MINSALUD - Resolución 2722 de 2000
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 2722 de 2000
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2000
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MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCION NUMERO 2722 DE 2000
(Octubre 25) Por la cual se adiciona el Artículo Primero de la Resolución número 8416 de 1983. LA MINISTRA DE SALUD, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por la Ley 50 de 1981, los Decretos 3289 de 1982 y 1155 de 1983, y CONSIDERANDO Que mediante Resolución número 8416 del 4 de agosto de 1983 expedida por este Organismo, se dictan disposiciones relacionadas con la prestación del Servicio Social Obligatorio, reduciendo en seis (6) meses el término de la duración para dicha prestación en algunos municipios del país, para las profesiones estipuladas en los Decretos 2396 de 1981 y 1155 de 1983, en consideración a que estas regiones se encuentran afectadas por problemas de orden público, que han impedido la prestación oportuna y eficiente de los servicios de salud; Que mediante oficio del 3 de mayo de 2000, suscrito por el doctor Luis Guillermo Castillo Rodríguez, Director del Servicio Seccional de Salud de Risaralda, solicita se reduzca a seis (6) meses la prestación del Servicio Social Obligatorio para los profesionales de la salud del municipio de Pueblo Rico departamento de Risaralda; en virtud a que en dichos municipios la influencia subversiva ha alterado el normal desarrollo de la actividad productiva; Que de conformidad con la certificación de fecha 17 de abril de 2.000, expedida por el
ejecutivo y segundo comandante del batallón de artillería No. 8 Mayor Nelson Grimaldo Fonseca, el municipio antes mencionado es catalogado como zona crítica debido a que en ese sector operan grupos narcosubversivos, efectuando atracos, secuestros y alteración de orden público; Que se hace necesario adicionar a la mencionada resolución el municipio de Pueblo Rico ubicado en el departamento de Risaralda, teniendo en cuenta que actualmente atraviesa por problemas de orden público, con el objeto de brindarle a los habitantes de dicha región la oportunidad de tener acceso a la asistencia médica; Que en mérito de lo expuesto, este despacho, RESUELVE: Artículo 1°. Adicionar el artículo primero de la Resolución número 08416 del 4 de agosto 1983 expedida por el Ministerio de Salud, en el sentido de incluir al municipio de Pueblo Rico, ubicado en el departamento de Risaralda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia. Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 25 de octubre de 2000. La Ministra de Salud, Sara Ordóñez Noriega.