MINSALUD - Resolución 4453 de 2015
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 4453 de 2015
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2015
REPUBLICAD E COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL ,'±,_ 5;, 3
RESOLUCIÓN°N úlVAf~d DE 2015 ·2 8 OCT2 0\5
1 Por la cual se adoptan disposiciones en relación con la compra directa de cartera ordinaria EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el artículo 41 del Decreto - Ley 4107 de 2011, el parágrafo del artículo 9 de la Ley 1608 de 2013 y en desarrollo del parágrafo 4 del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007 y, CONSIDERANDO Que los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud, creada mediante el artículo 41 del Decreto - Ley 4107, se pueden utilizar para adelantar desde dicha Subcuenta, de manera directa, compra de cartera reconocida de Instituciones Prestadora de Servicios de Salud -1P S con Entidades Promotoras de Salud -EPS o Cajas de Compensación Familiar - CCF que administren el Programa de Régimen Subsidiado en Salud, conforme con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 1608 de 2013. Que mediante la Resolución 3239 de 2013 modificada por las Resoluciones 5299 de 2013, 889, 3029 y 5376 de 2014, se reglamentó el procedimiento, los criterios, las condiciones y los plazos para la compra directa de cartera a las IPS, con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del FOSYGA, para su posterior pago por parte de las .EPS y las CCF que administren el Programa de Régimen
Subsidiado en Salud. Que la disponibilidad de recursos presupuestados en la Subcuenta de Garantías para la Salud del FOSYGA, para la operación ordinaria de compra de cartera del mes de octubre de 2015, fue hasta la suma de diez mil millones de pesos ($10.000.000.000.oo) mlcte. Que para la mencionada compra directa de cartera, se recibieron ciento ocho (108) solicitudes por valor de $58.647.125.222, de las cuales, veintisiete (27) solicitudes con IPS Privadas por valor de $26.416.082.488 fueron devueltas dada la limitación de recursos en la Subcuenta de Garantías para la Salud que impiden garantizar el pago de las mismas, en lo que resta de la vigencia fiscal 2015; diez (1O ) solicitudes con IPS . públicas no cumplieron los criterios establecidos en la normatividad, de las cuales seis (6) el incumplimiento fue de la EPS. Que de setenta y una (71) solicitudes que cumplieron con los parámetros previstos para la operación conforme con el documento elaborado por la Dirección de Financiamiento Sectorial de este Ministerio, se realizó la compra directa de cartera ordinaria del mes de octubre de 2015 por valor de $9.956.418.844 entre cuatro (4) EPS y treinta (30) IPS, autorizándose treinta y dos (32) solicitudes y quedando treinta y nueve (39) aplazadas para la operación de compra de cartera del mes de noviembre de 2015. Que con el total de las solicitudes que quedan aplazadas para hacer efectivas en el mes de noviembre de 2015, se cubre la totalidad de los recursos disponibles en la Subcuenta
de Garantías para la Salud para la operación del mencionado mes. • ·2 8 OCT2 015 li 4 4 5 3 .f .f RESOLUCIÓN N ÚMER'OfJ DE 2015 HOJA No de Continuación de la resolución "Por la cual adoptan disposiciones en relación con la compra directa de cartera ordinaria" Que el Comité de Análisis y Seguimiento a los recursos de los Fondos de la Protección Social, en Sesión 080 de 21 de octubre de 2015, recomendó cerrar la radicación hasta el mes de diciembre de 2015 dado el agotamiento de los recursos para atender las solicitudes de compra de cartera. Que en el anterior contexto, se hace necesario adoptar medidas y diseñar políticas en pro de la recuperación financiera de las IPS, para así evitar la afectación en la prestación de los servicios en salud a los usuarios y suspender la radicación para la compra de cartera ordinaria en el mes de noviembre de 2015. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Suspender por el mes de noviembre de 2015, la radicación de nuevas solicitudes de compra de cartera ordinaria, con el fin de atender las solicitudes de compra de cartera ordinaria que quedaron aplazadas y que cumplen con los requisitos para acceder a dicha medida. Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e.,a los 28 OCT2 015
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