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MINSALUD - Resolución 4285 de 2015

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 4285 de 2015
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2015

REPÚBLICAD E COLOMBIA it~f-----------~ r------------ \,_ • J ' V •

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

00004285 RESOLUCIÓN NÚMERO~~ DE 2015 ( ·2 1 OCT2 015 > Por la cual se establecen los anexos técnicos para el reporte de la información por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 112 de la Ley 1438 de 2011 y en desarrollo del artículo 12 del Decreto 3615 de 2005, modificado por el artículo 3 del Decreto 2172 de 2009 y, CONSIDERANDO Que la Ley 100 de 1993 establece en el parágrafo del artículo 15 y en el parágrafo del artículo 157 que la afiliación tanto al Sistema General de Pensiones como al de Seguridad Social en Salud podrá ser individual o colectiva y en éste caso realizarse a través de empresas, agremiaciones, asociaciones de acuerdo a la reglamentación que para el efecto se expida. Que en desarrollo de las citadas disposiciones fue expedido el Decreto 3615 de 2005, modificado por los Decretos 2313 de 2006, 2172 de 2009 y 692 de 201 O, que reglamenta la afiliación de los trabajadores independientes de manera colectiva al Sistema de Seguridad Social Integral. Que de acuerdo con lo contemplado en el articulo 12 ibídem, las asociaciones,

agremiaciones, comunidades y congregaciones religiosas autorizadas para afiliar colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral, están obligadas a suministrar trimestralmente la relación actualizada de afiliados y la certificación que acredite que se mantiene la reserva especial de garantía, bien sea que esté constituida mediante póliza o a través de cuenta bancaria. Que los artículos 112, 114 y 116 de la Ley 1438 de 2011, establecieron que este Ministerio articulará el manejo y será responsable de la administración de la información del Sistema de la Protección Social, a través del Sistema Integrado de Información de la Protección Social (SISPRO) y que los agentes del Sistema están obligados a proveer la información solicitada de forma confiable, oportuna y clara dentro de los plazos establecidos, so pena de ser reportadas ante las autoridades competentes para la aplicación de las sanciones correspondientes. Que el Ministerio como ente rector del Sector Salud y Protección Social, responsable del control de la operación de la afiliación colectiva a través de asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas y en ejercicio de la facultad reglamentaria contenida en el +-------.,.,..-------------------------'1. 1i~ '. RESOLUCIÓN NÚMERO.,"'0 0 !) Ü 4 2 8 5 DE 2015 Página 2 ·2 1 OCT2 015 Continuación de la Resolución "Por la cual se establecen los anexos técnicos para el reporte de la información por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral" numeral 7 del artículo 173 de la ley 100 de 1993, requiere contar con información

adicional relacionada con las organizaciones autorizadas. Que se hace necesario establecer directrices que estandaricen la forma y los periodos en los cuales deben presentar la información trimestral, a través de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social -SISPRO, con el fin de facilitar su procesamiento y el análisis de la información. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. La presente resolución tiene por objeto adoptar los anexos técnicos para el reporte de la información trimestral por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral. Artículo 2. Reporte y validación de información. Este Ministerio dispondrá de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social - SISPRO, para que las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas autorizadas para afiliar colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral, reporten la información trimestral solicitada conforme los anexos técnicos 1 y 2 de la presente resolución, los cuales hacen parte integral de la misma. Artículo 3. Periodicidad y plazo de presentación. La información solicitada se debe reportar trimestralmente, con corte a marzo 31, junio 30, septiembre 30 y diciembre 31 de cada año y se reportará dentro de los 15 días calendario del mes siguiente a la fecha de corte. El Registro Tipo 5 "Registro del detalle de aportes y afiliaciones discriminado por mes dentro del trimestre" contenido en el anexo técnico 1, deberá reportarse

discriminando cada uno de los meses correspondientes al respectivo periodo de corte. Parágrafo 1. La información con las especificaciones y estructura de datos señalada en la presente resolución, deberá ser presentada de manera obligatoria a partir del corte correspondiente a septiembre 30 de 2015, periodo que deberá reportarse a más tardar el 15 de diciembre de 2015. Para tales efectos se habilitará la plataforma a partir del 1 de noviembre del presente año. Parágrafo 2. En el evento en que la entidad reportante no se haya registrado en el SISPROSistema Integral de Información de la Protección Social, deberá hacerlo y realizar la solicitud de los usuarios correspondientes a partir del 1 de noviembre de 2015. Artículo 4. Verificación de documentos. La Dirección de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones de este Ministerio, validará la información ingresada por PISIS, revisará y verificará que los documentos anexos del informe trimestral estén completos y vigentes. Artículo 5. Incumplimiento en el reporte de información. La falta de presentación de la información aquí requerida o las inconsistencias en la misma, darán lugar a la solicitud de explicaciones a las organizaciones obligadas a reportar, para lo cual éstas contarán con un término máximo de quince (15) días hábiles a partir del recibo de la comunicación para aportar las pruebas o explicaciones que considere pertinentes. 000 04285 •. RESOLUCIÓN NÚMERQ,,~ DE 2015 Página 3 ·2 1 OCT2 015 Continuaciónd e la Resolución" Por la cual se establecenl os anexos técnicosp ara el reported e la información

por parte de las asociacionesa, gremiacionesy comunidadesr eligiosasq ue afilian colectivamentea sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral" Con fundamento en lo anterior se determinará si la entidad se encuentra incursa en alguna de las causales que dan lugar a la cancelación de la autorización de conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Decreto 3615 de 2005, decisión que se adoptará mediante acto administrativo motivado. Artículo 6. Responsabilidad y tratamiento de la información. Las asociaciones, agremiaciones y congregaciones religiosas que participen en el reporte, flujo y consolidación de la información, serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos y demás aspectos relacionados con el tratamiento de la información, que le sea aplicable en el marco de las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014, el Decreto 1377 de 2013 y las normas que las modifiquen, reglamenten o sustituyan, en virtud de lo cual se hacen responsables de la privacidad, seguridad, confidencialidad y veracidad de la información suministrada, sobre los datos a los cuales tienen acceso. Artículo 7. Soporte y asistencia técnica. Con el propósito de brindar asesoría y asistencia técnica, el Ministerio dispone de la Mesa de Ayuda de PISIS, cuyo detalle de operación se especifica en el anexo de la presente resolución. Artículo 8. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. ·2 1 OCT2 015 Dada en Bogotá, D. C., a los,

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE f

JO ~IRIA URIBE Q. e ~d y Protección Social '. RESOLUCIÓN NÚMERO..QQ üt) 04285 DE 2015 Página 4

, 1 OCT 1 r--------------------..:........;;..;;.;.....1;¡,~"---------- Continuación de la Resolución "Por la cual se establecen los anexos técnicos para el reporte de la información por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral"

ANEXO TÉCNICO 1

INFORMACION GENERAL Las entidades obligadas a reportar deben enviar a este Ministerio los archivos planos con la "Relación actualizada de afiliados" y "certificación expedida por el revisor fiscal, contador o representante legal, que acredite que mantiene la reseNa especial de garantía mfnima", conforme a los siguientes cuatro capítulos:

1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS.

2. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS.

3. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS.

4. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO.

1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS

a. Estructura y especificación del nombre del archivo. El nombre de los archivos de la información de afiliados que debe ser enviada por las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas autorizadas, debe cumplir con el siguiente estándar: Componente Valores Longitud del nombre permitidos o Descripción Requerido fija de archivo formato Módulo de ACO Identificador del módulo de , 3 SI información información ACO: Afiliaciones Colectivas Tipo de fuente 240 Fuente de la información: 3 SI 245 240 Congregaciones religiosas con 100 o menos miembros afiliados colectivamente. 245 Congregaciones religiosas que

cuentan con 101 o más miembros afiliados colectivamente y asociaciones y agremiaciones autorizadas para la afiliación colectiva de sus trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social lnteqral. Tema de RACO Información de listado de 4 SI información afiliados 8 •. RESOLUCIÓN NÚMERO_ u,.- -r·.. ,' ) u~- / 2 ~ DE 2015 Página 5

U I k~Q 'j: V 1 OCT0 15

Continuación de la Resolución "Por la cual se establecen los anexes técnicos para el reporte de la información por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral" Componente Valores Longitud del nombre permitidos o Descripción Requerido fija de archivo formato Fecha de corte AAAAMMDD Fecha de corte de la 8 SI información reportada. Es el último día calendario del período de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador.

Ejemplo de fecha válida: 20150930

Tipo de NI Tipo de identificación de la 2 SI identificación entidad re portadora de la de la entidad información. re portadora - Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT. Número de 999999999999 Número de identificación de la 12 SI identificación entidad que envía los archivos, de la entidad de acuerdo con el tipo de reportadora identificación del campo anterior: - Número de Nit sin incluir el dígito de verificación. Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar

el tamaño del campo.

Ejemplo: 000860999123

Extensión del .txt Extensión del archivo plano. 4 SI archivo Si es un archivo olano .txt NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de Archivo Nombre de Archivo Longitud Reporte de informaciór 36 ACO240RACOAAAAMMDDNl999999999999.txt trimestral de afiliacionei ACO245RACOAAAAMMDDNl999999999999.txt colectivas '. RESOLUCIÓN NÚMERC.:. u fl'' )fi/ 28,.. DE 2015 Página 6 .. di ,':t ;:> ·21 OCT2 015 Continuación de la Resolución "Por la cual se establecen los anexos técnicos para el reporte de la información por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral" b. Contenido del archivo. El archivo de la información trimestral de afiliaciones colectivas está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios tipos de registros de detalle numerados a partir del Registro Tipo 2 que contienen la información solicitada así: Registro Descripción Reporte Tipo 1 Registro de control Obliaatorio Tipo 2 Registro de detalle de los datos generales de la Obligatorio entidad Tipo 3 Registro de detalle de los datos del representante Obligatorio legal, contador o revisor fiscal que certifica la reserva especial de aarantía mínima. Tipo4 Registro del listado de afiliados activos durante el Obligatorio trimestre Tipo 5 Registro del detalle de aportes y afiliaciones Obligatorio discriminado por mes dentro del trimestre. Tipo 6 Registro de detalle de la reserva especial de garantía Obligatorio

mínima. Cada registro está conformado por campos, los cuales van separados por pipe (I} b.1. REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. o "C CII :::, "C o "C .t: m c... .o e ·¡: No. Nombre del campo e e, : ·E - E 1Valores permitidos C : C::I ",I o-~ CJ CII ..J E o:: o Tipo de registro 1 N 1: valor que significa que el registro SI es de control 1 Tipo de Identificación de 2 A Tipo de identificación de la entidad SI la entidad que reporta reportadora de la información.

Se debe especificar: NI correspondiente al tipo de identificación NIT. 2 Número de identificación 12 N Número de identificación de la entidad SI de la entidad que reporta que envía los archivos, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior. - Número de Nit sin incluir el dígito de verificación.

EiemPlo: 860999123 3 Fecha inicial del período 10 F En formato AAAA-MM-DD. Debe SI de la información corresponder a la fecha de inicio del reportada período de información reportada.

Ejemplo de fecha válida: 2015-07-01 ~ RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2015 Página 7

-·· 00004285 OCT2 015 Continuación de la Resolución "Por la cual se establecen los anexos técnicos para el reporte de la información por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral" o "C CI) ::, "C o c. g " ·C .: :

No. Nombre del campo - e e~ , · -Eftl E "' ¡:: Valores permitidos C : r: :I ,) : r o-~ (,) CI) -' E e:: 4 Fecha final del período 10 F En formato AAAA-MM-DD. Debe SI de la información corresponder a la fecha final del reportada periodo de información reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. Último día calendario del mes o periodo que se está reportando.

Ejemplo de fecha válida: 2015-09-30 5 Número total de registros 10 N Debe corresponder a la cantidad de SI de detalle contenidos en registros de detalle, contenidos en el el archivo archivo. Si existen más registros será la suma de todos los reaistros. b.2 REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE DE LOS DATOS GENERALES DE LA

ENTIDAD.

Mediante el registro tipo 2, las entidades reportan el detalle de la información de los datos generales de la entidad. Se debe reportar un solo registro tipo 2 en el archivo. :r o "·Cª ' ·t. .i : , : No. Nombre del campo ¡ Valores permitidos Ol ·' o :.:,, ·¡" r::r .e .o .J · ¡c :. : a: o Tipo de registro 1 N 2: valor que significa que el registro de SI detalle es tioo 2 1 Consecutivo de registro 10 N Número consecutivo de registro de detalle SI dentro del archivo. Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. 2 Tipo de entidad 1 N 1: Agremiación SI 2: Asociación 3: Comunidad reliaiosa

3 Tipo de identificación de la 2 A Tipo de identificación de la entidad SI entidad que reporta reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tioo de identificación NIT 4 Número de identificación 12 N Número de identificación de la entidad que SI de la entidad reporta la información, sin dígito de verificación.

Eiemolo: 860999123 5 Dígito de verificación 1 N 0-9 SI 6 Código del municipio de la 5 A Tabla División Político Administrativa de SI sede principal de la entidad Colombia DIVIPOLA del DANE. Los dos (2) primeros dígitos corresponden a departamento y los tres (3) siguientes a municioio. •. RESOLUCIÓN NÚMER9,~ tJ( ¡ tJü 4 2 8 5 DE 2015 Página 8 1 OCT2 015

-?. Continuación de la Resolución "Por la cual se establecen los anexos técnicos para el reporte de la información por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral" :f o 'C 'C. , ·;: No. Nombre del campo ' "ª '·e - Valores permitidos :. .::, ,, . e: )( o o•(!! a. _, E ¡:: et: 7 Razón social de la entidad 200 A Corresponde al nombre o razón de la SI entidad 8 Número de teléfono de la 22 A Número de teléfono de la entidad SI entidad 9 Dirección 200 A Dirección de la entidad SI 10 Correo electrónico 101 A Correo electrónico de la entidad SI 11 Actividad económica 4 N Código CIIU del DANE vigente. SI 12 Número de afiliados 8 N Número total de personas afiliadas a algún SI

componente de la seguridad social integral por parte de la entidad durante el periodo de reporte. Este dato debe coincidir con la cantidad de registros de detalle tipo 4. 13 Resolución de autorización 8 N Número de la resolución mediante la cual se SI afiliación colectiva autorizó a la entidad para la afiliación colectiva. 14 Fecha de la resolución de 10 F En formato AAAA-MM-DD. Ejemplo de SI autorización para la fecha válida: 2015-03-31 afiliación colectiva 15 Tipo de identificación del 2 A CC: Cédula de ciudadanía SI representante legal CE: Cédula de extranjería CD: Carnet diplomático PA: Pasaporte 16 Número de identificación 16 A SI del representante leQal 17 Primer apellido del 60 A Para los nombres y apellidos compuestos, SI representante legal se tomará como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, 18 Segundo apellido del 60 A NO igualmente para el caso de los apellidos representante legal compuestos. Ej: Julio Alvaro Andrés Melina del Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ALVARO ANDRES, 19 Primer nombre del 60 A SI Primer apellido: MOLINA, segundo apellido representante legal DEL CASTILLO. 20 Segundo nombre del 60 A Cuando una persona no tiene segundo NO representante legal nombre o segundo apellido se reportará vacío en estos atributos. Se utilizara Ia abreviatura "VDA" para los segundo aoellidos aue utilizan la Palabra VIUDA (Ol. 21 Código del municipio de 5 A Tabla División Político Administrativa de SI ubicación del Colombia DIVIPOLA del DANE. Los dos (2)

representante legal primeros dígitos corresponden a departamento y los tres (3) siguientes a municipio. 22 Dirección del 200 A SI representante leQal 00004285 •• RESOLUCIÓN NÚMER.0• DE 2015 Página 9 ? 1 OCT2 015 Continuación de la Resolución "Por la cual se establecen los anexos técnicos para el reporte de la información por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral" :f o ''0 ª ' ·0 ¡: No. Nombre del campo e Valores permitidos (1) g,_·¡- o r:: ;, ; .o .J · ¡0 :. : e(1,) : 23 Número telefónico de 22 A SI contacto del representante lecial 24 Correo electrónico del 101 A SI representante lecial 25 Valor activo 20 N Valor de los activos de la entidad según los SI estados financieros reportados conforme a las directrices del Anexo Técnico 2 Capítulo 1 Literal a. En números enteros positivos, sin decimales, sin separador de miles 26 Valor pasivo 20 N Valor de los pasivos de la entidad según los SI estados financieros reportados conforme a las directrices del Anexo Técnico 2 Capítulo 1 Literal a. En números enteros positivos, sin decimales, sin separador de miles 27 Valor patrimonio 20 N Valor del patrimonio de la entidad según los SI estados financieros reportados conforme a las directrices del Anexo Técnico 2 Capítulo 1 Literal a. En números enteros positivos, sin decimales, sin separador de miles 28 Valor patrimonio sin incluir 20 N Valor del patrimonio de la entidad sin incluir SI

reserva especial de reserva, según los estados financieros garantla mínima reportados conforme a las directrices del Anexo Técnico 2 Capítulo 1 Literal a. En números enteros positivos, sin decimales, sin separador de miles 29 Valor reserva especial de 20 N Valor de la reserva de la entidad según los SI garantía mínima estados financieros reportados conforme a las directrices del Anexo Técnico 2 Capítulo 1 Literal a. En números enteros positivos, sin decimales, sin separador de miles 30 Código contable de la 8 N Código correspondiente al Plan Unico de SI reserva especial de Cuentas -PUC. Ejemplo: 3310: Reservas garantía mínima estatutarias. 31 Número de miembros 8 N En caso que no haya tenido miembros SI nuevos de la entidad que nuevos afiliados colectivamente al Sistema se afiliaron colectivamente General de Seguridad Social en Salud al Sistema General de durante ese periodo de reporte diligenciar Seguridad Social en Salud con O. durante el periodo de reporte.

RESOLUCIÓN NÚMEf39 !Jf¡!)fl4285 DE 2015 Página 10 ·21 OCT2 015

Continuación de la Resolución "Por la cual se establecen los anexos técnicos para el reporte de la información por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral" ,, ,, ~ o ~::,e « ·.:: No. Nombre del campo gi:¡ oValores permitidos Q ::) , r;; o' ¡Q .. : : oQ): : ...J 32 Número de miembros 8 N En caso que no haya tenido miembros SI nuevos de la entidad que nuevos afiliados colectivamente al Sistema

se afiliaron colectivamente de General de Pensiones durante ese al Sistema General de periodo de reporte diligenciar con O. Pensiones durante el ceriodo de recorte. 33 Número de miembros 8 N En caso que no haya tenido miembros SI nuevos de la entidad que nuevos afiliados al Sistema General de se afiliaron colectivamente Riesgos Laborales durante ese periodo de al Sistema General de reporte diligenciar con O. Riesgos Laborales durante el ceriodo de recorte. 34 Número de miembros 8 N En caso que no haya tenido miembros SI nuevos de la entidad que nuevos afiliados a Caja de Compensación se afiliaron colectivamente Familiar durante ese periodo de reporte a Caja de Compensación diligenciar con O. Familiar - CCF durante el ceriodo de recorte. 35 Número de miembros de la 8 N En caso que no haya tenido miembros de la SI entidad retirados del entidad retirados del Sistema General de Sistema General de Seguridad Social en Salud durante ese Seguridad Social en Salud periodo de reporte diligenciar con O. durante el periodo de recorte. 36 Número de miembros de la 8 N En caso que no haya tenido miembros de la SI entidad retirados del entidad retirados del Sistema General de Sistema General de Pensiones durante ese periodo de reporte Pensiones durante el diligenciar con O. ceriodo de recorte. 37 Número de miembros de la 8 N En caso que no haya tenido miembros de la SI entidad retirados del entidad retirados del Sistema General de Sistema General de Riesgos Laborales durante ese periodo de Riesgos Laborales durante reporte diligenciar con O. el ceriodo de recorte. 38 Número de miembros de la 8 N En caso que no haya tenido miembros de la SI

entidad retirados de Caja entidad retirados de Caja de Compensación de Compensación Familiar Familiar - CCF durante ese periodo de - CCF durante el periodo reporte diligenciar con O. de recorte. 39 Número total de miembros 8 N Este valor debe ser mayor a cero. SI de la entidad afiliados colectivamente al Sistema General de Seguridad Social en Salud a la fecha de corte del periodo de recorte. •. RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2015 Página 11 -~" úüO 04285 ·21 OCT2 015 Continuaciódne la Resolución"P orl a cual se establecenlo s anexost écnicosp arae l reported e la información por parted e las asociacionesa,g remiacioneys comunidaderse ligiosasq ue afilian colectivamentae sus miembrosa l Sistemad e SeguridadS ocialI ntegral" . " ~ o ". , :, ·¡: No. Nombre del campo :o: E Valores permitidos g o·> :¡- o c. : c., r, .J ¡:: o: 40 Número total de miembros 8 N Este valor debe ser mayor a cero. SI de la entidad afiliados colectivamente al Sistema General de Pensiones a la fecha de corte del periodo de recorte. 41 Número total de miembros 8 N Este valor debe ser mayor o igual a cero. SI de la entidad afiliados colectivamente al Sistema General de Riesgos Laborales a la fecha de corte del periodo de reoorte. 42 Número total de miembros 8 N Este valor debe ser mayor o igual a cero. SI de la entidad afiliados colectivamente a Caja de

Compensación FamiliarCCF a la fecha de corte del ceriodo de recorte. - b.3 REGISTRO TIPO 3 REGISTRO DE DETALLE DE LOS DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL, CONTADOR O REVISOR FISCAL QUE CERTIFICA LA RESERVA ESPECIAL DE GARANTÍA MÍNIMA Mediante el Registro Tipo 3, las entidades reportan el detalle de la información de los datos del Representante Legal, Contador o Revisor Fiscal que certifica la reserva especial de garantía mínima. Se debe reportar un solo registro tipo 3 en el archivo. ., -g o 'C o ". , - .. c. o ·¡: ·¡;, E E c.

No. Nombre del campo e: ·- m ¡:: Valores permitidos :., , cr

º-~ (.) .J E o: o Tipo de registro 1 N 3: valor que significa que el registro de SI detalle es tipo 3 1 Consecutivo de registro 10 N Número consecutivo de registro de SI detalle dentro del archivo. Continua la numeración en el siguiente registro de detalle y sigue incrementando de 1 en 1 2 Tipo de persona que certifica 1 N 1: Representante legal SI la reserva especial de 2: Revisoría fiscal aarantía mínima. 3: Contador 3 Tipo de identificación 2 A NI: NIT SI CC: Cédula de ciudadanla CE: Cédula de extraniería RESOLUCIÓN NÚME'1P r)f¡!)f)4285 DE 2015 Página 12 ? 1 OCT2 015 Continuación de la Resolución "Por la cual se establecen los anexos técnicos para el reporte de la información por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente a sus

miembros al Sistema de Seguridad Social Integral" -g ' C11 ) o ,o :, ..... c. o ·:: ·5, E E c. 11) No. Nombre del campo e: ·- ¡.= Valores permitidos ::, .o ..- ,~ E (( .Q J eC 11:' ) : 4 Número de identificación 16 N Número de identificación de la SI persona natural o jurídica que certifica la reserva especial de garantía mínima, sin dígito de verificación.

Eiemolo: 860999123 5 Dígito de verificación 1 N 0-9 NO 6 Razón social 200 A Obligatorio cuando quien certifica la NO reserva especial de garantía mínima es una oersona jurídica. 7 Primer apellido 60 A Estos campos son obligatorios SI cuando quien certifica la reserva especial de garantía mínima es una persona natural.

Para los nombres y apellidos compuestos, se tomará como primer 8 Segundo apellido 60 A nombre el primer nombre del nombre NO compuesto y como segundo nombre el complemento, igualmente para el caso de los apellidos compuestos. Ej: 9 Primer nombre 60 A Julio Alvaro Andrés Molina del SI Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ALVARO ANDRES, Primer apellido: MOLINA, segundo apellido DEL CASTILLO. Cuando una persona no tiene segundo nombre o segundo apellido se 10 Segundo nombre 60 A NO reportará vacío en estos atributos. Se utilizara la abreviatura "VDA" para los segundo apellidos que utilizan la oalabra VIUDA /0). 11 Tarjeta profesional 20 A Tarjeta profesional del contador o NO revisor fiscal. ... 12 Ubicación municipio 5 A Departamento y munic1p10 de SI contacto de la persona que certifica la

reserva especial de garantía mínima. De acuerdo a la DIVIPOLA del DANE 13 Dirección 200 A Dirección de contacto de la persona SI que certifica la reserva especial de aarantía mínima. 1 14 Número de teléfono de 22 A Teléfono de contacto de la persona SI contacto que certifica la reserva especial de aarantía mínima. 1 15 Correo electrónico 101 A Cuenta de correo de la persona que SI certifica la reserva especial de aarantia mínima. •• RESOLUCIÓN NÚMER9 .~ ,,.,) ¡··/ ? SS DE 2015 Página 13 ~• Udl )'± ... ·2 1 OCT2 015 Continuación de la Resolución "Por la cual se establecen los anexos técnicos para el reporte de la información por parte de las asociaciones, agremiaciones y comunidades religiosas que afilian colectivamente a sus miembros al Sistema de Seguridad Social Integral" b.4 REGISTRO TIPO 4 - REGISTRO DEL LISTADO DE AFILIADOS ACTIVOS DURANTE EL TRIMESTRE Mediante el Registro Tipo 4, las entidades reportan el detalle de la información de los afiliados. Se debe reportar un registro tipo 4 por cada persona que estuvo afiliada en algún momento del trimestre, por lo cual el tipo y número de identificación de la persona no deben repetirse en este tipo de registro. .; ,, -g o "C o ., - .. c. o ·¡: ·¡;, E E c. No. Nombre del campo eo• -)( uca ¡:: Valores permitidos : O.:, ", ..J .,. o: E o Tipo de registro 1 N 4: Valor que significa que el registro SI de detalle es tipo 4

1 Consecutivo de registro 10 N Número consecutivo de registro de SI detalle dentro del archivo. Continúa la numeración en el siguiente registro de detalle y sigue incrementando de 1 en 1. 2 Tipo de documento de 2 A CC: Cédula de ciudadanía SI identificación del afiliado CE: Cédula de extranjería TI: Tarjeta de identidad CD: Carnet diplomático PA: Pasaporte 3 Número de identificación del 16 A Número de identificación de acuerdo SI afiliado al tipo de documento anterior. 4 Primer apellido del afiliado 60 A Para los nombres y apellidos SI compuestos, se tomará como primer nombre el primer nombre del nombre compuesto y como segundo nombre el complemento, igualmente para el 5 Segundo apellido del afiliado 60 A NO caso de_lo s apellidos compuestos. Ej: Julio Alvaro Andrés Molina del Castillo. Primer nombre: JULIO, segundo nombre: ALVARO 6 Primer nombre del afiliado 60 A ANDRES, Primer apellido: MOLINA, SI segundo apellido: DEL CASTILLO. Cuando una persona no tiene segundo nombre o segundo apellido se reportará vacío en estos atributos. 7 Segundo nombre del afiliado 60 A NO Se utilizara la abreviatura "VDA" para los segundo apellidos que utilizan la palabra VIUDA (O). 8 Fecha de nacimiento del 10

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