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MINSALUD - Resolución 3458 de 2007

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 3458 de 2007
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2007

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MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL

RESOLUCION NUMERO 3458 DE 2007

(Septiembre 26) Por la cual se modifica la distribución de recursos para ampliación de cobertura de la población desplazada por la violencia, realizada mediante Resolución 3290 de 2007 y se distribuyen recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGASubproyecto Subsidio a la DemandaRégimen Subsidiado para la vigencia 2008 EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el Decreto 205 de 2003 y en el artículo 6º. del Acuerdo No. 358 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo No. 353 el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprobó el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGA para la vigencia fiscal de 2007. Que mediante Resolución 3290 del 18 de septiembre de 2007, el Ministerio de la Protección Social distribuyó recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA – Subproyecto Subsidio a la Demanda - Régimen Subsidiado para ampliación de cobertura por el período comprendido entre el 1º de octubre y el 31 de diciembre de 2007. Que con el propósito de garantizar los recursos para la ampliación de cobertura distribuidos mediante la Resolución 3290 del 18 de septiembre de 2007, se hace necesario ajustar la asignación realizada para la población desplazada por la violencia

para la vigencia 2007. Que para garantizar la ampliación de cobertura de la población desplazada por la violencia, los desmovilizados del conflicto armado y de las personas incluidas en la prueba piloto del Proyecto Red de Protección Social contra la Extrema Pobreza, para el periodo comprendido entre el 1º de enero y el 31 de marzo de 2008, se hace necesario distribuir recursos de la vigencia 2008. Que el Decreto 1283 de 1996 señala en el Artículo 46 “(…) los recursos que no hacen parte del presupuesto general de la nación se ejecutarán conforme el presupuesto aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. Cuando se pretenda afectar los mencionados recursos, que correspondan a mas de una vigencia fiscal para cubrir prestaciones que se realizarán en igual período, será necesaria una autorización especial, previa al compromiso, para comprometer vigencias futuras que será expedida por el Ministerio de la Protección Social, Dirección General de Financiamiento”. Hoja 2 de 3

RESOLUCION NUMERO 3458 DE 2007

Por la cual se modifica la distribución de recursos para ampliación de cobertura de la población desplazada por la violencia, realizada mediante Resolución 3290 de 2007 y se distribuyen recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGASubproyecto Subsidio a la DemandaRégimen Subsidiado para la vigencia 2008 En consideración a lo anterior, la Dirección General de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social mediante radicado No. 218553 de Septiembre 24 de 2007, expidió la

Autorización No. 003938 para comprometer recursos con cargo al presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGA Subcuenta de Solidaridad para la Vigencia Fiscal de 2008 por los conceptos Proyecto Ampliación y Renovación de la Afiliación del Régimen Subsidiado – Subcuenta de Solidaridad del FOSYGA por valor de $412.511.344.115 y Proyecto Ampliación y Renovación de la Afiliación del Régimen Subsidiado–Atención a la Población Desplazada APD – Nivel Nacional por valor de $42.298.239.677, para un valor total de $454.809.583.792.

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el artículo primero de la Resolución 3290 de Septiembre 18 de 2007, el cual quedará así: “ARTÍCULO PRIMERO.- Asignar a las entidades territoriales recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Subcuenta de Solidaridad por valor $ 23.302.093.694.40 que afecta el presupuesto de la presente vigencia, para la ampliación de cobertura del régimen subsidiado, según el criterio de distribución señalado en el Articulo Primero, Literal A. del Acuerdo No. 358 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, conforme se discrimina a continuación: Acuerdo No. 358, Artículo Primero, literal A, numeral 2 (Criterios de distribución de recursos del FOSYGA que no requieren cofinanciación para población desmovilizada):

$623.610.820,80. Acuerdo No. 358, Artículo Primero, literal A, numeral 3. (Criterios de distribución de

recursos del FOSYGA que no requieren cofinanciación para población desplazada por la violencia): $17.653.162.636,80. Acuerdo No. 358, Artículo Primero, literal A, numeral 4. (Criterios de distribución de recursos del FOSYGA que no requieren cofinanciación para la afiliación en los municipios que se encuentran incluidos en la prueba piloto de la Red de Protección Social contra la Extrema Pobreza, conforme al Conpes 102 de 2006): $5.025.320.236,80” ARTÍCULO SEGUNDO.- Asignar a las entidades territoriales recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Subcuenta de Solidaridad por valor de $23.302.093.694.40 que corresponden a recursos de la vigencia 2008, para garantizar la afiliación al Régimen Subsidiado de la población desplazada por la violencia, los desmovilizados del conflicto armado y de las personas incluidas en la prueba piloto del Proyecto Red de Protección Social contra la Extrema Pobreza, para el periodo comprendido entre el 1º de enero y el 31 de marzo de 2008, según el criterio de distribución señalado en el Articulo Primero Literal A. del Acuerdo No. 358 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, conforme se discrimina a continuación: Acuerdo No. 358, Artículo Primero, literal A, numeral 2 (Criterios de distribución de recursos del FOSYGA que no requieren cofinanciación para población desmovilizada) por valor de $623.610.820,80 de la vigencia 2008. Acuerdo No. 358, Artículo Primero, literal A, numeral 3. (Criterios de distribución de

recursos del FOSYGA que no requieren cofinanciación para población desplazada por la violencia) por valor de $17.653.162.636.80 de la vigencia 2008. Acuerdo No. 358, Artículo Primero, literal A, numeral 4. (Criterios de distribución de recursos del FOSYGA que no requieren cofinanciación para la afiliación en los municipios Hoja 3 de 3

RESOLUCION NUMERO 3458 DE 2007

Por la cual se modifica la distribución de recursos para ampliación de cobertura de la población desplazada por la violencia, realizada mediante Resolución 3290 de 2007 y se distribuyen recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGASubproyecto Subsidio a la DemandaRégimen Subsidiado para la vigencia 2008 que se encuentran incluidos en la prueba piloto de la Red de Protección Social contra la Extrema Pobreza, conforme al Conpes 102 de 2006) por valor de $5.025.320.236,80 para la vigencia futura 2008. PARÁGRAFO.- Las entidades territoriales podrán adicionar los recursos asignados en este artículo para garantizar la ampliación de cobertura en el periodo comprendido entre el 1º de enero y el 31 de marzo de 2008, previo cumplimiento de los requisitos presupuéstales y la normatividad vigente. ARTICULO TERCERO.- La desagregación de la asignación de recursos del FOSYGA por entidad territorial de que tratan los artículos primero y segundo de la presente Resolución se presentan en el Anexo No. 1, que forma parte integral de la misma. ARTICULO CUARTO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 26 días del mes de septiembre del año 2007. (Original firmado por)

DIEGO PALACIO BETANCOURT

MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

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