MINSALUD - Resolución 3779 de 2013
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 3779 de 2013
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2013
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
CC:3779
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 2 4 SET2.0 13
Por la cual se define el monto a pagar a las Entidades Promotoras de Salud -EPS de los Regímenes Contributivo y Subsidiado y a las Entidades Obligadas a Compensar - EOC-, para ajustar la desviación de siniestralidad en la Enfermedad Renal Crónica - ERC EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades reglamentarias, en especial, de las conferidas en el artículo 4 de la Resolución 378 de 2011 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 161 de la Ley 1450 de 2011, facultó a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de la Protección Social, hoy Ministerio de Salud y Protección Social, para adoptar de manera conjunta medidas de ajuste a la desviación de siniestralidad para el alto costo, con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA que financian los Regímenes Contributivo y Subsidiado. Que en ejercicio de dicha facultad, se expidió la Resolución 378 de 2011, la cual adopta un mecanismo complementario que permite calcular, en aplicación de lo previsto en la Resolución 3413 de 2009, modificada por la Resolución 4917 del mismo año, y reconocer la diferencia entre la desviación del riesgo de la Enfermedad Renal Crónica de cada Entidad Promotora de Salud - EPS-y Entidad Obligada a Compensar -EOC-, y el monto efectivamente reconocido y pagado a
través del Convenio de Administración de la Cuenta de Alto Costo. Que para establecer el valor de la diferencia a reconocer y pagar a cada Entidad Promotora de Salud - EPSy Entidad Obligada a Compensar -EOC-, acorde con la metodología contemplada en el artículo 2 de la Resolución 378 de 2011, la Directora Ejecutiva del Convenio de Administración de la Cuenta de Alto Costo, mediante oficio CAC1192, radicado bajo el número 201342301210472 del 14 de Agosto de 2013, remitió a este Ministerio, entre otros asuntos, la base de datos de los pacientes reportados a esa cuenta, medición 30 de junio de 2012, en el marco de la Resolución 4700 de 2008. Que este Ministerio identificó inconsistencias en la información antes referida y solicitó a la Cuenta de Alto Costo, mediante comunicación del 30 de Agosto de 2013, el envío de las justificaciones, procedimientos y certificaciones que permitan explicar las diferencias encontradas, ante lo cual, la Directora Ejecutiva del citado Convenio, certificó nuevamente la referida base de datos, con oficio CAC1208, radicado bajo el número 201334201329152 del 6 de Septiembre de 2013, previa verificación de las variables utilizadas para la aplicación del mecanismo de distribución ERC5 vigencia 2012. 2 4 SET2. 013 13779
RESOLUCIÓN NÚMERO ( ( DE 2013 HOJA No 2 de 3
Continuación de la resolución "Por la cual se define el monto a pagar a las Entidades Promotoras de SaludEPSde los Regímenes Contributivo y Subsidiado y a las Entidades Obligadas a Compensar - EOC-, para
ajustar la desviación de siniestralidad en la Enfermedad Renal Crónica - ERG" Que el 6 de septiembre de 2013, tras confrontar la información recibida, la Dirección de Regulación, Beneficios Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud de este Ministerio, solicitó a la Cuenta de Alto Costo, la expedición del certificado de desviación de siniestralidad. Que la Directora Ejecutiva del Convenio de Administración de la Cuenta de Alto Costo, mediante oficio CAC1211, radicado bajo el número 201334201338552 del 9 de Septiembre de 2013, certificó, entre otros aspectos, el valor de la desviación de la siniestralidad que persiste, luego de la distribución para la vigencia 2012 que realiza la Cuenta de Alto Costo, información que soporta la decisión contenida en la presente resolución. Que según certificación expedida por la Coordinadora del Grupo de Administración Financiera del FOSYGA, el 23 de Septiembre del año en curso, en el presupuesto de gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía para la vigencia 2013, existe apropiación presupuesta! disponible y libre de afectación en los siguientes conceptos: Ajuste Desviación de Siniestralidad para Enfermedades de Alto Costo (Art. 161 Ley 1450/11), Subcuenta de Solidaridad, por valor de $1.670.499.271 y, Ajuste Desviación de Siniestralidad para Enfermedades de Alto Costo (Art. 161 Ley 1450/11) , Subcuenta de Compensación, por valor de $22.824.661.272. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Objeto. Definir los montos a reconocer y pagar a las Entidades Promotoras de Salud -EPSde los Regímenes Contributivo y Subsidiado y a las Entidades Obligadas a Compensar -EOC-, en aplicación del mecanismo complementario de ajuste a la desviación de la siniestralidad de la Enfermedad Renal Crónica, para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2011 y el 30 de junio de 2012. Artículo 2. Montos a reconocer y pagar. Los montos a reconocer y pagar como consecuencia de I? aplicación del mecanismo a que se refiere el artículo anterior,
son los siguientes: CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE ANTIOQUIA "COMFAMA" CCF002 s $ 819.460.099
CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE
CUNDINAMARCA COMFACUNDI-ARS UNICAJAS "COMFACUNDI" CCF053 s $ 214.005.552
CAJA COLOMBIANA DE SUBSIDIO FAMILIARCOLSUBSIDIO CCF101 s $ 222.490.617
FONDO DE PASIVO SOCIAL DE
FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA EAS027 c $ 137.057.625
ALIANSALUD E.P.S EPS001 c $ 261 974.860
SALUD TOTAL SA ENTIDAD PROMOTORA
DE SALUD EPS002 c 140.887.143
CAFESALUD EPS EPS003 c
COMFENALCO VALLE E P.S SALUDCOOP EPS 2 4 SET2. 013
RESOLUCIÓN NÚMERO (
;_·2 ,779
DE 2013 HOJA No 3 de 3
Continuaciónd e la resolución" Porl a cual se define el montoa pagar a tas EntidadesP romotorasd e SaludEPSde los Regímenes Contributivo y Subsidiado y a las Entidades Obligadas a Compensar - EOC-, para ajustar la desviación de siniestralidad en la Enfermedad Renal Crónica - ERGº' HUMANA VIVIR EPS EPS014 c $ 263.174.838
SALUD COLPATRIA E P.S. EPS015 c $ 65.826.436
COOMEVA E.P.S. SA EPS016 c $ 605.087.868
SERVICIO OCCIDENTAL DE SALUD SOS EPS EPS018 c $ 226.140.688
CRUZ BLANCA EPS S.A EPS023 c $ 108.878.637
CAJA DE PREVISION SOCIAL Y SEGURIDAD DEL CASANARECAPRESOCA - E P.S EPS025 s $ 6.835.599
SOLIDARIDAD DE SALUD SOLSALUD
ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL
REGIMEN CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO "SOLSALUD S.A" EPS026 c $ 175.256.352
NUEVA EPS EPS037 c $ 18.480.124. 779
CAPITAL SALUD EPSS34 s $ 407.707.404
TOTAL VALOR A RECONOCER $ 24.495.160.543
Artículo 3. Giro de los recursos. El giro de los valores a las Entidades Promotoras de Salud -EPSde los Regímenes Contributivo y Subsidiado y a las Entidades Obligadas a Compensar -EOCde que trata el artículo 2 de la presente resolución, será efectuado con cargo a los recursos del Presupuesto de Gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, vigencia 2013, Subcuentas de
Compensación y Solidaridad, concepto "Ajuste Desviación de Siniestralidad para Enfermedades de Alto Costo (Art. 161 Ley 1450111)",p or el administrador fiduciario de dicho Fondo. Artículo 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C, 2 4 SET2. 013 JV¡ O GAVIRIA URIBE alud y Protección Socia!ij /