gastos Médicos en el folio 125 Suramericana ofrece: $15.000.000 por persona y $30.000.000 por vigencia. Para un total por póliza de $30.000.000 evento y $60.000.000 vigencia, ofreciendo así el mayor límite tanto por Hoja 6 de 7
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Por la cual se adjudica la Licitación No. MPS-11-2004 persona como por vigencia y así el puntaje obtenido será de 25 puntos y no cero como se indica en la evaluación RESPUESTA: Una vez revisada su observación, el Ministerio acepta la modificación de la calificación y por lo tanto se otorga el máximo puntaje de 25 puntos para la clausula propuesta,
modificándose la calificación de la oferta de la compañía Suramericana S.A. de 0 a 25 puntos. Que en aplicación de los criterios de adjudicación, señalados en la Ley 80 de 1993 y discriminados en el pliego de condiciones, se procede a hacer el análisis comparativo de las propuestas, para escoger la oferta que resulte más favorable de acuerdo con los fines estatales, arrojando así los siguientes resultados consolidados, una vez resueltas las observaciones a los estudios presentados: Ramo Central de Seguros S.A. Suramericana La previsora S.A. Evaluado Total Total Puntos Total Total Puntos Total Total Puntos Ponderados Ponderados Ponderados Todo Riesgo 174.40 124.35 512.37 365.32 587.19 418.67 Daños Materiales Automoviles 1,000.oo 231.00 913.88 211.11 985.83 227.73 Global de 843.00 37.94 461.16 20.75 720.47 32.42 manejo Responsabilida 764.60 9.18 627.00 7.52 623.42 7.48 d Civil Ex. Promedio 695.50 100.61 628.60 151.18 729.23 171.57 Capacidad 50.00 50.00 50.00 Operacional Evaluación 25.00 50.00 25.00 Financiera Total 175.61 251.18 246.57 Consolidado Que efectuados los estudios del caso y el análisis comparativo para adjudicar el programa de seguros, previo al cumplimiento de los requisitos de experiencia, capacidad jurídica, administrativa y financiera; la oferta del proponente COMPAÑÍA
SURAMERICANA DE SEGUROS S.A. se encuentra ajustada a los aspectos sustanciales del pliego de condiciones, según estudios que hacen parte integral del presente acto administrativo y alcanzó el mayor puntaje. Que mediante oficio de fecha agosto 23 de 2004, Los Corredores de Seguros, sugieren que se adjudique la contratación de la totalidad de los ramos a Suramericana de Seguros S.A., tomando como base la alternativa II por $406.026.605 de primas incluido el IVA, es decir, la correspondiente a los valores asegurados más altos ofrecidos para los ramos de responsabilidad Civil Extracontractual y manejo. Lo anterior, teniendo en cuenta que el incremento en las primas con respecto a la oferta básica, sería mínimo (4% aproximadamente), comparado con el beneficio que obtendría el Ministerio en caso de siniestro; adicionalmente la Entidad cuenta con presupuesto suficiente para cubrir el pago de las primas. Que de acuerdo con lo establecido en los pliegos de condiciones, la adjudicación de la Licitación No. MPS-11-2004, se efectuará dentro de los ocho (8) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la expiración del término durante el cual estará el informe de evaluación en la Secretaría General del Ministerio de la Protección Social. Que de conformidad con los resultados de las evaluaciones realizadas a las propuestas presentadas dentro de la Licitación No.MPS-11-2004, y de acuerdo con los puntajes Hoja 7 de 7
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Por la cual se adjudica la Licitación No. MPS-11-2004 finales obtenidos, el Secretario General del Ministerio de la Protección Social, como
consecuencia de lo anteriormente expuesto, procede a efectuar la adjudicación de la Licitación No. MPS-11-2004.
RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Adjudicar la Licitación MPS-11-2004, según la parte considerativa de la presente resolución al proponente COMPAÑÍA SURAMERICANA DE SEGUROS S.A. , Propuesta Alternativa II, por valor de hasta CUATROCIENTOS SEIS MILLONES
VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS CINCO PESOS ($406.026.605,oo) Mcte., incluido IVA.
ARTICULO SEGUNDO: Los compromisos contractuales que se deriven de la licitación No. MPS-11-2004, serán con cargo al certificado de disponibilidad presupuestal No. 192 de fecha marzo 29 de 2004, por valor de CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CINCO PESOS ($142’295.005.oo) para la vigencia fiscal de 2004; y para el año 2005 se cuenta con aprobación de cupo para comprometer vigencias futuras, según oficio No. 28595 del 6 de mayo de 2004 expedido por la Directora General del Presupuesto Público Nacional, por la suma de CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL DOSCIENTOS NUEVE PESOS ($428.813.209.oo) moneda corriente.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar el contenido de la presente resolución al proponente favorecido, en los términos y forma establecidos para los actos administrativos y comunicar a los no favorecidos.
ARTICULO CUARTO: Contra el presente acto de adjudicación no procede recurso por la
vía gubernativa, conforme lo establece el parágrafo 1° del artículo 77 de la Ley 80 de 1993.
ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de Agosto del año 2004
LUIS MANUEL NEIRA NUÑEZ
Secretario General