MINSALUD - Resolución 3251 de 2008
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 3251 de 2008
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2008
REPUBllCA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL 3 2 51
RESOLUCION NÚMEROÜ tj DE 2008 ( 2 9 AGO2 0M ) Por la cual se modifican los artículos 3°, 4° y 5° de la Resolución 01915 de 2008. EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las consignadas en los artículos 3° y 4° del Decreto 3990 de 2007 CONSJO ERAN DO Que mediante la Resolución 0HJ15 de 2008, se adoptaron los formularios FURIPS, FURPRO, FURPEN, FURTRA , FURCEN, para reclamar las indemnizaciones derivadas de los amparos de que trata el Decreto 3990 de 2007. Que se considera necesario moaificar el parágrafo del artículo 3°, el inciso primero y el parágrafo 3º del artículo 4º y el a ículo 5º de la Resolución 01915 de 2008 con el fin de otorgar un tiempo adicional a las instituciones prestadoras de servicios de salud para que consoliden sus procesos op rativos tendientes a! di!igenciamíento en los anexos técnicos de los formularios adoptados por el Ministerio de la Protección Social a través de la resolución objeto de modificación. Que en virtud de lo anterior, RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Modificar el parágrafo del artículo 3° de la Resolución 01915 de 2008, el cual quedará así: "PARÁGRAFO. Entre el 1 de junio de 2008 y el 31 de Diciembre de 2008, la
presentación de anexos téc: ices de los formularios adoptados por el artículo 1º de la presente resolución, se hará de manera opcional por los reclamantes". ARTICULO SEGUNDO. Modificar el inciso primero y el parágrafo 3 del ,prtículo 4° de la Resolución 01915 de 2008, los cuales quedarán así: "ARTÍCULO 4°. Present ción de ios formularios. Los formularios adoptados por-el artículo 1c de la presente resolución, deberán presentarse a partir del 1 de Enero de 2009, en medio físico y magnético, este último en el anexo técnico que para el e ecto definió la Dirección General de Planeación y Análisis de Política del Ministerio de la Protección Social mediante Circular Externa No. 179761 o la qu,:..l a modifique, adicione o sustituya". { ...) PARÁGRAFO 3°. A partir del 1 de Enero de 2009 y en el evento de no cumplir con el completo diligenciamiento de los formularios adoptados por la presente resolución, así como de los anexos técnicos -y la presentación de todos los soportes, las solicitudes serán devueltas a la entidad o persona natural reclamante. En estos casos la devolución por parte del administrador fid1.:Jciariod e los recursos e-el FOSYGA se hará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la radicución de la reclamación." ARTICULO TERCERO. Modificar e! artículo 5° de la Resolución 01915 de 2008, el cual queq9rá asi:
RESOLUCION NÚMERÓ✓ L-3 ¿ 51 DE 2008 HOJA No 2
A.O..TÍCULOQ UINTO. Reclamaciones menores o iguales a un cuarto de salario mínimo legal vigente. A pórlir del 1 de Enero de 2009, las reclamacíones de fas qLJe trata el artículo 14 del Decreto 1281 de 2002 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya, tales como consultas ambulatorias, servicíos odontológicos ambulatorios, exámenes de laboratorio, imágenes y otras ayudas de diagnóstico ambulatorios, procedimientcs terapéuticos ambulatorios, medicamentos de uso ambulatorio, insumos y atención inicial de urgencias dentro de las coberturas que pueden ser recobradas con ,,argo a la subcuenta ECA T, serán presentadas por los prestadores de servicíos de salud y demás entidades habilítadas, en el Formulario Único de Reclamaciones de los Prestadores de Servicios de Salud -FURIPS junto con su anexo técnico. En estos casos el soporte de la reclamación será el comprobante del servicio r6~ibido por parte del usuario en la factura o cuenta de cobro ó en el formulario que la entidad diseñe para tal efecto, además de los requisitos estipulados en el arlículo 4º del Decreto 3990 de 2007 o la norma que lo modifique, adicione o sustitu_¡a. ARTICULO CUA.~TO. La preser te resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PU LIQUESE Y CUMPLASE Dada en Bogotá, o.e. a los ~
DIEG• O rP--ALA JO BETANCOURT
Ministro de la Protección Socia!
Elaboró· C~rmen Eugonia Dásila~ AIO>(ltlCOrL ~gos s~n\o~,I~ Revi,6 Maria :lo los Angel.is Po.cual Luisa Fo rMJ1da8 cll.n, \-~~ G1sol1:Ri ,vern Sorm,~nle And!C:JH unacioN o,ra