MINSALUD - Resolución 3250 de 2013
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 3250 de 2013
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2013
REPUBLICA DE COLOMBIA f~r
-~.'¡
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL ÜÜ3 250 .
RESOLUCION NÚMERO DE 2013 ( 7 /:-002.0 13 ) 2 "Por medio del cual se adopta la política de comunicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social" EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, de las conferidas Ley 489 de 1998, la Ley 872 de 2003, el Decreto 1599 de 2005, el Decreto 4485 de 2009, el Decreto 4107 de 2011, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 1599 de 2005 el Gobierno Nacional adoptó el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005, el cual incluye el componente de Comunicación Pública, definido como un elemento de control social que apoya la construcción de las relaciones humanas de la Entidad con sus grupos de interés internos y externos, en concordancia con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 489 de 1998. Que mediante el Decreto 4485 de 2009 se" ... adopta la actualización de la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública". Que los numerales 5.5.1 y 5.5.3 de la Norma Técnica en la Gestión Pública NTCGP 1000:2009 disponen que "La alta dirección debe asegurarse de que las responsabilidades y autoridades están definidas y son comunicadas dentro de la entidad' y que "La alta dirección debe asegurarse de que se establecen los procesos de comunicación apropiados dentro de
la entidad y de que la comunicación se efectúa considerando la eficacia, la eficiencia y la efectividad del Sistema de Gestión de la Calidad', respectivamente. Que la precitada Norma Técnica en su numeral 7.2.3 establece la obligación de las entidades para determinar e implementar disposiciones eficaces para la comunicación con los clientes, relativas a la información sobre el producto y/o servicio, las consultas, contratos o solicitudes, incluidas las modificaciones, la retroalimentación del cliente, incluidas sus peticiones, quejas, reclamos, percepciones y sugerencias, y mecanismos de participación ciudadana, según sea aplicable. Que en virtud de lo anterior, se hace necesario que el Ministerio de Salud y Protección Social establezca y adopte la Política de Comunicaciones. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Objeto: Adoptar la Política de Comunicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo texto se contiene en los Anexos que hacen parte integral de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- Publicación y difusión: La Política de Comunicaciones que se adopta a través de la presente Resolución deberá publicarse en la página WEB del Ministerio de Salud y Protección Social y su difusión estará a cargo del Grupo de Comunicaciones. 2 7 AGO20. 13
RESOLUCIÓN NÚMERO ÜÜ 3 2 5 0 DE 2013 HOJA No _1
ARTICULO TERCERO.- Vigencia: . La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
AGO20. 13 Dada en Bogotá, D.C., a los 2 7 RO dv1~ URIBE alud y Protección Social
Aprobó: Laura P
Anexos
l. ANEXO l. POLITICA INSTITUCIONALD E COMUNICACIONES. ...................................................... 2
A. Objetivo general ...........................................................................................................2.. .......
B. Objetivos específicos: ..................................................................................................2.. ...... c.
Directriz general de comunicación ...........................................................................2.. ....
D. Alcances ....................................................................................................................3.. .......
E. Definiciones ...................................................................................................................3.. .......
11. ANEXO 2. COMUNICACIÓN INTERNA .......................................................................................... 4
A. Objetivos de la comunicación interna .........................................................................4.. ....
B. Públicos internos ..........................................................................................................4.. .......
C. Medios internos .........................................................................................................4.. ......
D. Procedimientos de comunicación interna ................................................................4.. ...
E. Criterios de publicación ................................................................................................s.. ......
F. Definiciones ...................................................................................................................s.. .......
111. ANEXO 3. COMUNICACIÓN EXTERNA.. .................................................................................... 6
A. Públicos externos ..........................................................................................................6.. ......
B. Medios externos ...........................................................................................................6.. .......
C. Imagen institucional y aplicaciones ..........................................................................6.. ....
D. Procedimientos de comunicación externa ..............................................................1..1..
1. Procedimiento de aprobación de estrategias y piezas de comunicación ...............1 1
2. Procedimiento de diseño de las estrategias de comunicación ..............................1..2
3. Protocolo voceros del Ministerio de Salud y Protección Social. .............................1. 4
4. Procedimientos de Página web: .............................................................................1..6.. ..
5. Redes Sociales ......................................................................................:.. ............ ..........2. 6
E. Definiciones .................................................................................................................2..7.. .....
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l. ANEXO 1. POLITICA INSTITUCIONAL DE COMUNICACIONES
A. Oh¡ellvo general Propiciar que las actividades de comunicación del Ministerio de Salud y Protección Social, cumplan con los objetivos de oportunidad, inclusión, socialización y apoyo a los procesos y misión de la entidad, por medio de estrategias de comunicación con objetivos e indicadores claros que den cuenta de la efectividad de las mismas.
R Ob¡etívos específicos: • Establecer la comunicación como un elemento transversal a la Institución, ligado a la misión y visión de la misma, y que acompaña y facilita los procesos misionales de la entidad. • Fortalecer los proceso de comunicación en la entidad. • Unificar los mensajes y la informacion que se entregan a través de los medios internos y externos. • Incrementar los niveles de credibilidad y de acercamiento de la ciudadanía sobre los servicios de la entidad. • Promover la utilización de tecnologías de la información y las comunicaciones dentro de la estrategia de cero papeL
C. Dlrectnz general corn u fHt_;a:ción Con el propósito de unificar el criterio de manejo de imagen de la entidad y coordinar las acciones de comunicación interna y externa, a partir de la fecha, todos los procesos contractuales que contemplen algún tipo de material comunicacional o campaña en medios masivos, electrónicos, alternativos y no tradicionales; así como la contratación de personas dedicadas a labores de comunicación; los diseños, material o campañas que
sean objeto de publicación en alguno de los medios internos o externos utilizados por la entidad, sus entidades adscritas o entidades con las que el Ministerio haya suscrito convenio o contrato 1 deben ser avalados mediante un oficio por el Grupo de , Comunicaciones del Ministerio. Los procesos y productos comunicacionales que no cuenten con este aval, no representarán, ni harán parte de las comunicaciones de la entidad. Toda pieza de comunicación que tenga imagen institucional debe contar con el aval del Grupo de Comunicaciones. El término de respuesta del Grupo de Comunicaciones a la petición del aval, será máximo de diez (10) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación por parte del área técnica. Los materiales que por ser de carácter masivo, deban ser avalados también por la Alta Consejería Presidencial para las Comunicaciones, según Directiva Presidencial 07 del 11 de febrero de 2011 o las normas que la modifique, adicione o complemente, serán 1 Incluyendoc onveniosc on organismosin ternacionalesO, NG, fundacionesy /o empresas. Página2 de 27 enviados por el Grupo de Comunicaciones del Ministerio de Salud y una vez Presidencia de su respuesta, ésta será enviada a los supervisores de los contratos en cuestión. El Ministerio de Salud y Protección Social tendrá voceros institucionales de su gestión. Ellos deberán expresarse ante los medios de comunicación externos y ante los diferentes auditorios y escenarios. Sin embargo, todos los servidores públicos y contratistas del Ministerio de Salud y Protección Social, exceptuando al Ministro de la cartera, deben solicitar autorización del Grupo de Comunicaciones de la entidad para ser voceros ante
medios de comunicación y deben ceñirse al protocolo de voceros del Ministerio de Salud y Protección Social.2
D. Alca11ces La comunicación en el Ministerio de Salud y Protección Social tendrá un papel estratégico, transversal e incluyente en dos frentes: el interno y el externo.
Además, por indicaciones expresas de la Alta Consejería Presidencial para las Comunicaciones, el Grupo de Comunicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social debe coordinar con todas las entidades adscritas y vinculadas del sector las acciones de comunicación.
Definíciones: 1
Componente información: conjunto de elementos de control, conformado por datos que al ser ordenados y procesados adquiere significado para los grupos de interés de la Entidad Pública a los que va dirigido.
Hace parte fundamental de la operación de la Entidad al convertirse en insumo para la ejecución de los procesos y a su vez en producto de los mismos. Garantiza la base de la transparencia de la actuación pública, la Rendición de Cuentas a la Comunidad y el cumplimiento de obligaciones de información.
Información Primaria: elemento de control conformado por el conjunto de datos de fuentes externas provenientes de las instancias con las cuales la organización está en permanente contacto, así como de las variables que no están en relación directa con la Entidad, pero que afectan su desempeño.
Información Secundaria: elemento de control, conformado por el conjunto de datos que se originan y/o procesan al interior de la Entidad Pública, provenientes del ejercicio de su función. Se obtienen de los diferentes sistemas de información que soportan la gestión de
la Entidad Pública.
Sistemas de Información: elemento de control, conformado por el conjunto de recursos
humanos y tecnológicos utilizados para la generación de información, orientada a soportar de manera más eficiente la gestión de operaciones en la Entidad Pública. 1.A nexo11 1N, umeraOl: P rocedimiendteoC so municacEióxnte rna3.. ProtocoVloo ceroMsi nisterdioeS aludy ProtecciSóno cial 3 Decreto1 599 de 2005, que reglamental a Ley 87 de 1993, en la cuals e reglamentae l ModeloE stándard e controlI nternop ara el Estado ColombianoMECI. Página 3 de 27
11. ANEXO 2. COMUNICACIÓN INTERNA Es la comunicación dirigida al cliente interno, es decir, a servidores públicos y contratistas.
Las estrategias y procesos de comunicación interna deben nacer como respuesta a las nuevas necesidades de la entidad y del equipo humano, motivando a los servidores que hacen parte de ellas, reforzando el concepto de sentido de pertenencia, mediante estrategias que les demuestren que son parte de la organización y que ésta piensa en su bienestar, siendo su función básica estar al servicio del ciudadano. A Ob¡elivos la comunicacion ínten·a • Apoyar la misión, visión y objetivos de la Institución. • Desarrollar acciones de comunicación participativa que contribuyan al mejoramiento del clima organizacional y a una adecuada y oportuna circulación de la información en la entidad. • Propender por la integración de los servidores públicos y contratistas de la Institución. • Crear y mantener canales de comunicación fluidos y oportunos frente a las necesidades de la Institución. • Crear mecanismos de control de la calidad de la comunicación interna, con
mediciones de impacto y calidad. • Contribuir a la cultura organizacional con valores como la ética, la calidad, la eficacia y la responsabilidad. • Apoyar el posicionamiento y apropiación de procesos internos, como el Sistema 1n tegrado de Gestión, entre otros.
B. F'ubl1Los mtemos • Servidores públicos y contratistas.
Medios internos • Correo electrónico • Fondos y protectores de pantalla de los computadores de la entidad • Carteleras físicas • Carteleras virtuales
- Actividades
- Intranet
D. Proced1mie11tos de comunicac1on interna El procedimiento para la publicación de información en los medios internos de la entidad es: • Entrega de la información por parte del área responsable al Grupo de Comunicaciones
(Responsable: área responsable de la información). • Revisión de la información a publicar (Responsable: Grupo de Comunicaciones) • Definición de la estrategia comunicacional más propicia para el tema que se desee publicar (Responsable: Grupo de Comunicaciones) • Elaboración del material a publicar (Responsable: Grupo de Comunicaciones) • Publicación. (Responsable: Grupo de Comunicaciones) Página 4 de 27 • Toda la información que se publique por cualquiera de los medios de comunicación Interna que tiene el Ministerio de Salud y Protección Social debe contar con el visto bueno del Grupo de Comunicaciones y debe cumplir con los estándares de imagen institucional de la Entidad.
E. Criterios dc µublicacion • La información que se publique no puede atentar contra los principios y valores de la entidad o de quienes laboran en ella. • Se dará prevalencia a la publicación de información general o de interés, que no tenga
ánimo de lucro. • Los medios de comunicación interna serán el medio para socializar la misión, visión y principios de la Institución, así como las políticas y proyectos internos. • La información debe guardar los principios de calidez, oportunidad y respeto. • La información y estrategias de comunicación se realizarán de manera incluyente, sin distinción entre servidores públicos y contratistas, puesto que la entidad respeta y responde al principio de igualdad. • La comunicación interna debe procurar abrir espacios de participación y diálogo en doble vía con los servidores públicos y contratistas de la entidad.
F Comunicación Organizacional: elemento de control, que orienta la difusión de políticas y la información generada en la Entidad Pública para una clara identificación de los objetivos, las estrategias, los planes, los programas, los proyectos y la gestión de operaciones hacia los cuales se enfoca el accionar de la Entidad. 4 C D ole oc mre bt io a 1 n5 o-9 9 M d Ee C 2 I 005, que reglamentar a Ley 87 de 1993, en la cual se reglamentae l Modelo Estándard e controlI nternop ara el Estado Página 5 de 27
111. ANEXO 3. COMUNICACIÓN EXTERNA La comunicación en el Ministerio de Salud y Protección Social, contribuirá al cumplimiento de la misión de la entidad, mediante estrategias de comunicación externa, fundadas sobre los principios de universalidad, solidaridad, calidad, eficiencia y equidad, con el objeto de tener un manejo integral del riesgo y brindando información sobre la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad y las disposiciones y lineamientos que rigen el
Sistema General de Seguridad Social en Salud.
A. Públ1(;os externos • Población en general • Medios de comunicación • Actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud • Entidades territoriales • Entidades del orden nacional • Entidades del Sector Administrativo de Salud y Protección Social • Entidades de las ramas legislativa y judicial • Organismos de control • Organismos y gobiernos internacionales
B. Medios externos • Medios de comunicación masivos • Medios de comunicación directos y alternativos (BTL) • Medios de comunicación digitales: página web, redes sociales, e-mailing. e lrnagen y La imagen del Ministerio de Salud hace parte del Sistema de Identidad Visual del
Gobierno de Colombia. Este Sistema reúne todos los estándares de diseño y de identidad corporativa para establecer un mensaje visual claro y definido, que se pueda aplicar a todos los materiales utilizados en la proyección institucional del Gobierno Nacional, sus ministerios, departamentos administrativos y entidades adjuntas. De esta forma, cualquier dependencia o proyecto, deberá regirse por los lineamientos de este Sistema, a la hora de realizar publicaciones y demás material a divulgar, con el fin de proyectar una imagen única como ente nacional e internacional soberano y compacto.
Color: se establece una gama de color única y representativa con el propósito de garantizar una imagen que refleje unidad, sobriedad y elegancia con un enfoque ordenado.
El color definido para el Ministerio de Salud y Protección Social es: • Pantone: 632C
• CMYK: C:92 M:0 Y: 15 K:5
• RGB: R:0 G:160 B:186
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El color definido para el Ministerio de Salud y Protección Social para la elaboración de páginas web es: • RGB: #70BECD R: 112 G: 190 B: 205
Logotipo: el logotipo es inmodificable, la tipografía, la letra, las palabras y distribución deben mantenerse siempre iguales y no habrá lugar a cambios o distorsiones.
Para su adaptación a diferentes piezas y formatos, hay tres posibles posiciones del logotipo.
Logotipo sobre fondo blanco: Logotipo en negativo -fondo azul-:
Logotipo Blanco y negro: MinSalod """"'"" Página 7 de 27
Logotipo Blanco y negro invertido para ahorro de tinta: MinSalud ,\t.,,,s,,, ,.· ,.x: ::.a .d y P·,;\•,c ';r \(·.; ,,;, Tipografía: El Sistema de Identidad Visual del Gobierno de Colombia define la fuente Futura STO en sus diferentes volúmenes y versiones. También se define como tipografía complementaria la fuente Arial y Arial Bold. Esta tipografía complementaria será un reemplazo de Futura STO solamente para los casos donde el acceso al material básico de diseño sea escaso, o donde la publicación que se desarrolle no tenga un impacto grande o una difusión extendida.
Escudo sintetizado: este escudo reduce los detalles gráficos del Escudo Nacional, conservando a manera de silueta las partes más prominentes y significativas. Esta versión se utiliza como apoyo visual para darle vida y dinamismo al sistema visual y a las piezas impresas o digitales como gráfica complementaria.
Lema de Gobierno: según el Sistema de Identidad Visual del Gobierno de Colombia, para los usos de tipo externo, el logotipo del Ministerio de Salud y Protección Social debe
ir acompañado del "lema de Gobierno". El lema actual del gobierno es: "Prosperidad para Todos". La utilización del logotipo es la siguiente: Color
PROSPERIDAD 1 P ARAT ODOS ,,,:: ," ' ~ ,,,,:,·r,.· ::. ■ •■ t."; "
■"'". ,_,, ■,~'c.N7,: ■ Blanco y negro Página 8 de 27 , PROSPERIDAD IPARATODOS La utilización junto al logotipo del Ministerio de Salud y Protección Social es la siguiente: • El logotipo siempre debe guardar una reserva blanca • Se ubicará en el extremo derecho de las publicaciones, después del logo de la entidad.
Ejemplo: Creación de logotipos para eventos, proyectos o programas: Según el Sistema de Identidad Visual del Gobierno de Colombia, no es posible desarrollar diseños de nuevas imágenes o logotipos para ningún evento, proyecto o programa desarrollado por el Ministerio de Salud y Protección Social.
La Alta Consejería para las Comunicaciones, de la Presidencia de la República puede aprobar la utilización de algunos logotipos que se hayan creado con anterioridad a este nuevo Sistema de Identidad Visual solamente en los casos en que se defina la necesidad de mantenerlos por su recordación y posicionamiento. Como regla general, la imagen de cualquier evento, programa o proyecto debe utilizar la imagen institucional de la siguiente manera: Aplicación del logotipo cuando deben incluirse otras entidades: Cuando son entidades del Gobierno Nacional, el Sistema de Identidad Visual del Gobierno de Colombia contempla dos opciones: Página 9 de 27 • Si son una o dos entidades del Gobierno Nacional, cada una firma con su propio logotipo así:
PROSPERIDAD
1 P ARATODOS • Si son más de dos entidades del Gobierno Nacional las que deben aparecer en la publicación, se reemplaza el nombre de las entidades y solamente se incluye el logotipo de Gobierno de Colombia, acompañado del lema de Gobierno: • Si las entidades que deben aparecer con el Ministerio de Salud y Protección Social no pertenecen al Gobierno Nacional, el orden de aparición, de derecha a izquierda debe ser: o Lema de Gobierno (Prosperidad para Todos) o Ministerio de Salud o Otras entidades
Ejemplo:
PROSPERIDAD
•.~World Health 1 P ARAT ODOS 71O rganization ,._,,.,,..,,,. ,,.,,..,_.,..-,., '""-"~-,,, Utilización de la imagen del Ministerio de Salud y Protección Social • Toda pieza de comunicación que sean financiada con recursos del Ministerio de Salud y Protección Social debe llevar la imagen institucional del Ministerio y mantener el orden en los logotipos como se acaba de describir. • Toda utilización de la imagen institucional del Ministerio en piezas de comunicación debe ser aprobado por el Grupo de Comunicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de garantizar la correcta utilización de la imagen. Página 10 de 27 1 Procedimiento de aprobacion d" ct:10,.,,~ y p,ez:b "' • Todas las estrategias y piezas de comunicación 5 producidas con recursos del Ministerio de Salud y Protección Social deben ser aprobadas por el Grupo de Comunicaciones en los siguientes momentos: o En las etapas precontractual y contractual. o Antes de su producción, es decir, en estado de guiones y bocetos. o En la entrega de las piezas producidas.
- Las aprobaciones, o correcciones por parte del Grupo de Comunicaciones se darán por escrito en los 10 días hábiles siguientes a la entrega de la solicitud. • Las solicitudes de aprobación de piezas de comunicac1on al Grupo de Comunicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social deben incluir por lo menos la siguiente información: o Términos de referencia de la contratación o Objetivo y utilización de la pieza de comunicación o Público objetivo de la pieza de comunicación o Características mínimas de la pieza: • Impresos: diseños completos de todas las piezas, tamaño, papel, número de tintas, número de páginas, acabados, cantidad de ejemplares a producir, plan exacto de distribución de la totalidad de ejemplares producidos, incluida su financiación. El Ministerio de Salud y Protección Social no facilitará en ningún caso, bodegas para guardar materiales impresos. Por esta razón, la autorización de impresión se dará solamente si está claramente definida y financiada la distribución del material. • Audiovisuales: guiones finales antes de producción, duración, formato, medio de difusión a utilizar y plan de difusión incluida su financiación. No se aprobarán piezas audiovisuales sin tener clara y financiada la difusión de los mensajes. • Digitales: diseño gráfico, especificaciones técnicas del producto, medio de difusión, plan de difusión, guiones finales antes de producción. o Los costos de producción según las características de la pieza, los costos de distribución respondiendo al plan de distribución de la cantidad total de ejemplares que se vayan a imprimir, multicopiar la forma de financiamiento y la
forma de contratación. 5 Deben contar con aprobación: Todos los términos de referencia para contratación de servicios y productos de comunicación y publicaciones (piezas con impresiones y distribución masivas, piezas audiovisuales, piezas de comunicación masiva -de radio, medios impresos. televisión, publicidad exterior, internet. entre otrospiezas de comunicación directa con públicos objetivos --correos directos. activaciones, eventos-, piezas de medios electrónicos -páginas web, materiales digitales, entre otros que estén relacionados con llegar a públicos obJetivo y que involucren la imagen del Gobierno Nacional y sus instituciones). Así mismo, deben contar con aprobación todas las estrategias de comunicación y publicaciones que se diseñen e involucren la imagen del Gobierno Nacional y las instituciones relacionadas con el sector salud; todas las piezas de comunicación y publicaciones finales que se diseñen antes de comenzar su producción que involucren la imagen del Gobierno Nacional y sus instituciones relacionadas con el sector salud; todos los planes de medios y de distribución de matenales antes de comenzar su emisión y/o distribución que involucren la imagen del Gobierno Nacional y sus instituciones relacionadas con el sector salud. Página 11 de 27 • Las estrategias y piezas de comunicación que sean objeto de publicación o emisión en medios masivos de comunicación, además de la aprobación del Grupo de Comunicaciones, deben tener la aprobación de la Alta Consejería Presidencial para las Comunicaciones, según la directiva Presidencial 07 del 1O de febrero de 2011. Dicha aprobación se dará en los 1O días hábiles siguientes a la entrega de la solicitud en la Presidencia de la República por parte del Grupo de Comunicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social.
- Una vez producidas las piezas de comunicación, deben entregarse copias al Grupo de Comunicaciones en versión física (dos ejemplares de cada pieza) y en versión digital en alta y baja resolución para su publicación digital y conservación en el archivo físico de comunicaciones. • No se aprobará ninguna pieza de comunicación que no tenga definidos y financiados los medios para su emisión y/o distribución. • Todos los contratos o convenios que incluyan actividades de comunicaciones y/o manejo de la imagen institucional del Ministerio de Salud y Protección Social deben contener una disposición contractual que establezca la obligación para el contratista de incluir la imagen institucional del Ministerio en todas las piezas y productos que se produzcan con motivo del contrato o convenio, ajustándose a los lineamientos de la política de comunicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social. Toda pieza de comunicación que se realice en ejecución de estos contratos o convenios debe ser aprobada en las fases de diseño, pre-producción, producción y piezas finales por el Grupo de Comunicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social. • Entrega de la información técnica al Grupo de Comunicaciones (Responsable: área técnica). La información debe contener por lo menos la siguiente información: objetivo del proyecto en general, objetivo de comunicación, antecedentes, público objetivo, estudios en los cuales se evidencien las barreras que se deben derribar o comportamientos a modificar. • Definición de la estrategia de comunicación de acuerdo a los requerimientos de comunicación del área técnica y a los recursos disponibles. (Responsable: Grupo de Comunicaciones y área técnica responsable) • Definición de inversión (creatividad, diseño, producción y difusión/distribución) de acuerdo a las prioridades del Ministerio de Salud en materia de comunicaciones.
(Responsable: Grupo de Comunicaciones) • Desarrollo de los conceptos creativos a partir de la información técnica entregada. (Responsable: Grupo de Comunicaciones) • Revisión de los conceptos creativos con el área técnica para asegurar su pertinencia y concordancia con las necesidades planteadas inicialmente. (Grupo de Comunicaciones y área técnica) • Revisión de los diseños y/o guiones finales antes de su producción. (Responsable: Grupo de Comunicaciones y área técnica) • Producción de las piezas comunicacionales, velando que se ajusten a la imagen institucional. (Responsable: Grupo de Comunicaciones) • Publicación de las piezas comunicacionales de acuerdo con la estrategia de divulgación planteada. (Responsable: Grupo de Comunicaciones). Página 12 de 27 • Medición de los resultados de la estrategia. (Responsable: Grupo de Comunicaciones). • Todas las piezas de comunicación impresas o digitales de carácter técnico (documentos técnicos, informes finales, memorias, libros, cartillas) deben contar con la imagen institucional del Ministerio de Salud y Protección Social.6 • Todas las piezas de comunicación impresas o digitales de carácter técnico (documentos técnicos, informes finales, memorias, libros, cartillas), deben cumplir la normatividad vigente sobre Depósito Legal e incluir siempre los siguientes créditos:
- Retiro portada falsa: • ISBN • Título de la obra • Nombre del autor • Nombre y dirección del editor-impresor • Año de la Publicación • Luchar y fecha de la edición • © Queda prohibida la reproducción parcial o total de este documento, por cualquier medio escrito o visual, sin previa autorización del Ministerio de Salud y Protección Social
- lnterventoría: nombre sin cargo. • Créditos institucionales del Ministerio • Nombre, Ministro(a), de Salud y Protección Social • Nombre, Viceministro de Salud y Prestación de Servicios
- Nombre, Viceministro de Protección Social
- Nombre, Secretario General • Nombre, Director, Subdirector, Jefe o Coordinador, Dirección, Subdirección, Oficina o Grupo a la que pertenece. • Nombre, Director general del Proyecto • Equipo técnico • Datos de contacto • Ministerio de Salud y Protección Social
- era. 13 # 3276. Bogotá. D. C. • Línea de atención al usuario: (1) 3305000-018000910097 • www.minsalud.gov.co • Todas las piezas de comunicación impresas o digitales de carácter técnico
(documentos técnicos, informes finales, memorias, libros, cartillas) deben tener la metodología APA en su presentación. • Derechos de autor: o Todas las piezas que se produzcan deben mantener la confidencialidad sobre aspectos personales o de las entidades, que afecten el b
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