🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINSALUD - Resolución 3881 de 2014

Ministerio de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 3881 de 2014
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2014

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN"f.J~83881 DE 2014 ( 1 1 SEP2 i14

Por la cual se autoriza la operación de compra de cartera con cargo a los recursos de la Subcuenla de Garantías para la Salud del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en los artículos 9 de !a Ley 1608 de 2013, 41 del Decreto-Ley 4107 de 2011 y en el parágrafo 4 del artículo 13 de la Ley 1122 de 2011 y, CONSIDERANDO Que el artículo 41 del Decreto - Ley 4107 de 2011, creó en el Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, la Subcuenta de Garantías para la Salud, con el objeto, entre otros, de generar liquidez a las instituciones del sector salud a fin de garantizar la continuidad en la prestación de servicios de salud, facultando a este Ministerio para reglamentar los términos y condiciones que permitan la administración de dicha Subcuenta. Que el artícuio 9 de la Ley 1608 de 2013, establece que además de los usos contemplados en la precitada disposición, los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud se podrán utilizar de manera directa para la compra de cartera reconocida de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud con Entidades Promotoras de Salud y que este Ministerio reglamentará el procedimiento para implementar lo allí dispuesto. Que mediante la Resolución 3239 de 2013, modificada por la Resolución 889 de 2014,

se reglamentó el procedimiento, los criterios, las condiciones y los plazos que posibiliten la compra directa de cartera de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA y su posterior pago por parte de las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, del Subsidiado y de las Cajas de Compensación Familiar - CCF que administren este último régimen. Que éste Ministerio, a través de las citadas resoluciones, adoptó los formatos "Solicitud de Compra de Cartera", "Formalización Compra de Cartera", "Detalle de la Facturación incluida en la formalización compra de cartera", "pagaré" y "carta de instrucciones", mediante los cuales, las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud y las Entidades Promotoras de Salud - EPS de los regímenes contributivo y subsidiado, solicitan y formalizan la compra de cartera en el marco de lo consagrado en la Ley 1608 de 2013. Que dentro del término establecido en el artículo 6 de la Resolución 3239 de 2013, modificado por la Resolución 5299 del mismo año, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y las Entidades PíOmotoras de Salud incluidas en el artículo 1 de la presen:e resolución, presentaron adecuadamente la solicitud de compra de cartera; adicionalmente, las EPS respectivas determinaron el '.iemoo para la recuperación de los recursos por parte de, FOSYGA 1 1- ·-----.----------------------------------t.1-1 SEP

RESOLUCIÓNNúME00OO3881º11 20142014 HOJA No 1DE~

Continuación de la resolución "Por fa cual se autoriza fa operación de compra de cartera con cargo a los recursos de fa Subcuenta de Garantías para fa Salud del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA' Que la operación de compra de cartera de que trata la presente resolución se soporta en la información consignada en los formatos "Solicitud de Compra de Cartera", "Formalización de Compra de Cartera", "Detalle de la Facturación incluida en la formalización compra de cartera", "pagaré" y "carta de instrucciones", de la Resolución 3239 de 2013, modificada por la Resolución 889 de 2014, diligenciados y suscritos por los respectivos representantes legales y revisores fiscales, así como en los datos de las facturas a incluir en la operación de compra de cartera y a cancelar a los prestadores de servicios de salud. Que consolidada la información anterior. la Dirección de Financiamiento Sectorial de este Ministerio, verificó el cumplimiento de los requisitos previstos en la Resolución 3239 de 2013, modificada por las Resoluciones 5299 de 2013 y 889 y 3029 de 2014, tales como: existencia de la disponibilidad de recursos en la Subcuenta de Garantías para la Salud, que el valor solicitado no supera el diez por ciento (10%) del valor presupuestado para la operación de compra de cartera en la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fosyga; que el saldo total de la compra originada en deudas de una misma EPS del Régimen Subsidiado o Contributivo, incluidas las operaciones de compra de cartera previstas en esta resolución no supera el equivalente al 8% y 10% de

la estimación de las UPC que se le reconocerá en un año, por cada régimen respectivamente, la estimación se establecerá con base en el promedio de los valores reconocidos en los seis meses (6) anteriores a la solicitud. Así mismo, se verificó que cada solicitud contenía la totalidad de los documentos requeridos en la mencionada Resolución 3239 de 2013 y sus modificatorias. Que con base en la verificación anterior, la Dirección de Financiamiento Sectorial emitió el concepto respectivo y el Comité de Análisis y Seguimiento del FOSYGA, en sesión del 22 de agosto de 2014, Acta No. 53, recomendó la aprobación de la compra de cartera de que trata la presente resolución. Que mediante la Resolución 5513 de 2013, este Ministerio aprobó el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA para !a vigencia fiscal 2014, incorporando los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud. Que segun reporte del Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 393, expedido el 8 de septiembre de 2014, existe apropiación disponible y libre de afectación en el presupi,Jesto de gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía para la vigencia 2014, Subcuenta: Garantías para la salud, Concepto: Apoyo y fortalecimiento a las entidades del sector salud - aportes nación, por valor de Treinta y Tres Mil Cuatrocientos Cincuenta y Nueve Millones Trescientos Sesenta Mil Trescientos Ochenta y Un Pesos

($33.459.360.381) M/CTE.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Autorizar la operación de compra de cartera que se detalla a continuación,

con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA, Subcuenta de Garantías para la Salud, concepto "Apoyo fortalecimiento a las Entidades del Sector Salud' por valor de Treinta y Tres Mil Cuatrocientos Cincuenta y Nueve Millones Trescientos Sesenta Mil Trescientos Ochenta y Un Pesos ($33.459.360.381) M/CTE, que afectan el presupuesto de la presente vigencia, así:

RESOLUCIÓN

Ntl"'1~B003881 D E HOJA Noª DE~ Continuación de la resolución "Por la cual se autoriza la operación de compra de cartera con cargo a los recursos de fa Subcuenta de Garantías para fa Salud del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA" ·. . Tlernpo 1 Valor-de,C ómp·ra $Olicl._qtd0,,por Régimen Nombre. 4&.E PS !41TdeEPS Nórfibre de IPS IIITd e IPS d Ae pC ra Qrt ltl lr ia < la . i da Hl, CP US ép Ja \r t:a oé ·dl ~ . . I04r -ecurilOS •.·. . . ·. .· .. .

CONTRIBUTIVO Coomeva EPS 805.000.427 BH OO LS IVP AIT RA 1L 1S N! iM IVO EN L E.S.E 800.196.433 408.801.036 12

ESE HOSPITAL SAN CONTRIBUTIVO Coomeva EPS 805.000.427 VICENTE DE PAUL - 891.401.777 56.330.882 12

SANTUARIO RISARALDA

SUBSIDIADO Coosalud EPS 800.249.241 UH NO IVS EP RIT SA IL T ARIOC ARI ESE 800.253.167 1.001.270.247 12

CONTRIBUTIVO Saludcoop EPS 800.250.119 ME AS RE IH AO HS EP R!T NA AL N J DO ES ZE 891.200.679 604.804.273 12

CONTRIBUTIVO Coomeva EPS 805.000.427 DE ES E D IH OO SS PP EIT NA SL IL S VA AN N IJ AU AN 890.801.719 60.308.773 12

CONTRIBUTIVO Coomeva EPS 805.000.427 DE ES E Q UH lO NS CP HI ÍT AA L NAZARETH 891.401.308 54.531.338 12

HOSPITAL SUBSIDIADO Caprecom EPS 899 999,026 DEPARTAMENTALD E 800.037,021 1.841,364.250 12

GRANADA SUBSIDIADO Caprecom EPS 899.999.026 CE LS AE R H AO SPITAL SANTA 860.020 í88 2.981.105.015 12

HOSPITAL SUBSIDIADO Caprecom EPS 899.999.026 DEPARTAMENTAL DE 892.000.501 2.999.889.883 12

VILLAVICENCIO HOSPITAL / SUBSIDIADO i Caprecom EPS 899.999.026 SD AE BP AA NR AT LA AM RE GN AT AL DE 890.103.127 600.398.460 12

HOSPITAL SUBSIDIADO ' 1 Caprecom EPS 899.999.026 D DE OP MA INR GTA UM EZE N RT OA ML EJ RU OA N D E 802. 009, 766 928. 085 836 12

SOLEDAD E.S.E.

SUBSIDIADO Emdisalud 811.004.055 RE AS FE A H ELO S DP EI T TA UL N S JAA N 891.800 231 1.300.000.000 12 1 CONTRIBUTIVO Coomeva EPS 805,000.427 MU AN GID DA AD L EC NL AIN SIC AA S LA 800.038.024 1.709.126.463 12

CORPORACION CONTRIBUTIVO Coomeva EPS 805.000.427 HOSPITALARIA JUAN 900.210.981 1.512.700.373 12

CIUDAD ~ CON TRIBUTIVO Coomeva EPS 805.000.427 UH NO IVS EP RIT SA IL T ARIO SAN 860.015.536 1.300.321.857 12

IGNAC!O CONTRIBUTIVO Nueva EPS 900.156.264 CLINICA MEDILASER S.A 813.001.952 3.932.278.399 12

SUBSIDIADO Coosalud EPS 800.249.241 DISAMA MEDIC SAS 900.174.577 1.000.482.226 12

SUBSIDIADO Coosalud EPS 800.249.241 LC TL DIN AI CA DE LA COSTA 800.129.856 1.112.771,970 12

CONTRIBUTIVO EPS Famisanar 830.003.564 DC EL AIN SI IC SA SS AA SN FRANCISCO 900.613.550 532.731.358 12

CONTRIBUTIVO EG Po Sld en Group 900.074.992 SC AL SIN ICA SANTA MARIA 800.183.943 59.637.944 12

CONTRIBUTIVO EG Po Sld en Group 900.074.992 NC AL VIN AI RC RA A V A LT S OC AU LAR 800.247.537 55.183.465 12

CONTRIBUTIVO EG Po Sld en Group 900.074.992 ONCOMÉDICAS .A 812.007.194 99.987 .953 12

SUBSIDIADO Cornfacor EPSS 891.080.005 ONCOMÉDICA S.A 812.007.194 1.576.986.244 12 ! i SUBSIDIADC !! E:11ssanarE SS 814.000.337 i CF OAB LOIL MU BL IT AD E A .S - SC .L INICA 900.242. 742 1.104.483.488 12 l SUBSIDIADO 1 1 Caprecom EPS 899.999.026 1', CF OA LB O!L MU B L IAT D EA .S-C SL INICA 900.242.742 1 2. 884. 636. 698 12 \ i1 CONTRIBUT!VO '' '' Nueva EPS 900.155.264 1 1 Q SI AP U S IR S UO RC GIE ICD AA ..D D EII LJ I TE QO LIC .IMO A 1 1 890.703.630 !' 2.049.023.723 1 i 12 IJ

SEP2 0f4>14

RESOLUCIÓNNLNlláil60C3881 DE11 HOJA No íDEí Continuación de la resolución "Por la cual se autoriza la operación de compra de cartera con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA' •· 'rltrnl)O Valor' de Compra S;OliQita'dpoó k: Régimen Nombre de·EPS NITdoEPS Nombre de lPS NITdelPS de Cúrtera ll! EF'Sp aruí Aprobada dé~Uél'lto de ' los -recure:ot

. ·. .

FUNDACIONH OSPITAL SUBSIDIADO Caprecom EPS 899.999.026 860.007.373 562.628.341 12

SAN CARLOS HEROSAN l TOA -CUNICA SUBSIDIADO Caprecom EPS 899.999.026 802.003.697 1.129.489.886 12

SAN .JOAQUIN Artículo 2. El administrador fiduciario de los recursos del FOSYGA, con base en la información reportada por las EPS y los Prestadores de Servicios de Salud, lo dispuesto en esta resolución y previa ordenación de la Dirección de Administración de Fondos, girará directamente los recursos autorizados en esta resolución a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, a la cuenta bancaria registrada previamente. Artículo 3. Este Ministerio a través de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, informará al administrador fiduciario de los recursos del FOSYGA, los valores a descontar a las EPS, de los recursos que a cualquier título les reconozca el FOSYGA o el mecanismo único de recaudo y giro creado en virtud del artículo 31 de la Ley 1438 de 2011. Artículo 4. Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y las Entidades Promotoras de Salud, una vez realizado o recibido el pago o giro de los recursos de que trata la presente resolución, deberán reflejar en su contabilidad los registros contables respectivos, de acuerdo con la naturaleza de la operación. Artículo 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 1 1 SEP2 014

Dada en Bogotá, D.G., a los d.vY:::. EJAND URIBE injstro de alud y Protección Soci~ I

Consultar sobre este documento ...