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MINSALUD - Resolución 4714 de 2004

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 4714 de 2004
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2004

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO 4714 de 2004 (Diciembre 29) Por la cual se otorga registro sanitario a un producto plaguicida para uso en salud pública. El Ministro de la Protección Social En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 142 del Decreto 1843 de 1991, y CONSIDERANDO Que el artículo 142 del Decreto 1843 de 1991, reglamentario de la Ley 9ª de 1979, establece el registro sanitario de productos para uso en salud pública, señalando que para plaguicidas de uso en edificaciones, vehículos, productos almacenados o no y área pública, los interesados deberán efectuar los registros correspondientes ante el Ministerio de Salud; Que la Empresa Proplag S. A., mediante Oficio radicado con el número 118738 del 9 de agosto de 2004, solicitó emitir concepto toxicológico y expedir registro sanitario al insecticida:

PRODUCTO INGREDIENTE ACTIVO

ESPEKTRON WP LAMBDACYALOTRINA POLVO MOJABLE Que estudiados los antecedentes y la información suministrada por la empresa solicitante, el Grupo de Promoción y Prevención de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de la Protección Social, otorgó el concepto toxicológico favorable MP-13607-2004 al producto insecticida citado anteriormente dado que el mismo cumple técnicamente con los requisitos establecidos en el Decreto 1843 de 1991; Que el artículo 47 del Decreto 205 de 2003 dispone que todas las referencias legales vigentes a los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud deben entenderse referidas al

Ministerio de la Protección Social; Que dado lo anterior este Despacho, RESUELVE: Artículo 1º. Otorgar registro sanitario para uso en salud pública al siguiente producto insecticida de la Empresa Proplag S. A.:

PRODUCTO INGREDIENTE ACTIVO Nº REGISTRO

INSECTICIDA ESPEKTRON WP LAMBDACYALOTRINA RGSP-226-2004

POLVO MOJABLE Artículo 2º. Notificar personalmente el contenido de la presente resolución al Representante Legal de la Empresa Proplag S. A. o a su apoderado, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de su expedición, haciéndole saber que contra la misma procede el recurso de reposición ante este Despacho en los términos previstos en el Código Contencioso Administrativo. Parágrafo. Si no pudiere hacerse la notificación personal, deberá surtirse por edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Contencioso Administrativo. Artículo 3º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación y surte efectos a partir de su ejecutoria. DDada en Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 2004. Notifíquese, publíquese y cúmplase. El Ministro de la Protección Social, Diego Palacio Betancourt.

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