MINSALUD - Resolución 3477 de 2005
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 3477 de 2005
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2005
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MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
RESOLUCION NUMERO 3477 DE 2005
(Octubre 5) Por la cual se distribuyen recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGASubproyecto Subsidio a la DemandaRégimen Subsidiado para ampliación de cobertura EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el Decreto 205 de 2003 y en el artículo 2 del Acuerdo No. 290 y el artículo 6 del Acuerdo No. 301 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. CONSIDERANDO Que el Artículo 1º. del Acuerdo No. 290 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, estableció como criterios de distribución de recursos del Fosyga para la ampliación de cobertura del régimen subsidiado la afiliación de la población desplazada por la violencia y la población desmovilizada en el país. Que el numeral 2 del articulo 1º. del Acuerdo No. 290 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, establece: “2. Ampliar la cobertura al régimen subsidiado mediante la afiliación de las personas desplazadas por la violencia. Se asignarán recursos para la afiliación de personas en condición de desplazamiento forzado por causa de la violencia que certifique la Red de Solidaridad Social en cada municipio receptor, en los términos señalados por el numeral 3º del artículo 1º del Acuerdo 262 del CNSSS. Para este criterio se asignarán los recursos necesarios de la subcuenta de solidaridad
Fosyga que permitan afiliar a 100.000 personas. Parágrafo. La ampliación de cobertura de que trata este Acuerdo no exige cofinanciación del ente territorial.” Que el artículo 2°. del Acuerdo No. 290 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud establece que el Ministerio de la Protección Social distribuirá mediante resolución los recursos destinados para la ampliación de cobertura del régimen subsidiado de conformidad con los criterios establecidos en el dicho acuerdo. Que el artículo 6 del Acuerdo No. 301 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud establece: “Distribución de los Recursos. El Ministerio de la Protección Social distribuirá mediante resolución los recursos destinados para la ampliación de cobertura del régimen subsidiado de conformidad con los criterios establecidos en el presente Acuerdo según la disponibilidad de recursos de la presente vigencia fiscal y una vez se cuente con la autorización para comprometer vigencias futuras expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público”. Que mediante Acuerdo No. 283 el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud aprobó el Presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, para la vigencia fiscal de 2005; Hoja 2 de 3
RESOLUCION NUMERO 3477 DE 2005
Por la cual se distribuyen recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGASubproyecto Subsidio a la DemandaRégimen Subsidiado para ampliación de cobertura Que mediante Resolución del Ministerio de la Protección Social No. 00475 de 2005, se
efectuó la distribución por subproyectos del Presupuesto de Inversión del Ministerio de la Protección Social del proyecto Ampliación y Renovación de la Afiliación del Régimen Subsidiado, Subcuenta de Solidaridad Fosyga, destinando $1.045.025.401.348 al subproyecto "Subsidio a la Demanda-Régimen Subsidiado"; Que mediante Resoluciones del Ministerio de la Protección Social Nos. 0818 de 2005 y 3395 de 2005, se efectuó una asignación de recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGASubproyecto Subsidio a la DemandaRégimen Subsidiado para garantizar la continuidad de los afiliados al régimen subsidiado. Que mediante oficio No. 47655, de fecha 24 de agosto de 2005, el Director General del Presupuesto Publico Nacional, aprobó cupo para la asunción de obligaciones con cargo a apropiaciones presupuestales de vigencias futuras 2006 del Ministerio de la Protección Social. Que la presente asignación se encuentra amparada por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 34, vigencia 2005, expedido por la Jefe de Presupuesto del Ministerio de la Protección Social.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Asignar a las entidades territoriales recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Subcuenta de Solidaridad por valor $12.412.754.773.oo que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $18.619.132.159.oo que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $31.031.886.932.oo con
el fin de garantizar la ampliación de cobertura del régimen subsidiado, mediante subsidios plenos, conforme los criterios de distribución señalados en los Acuerdos Nos. 290 y 301 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, así: • Acuerdo No. 290: Numeral 2, artículo 1º (Afiliación de personas desplazadas por la violencia): Recursos del Fosyga por $3.515.938.648.oo que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $5.273.907.971.oo que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $8.789.846.619,oo. • Acuerdo No. 301: Artículo 1º, literal C, numeral 1 (Asignar recursos para la afiliación de la población del departamento de San Andrés y Providencia clasificada en los niveles I, II y III del Sisbén): Recursos del Fosyga por $189.491.648.oo que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $284.237.473.oo que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $473.729.121.oo. • Acuerdo No. 301: Artículo 1º, literal C, numeral 2 (Ampliar la cobertura de los municipios que presenten una disminución respecto del año 2004, de los recursos destinados a la prestación de servicios de salud en lo no cubierto con subsidios a la demanda distribuidos en el CONPES 90 de 2005): Recursos del Fosyga por $623.212.233.oo que afecta el presupuesto de la presente vigencia y
$934.818.350.oo que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $1.558.030.583,oo. • Acuerdo No. 301: Artículo 1º, literal C, numeral 3 (Ampliar la cobertura en aquellos municipios que presenten una cobertura al régimen subsidiado inferior al 40% de su población SISBEN identificada en los niveles 1 y 2): Recursos del Fosyga por $1.778.395.637.oo que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $2.667.593.456.oo que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $4.445.989.093.oo. Hoja 3 de 3
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Por la cual se distribuyen recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGASubproyecto Subsidio a la DemandaRégimen Subsidiado para ampliación de cobertura • Acuerdo No. 301: Artículo 1º, literal A, numeral 1 (Cofinanciar la ampliación de cobertura al régimen subsidiado en concurrencia con recursos de esfuerzo propio de las entidades territoriales, mediante subsidios plenos): Recursos del Fosyga por $6.118.604.307.oo que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $9.177.906.460.oo que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $15.296.510.767.oo. • Acuerdo No. 301: Artículo 1º, literal B, numeral 1 (Ampliar la cobertura de la
población indígena en el régimen subsidiado): Recursos del Fosyga por $185.997.722.oo que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $278.996.584.oo que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $464.994.306.oo. • Acuerdo No. 301: Artículo 1º, literal B, numeral 3 (Ampliar la cobertura al régimen subsidiado mediante la afiliación de los creadores y gestores culturales que se asimilen a artistas): Recursos del Fosyga por $1.114.577.oo que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $1.671.866.oo que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $2.786.443.oo. La desagregación de la asignación de recursos del Fosyga por entidad territorial se presenta en el Anexo No. 1, que forma parte integral de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- Asignar a las entidades territoriales recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - Subcuenta de Solidaridad por valor $ 159.285.950.oo que afecta el presupuesto de la presente vigencia y $318.571.900.oo que afecta vigencia futura correspondientes a la vigencia 2006, para un valor total de $477.857.850.oo con el fin de garantizar la ampliación de cobertura del régimen subsidiado, mediante subsidios parciales, conforme los criterios de distribución señalados en el artículo 1º, literal A, numeral 2 del Acuerdo No. 301 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. La desagregación de la asignación de recursos del Fosyga por entidad territorial se
presenta en el Anexo No. 2, que forma parte integral de la presente resolución. ARTÍCULO TERCERO.- Los recursos del Fosyga asignados mediante la presente resolución serán comprometidos por las entidades territoriales en la ampliación de cobertura del régimen subsidiado mediante la suscripción de contratos de aseguramiento con las Administradoras del Régimen Subsidiado, por el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2005 y el 31 de marzo de 2006. PARÁGRAFO.- Teniendo en cuenta que algunas entidades territoriales no han presentado ante el Ministerio de la Protección Social la documentación requerida para acceder a los recursos del Fosyga para cofinanciación de que trata el artículo 1º literales A y B, del Acuerdo No. 301, la asignación restante de recursos del Fosyga se realizará una vez el Ministerio disponga de la información de los recursos disponibles por parte de éstas entidades territoriales para la cofinanciación de la ampliación de cobertura. ARTICULO CUARTO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los, 5 OCTUBRE 2005