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MINSALUD - Resolución 3127 de 2016

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 3127 de 2016
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2016

REPÚBLICDA EC DLDMBIA

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL o 312 í' RESOLUCIÓN NÚMEROO DE 2016 18 JUL2 016) Por la cual se otorga registro sanitario al producto plaguicida para uso en salud pública YORKOOL LN de la sociedad LAB INVESTMENT S.A.S. EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 142 del Decreto 1843 de 1991 y el Decreto - Ley 4107 de 2011 y, CONSIDERANDO Que el artículo 142 del Decreto 1843 de 1991 establece que para el uso de plaguicidas en edificaciones, vehículos, productos almacenados o no y área pública, los interesados deberán efectuar los registros correspondientes ante la hoy Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio y cumplir con las disposiciones legales vigentes al respecto. Que corresponde a los interesados en el registro y uso de plaguicidas, presentar la documentación de que trata el articulo 143 de la citada norma, para que, previo estudio, se emita el concepto sobre clasificación toxicológica y evaluación del riesgo de toxicidad del producto. Que en virtud de lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 19 del Decreto - Ley 4107 y en el numeral 10 del articulo 4 del Decreto - Ley 4109, ambos de 2011 y atendiendo lo señalado en la Circular 049 de 2013 de este Ministerio, a partir del 9 de diciembre de 2013, el Instituto Nacional de Salud asumió la emisión de tales conceptos toxicológicos. Que mediante Resolución 1491 de 2015, el Instituto Nacional de Salud - INS emitió

concepto toxicológico favorable No GFRA-CT-2015-0178 para el "insecticida para uso en salud pública, de nombre comercial YORKOOL® LN con ingrediente activo DELTAMETHRIN de la empresa LAB INVESTMENT S.A.S.'~ para ser utilizado en el Territorio Nacional en aplicaciones de uso en salud pública, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, adoptando las medidas necesarias para la protección de la salud, por lo tanto, no es válido para usar y/o comercializar en aplicaciones de uso doméstico, pecuario ni agrícola. (Fls. 19 a 22). Que de acuerdo con esa misma resolución, el plaguicida de nombre comercial YORKOOL® LN, corresponde a la Categoría Toxicológica 111m, edianamente tóxico, en virtud de la cual debe emplearse con las correspondientes medidas de protección y teniendo en cuenta las prácticas recomendadas. En consecuencia, el titular del citado concepto deberá dar cumplimiento a la normativa que sobre el manejo de desechos y envases de plaguicidas se encuentren vigentes. Que el representante legal de la sociedad LAS INVESTMENT S.A.S. con NIT 900730369-9, señor Lascaría Alberto Barbaza Díaz, mediante comunicación radicada en este Ministerio con el número 201642300242332 del 11 de febrero de 2016, (fl. 35) solicitó el registro sanitario para uso en salud pública para el producto:

PRODUCTO INGREDIENTES ACTIVOS

PLAGUICIDA (INSECTICIDA) PARA USO EN SALUD DELTAMETRINA 25% p/p PÚBLICA YORKOOL ® LN : o JüL 201.6

RESºLuclo N NU, MER o O O 3 .1 _..' ",_.,),_ DE 2016 Página .f. d e J

Continuación de la resolución "Por la cual se otorga registro sanitario al producto plaguicida para uso en salud pública YORKOOL ® LN de la sociedad LAB INVESTMENT S.A.S ." Que para el efecto diligenció, tanto la solicitud de registro sanitario de plaguicidas para uso en salud pública, así como el respectivo comprobante de trámite ante la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud del producto YORKOOL ® LN a nombre de la sociedad LAB INVESTMENT S.A.S. (fl. 37). Que junto con la solicitud se allegó el Certificado de Origen de la República Popular China, identificado con el número CCPIT 112197592 (12C1200C0349/00005) del 20 de agosto de 2012, se remitieron desde el puerto de Tianjin China al Puerto Ballena en Namibia por mar, 1760 pacas de redes cónicas de mosquito correspondientes al producto (red insecticida de larga duración) denominado YORKOOL ® LONG, en una cantidad aproximada de 50 unidades por paca, para un total exacto de 87906 unidades. En dicho certificado se señala que el exportador es Tianjin Yorkool lnternational Trading Co. Ud y el respectivo consignatario es el Standard Bank de Namibia (FI. 33). Que igualmente anexó Certificado de Registro de Signo Distintivo número 513045 del 2 de julio de 2015, suscrito por la Secretaria General Ad-hoc (E) de la Superintendencia de Industria y Comercio, de la Marca Nominativa: YORKOOL® LN, en la que se evidencia que el producto se encuentra clasificado en los productos comprendidos en las clases 5 y 22 de

la Edición Número 1O de la Clasificación Internacional de Niza, cuyo titular es la sociedad LAB INVESTMENT S.A.S., el cual corresponde al Expediente número 14 201926, cuya Resolución de Concesión es la número: 21845 del 30 de abril de 2015 y cuenta con vigencia hasta el día 30 de abril de 2025 (Fls. 29 a 31) . Que se encontró que en la etiqueta del producto YORKOOL LN TOLDILLO no se ® evidenciaba la información sobre la toxicidad que deben llevar las indicaciones sobre medidas de primeros auxilios, los antídotos específicos y demás datos necesarios para el médico, con base en lo requerido en el artículo 149 del Decreto 1843 de 1991, razón por la que se solicitó allegar la información faltante, la cual fue remitida oportunamente por el solicitante. Que la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, luego de evaluar los documentos aportados por el peticionario, en comunicación número 201621300278321 del 25 de febrero de 2016, informó al representante legal de la sociedad solicitante LAB INVESTMENT S.A.S., que una vez revisada la solicitud y documentación adjunta, se encontró viable otorgar el respectivo registro sanitario al plaguicida denominado: YORKOOL ® LN TOLDILLO. (FI. 43). En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Otorgar registro sanitario para uso en salud pública al siguiente producto de la sociedad LAB INVESTMENT S.A.S., cuyo NIT es: 900730369-9: PRODUCTO INGREDIENTES 4,~l"IVOS PLAGUICIDA (INSECTICIDA) PARA uso

DELTAMETRINA 25% p/p EN SALUD PÚBLICA YORKOOL® LN Parágrafo 1. Para que el titular del registro sanitario que se otorga mediante la presente resolución pueda desarrollar las actividades que del mismo se derivan, debe contar previamente con la respectiva licencia ambiental a cargo de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales-ANLA, en virtud de lo dispuesto en el Decreto - Ley 3573 de 2011. 18 JUI 2016 OO 3 12 RESOLUCION NÚMERO '¡' DE ~16 Página _;!d e_;! • Continuación de la resolucjón "Por la cual se otorga registro sanitalio al producto plaguicida para uso en salud pública YORKOOL ® LN de la sociedad LAB INVESTMENT S.A. S." Parágrafo 2. El registro sanitario que se otorga a través del presente acto administrativo no es válido para usar y/o comercializar el producto en aplicaciones de uso doméstico, pecuario ni agrícola. Sólo puede ser utilizado en el territorio nacional en aplicaciones de uso en salud pública, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y adoptando las medidas necesarias para la protección de la salud. Artículo 2. Notificar personalmente al señor Lascario Alberto Barboza Díaz con cédula de ciudadanía número 11.7 90.080 en su calidad de representante legal de la sociedad LAB INVESTMENT S.A.S. de NIT 900730369-9 o a quien se autorice para el efecto, en la Calle 137 No. 55 A 65 Oficina 1004 en Bogotá o.e.,e l contenido de la presente resolución haciéndole saber que contra la misma procede el recurso de reposición, en los términos

previstos en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo CPACA, dentro de los diez (1O )d ías siguientes a la notificación del presente acto administrativo. Parágrafo. Si no pudiere hacerse la notificación personal, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo CPACA. Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, o.e.,a los t 8 l. ( -b~AURIBE d y Protección Socia¡.../ 1 T i

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