MINSALUD - Resolución 4119 de 2018
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 4119 de 2018
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2018
REPÚBLICAD EC OLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN ÑÚMI~~ 119DE 2018 ( 2 7 SEP2 018 ) Por la cual se modifica la Resolución 3778 de 2011 LA VICEMINISTRA DE PROTECCIÓN SOCIAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por los numerales 2 y 8 del articulo 2 del Decreto - Ley 4107 de 2011 y el articulo 32 de la Ley 1438 de 2011,y CONSIDERANDO Que la Resolución 3778 de 2011, determina los puntos de corte de los niveles 1 y 2 del instrumento de focalización Sisbén Metodología 111p, ara la asignación de los subsidios en salud en las entidades territoriales del orden municipal, dlstrital y departamental, cumpliendo así, con la política de universalización del aseguramiento para la población pobre y vulnerable residente en el territorio. Que el articulo 165 de la Ley 1753 de 2015, modificatorio del articulo 48 de la Ley 715 de 2001, establece que el Departamento Nacional de Planeación (DNP) debe definir cada tres años los criterios para la determinación, identificación y selección de beneficiarios de los programas sociales, mediante la actualización del instrumento de focalización Sisbén. Que el Documento CONPES 3877 de 2016, propone la construcción de una herramienta consistente y de mayor calidad, que refleje la dinámica de la situación socioeconómica de la población a efecto de que ofrezca a las entidades nacionales y
territoriales insumos funcionales para la identificación de la población beneficiaria de los programas sociales y la formulación de la política pública, para lo cual el Departamento Nacional de Planeación implementará la nueva versión del Sisbén, (Sisbén IV). Que la recolección de la información del Sisbén IV se está adelantando mediante un operativo de barrido en todo el país entre los años 2017 y 2019 realizando un proceso de actualización de la información ya registrada en la base, lo que permitirá entregar al país los puntajes de Sisbén 11a1c tualizados previa la implementación del Sisbén IV. Que, este Ministerio en atención a la garantía del acceso efectivo a los servicios de salud, según lo establecido en los artículos 153 numeral 3.4 de la Ley 100 de 1993, modificado por el articulo 3º de la Ley 1438 de 2011, y considerando que los resultados de la información actualizada de la base Sisbén 111e, n la etapa de barrido 2017/2019, determina para los afiliados al Régimen Subsidiado superar los puntos de corte para el nivel 1 y 2, establecidos en la Resolución 3778 de 2011, se hace necesario garantizar en el marco de la Ley 1751 de 2015, la continuidad en el aseguramiento, a efecto de cumplir con el principio de universalización pilar a mantener y garantizar de conformidad con la dinámica propia del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS-.
JGOC4119 7 SEP2 018 1.
RESOLUCIÓN NÚMERO DE201B2 HOJA No Continuaciónd e la resolución "Por la cual se modifica la Resolución 3778 de 2011"
En mérito de lo expuesto RESUELVE: Artículo 1. Modificar el articulo 1' de la Resolución 3778 del 30 de agosto de 2011 adicionando los siguientes parágrafos, así: "Parágrafo 2º. Los afiliados al Régimen Subsidiado que superen los puntos de corte establecidos en el presente artículo, con ocasión del resultado obtenido en la actualización del puntaje Sisbén Metodología fil, hasta tanto se finalice el barrido del Sisbén IV continuarán afiliados a dicho régimen, sin perjuicio de que las entidades territoriales, en el marco de sus competencias, continúen ejecutando las acciones de verificación y depuración de los beneficiarios del Régimen Subsidiado, en relación con circunstancias diferentes a las aquí señaladas". Parágrafo 3º. Las personas cuyo puntaje actualizado del Sisbén Metodología 111 les determine como posibles beneficiarios del subsidio en salud, podrán afiliarse al Régimen Subsidiado. Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el articulo 1 de la Resolución 3778 de 2011. PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, o.e. a los, 2 7 SEP2 018 r¡ ~ - (-•- DIANA ISABEL CÁRDENAS GAMBOA Viceministra de Protección Social encargada de las funciones del Despacho del Ministro Salud y Protección Social