MINSALUD - Resolución 4628 de 2013
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 4628 de 2013
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2013
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MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
C0 4628 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 - 8 NOV20. 13 ( ) Por la cual se reconoce personería jurídica a la entidad privada sin ánimo de lucro denominada Fundación la Luz EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de las facultades legales en especial las conferidas en el Decreto 1088 de 1991 y la Resolución 13565 de 1991 y, CONSIDERANDO Que el 1O de abril de 1996 fue constituida la "FUNDACIÓN LA LUZ - CENTRO NACIONAL PARA EL TRATAMIENTO DE LA DROGADICCION", como una entidad sin animo de lucro, con domicilio principal en Medellín y sedes en la ciudad de Bogotá y en el Municipio de Jamundí en el Valle del Cauca. Que la mencionada fundación, a través de su representante legal, mediante oficio radicado en este Ministerio con el número 16402 del 24 de enero de 2011, solicitó el reconocimiento de la persona jurídica del orden nacional. Que como soporte de la solicitud anexó acta de constitución, estatutos de la institución, estudio de factibilidad y documentos de efectividad y seriedad de los aportes de los fundadores de la FUNDACIÓN LA LUZ - CENTRO NACIONAL PARA EL TRATAMIENTO DE LA DROGADICCION" los cuales fueron objeto de revisión por este Ministerio. Que analizados los documentos remitidos, se evidenció que estos no cumplían la totalidad de los requisitos exigidos tanto en el artículo 37 del Decreto 1088 de 1991 como en la
Resolución 13565 de 1991 para efectos del otorgamiento de la personería jurídica a nivel nacional, por lo que fue preciso solicitar múltiples aclaraciones a la solicitante. Que una vez allegada la información y documentación solicitada atendiendo las observaciones elevadas, encuentra este Despacho que los estatutos se ajustan a la Constitución Política y a la normatividad vigente, no contravienen el orden público, la moral. ni las buenas costumbres. Así mismo, se cuenta con concepto favorable respecto del estudio de factibilidad de la "FUNDACIÓN LA LUZ - CENTRO NACIONAL PARA EL TRATAMIENTO DE LA DROGADICCION", emitido por la Dirección de Prestación de Servicios y Atención primaria de este Ministerio. Que el objeto social principal de la "FUNDACIÓN LA LUZ - CENTRO NACIONAL PARA EL TRATAMIENTO DE LA DROGADICCION", de acuerdo con el artículo 4 de sus estatutos es el de "realizar planes, programas, proyectos, servicios dirigidos a la promoción y la prevención en salud y para el bienestar social de la población, mediante el fomento, la prevención, el tratamiento y la rehabilitación de la salud, contra las afectaciones asociadas al consumo de sustancias psicoactivas y/o conductas que generan adición, ofreciendo programas informativos y formativos, preventivos, asistenciales, de recuperación y reinserción, de apoyo y promoción de la salud a través de sus modelos de intervención, fundamentados en las comunidades terapéuticas" - 8 NOV2.0 13 4 6 2
RESOLUCIÓN NÚME~ 8oE 2013 HOJA Nº 2 de 2
Continuación de la Resolución "Por la cual se reconoce personería jurídica a la
entidad privada sin ánimo de lucro denominada "Fundación la Luz - Centro Nacional para el tratamiento de la drogadicción" Que el artículo 61 del Decreto-Ley 4107 de 2011, dispuso que las referencias normativas sobre salud que en las normas anteriores se hagan al Ministerio de Salud y al Ministerio de la Protección Social, se entenderán referidas al Ministerio de Salud y Protección Social. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Reconocer personería jurídica a la FUNDACIÓN LA LUZ - CENTRO NACIONAL PARA EL TRATAMIENTO DE LA DROGADICCION", con domicilio principal en la ciudad de Medellín y sedes en Fusagasugá (Cundinamarca) y en el Valle del Cauca y aprobar los estatutos adoptados mediante Acta número 012 del Consejo de Fundadores del 30 de julio de 2013, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Inscribir como representante legal de la "FUNDACIÓN LA LUZ - CENTRO NACIONAL PARA EL TRATAMIENTO DE LA DROGADICCION" al doctor JULIAN ANDRES RIOS MONTOYA, identificado con cedula de ciudadanía número 98.662.395 de Envigado. Articulo 3. Notificar personalmente el contenido de la presente resolución al doctor JULIAN ANDRES RIOS MONTOYA, representante legal de la "FUNDACIÓN LA LUZCENTRO NACIONAL PARA EL TRATAMIENTO DE LA DROGADICCION FUNDACIÓN LA LUZ, con domicilio principal en la ciudad de Medellín, Departamento de Antioquia, o a quien se autorice para el efecto, dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición,
haciéndole saber que contra la misma sólo procede el recurso de reposición de conformidad con el artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Parágrafo. Si no pudiere hacerse la notificación personal, deberá surtirse por aviso, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Artículo 3. La presente resolución surte efectos a partir de su ejecutoria.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 8 HOV2.0 13
Dada en Bogotá, D.C., _ oilvJAURIBE Ministro de Salud y Protección Socia[A