MINSALUD - Resolución 3562 de 2005
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 3562 de 2005
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2005
Hoja 1 de 3
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
RESOLUCION NUMERO 3562 DE 2005
(Octubre 11) Por medio de la cual se modifica el Manual de Funciones, Requisitos Mínimos y Competencias Laborales, ajustado mediante la Resolución No. 3133 de Septiembre 14 de 2005. EL MINISTRO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL En uso de sus atribuciones legales en especial las que le confiere el Decreto 770 de marzo 17 de 2005, Artículo 9 del Decreto 2539 de julio 22 de 2005 y el Artículo 28 del Decreto 2772 de agosto 10 de 2005. CONSIDERANDO Que mediante Resolución No. 3133 de Septiembre 14 de 2005 se ajusta el Manual de Funciones, Requisitos Mínimos y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Ministerio de la Protección Social. Que por necesidades del servicio debe reasignarse el cargo de Asesor código 1020 grado 09 de la Dirección General de Promoción del Trabajo a la Oficina de ontrol Interno. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar en el Capítulo Segundo de la Resolución No. 3133 de Septiembre 14 de 2005, las funciones del cargo de ASESOR código 1020 grado 09 de la Planta Global, asignado a la DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN DEL TRABAJO, el cual se reasigna a la OFICINA DE CONTROL INTERNO, de la siguiente forma:
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
Denominación: Asesor
Código: 1020
Grado: 09
Dependencia: Oficina de Control Interno
Empleo Jefe Inmediato: Jefe de Oficina
Número de Empleos: 1
Nivel: Asesor Área: Despacho
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO Asesorar al Jefe de Oficina en la definición de políticas sobre el diseño e implantación de los sistemas de control de las diferentes áreas de la Entidad.
III. FUNCIONES ESENCIALES DEL EMPLEO
1. Asesorar y aconsejar la formulación de políticas que contribuyan a incrementar la celeridad, eficiencia y eficacia de las diferentes áreas de la Entidad, así como la calidad de la prestación de los servicios del Hoja 2 de 3
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Por medio de la cual se modifica el Manual de Funciones, Requisitos Mínimos y Competencias Laborales, ajustado mediante la Resolución No. 3133 de Septiembre 14 de 2005. Ministerio.
2. Asistir y participar en el establecimiento de parámetros e indicadores científicos y técnicos que permitan evaluar la calidad de los programas del área y la regulación de los factores de riesgo.
3. Proponer y realizar evaluaciones periódicas sobre la ejecución del plan de acción, del cumplimiento de las actividades de cada dependencia y proponer las medidas preventivas y las acciones correctivas a que haya lugar.
4. Verificar el cumplimiento de los requisitos administrativas y financieros, de acuerdo con los procedimientos y control fiscal, establecidos para el movimiento de los fondos, valores y bienes de la
Entidad.
5. Velar por la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos de la entidad y comprobar la exactitud del movimiento de sus fondos y valores.
6. Asesorar el diseño e implantación de los sistemas de auditoría de la entidad, estableciendo normas,
metas y objetivos.
7. Analizar los informes presentados por el Jefe de Oficina de Control Interno en relación con los procesos administrativos, financieros y de gestión, a fin de proponer posibles correctivos cuando sea el caso.
8. Las demás funciones asignadas por el Jefe Inmediato, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
IV. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA • EDUCACIÓN: Título Profesional en Contaduría Pública, Administración de Empresas, Administración Pública.
Título de Postgrado en la Modalidad de Especialización en Finanzas Públicas, Control Interno, Auditoría, Evaluación de Proyectos. • EXPERIENCIA: Veintiséis (26) meses de experiencia profesional relacionada en Finanzas Públicas, Evaluación de Proyectos, Auditoria y Control.
• EQUIVALENCIAS:
1. Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: a) Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o b) Título profesional, adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, o c) Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.
V. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO) Las medidas preventivas y correctivas necesarias para el correcto funcionamiento del sistema, se proponen con base en el diseño y establecimiento de los criterios, métodos, procedimientos e indicadores para evaluar
la gestión. El sistema de control de gestión administrativa , financiera y de resultados institucionales es desarrollado, implantado y evaluado de acuerdo a las necesidades de la entidad.
VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
Finanzas, Auditoria y Control, Contabilidad, Evaluación de Proyectos.
VII. COMPETENCIAS
- COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS: Orientación a Resultados Orientación al usuario y al Ciudadano Hoja 3 de 2
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Por medio de la cual se modifica el Manual de Funciones, Requisitos Mínimos y Competencias Laborales, ajustado mediante la Resolución No. 3133 de Septiembre 14 de 2005. Transparencia Compromiso con la Organización
• COMPORTAMENTALES:
Conocimiento del Entorno Experticia Profesional Construcción de Relaciones Iniciativa ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica la Resolución No. 3133 de septiembre 14 de 2005.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, DC. , a los 11 días del mes de Octubre del año 2005.
DIEGO PALACIO BETANCOURT
Ministro de la Protección Social