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MINSALUD - Resolucion 453 de 2025

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolucion 453 de 2025
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2025

República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 19 MAR 2025( ) Por la cual se modifica la Resolución 1382 de 2021

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

CONSIDERANDO Que el artículo 42 de la Ley 715 de 2001 asigna a la Nación, la dirección del Sector Salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en el territorio nacional, de acuerdo con la diversidad regional y el ejercicio de sus competencias, dentro de las cuales se encuentra la de impulsar, coordinar y evaluar programas, planes y proyectos de inversión en materia de salud, con recursos diferentes a los del Sistema General de Participaciones. En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el literal e) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el numeral 42.2 de la Ley 715 de 2001, en desarrollo de la Resolución 737 de 2024, y

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

00000453 Que el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria inscribió en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional el proyecto denominado “Mejoramiento de la capacidad instaladas asociada a la Prestación de Servicios de Salud Nacional", con Código BPIN 2018011000036, sin embargo, el mismo culminó en la vigencia 2024 de conformidad con los lineamientos respectivos del Departamento Nacional de Planeación, debido al cumplimiento del plazo máximo establecido en la planificación del mismo, esto es a 31 de diciembre de la vigencia inmediatamente anterior. Que este Ministerio a través de la Resolución 737 de 2024, estableció que los actos administrativos que soporten la ejecución de recursos, a través del mecanismo de transferencia o asignación directa a entidades del orden nacional, departamental,

Que este Ministerio a través de la Resolución 737 de 2024, estableció que los actos administrativos que soporten la ejecución de recursos, a través del mecanismo de transferencia o asignación directa a entidades del orden nacional, departamental, distrital o municipal, deberán enmarcarse en los requisitos allí previstos y atender a la planeación que la dependencia responsable de la iniciativa del gasto efectúe para dicha vigencia. Que, en virtud de lo anterior, la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria de esta Cartera Ministerial inscribió en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional un nuevo proyecto de inversión con el objetivo de ampliar de forma gradual y continua la capacidad instalada en la infraestructura /’dotación hospitalaria para mejorar el acceso a los servicios de salud Nacional. En consecuencia, es necesario modificar la Resolución 1382 de 2021, con el objetivo de determinar que los requisitos de elegibilidad y los criterios de priorización para la asignación de recursos del Presupuesto de Gastos de Inversión de esta cartera ministerial Que el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN), es una herramienta a cargo del Departamento Nacional de Planeación que tiene por finalidad orientar la asignación de recursos a proyectos viables, prioritarios y elegibles que busquen mejorar los niveles de calidad de vida de los colombianos, fomentar el cumplimiento de objetivos del Gobierno y el logro de resultados con eficiencia, eficacia, efectividad, equidad, sostenibílidad y sustentabilidad.2025

Continuación de la resolución: “Parla cual se modifica la Resolución 1382 de 2021”.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Modificar el artículo 1o de la Resolución 1382 de 2021, el cual quedará así:

Continuación de la resolución: “Parla cual se modifica la Resolución 1382 de 2021”.

En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Modificar el artículo 1o de la Resolución 1382 de 2021, el cual quedará así: Artículo 2. Modificar el artículo 2o de la Resolución 1382 de 2021, el cual quedará así: Artículo 3. Modificar el artículo 6o de la Resolución 1382 de 2021, el cual quedará así: “Artículo 1. Objeto. Por medio de la presente resolución se determinan los requisitos de elegibilidad y los criterios de priorización para la asignación de los recursos del Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Salud y Protección Social asignados en el Presupuesto General de la Nación para la ejecución de Proyectos de Inversión viabilizados por el Departamento Nacional de Planeación, que tienen como objetivo la ampliación gradual y continua de la capacidad instalada en la infraestructura y dotación hospitalaria para mejorar el acceso a los servicios de salud Nacional". “Artículo 2. Destinación de los recursos. De conformidad con los objetivos de los Proyectos de Inversión viabilizados por el Departamento Nacional de Planeación, que tienen como finalidad la ampliación gradual y continua de la capacidad instalada en la infraestructura y dotación hospitalaria para mejorar el acceso a los servicios de salud Nacional, sus recursos serán destinados para financiar y/o co financiar proyectos de inversión de las entidades de que trata el articulo 2 de la Pesolución 737 de 2024, o aquella que la modifique o adicione, y que cumplan con las reglas y requisitos establecidos por esta cartera ministerial para la expedición de los conceptos técnicos de viabilidad de los proyectos de inversión cuyo fin es el fortalecimiento de la capacidad

o adicione, y que cumplan con las reglas y requisitos establecidos por esta cartera ministerial para la expedición de los conceptos técnicos de viabilidad de los proyectos de inversión cuyo fin es el fortalecimiento de la capacidad instalada para la prestación del servicio de salud". Artículo 6. Asignación de recursos. Este Ministerio, mediante acto administrativo y previa recomendación del Comité Asesor para ¡a Asignación de Recursos de los Proyectos a cargo de la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria, asignará los recursos de los Proyectos de Inversión viabilizados por el Departamento Nacional de Planeación, dirigidos a la ampliación gradual y continua la capacidad instalada en la infraestructura y dotación hospitalaria para mejorar el acceso a los servicios de salud Nacional, y determinará las entidades del orden nacional, departamental, distrital o municipal receptoras de los recursos, el monto de los recursos que se asignan, los requisitos para el giro y el seguimiento a la ejecución de estos. Parágrafo. La asignación de recursos por parte de este Ministerio estará sujeta a la disponibilidad presupuestal de la vigencia fiscal correspondiente y previstos en el referido acto administrativo, son aplicables para la asignación de recursos de los Proyectos de Inversión Nacional presentados por la Dirección de Prestación de Servicíos^y'Atención Primaria ante el Departamento Nacional de Planeación, debidamente viabilizados, orientados al fortalecimiento de la capacidad instalada para la prestación del servicio de salud.

HOJA N.° 2RESOLUCIÓN NÚMERO 00000453 DE 1 9 MKR19 MAR HOJA N.° 32025

Continuación de la resolución: “Parla cual se modifica la Resolución 1362 de 2021

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., 19 MAR 2025 al cumplimiento por parte de las entidades beneficiarías de las condiciones definidas en la presente resolución". Artículo 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica los artículos 10, 2° y 6o de la Resolución 1382 de 2021. r

GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTÍNEZ

Ministro de Salud y Protección Social Firmado \ digitalmente por Jaime Hernan Urrego Rodríguez RESOLUCIÓN NÚMERO 00000453 DE // .Aprobó; ' ' ¿Viceministro de Saíud Pública y Prestación de Servicios,- Director de Prestación de Servicios y Atenci0n)PrimarlaqqL Subdirector de Infraestructura en Salud, ’t Director Jurídico (E), Rodolfo Salas Figueroa,

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