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MINSALUD - Resolución 300 de 2022

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 300 de 2022
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2022

República de Colombia

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL 3 0 0

RESOLUCIÓN NÚM~~B (} () DE 2022

FEB2 022 l ( 2 1

Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzerland GmbH y AstraZeneca a algunas entidades territoriales EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y, en desarrollo del numeral 19.5 del Decreto 109 de 2021 y, CONSIDERANDO Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad". Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" dispone que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública. Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento

de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que la Ley 2064 de 2020 declaró de interés general la estrategia para la inmunización de la población colombiana contra la COVID-19 Y-1!utorizóa l Gobierno nacional para adquirir tecnologías en salud destinadas a prevenir, atender y monitorear cualquier pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud - OMS, con el fin de conformar y mantener una reserva de estas, que le permita tener capacidad para responder a situaciones que llegaren a incrementar su demanda. Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404, 466, 630, 744 y 1671 todos de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19 en el que se estableció, entre otros aspectos, la población objeto, los criterios de priorización, las fases, las etapas, la ruta para la aplicación de la mencionada vacuna, las responsabilidades de cada actor tanto del Sistema General de Seguridad Social en Salud como de los administradores de los regímenes especiales y de excepción radicando en este Ministerio tanto la obligación de suministrar las vacunas, las jeringas y' el carné, así como las actividades exclusivas de importación, acciones que resultan necesarias para continuar 2022 o oo 3 ?.1 fEB

RESOLUCIÓN Nú8iOO)Ü DE 2022 HOJA No 2

Continuación de la resolución "Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzertand GmbH y Astraleneca a algunas entidades territoriales" con la operación del citado plan.

Que el Estado colombiano suscribió acuerdos vinculantes con diferentes agentes para adquirir la vacuna contra la COVID-19, a través de la plataforma COVAX y con los respectivos fabricantes, lo que ha permitido que ingresen al país en el periodo comprendido entre el 16 de febrero de 2021 y 16 de febrero de 2022, un total de 90.829.024 dosis de los biológicos de los laboratorios Pfizer, Sinovac, AstraZeneca, Janssen y Moderna SW,ítz:er!an.dG mbH, los cuales cuentan con autorización de uso de emergencia por parte del INVIMA. Que la OMS ha reconocido que en todo programa o plan de vacunación existen circunstancias que son propias de este tipo de procesos, en donde se presenta un alto porcentaje de pérdidas programáticas de biológicos que pueden ser ocasionadas por distintas situaciones; para el caso de la vacuna contra la COVID-19 se han identificado como principales causas las relacionadas con contaminación, error en la dosificación, error en la manipulación, error en la reconstitución o dilución, fallas de fabricación o calidad, vial roto, interrupción de la cadena de frio, política de frascos abiertos, vacunas que exceden el tiempo de almacenamiento en refrigeración y vencimiento. r:; , i Que en ese sentido, con corte al 31 de enero de 2022, las entidades territoriales que se señalan a continuación, han reportado a esta Cartera Ministerial la pérdida de 186.440 dosis de biológicos de los laboratorios de AstraZeneca y Moderna Switzerland GmbH, por los siguientes motivos: . Total Motivod e pérdidvaa cunaA straZeneca

AstraZeneca Entidatde rrltorlal l 8~ ~e¡ i . ~ 1 j u. · fi ~l , , · ~. · . J•E, i , , , w1 ~ -g2 ~ . · ~ ~ ·, ~o oga u ~C ~-l, >, ~~ ja. ~ § · ¡' ! ¡ 1 ~ ~.e ;9 1 1 • 1 ! ut 1r e ~o . - g 1 { l i J, u =r § ~ G' o :! : ' 1 ' 8 : D : l,8 ~ l'o ! es ' 1 ' ; ' . ' ¡ "" u -• 8 ~ ' ! 11 ' !a ~ ~ ; i; l j i ~~ ~ .t i ., 1 e ' a;; . 1 ' > Amazonas 2 1 2 mr289 1 : 1 Antloqula 9 22 356 75 1 181 A20 41 95 SanA ndrés 2 1 ; 11 1 1 1 AUAntlco 25 -8 --~¡ t4 5 1 10 236 r-LJ 1 --1--•- t --~-- - • B• ar-ran•--qu• i-ll-a • L- ·¡¡-··>---rr _+=-.c=-+---= Bogotao, .e. 10 j 188 ¡ 145 116 · 10 j 1 ¡ • ' BoHvar 10 10 34 1.883 953 1 1 1 : 125 --·- 1.869 r Caldas 1 3 10 ' 10 1 11 35

1 1 ·. 9 112 ¡_. Cauca L _j_ __ Cesar 30 .. 526 _ s'.1 _____ Chocó -l.,-..---,1 _____ 21 l .. ____ •·r•·- 20 ¡ --- 18 '. -·· 40 1 1.105 ' Córdoba 6 46 1.438 1 1.490 1 1 20 194 -~7; _._ - --- - . ·- ·- 8 Hulla 17 , 20 ' 10 60 :' 7.017 ' 7.124 1 ' 1 ·~-------------------------------------' \,>J.. ,. 2 ¡ ITB2 022 0 3 0 0

RESOLUCIÓN Nlft0i{kQ(} DE 2022 HOJA No 3

Continuación de la resolución "Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzertand GmbH y AstraZeneca a algunas entidades tenitoriales" la Guajira 44 ' 44 1 ! Magdalena 10 i 758 i 2.880 22.15-3 -¡ 25.801 ~-------- Meta - 4 ---~- ··-- 1·- 0 .. ----- ·,oí 1 1 4 ..- 121 Nartno 16 1 10 10 92 • i 309 437 1 Norted eS antander 10 24 231 307 572 Putumayo • 10 15 2.679 ' 1-0 r2.714 -- Qulndlo --- --,-., ( io·. --- -· - ·" _,_ ___ --- . -- - 55·1 ' --- i ¡ --- ----t--85~ : 1 Rlsaralda 2 45 8 i 43 1 '; 98

SantaM arta 10 13 413 5.712 6.148 f-----. -- • Santander 10 i ' 151 l' 1' 15 11 176 Sucre 10 21 65 96 1 Tolima 13 14 i 439 ' ' 466 ~i8de1 CáuCa 1 32 -··g··-' '\o¡' t"100--~-j37- •~ -9-111º- 'ffáii ¡ --,3.622-- Vaupés 1 20 1 ' ' 1 20 Vlchada 61 61 ·-·- --T -o -~ta -lg - eneral 21 ~ _7 _;,,1 . · 6 -62 - --8 - l_ 171 992 2.419 -11 •. -3 -4 -7 Li . 30 - l1 ._ ._8 .,_2 _ 11 ••3 ·. ··5 ···1 ---6 106.332 • ---1 ---2 ~5 .603 Consolidado pérdida de vacuna Moderna Switzerland GmbH Motivod e pérdidav acunaM oderna 1 ' 'ª l~ 11j '8 Total Entidadte rritorial Moderna ·e. 8 m :¡¡ s,¡¡ g g 81¡ __ W_._UJ Antloquia -~ 4 11, :j_66 SanA ndrés 24 24 Atlántico 14 4 4 26 28 71 Bogot.!o , .e. 1 4 8 29 271 ; 1 22.780 2.363 25.456 --- ---+·~2-4-+----+--~-f9g' • .,_ --- +---9~6~2~--~8~3 ---i:283Bolívar 15 Boyacá 8 Buenaventura 1.000 414 1.414 caldas 5 34 733 1.599 2.372 Caquetá 16 8 24 Cartagena 14 396 410 ' 1 Casanare 14 64 78 4 719 ----- . ·- 54-- 156 500 1.121 ¡ Cundlnamarca ' 31 47 9 5 672 764 , -Guaviar_e_ _ - .• ~ l -- ---y.L~ -.• -·7+--+-~--- -- _,_ 1 1- - - -- _¡____ - - - ~---. ~ --- 11 , : Hulla 6 15 21 Magdalena 50 44 94 Meta ¡ 1 12 19 1 \ 126 158 ~Ñarin---o---+·- -1--- ·-r ____ i_~ -~~- --·1se-·-1-.5~9-5-+--+-- -·- - 1.764 Norted e- -·--- -- iL ~ --·-- 358 876 i Santander 2 1 FEB2 022

RESOLUCIÓN NLW0io@Ü0300 DE 2022 HOJA No4

Continuación de la resolución "Por/a cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzerland GmbH y Astraleneca a algunas entidades territoriales" _J_ Putumayo i 1 10 · 1 2.985 2.995 Qulndlo ' 3 1 ' -- _j - 1- - •l- - 10-~ - - _j_ ---30- - +1 - 1- - - ·-· •- - 44- - ·•

Rlsaralda 2 : 2 ' 5 • 7 11 - 1 ; .¡ . : - 17 SantaM arta ·+··1 ~--- -·· ·- 160 -- . .. !¡ .•. - 11 - ---- ·--· 1_ 0,, i_ ·-·- ---- 82 --- Sant--a-~n---d....e...r... ,..---- ~' - T ·2 - •- t--14 • 1 33 ... - , - e· . 49'- i ,. Sucre - . >-- -- ~ ·- .-L ' 1 131 - ~ 42 ¡ - 174 i V8T 1O 1l ei dm ea lC auci _______.' ._ 21 8 : :h 4 34 1 ~I 2 : 44 : : ~- 11 -. 44 -- -~-- -1.-69T8 L i. - -- -·4 6--8 5--7 5 ' - ·l.--- • --~-+ 3-- .- 9-~ 90-- - .! - - -- 2.605 95 .04 66 7 -~ .-v~UpéS --- -----~--~--:--~----r~-· -_ ~ -·-'.- ~ -ü·• ... -. -- - ·-r- ~ -- 13

  • ' ZonaF ranca 140 ; 140 -- Totalg e-rierál 7 45 345 4 : 101 : 636 2.51~/-- 11.700 28 69 • 322321 • 8.356 56.037 -- ---·---. --~' - ---- -·- -~---~ ·- ~ -~--. 1 - ----~ -- ·-.

Que, atendiendo a las circunstancias anotadas, este Ministerio, solicitó a los laboratorios AstraZeneca y Moderna Switzerland GmbH la reposición de las dosis reportadas como pérdidas, solicitudes que fueron aceptadas por ambos laboratorios, en el sentido de reponer los biológicos, remitiendo el laboratorio AstraZeneca 163. 200 dosis de la vacuna contra la COVID-19 y'42.000 dosis del laboratorio Moderna Switzerland GMBH. Que la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, informa a través del memorando 202221110061663, que se cuenta en el centro de acopio nacional con 205.200 dosis disponibles de biológicos de los laboratorios Moderna Switzerland GmbH y AstraZeneca, para reposición por pérdida. Que atendiendo a la disponibilidad de biológicos entregados por los laboratorios y a la información de dosis reportadas como pérdidas por las entidades territoriales, la reposición de las vacunas del laboratorio AstraZeneca se realizará por la totalidad de las dosis reportadas y la d~I laboratorio Moderna Switzerland GmbH, de manera proporcional al reporte realizado por los departamentos y distritos, atendiendo a las cantidades por vial y empaques secundarios completos. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Reposición de vacunas del laboratorio AstraZeneca. Reponer por única vez, conforme con lo señalado en la parte motivad el presente acto administrativo1,2 5.770 dosisd e vacunasd el laboratorio AstraZeneca,a las siguientese ntidades territoriales, así: SECRETARIAO E SALUD DEPARTAMENTALY DISTRITAL O LA ENTIDAD QUE HAGA SUS CANTIDAD

No. VECES DOSIS 1 DeoartamendteoA ntioaui-aS ecretarlSae cciondae! Saludv ProteccióSno cial 1.320 2 Deoartamendteo S anA ndrésSecretarldae SaludD eroirtamental 20 3 DeoartamendteoA mazona-sS ecretarídae S aludD eoartamental 10 4 Departamendteol A tlántic-oS ecretardlae SaludD epartamental 360 5 DistritoE soeciaInl dustriavl P ortuaridoe Barranauil-laS ecretardlae SaludD istrital 40 6 DlstriloC aPltadle BoaolaSecretarlDai slritadl e Salud 52.390 7 Deoartamendteo B olíva-r Secretardiae SaludD eoartamental 6.860 8 Departamendleo B ovacá-S ecretardlae SaludD epartamental !30 9 DistritoE soeciaIln, dustriaPl,o rtuarioB,l ocliversvo E coturfsticDoe B uenaventura 1.870 10 Deoartamendteo C aldasDireccióTne rritoriadle S aludd e Caldas 40 11 Deoartamendteo C aauet-áln stitutoD eoartamendtael S alud 120 12 DistritoT uristicvo C ulturadle Cartaaendae IndiasDeoartamenAtdom inistratiDvois tritadl e Salud 110 13 Departamendleol C asanar-eS ecrelarldae SaludD epartamental 230 14 Departamendteol C aucaSecretarldae SaludD epartamental 1.170

15 Departamendteol C esa-r Secretarldae SaludD epartamental 620 . f l í FEB2 022

RESOLUCIÓN NÚJ~ff~ ÜO 3 0 0 DE 2022 HOJA No 5

Continuación de la resolución "Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzertand GmbH y Astraleneca a algunas entidades territoriales" SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y DISTRITAL O LA ENTIDAD QUE HAGA SUS CANTIDAD No. VECES DOSIS 16 DeoartamednetlCo hoc-óS ecretadrleaS aluDd eoartamental 1.110 17 OeoartamendteoC órdob•a S ecretaridae D esarroldloe taS alud 1.490 18 Deoartamendteo C undinamar-cSae cretardlae SaludD eMrtamental 200 19 Departamendteol G uavlar-eS ecretariDae oartamendtael S alud 10 20 OeoartamendteolH ullaSecretarldae SaludD eoartamental 7.130 21 Deoartamendteo l a Gua'iraSecretardlae SaludD eoartamental 50 22 Deoartamendteol M aadalenaSue cretardlae Desarroldloe la Salud 25.810 23 DepartamednetloM eta-S ecretadríeaS aluDd eoartamental 130 24 Oeoartamendteo N arinoInstitutDo eoartamendtael S alud 440 25 Deoartamendteo N orteD eS antande-rIn stitutDo eoartamendtael S alud. 580 26 Deoartamendteo P utumav-oS ecretardfae SaludD eoartamental 2.720

27 Deoartamendteol O uindloSecretardiae SaludD eoartamental 90 28 Departamendteo R isarald-aS ecretaridae SaludD epartamental 100 29 DistritoT urfsticoC,u lturaEl Históricdoe SantaM artaSecretardlae SaludD istrital 6.150 30 Deoartamendteo S antande-rS ecretardiae SaludD eoartamental 180 31 Deoartamendteo S ucreDePartamenAtdom inistratidveo S eauridaSdo ciael nS alud 100 470 32 Departamendteol T oli maSecretardiae SaludD eoartamenta1 33 DepartamednetlVo al~D eCl auc-aS ecretaDrlae partamednetaS la lud 13,630 34 DeoartamendteoV auoé-sS ecretarídae SaludD eoartamental 20 35 Deoartamendteol V ichad-aS ecretarlDae oartamendtael S alud 70 125.770 TOTAL ; - 1 ~ ' Artículo 2. Reposición de vacunas del laboratorio Moderna Switzerland GMBH. Reponer por única vez, conformec on lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo4, 2.000 dosis de vacunas del laboratorioM oderna SwitzerlandG MBH, a las siguientese ntidadest erritorialesa, sí: CANTIDA SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y DISTRITAL O LA ENTIDAD QUE D No. HAGA SUS VECES DOSIS 1 DeoartamendteoA ntioouiaS. ecretariSae ccionadle Saludv ProteccióSno cial 2.352 2 DeoartamendtoeS anA ndrésSecretaridae SaludD eoartamental 14

3 Deoartamendteol A tlánlico.S ecretaridae SaludD eoartamenlal 56 4 DistritoC aoitadl e BMO!á- SecretariDa istritadl e Salud 19.082 5 Deoartamendtoe Bolíva-r Secrelaridae S aludD eoartamental 966 6 Deoartamendteo B ovacá-S ecretaridae SaludD eoartamental 14 7 DistriloE sneciaIln, dustriaPl,o rtuarioB. iodiversvo E coturislicDoe B uenaventura 1.064 8 Departamendteo C aldasDireccióTne rriloriadle Saludd e Caldas 1.792 9 Deoartamendteo C aouetá-l nslilutoD eoartamendtael S alud 14 10 DistritoT urísticvo Culturadl e CartaQendae IndiasDepartamenAtod ministrativDois tritadl e Salud 308 11 Deoartamendteol C asanar-eS ecretaridae SaludD eoartamental 56 12 Departamendtoe lC aucaSecre\aridae SaludD eoartamental 532 13 Deoartamendteol C esa-r Secre\aridae SaludD eoartamenlal 42 14 Departamendteol C hocó- Secretarldae SaludD eoartamental 840 15 Deoartamendteo C órdoba• S ecretaridae Desarrolldoe la Salud 2.282 16 DepartamendteoC undinamar-cSa ecretaridae SaludD eoartamental 574 17 DePartamendteol G uaviar-eS ecretariDa ePartamendtael S alud 14 18 Departamendloe lH uilaSecretaridae SaludD epartamental 14

19 Deoartamendteol M aodalen-aS ecrelaridae Desarrolldoe la Salud 70 20 DePartamendteol M etaSecretaridae SaludD epartamental 112 21 Departamendteo Nari~olnslilutoD epartamendtael S alud 1.330 22 Deoartamendteo N orteD eS antande-rI nstitutoD eoartamendtael S alud. 658 23 Deoartamendloe Putumav-oS ecretaridae SaludD epartamental 2.240 24 Departamendteol Q uindioSecretaridae SaludD eoartamental 28 25 Deoartamendteo R isarald•a S ecretaridae SaludD ePartamental 14 26 DistritoT urísticoC, ulturaEl Históricdoe SantaM artaSecretaridae SaludD istrilal 56 27 Deoartamendteo S antande-rS ecretaridae SaludD eoartamenlal 42 28 DeoartamendteoS ucreDeoartamenAtod ministratidvoe SecundaSdo ciael n Salud 126 29 Departamendteol T olimaSecre\aridae SaludD ePartamental 406 30 Deoartamendteol V alleD elC aucaSecrelariDa eoartamendtael S alud 6.790 31 Departamendteo V aupésSecretaridae SaludD epartamental 14 98 32 Ministeridoe Saludy ProteccióSno cial 42.000 TOTAL . uo oo 3 ·2i FEB2 .021

RESOLUCIÓN Nú~B DE 2022 HOJA No 6

Continuación de la resolución "Por/a cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Moderna Switzerland GmbH y AstraZeneca a algunas entidades territoriales" Artículo 3. Obligaciones de las entidades territoriales. Las entidades territoriales, señaladas en los artículos 1 y 2 de la presente resolución, tendrán a cargo las siguientes obligaciones: 1.1. Ingresar las dosis de los biológicos repuestos al módulo de inventario del PAIWEB. 1.2. Entregar a los municipios y prestadores, según corresponda, las dosis de los biológicos repuestos atendiendo al análisis y microplaneación territorial. 1.3. Informar, a la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, del proceso de desnaturalización que debe surtirse por parte del prestador o municipio que reportó la pérdida de los biológicos. Artículo 4. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, o.e., •~ -; J F NDO Ministr de Salud y Protección Social d¡

Aprobó: Viceministrod e Salud Públicay Prestaciónd e Servi • Director de Promi~~ ~revención irectora Juridica ~

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