MINSALUD - Resolución 3459 de 2015
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 3459 de 2015
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2015
REPÚBLICAD E COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMEi:@OOO3459 DE 2015 r-9 SFP2 015
Por la cual se modifica la Resolución 3568 de 2014, modificada por la Resolución 2231 de 2015, en relación con el reporte de la información definitiva sobre deudas aportes patronales no saneados. EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las que le confiere el artículo 85 de la Ley 1438 de 2011 y en desarrollo del artículo 100 de la Ley 1737 de 2014 y, CONSIDERANDO Que en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 85 de la Ley 1438 de 2011 se expidió la Resolución 3568 de 2014, modificada por las Resoluciones 4906 de 2014 y 2231 de 2015, mediante la cual este Ministerio ajustó el procedimiento y el cronograma el cruce de cuentas de recursos de aportes patronales financiados con el Situado Fiscal y del Sistema General de Participaciones en Salud. Que mediante la citada Resolución 2231 de 2015 se modificó el cronograma para que las entidades tanto administradoras como empleadoras realizaran el cargue, en la plataforma PISIS del portal SISPRO de la información de los recursos no saneados de aportes patronales. Que no obstante la modificación al cronograma, se han venido presentando dificultades técnicas para el cargue de la información en la citada plataforma, por lo que las entidades empleadoras y administradoras han solicitado se amplíe el plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución 2231 de 2015.
Que de conformidad con lo anterior, es preciso ajustar la fecha de reporte de información que permita concluir con el proceso de aclaración de aportes patronales no saneados. Que en mérito a lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Modificase el artículo 7 de la Resolución 3568 de 2014, modificado por el artículo 2 de la Resolución 2231 de 2015, el cual, quedar"áa sí: "Artículo 7. Valores coincidentes y no coincidentes. Todas las entidades empleadoras y administradoras, contarán hasta el dia 31 de octubre de 2015, inclusive, para reportar la información definitiva a través del sistema de información dispuesto por el Ministerio. En el evento en que las entidades empleadoras y las administradoras no reporten la información definitiva, se tomará como tal la información inicialmente cargada". f ~~ 9 SEP1 015 ,., ., ,
• RESOLUCIÓN NÚMERÓ Ü Ü Oí l 3 4 5 9 DE 2015 HOJA No 2
Continuación de la resolución "Por la cual se modifica la Resolución 3568 de 2014, modificada por la Resolución 2231 de 2015, en relación con el reporte de la información definitiva sobre deudas aportes patronales no saneados." Artículo 2. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 7 de la Resolución 3568 de 2014, modificado por el artículo 2 de la Resolución 2231 de 2015.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C, 9 SEP2 015 iD:
LEJA 1~1A URIBE
S~~ inistro de Protección Socia~ ~