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MINSALUD - Resolución 361 de 2021

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 361 de 2021
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2021

República de Colombia 1~ m r '~/

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

RESOLUCIÓN NÚMERO 361 DEL 21 DE MARZO DE 2021

Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVIO - 19 entregadas al Estado colombiano el día 7 de marzo de 2021 por el fabricante Sinovac Lile Scienses Ca., Lid y el 17 de marzo de 2021 por el fabricante Pfizer lnc y BioNTech EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 7 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 49 de la Constitución Polilica, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009, "La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios púbHcos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar fa prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad'. Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los

sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública. Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los seivicios y tecnologías de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que en la actualidad existe poca oferta para la adquisición de las vacunas contra el COVID-19 debido al proceso que se requiere para su producción y comercialización, por lo que el suministro de esta vacuna se encuentra condicionado por la alta demanda y por las capacidades limitadas de producción y distribución de los fabricantes, lo que significa que la vacuna contra el COVIO - 19 es un bien escaso. Que el Estado colombiano ha suscrito contratos de compraventa y de suministro con díferentes agentes, indirectamente a través del mecanismo COVAX y directamente por medio de acuerdos con los respectivos fabricantes, y las dosis adquiridas estarán disponibles de manera gradual en la medida en que los diferentes laboratorios avancen en su producción. Que el Decreto 109 de 2021 adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, así como la población que se prioriza en cada una de ellas, es decir, acorde con los objetivos del Plan, la población que debe recibir la vacuna primero. Que el ya citado Decreto 109 de 2021, determinó que en la primera fase de vacunación se debe inmunizar a:

RESOLUCIÓN NÚMERO 361 DEL 21 DE MARZO DE 2021 Hoja No. 2

Continuaciónd e la resolución u Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COV/D

  • 19 entregadas al Estado colombiano el día 7 de marzo de 2021 por el fabricante Sinovac Lite Scienses Co., Ltd y el 17 de marzo de 2021 poref fabricante Plizer /ne y BioNTechff "(. . .) 7.1 . 1.1 . Las personas de 80 anos de edad y más. 7.1.1.2. Talento humano en salud; profesionales de la salud en servicio socia/ obligatorio; médicos residentes y sus docentes en el marco de los convenios docencia - servicios y médicos internos, de los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad y de los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares de Colombia y de la Policfa Nacional de Colombia, que realizan su trabajo en los servicios de:

a. Cuidado intensivo o intermedio adulto, pediátrico y neonatal en donde se atienda

COV/D-19.

b. Urgencias en donde se atienda COVID-19. c. Hospitalización en modalidad intramural y extramural en donde se aüenda

COVID-19.

d. Laboratorio cffnico, laboratorio de salud pública, laboratorio del Instituto Nacional de Salud y de universidades, únicamente el personal que toma (intramural y extramural), manipula y procesa muestras de COVID-19. e. Radiologla e imágenes diagnósticas. f Terapia respiratoria que atienda pacientes con COVID-19. g. Transporte asistencial de pacientes. 7.1.1.3. Talento humano en salud que tienen un contacto directo de atención en salud especializada a pacientes sintomáticos respiratorios intra y extramural, siempre que dicha atención implique un contacto estrecho y prolongado con la vfa aérea expuesta del paciente. 7.1.1.4. Talento humano de servicios generales, vigilancia, celadurfa, administrativo y de

facturación, que realizan su trabajo en los servicios de cuidado intensivo e intermedio adulto, pediátrico y neonatal en donde se atiende pacientes contagiados de COVID-19; urgencias en donde se atienda COVID-19 y hospitalización en modalidad intramural y extramural en donde se atienda COVID--19, as/ como el talento humano encargado de la distribución de alimentos en el área intrahospitalaria; del traslado de pacientes en el ámbito intrahospitalario y de las labores de lavandería, mantenimiento y transporte, de los prestadores de servicios de salud de mediana y alta complejidad y de los establecimientos de sanidad de las Fuerzas Militares de Colombia y de la Policía Nacional de Colombia. 7.1.1.5. Talento humano en salud del servicio de vacunación contra el COVID-19. 7.1.1.6. Talento humano que realice autopsias o necropsias, incluido el personal del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 7.1.1.7. Técnicos y epidemiólogos de las entidades territoriales y del Instituto Nacional de Salud, que realicen rastreo en campo, búsqueda activa de casos de COVID-19 en campo, investigación epidemiológica de campo y toma de muestras que involucren contacto con casos sospechosos y confirmados de COVID-19. 7.1.1.8. Talento humano en salud que por su perfil profesional tenga un contacto intenso mucho más frecuente y en condiciones de urgencia con la vfa aérea expuesta de los pacientes, dada fa realización de procesos que liberan aerosoles como la intubación endotraqueal o la traqueotomla. (. . .)" Que el mismo decreto indicó que en la segunda etapa de vacunación se debe inmunizar

a: "(. .. ) 7.1.2.1. La población entre /os 60 y los 79 años de edad. 7.1.2.2. Toda el talento humano; profesionales de la salud en servicio social obligatorio; médicos residentes y sus docentes en el marco de las convenios docencia - servicios y médicos internos de todos los prestadores de servicios de salud de cualquier nivel de complejidad que desanul/en sus actividades en cualquiera de los servicios brindados por /os prestadores de servicios de salud y que no se encuentren clasificados en la etapa 1. 7.1.2.3. Talento humano en salud de los servicias de salud que se presten intramurafmente en las establecimientos carcelarios y penitenciarios que les aplique el modelo de atención en salud definido en la Ley 1709 de 2014. 7.1.2.4. Talento humano en salud de las entidades que presten servicios de salud pertenecientes a los reglmenes especiales y de excepción. 7.1.2.5. Los médicos tradicionales, sabedores ancestrales y promotores comunitarios en salud propia. Los estudiantes de pregrado de programas técnicos, tecnológicos y universitarios, de ciencias de fa salud que en el momento de la vacunación se encuentren en práctica cllnica en un prestador de

RESOLUCIÓN NÚMERO 361 DEL 21 DE MARZO DE 2021 Hoja No. 3

Continuación de la resolución ~Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COV/0 - 19 entregadas al Estada colombiano e/ día 7 de marzo de 2021 por el fabricante Sinovac Ufe Scienses Co., Ltd y el 17 de marzo de 2021 por el fabricante Pfizer /ne y BioNTech"

servicios de salud." Que la Resolución 360 de 2021, mediante la cual se establecieron nuevos criterios y reglas para la distribución, asignación y entrega de las vacunas contra el COVID - 19, señala que se deben tener en cuenta los siguientes criterios: 2.1. Criterio de eficacia. Con el objetivo de fortalecer la ejecución efectiva en la aplicación de las vacunas asignadas a los territorios y de optimizar et uso de fas mismas, se establece el Umbral Mínimo del Ritmo de Vacunación mediante la siguiente formula:

UMRV= M-D/2

P=AIE UMRV: Umbral Mínimo del Ritmo de Vacunación M: Mediana de vacunación D: Desviación Estándar P: Porcentaje de avance de vacunación. A: Vacunas aplicadas al día de expedición del acto administrativo de asignación a realizar. E: Total de vacunas acumuladas, entregadas por el Ministerio de Salud y Protección Social, con corte de 7 días calendario antes de la expedición del acto administrativo de asignación a realizar. Los departamentos que se encuentren por debajo del UMRV no se incluirán en la fórmula de distribución. La fórmula no se aplicará cuando la desviación estándar del avance de la vacunación (PJ sea menor del 5%. 2.2. Criterios específicos para vacunas que requieren ultracongelación. Con el fin de disminuir el riesgo de pérdida de vacunas que requieren ultracongelación, para su asignación se deberán tener en cuenta los siguientes criterios: 2. 2. 1. Las dosis serán asignadas a departamentos o distritos con equipos de conservación de vacunas ultracongeladas.

2.2,2. El número mínimo de dosis a distribuir es el equivalente a un empaque secundario de vacuna Pfizer correspondiente a 1.1 70 dosis. 2.2.3. Se podrán enviar vacunas a entidades territoriales sin ultracongelador o en un número inferior de dosis definido en el numeral 2.3.2, cuando sean requeridas para completar el esquema. 2.3. Municipios en donde se ha adoptado la medida de unificación de etapas. No se incluirán en la regla de distribución general aquellos territorios en los cuales se haya realizado unificación de etapas y se /es haya entregado vacunas para la inmunización de toda su población en razón a esta medida." Que la mencionada Resolución 360 de 2021 estableció como regla general para la distribución y asignación de las vacunas COVID-19 la siguiente:

RESOLUCIÓN NÚMERO 361 DEL 21 DE MARZO DE 2021 Hoja No. 4

Continuaciónd e la resolución" Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 7 de marzo de 2021 por el fabricante Sinovac Life Scienses Co., Ud y el 17 de marzo de 2021 por el fabricante Pñzer /ne y BioNTechn "Cada vez que se confirme por parte de un fabricante o del representante del mecanismo COVAX, la cantidad y la fecha de una entrega de dosis de vacunas contra el COVID - 19 al Estado colombiano, el Ministerio de Salud y Protección Social, atendiendo a criterios epidemiológicos y logísticos para la debida conservación de la vacuna, determinará la cantidad de dosis que se asignará a cada grupo poblacional que integre la misma etapa, respetando la priorización

establecido en el artículo 7 del Decreto 109 de 2021. Posteriormente, con la información cargada en la Base de Datos Maestra nominal, se determinará el número de personas que, en cada departamento o distrito, pertenecen a cada grupo poblacional que integra la misma etapa. En la distribución no se incluirá a los departamentos o distritos que se encuentren por debajo del Umbral Mínimo del Ritmo de Vacunación. Si la vacuna a distribuir para su conservación requiere de ultracongelación, en la distribución de la misma no se incluirá a los departamentos y distritos que no cuenten con ultracongelador. Si la vacuna a distribuir viene en presentación de 1. 170 dosis por empaque secundario No se tendrán en cuenta los departamentos y distritos cuya población que deba recibir la vacuna de acuerdo a la etapa priorizada, se encuentre por debajo de las 1. 170 dosis. Se calculará la participación que tiene cada uno de ellos en el total de personas que pertenecen a esa misma etapa a nivel nacional. El porcentaje de participación de cada departamento o distrito en el total nacional, será el porcentaje sobre el cual se asignará el número de dosis que se le entregará a cada entidad territorial del orden departamental o distrital, calculado sobre la cantidad de dosis que se tenga confirmado recibir y que el Ministerio de Salud y Protección Social haya decidido asignar a ese grupo poblacíonal. Para determinar el número de vacunas a entregar por grupo poblacional perteneciente a la misma etapa en cada departamento y distrito, se aplicará la siguiente formula: X= (AJBJ•C X: Vacunas asignadas para cada grupo en cada departamento o distrito. A: Población registrada en el grupo en la base maestra nominal en departamento

o distrito. B: Población registrada en el grupo en base maestra nominal total nacional. C: Número de vacunas total disponibles para este grupo." Que, de acuerdo al acta de recepción técnica de biológicos del 07 de marzo de 2021 suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 574.880 dosis de vacuna inactiva SARS-COV-2 del laboratorio Sinovac Lile Scienses Co., Lid denominada CoronaVac, identificadas con los números de Lote C202102007, E202102012, E202102011. Que, de conformidad con las indicaciones del fabricante, las vacunas CoronaVac deben ser usadas en personas mayores de 18 años, pueden ser almacenadas en condiciones de refrigeración entre +2ºC y+ 8ºC y su presentación es vial monodosis.

RESOLUCIÓN NÚMERO 361 DEL 21 DE MARZO DE 2021 Hoja No. 5

Continuaciónd e la resolución• Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID - 19 entregadasa l Estado colombianoe l d(a 7 de marzo de 2021 por el fabricante SinovacU fe SciensesC o., Ltd y el 17 de marzo de 2021 por el fabricante Pf,zerlnc y BioNTech· Que la mencionada Resolución 360 de 2021 estableció la evaluación del criterio de eficiencia para la aplicación de la regla de distribución general cuando el porcentaje de avance de vacunación nacional se encuentre por debajo del 85%. Que, según los datos disponibles en el reporte diario consolidado por el Ministerio de Salud y Protección Social, con corte al dia 19 de marzo de 2021el avance en el

cumplimiento de aplicación de las dosis distribuidas en el pais por departamento y distritos es el siguiente: Total Total dosis acumulado Avance de Entidad Territorial entregadas marzo corte 18-03aplicación 13 de 2021 2021 Cundinamarca 64.196 64.413 100,3% Vaupés 5.609 5.607 100,0% . Bovacá 37.854 36.664 96,9% Amazonas 22.916 21.970 95,9% Bogotá 244.021 221.727 90,9% Risaralda 30.872 27.261 88,3% Caldas 31.691 27.870 87,9% Antioquia 185.694 153.113 82,5% Casanare 8.060 6.521 80,9% Quindio 18.650 14.305 76,7% Santander 64.914 49.026 75,5% Santa Marta 12.947 9.772 75,5% Narifio 48.329 36.184 74,9% Tolima 42.785 31.004 72,5% Atlántico 24.598 17.543 71,3% Valle del Cauca 144.162 102.341 71,0% Cartagena 29.715 21.025 70,8% Meta 21.818 15.164 69,5% Huila . 28.644 19.192 67,0% Barranquilla 54.306 34.459 63,5% San Andrés y 1.110 695 Providencia 62,6% Bolívar 27.718 17.000 61,3%

Guainía 12.579 7.684 61,1% Caquetá 8.244 4.964 60,2% Cesar 26.644 15.661 58,8% La Guajira 19.329 11.160 57,7% Norte de Santander 42.295 23.961 56,7% Magdalena 18.775 10.477 55,8% Guaviare 1.806 963 53,3% Cauca 35.154 17.431 49,6% Córdoba 50.539 24.793 49,1% Putumayo 6.241 3.055 49,0% Arauca 4.741 2.291 48,3% Vichada 1.206 528 43,8%

RESOLUCIÓN NÚMERO 361 DEL 21 DE MARZO DE 2021 Hoja No. 6

ContinuadOnd e la resolución" Por fe cual se realiza Is asignacióny distribuciónd e fes vacunesc ontra el COVID - 19 entregadasa l Estado colombianoe l die 7 de marzo de 2021 por el fabricante Sinovac Ufe Scienses Co. . Ud y el 17 de marzo de 2021 por el fabricante Pfaer /ne y BioNTech" Sucre 34.671 14.874 42.9% Chocó 9.898 4.204 42.5% Buenaventura 5.598 1.594 28,5% TOTAL NACIONAL 1.428.329 1.076.496 75% Que una vez aplicada la fórmula establecida en la Resolución 360 de 2021 y de acuerdo a la información disponible, la mediana del avance departamental de vacunación es de

67%, el 0,5 de la desviación estándar es 8, 78 y el Umbral Mínimo del Ritmo de Vacunación es de 58,2%. Que al tener una desviación estándar mayor a 5 se debe proceder a aplicar el criterio de eficacia, del que trata el numeral 2.1.de la mencionada Resolución 360 de 2021. Que los departamentos que se encuentran por debajo del Umbral Mlnimo del Ritmo de Vacunación son La Guajira, Norte de Santander, Magdalena, Guaviare, Cauca, Córdoba, Putumayo, Arauca, Vichada, Sucre, Chocó y Buenaventura. Que mediante Resolución 327 de 2021 se dio inicio a la etapa 2 del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID-19 de la población entre los 60 y los 79 años de edad, es decir, la establecida el numeral 7.1.2.1. del articulo 7 del Decreto 109 de 2021. Que la Resolución 342 del 16 de marzo de 2021 asignó a los departamentos y distritos del territorio nacional 329.385 dosis de la vacuna CoronaVac del Fabricante Sinovac Lite Scienses Co., LTD, recibidas por el Estado colombiano los días 6 y 7 de marzo de 2021, para continuar con el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID -19. Que una vez realizada la distribución de vacunas a la que hace referencia la resolución 342 quedaban pendientes por distribuir 283.644 dosis de las 574.880 vacunas recibidas el 7 de marzo por parte del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Ltd denominada CoronaVac, identificadas con los números de Lote C202102007, E202102012, E202102011.

Que, según tos registros reportados en la Base de Datos Maestra nominal, el número de personas entre 75 y 79 años de edad que habitan en el territorio nacional es el siguiente, discriminado por departamentos y distritos: . ~aw,~ @üJUm . ' Amazonas 683 Antioquia 122.596 Arauca 3.502 Archipiélagdoe SanA ndrés 862 Atlántico 16.098 Barranquila 27.009 BogotáD, .C. 137.800 Bolívar 16.747 Boyacá 24.677 Buenaventura 3.434 Caldas 22.448 Caquetá 5.098 Cartagena 16.690

RESOLUCIÓN NÚMERO 361 DEL 21 DE MARZO DE 2021 Hoja No. 7

Continuaciónd e la resolución~ Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el dfa 7 de marzo de 2021 por el fabricante Sinovac Lite Scienses Ca., Lid y el 17 de marzo de 2021 por el fabricante Pfizer /ne y BioNTech~ Casanare 4.519 Cauca 22.939 Cesar 15.302 Chocó 4.067 Córdoba 27949 Cundinamarca 44.827 Guainia 463 Guavlare 898 Huila 18.515 LaG uajira 9.699 Magdalena 11.355 Meta 13.854 Nariño 28.136 Norted eS antander 27.328 Putumayo 4.023 Quindío 13.781 Risaralda 22.893 SantaM arta 7.778

Santander 41.472 Sucre 16.926 Tolima 29.373 Valled el Cauca 90.645 Vaupés 328 Vichada 557 To ta1g eneral 855.271 Que, en consideración a que las vacunas son un bien escaso, a que las dosis a distribuir dependen de las dosis disponibles y atendiendo a los objetivos del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19, es necesario ordenar la aplicación de las vacunas en la población entre 60 y 79 años de edad (Etapa 2) por quinquenios. iniciando por las personas que tienen entre 75 y 79 años de edad. Que, de acuerdo al acta de recepción técnica de biológicos del 17 de marzo de 2021 suscrita por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron 100.620 dosis de vacuna contra el COVIO - 19 del laboratorio Pfizer lnc y BioNTech, identificadas con el número de Lote ER1742. Que según el anexo técnico número 2 de la Resolución 197 de 2021, para lograr una eficacia del 95% (IC 90,3% - 97,6%) con la aplicación de la vacuna BNT Pfizer-BIONTECH contra 16282 el COVID-19, el fabricante recomienda la aplicación de 2 dosis de vacuna con un intervalo de 21 días entre la primera y la segunda dosis. Que mediante las resoluciones 205 y 267 ambas de 2021, el Ministerio de Salud y Protección Social asignó a los departamentos y distritos vacuna del laboratorio Pfizer lnc y BionTech,

para ser aplicadas al talento humano descrito en los numerales 7.1.1.2 y 7 .1.1.4 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021. Que mediante la resolución 333 de 2021 el Ministerio de Salud y Protección Social asignó 49.428 dosis de la vacuna contra el COVID-19 entregadas por el Fabricante Pfizer lnc y BioNTech para garantizar la segunda dosis al personal que recibió la primera dosis producto

RESOLUCIÓN NÚMERO 361 DEL 21 DE MARZO DE 2021 Hoja No. 8

Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 7 de marzo de 2021 por el fabricante Sinovac Ufe Scienses Co., Ltd y el 17 de marzo de 2021 poref fabricante Pfizerlnc y BioNTech" de la distribución realizada mediante resolución 205 de 2021 y cuya fecha probable de aplicación inicia el 18 de marzo hasta el 25 de marzo de 2021. Que de acuerdo con la información reportada por la subdirección de operaciones del Ministerio de Salud y Protección Social sobre las entregas realizadas de las dosis correspondientes a cada departamento o distrito y, conforme a las fechas de inicio de las actividades de vacunación por parte de las entidades territoriales, reportadas a la dirección de promoción y prevención del mencionado Ministerio, a continuación se detallan las cantidades asignadas mediante Resolución 205 de 2021 y efectivamente entregadas, las fechas de inicio de la aplicación de las dosis enviadas y cuya fecha probables de aplicación de las segundas dosis es posterior al 25 de marzo de 2021:

ll . ~ GtfíMffiD ~ i!IWl,W ~ BüfflltriJ ®D:Wr¾ ~ . llm~ ~13!hl=il$ ~

  • ~ Chocó 132 132 5/3/2021 26/03/2021

La Guajira 246 246 5/3/2021 26/03/2021 Magdalena 114 114 5/3/2021 26/03/2021 Sucre 678 672 5/3/2021 26/03/2021 San Andrés 54 54 8/3/2021 29/03/2021 .. . . --- . . TOTAL 1.224 1.218 . -.--·-- . -··- Que el departamento de Sucre recibió 6 dosis menos del número de dosis asignadas mediante Resolución 205 de 2021, como consecuencia de un faltante en una de las bandejas recibidas por el país el 24 de febrero de 2021 correspondiente al lote EN1195, el mencionado hallazgo fue notificado al fabricante. Que mediante la resolución 333 de 2021 el Ministerio de Salud y Protección Social asignó 49.320 dosis de la vacuna contra el COVID-19 entregadas por el Fabricante Pfizer lnc y BioNTech para garantizar la segunda dosis al personal que recibió la primera dosis producto de la distribución realizada mediante resolución 267 de 2021 y cuya fecha probable de aplicación inicia el 24 de marzo de 2021. Que de acuerdo con la información reportada por la subdirección de operaciones del Ministerio de Salud y Protección Social sobre las entregas realizadas de las dosis correspondientes a cada departamento o distrito y, conforme a las fechas de inicio de las actividades de

vacunación por parte de las entidades territoriales, reportadas a la dirección de promoción y prevención del mencionado Ministerio, a continuación se detallan las entidades territoriales que no fueron beneficiadas con la Resolución 333 de 2021, las cantidades asignadas mediante Resolución 267 de 2021 y efectivamente entregadas, las fechas de inicio de la aplicación de las dosis enviadas y las fechas probables de aplicación de las segundas dosis: . ~ . . . ~ ~h!u-i (?í•f.'E}1h) Q;fflffiJ3 lj¡\¡¡Uíl ®ru:mmíli1lr=fr.»~ .. %13!hfüiJ0D~ • 15.060 15.060 04/03/2021 25/03/2021 Antioquia 1.068 1.068 04/03/2021 25/03/2021 Atlántico 7.950 7.950 04/03/2021 25/03/2021 Barranquilla

RESOLUCIÓN NÚMERO 361 DEL 21 DE MARZO DE 2021 Hoja No. 9

Continuación de la resolución ~Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COV/O - 19 entregadas al Estado colombiano el día 7 de marzo de 2021 por el fabricante Sinovac Ufe Scienses Co., Ltd y el 17 de marzo de 2021 por el fabricante Pfizerlnc y BioNTechH 2.754 2.754 04/03/2021 25/03/2021 Cundinamarca 204 204 04/03/2021 25/03/2021 Magdalena 1.380 1.380 04/03/2021 25/03/2021

Quindío Valle del Cauca 10.410 10.410 04/03/2021 25/03/2021 Arauca 96 96 05/03/2021 26/03/2021 1.128 1.128 05/03/2021 26/03/2021 Cauca 2.190 2.190 05/03/2021 26/03/2021 Cesar 168 168 05/03/2021 26/03/2021 Guaviare Santander 5.700 5.700 05/03/2021 26/03/2021 240 240 05/03/2021 26/03/2021 Buenaventura 126 126 06/03/2021 27/03/2021 Vichada Caldas 2.160 2.160 06/03/2021 27/03/2021 792 792 06/03/2021 27/03/2021 Casa na re 282 282 06/03/2021 27/03/2021 Chocó 2.808 2.808 06/03/2021 27/03/2021 Córdoba 1.062 1.062 06/03/2021 27/03/2021 Huila la Guajira 450 450 06/03/2021 27/03/2021 1.758 1.758 06/03/2021 27/03/2021 Meta 2.520 2.520 06/03/2021 27/03/2021 Nariño 3.048 3.048 06/03/2021 27/03/2021 Norte de Santander 2.160 2.160 06/03/2021 27/03/2021 Tolima

942 942 07/03/2021 28/03/2021 Boyacá Santa Marta 1.464 1.464 07/03/2021 28/03/2021 Risaralda 2.610 2.610 07/03/2021 28/03/2021 3.852 3.852 08/03/2021 29/03/2021 Cartagena 738 738 08/03/2021 29/03/2021 Caquetá 210 210 08/03/2021 29/03/2021 Putumayo San Andrés 126 126 08/03/2021 29/03/2021 Sucre 1.626 1.626 08/03/2021 29/03/2021 Que el departamento de Antioquia recibió 9.402 dosis mediante la Resolución 333 de 2021, quedando pendiente 5.658 dosis para completar las segundas dosis asignadas mediante Resolución 267 de 2021. Que mediante el presente acto administrativo se realizará la asignación y distribución de biológicos para aplicar la segunda dosis al personal que recibió la primera dosis producto de la distribución realizada mediante las Resoluciones 205 y 267 de 2021 y cuya fecha de aplicación inicia el 25 de marzo de 2021. Que, de conformidad con el reporte disponible en el sistema PISIS, para el 17 de marzo de 2021, el número de personas que pertenecen al grupo de talento humano de la etapa 1 del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19, que labora o hace sus prácticas en municipios capitales y en aquellos que pertenecen a áreas metropolitanas, es de 320.247, RESOLUCIÓN NÚMERO 361 DEL 21 DE MARZO DE 2021 Hoja No.10

Continuación de la resolución "Por la cual se rea/iza la asignación y distribución de fas vacunas contra el COV/D - 19 entregadas al Estado colombiano el día 7 de marzo de 2021 por el fabricante Sinovac Ufe Scienses Co., Ltd y el 17 de marzo de 2021 por el fabricante Pfizer /ne y BioNTech" excluyendo a las ciudades de Leticia, lnírida y Mitú por haber sido beneficiadas con la resolución 194 de unificación de etapas. Que para garantizar la vacunación al grupo de talento humano de la etapa 1 del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID -19, que labora o hace sus prácticas en municipios capitales y en aquellos que pertenecen a áreas metropolitanas se han asignado 267.936 vacunas para aplicar primeras dosis de la siguiente manera: ~ !J.l ~- M' J! •¡ :M J • " 1)"~ .~. ~~ lu!D:Hill'l!} rJ l!)iM}.j ·rot~ ~ [l>Jl,,ffij¡,,l,i 8P.Y~ l~j")!J Antioquia 40.269 1.233 41.502 34.416 7.086 Arauca 302 46 348 306 42 Archipiélago de San Andrés 316 12 328 264 64 Atlántico 3.145 151 3.296 2.556 740 Barranquilla 22.064 587 22.651 17.454 5.197 Bogotá, D.C. 94.089 7.042 101.131 85.632 15.499 Boyacá 3.617 312 3.929 2.970 959Buenaventura 450 78 528 600

Caldas 6.048 348 6.396 5.040 1.356 Caquetá 2.138 224 2.362 1.626 736 Cartagena 9.776 725 10.501 8.298 2.203 Casanare 1.914 229 2.143 2.046 97 Cauca 2.736 65 2.801 3.402Cesar 6.624 90 6.714 5.148 1.566 Chocó 813 51 864 678 186 Córdoba 7.564 323 7.887 6.468 1.419 Cundinamarca 9.124 - 9.124 7.026 2.098 Guaviare 514 7 521 480 41Huila 3.349 184 3.533 4.092 La Guajira 1.676 18 1.694 1.338 356 Magdalena 699 - 699 606 93 Meta 5.325 356 5.681 4.266 1.415 Nariño 7.457 245 7.702 6.522 1.180 Norte de Santander 7.776 546 8.322 7.086 1.236Putumayo 663 22 685 768 Quindío 3.625 131 3.756 2.988 768 Risaralda 6.404 803 7.207 5.700 1.507 Santa Marta 3.825 177 4.002 3.378 624 Santander 15.786 777 16.563 13.026 3.537 Sucre 4.771 155 4.926 3.690 1.236 Tollma 5.600 357 5.957 5.454 503

Valle del Cauca 23.740 2.382 26.122 24.078 2.044 Vichada 319 53 372 252 120 Y,flill ,lli!l""1ill ~ 3~,Y,~ ~'!! ~J~.Jil, jj¡:).j©_;¡ RESOLUCIÓN NÚMERO 361 DEL 21 DE MARZO DE 2021 Hoja No. 11 Continuación de la resolución "Por la cual se realiza la asignación y distribución de las vacunas contra el COVID - 19 entregadas al Estado colombiano el día 7 de marzo de 2021 por el fabricante Sinovac Ufe Scienses Co., Ltd y el 17 de marzo de 2021 por el fabricante Pfizer /ne y BioNTechn Que de acuerdo a la información reportada al Ministerio de Salud y Protección Social, al 20 de marzo de 2021 los departamentos y distritos que no cuentan con ultracongelador son Buenaventura, Chocó, Cundinamarca, Guaviare, San Andrés y Vichada. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto asignar a los departamentos y distritos del territorio nacional 283.644 dosis de la vacuna CoronaVac del fabricante Sinovac Lile Scienses Co., LT D. recibidas por el Estado colombiano el día 7 de marzo de 2021 y de 100.620 dosis de la vacuna contra el COVID-19 entregadas por el fabricante Pfizer lnc y BloNTech el 17 de marzo de 2021, para continuar con la ejecución del Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19. Artículo 2. Asignación de dosis de CoronaVac para inmunizar a personas de 75 a 79 años de edad (etapa 2). Asignar 283.644 dosis de la vacuna CoronaVac a los

siguientes departamentos y distritos, para inmunizar a personas entre 75 y 79 años de edad: No. DIRECCIOTNE RRITORIADLE S ALUD CantidadD osis 1 DEPARTAMENDTOEA NTIOQUIAS-ECRETARÍSAE CCIONADLE S ALUDY PROTECCIÓSNO CIAL 48,222

2 DEPARTAMENDTOEL A TLÁNTICOS-ECRETARÍDAE S ALUDD EPARTAMENTAL 6.332

DISTRITOES PECIAILN DUSTRIAYL P ORTUARIDOE B ARRANQUILLSAE-CRETARDIAE S ALUD

3 10.624

DISTRITAL

4 DISTRITOC APITADL EB OGOTÁS-ECRETARDIAIS TRITADLE S ALUD 54.202

5 DEPARTAMENDTOEB OLÍVAR-S ECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 6.587

6 DEPARTAMENDTOEB OYACÁ-S ECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTAL 9.706

7 DEPARTAMENDTOEC ALDASD-IRECCIÓTNE RRITORIADLE S ALUDD EC ALDAS 8.830

8 DEPARTAMENDTOEC AQUETÁI-NSTITUTDOE PARTAMENTDAELS ALUD 2.005

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