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MINSALUD - Resolución 4906 de 2014

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 4906 de 2014
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2014

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

)0004906 RESOLUCIÓN NÚMERlil DE 2014 ( 3 1 OCT2 014 l Por la cual se modifican las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de las atribuciones legales, en especial, de las conferidas por los artículos 85 de la Ley 1438 de 2011 y 106 de la Ley 1687 de 2013 y, CONSIDERANDO Que el artículo 85 de la Ley 1438 de 2011 previó el saneamiento de aportes patronales, facultando a este Ministerio para determinar el procedimiento que deberán adelantar, en aras de lograr dicho saneamiento, las Entidades Empleadoras del Sector Salud con las Entidades Administradoras, entendidas estas últimas como las Entidades Promotoras de Salud-EPS-; las Entidades Obligadas a Compensar -EOCo el FOSYGA, según corresponda: las Administradoras de Riesgos Laborales-ARL-; las Administradoras de Fondos de Pensiones-AFP, tanto del Régimen de Prima Media con Prestación Definida, como de Ahorro Individual con Solidaridad; y, las Administradoras de Fondos de Cesantías -AFC-, incluido el Fondo Nacional del Ahorro -FNA-. Que en desarrollo de la anterior disposición, este Ministerio expidió la Resolución 0154 de 2013, modificada por las Resoluciones 0051 del mismo ano y la 2464 de 2014, que estableció el procedimiento para realizar el saneamiento por concepto de aportes patronales financiados con recursos del Situado Fiscal y del Sistema General de Participaciones para Salud

Que posteriormente a través de la Resolución 3568 de 2014, se efectuaron ajustes al procedimiento que se viene adelantando para el saneamiento de aportes patronales a que refiere el artículo 85 de la Ley 1438 de 2011, dada la persistencia de aportes sin sanear, para lo cual se fijaron fechas en aras de determinar la deuda, su reporte por parte de las Administradoras y de las Entidades Empleadoras, cruce y demás aspectos, disponiendo los anexos técnicos 1 y 2 en los que deberá reportarse tal información. Que la misma disposición modificó el artículo 5 de la Resolución 2464 de 2014, en cuanto el término para que las Entidades Administradoras realizaran el giro de los recursos de aportes patronales no saneados. Que en aras de garantizar la efectividad del procedimiento para la aclaración de las deudas de aportes patronales no saneados por las Entidades Empleadoras y el giro de los recursos, se hace necesario ajustar el término para presentar la información de novedades por parte de las entidades Empleadoras a este Ministerio, los anexos antes referidos y el procedimiento para que las Entidades Administradoras responsables del recaudo y administración de los recursos, realicen el respectivo giro. Que en relación con el procedimiento de giro antes referido, es pertinente establecer las condiciones para la aplicación de un mecanismo de compensación de recursos entre las Administradoras de Fondos de Pensiones -AFP-, que permita el saneamiento de las deudas de aportes al Sistema General de Pensiones, en el marco de los artículos 85 de la Ley 1438 de 2011 y 106 de la Ley 1687 de 2013. En mérito a lo expuesto,

RESUELVE Artículo 1. Modificase el artículo 4 de la Resolución 3568 de 2014, el cual, quedará así: ' ' 3 1 OCT2.0 14

RESOLUCIÓN NúMf!lik5JQ49Q6 DE 2014 HOJA No. ~ de 15

Continuación de la resolución "Por la cual se modifican las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014" ---------------------·--- -----------·-···--- "Artículo 4. Repone de deudas de aportes patronales no saneados por parte de fas entidades empleadoras. Las entidades empleadoras reportarán a este Ministerio en el formato contenido en el Anexo Técnico 1 que hace parte integral de la presente resolución, a través de la plataforma PISIS del portal SISPRO, el total de las deudas de aportes patronales no saneados, dentro de los cincuenta y cinco (55) días hábiles siguientes al reporte de la deuda por parte de las administradoras de que trata el parágrafo del artículo 3° de la presente resolución Parágrafo. Como parte del reporte de deudas de aportes patronales no saneados señalado en el presente artículo. las entidades empleadoras que en desarrollo del procedimiento y verificación de la información realizada por las administradoras, establezcan que existen novedades no registradas, las deberán reportar de acuerdo con las especificaciones técnicas. en el Anexo Técnico 1 que hace parte integral de la presente resolución .•, Artículo 2. Modificase el artículo 5 de la Resolución 2464 de 2014, a su vez modificado por el artículo 15 de la Resolución 3568 de 2014, el cual quedará así

"Artículo 5. Ténnino para el giro de los recursos. Las Entidades Administradoras de Recursos de Aportes Patronales no saneados y que se encuentren obligadas al giro según lo definido en los artículos 85 de la Ley 1438 de 2011 y 106 de la Ley 1687 de 2013, deberán efectuarlo a más tardar el 31 de octubre de 2014, utilizando para el efecto el formulario adoptado mediante Resolución 2464 de 2014, previo el giro de los recursos que fueron materia de conciliación y que aún no han sido reintegrados al beneficiario de los mismos. En el caso de las Administradoras de Fondos de Pensiones AFP y en el marco del Decreto 692 de 1994, una vez se determinen los afiliados y periodos para la aplicación de los recursos no saneados, podrán realizarse las compensaciones entre las Administradoras, trasladando los recursos junto con sus valorizaciones. El Ministerio de Salud y Protección Social, indicará los montos a trasladar entre administradoras AFP, teniendo en cuenta la formula de distribución establecida en el artículo 106 de la Ley 1687 de 2013. Una vez aplicado lo anterior, las Administradoras de Fondos de Pensiones AFP, tendrán que girar los excedentes de recursos de aportes patronales no saneados, al mecanismo único de recaudo y giro en el marco de los artículos 85 de la Ley 1438 de 2011 y 106 de la Ley 1687 de 2013 Parágrafo. Para la compensación de recursos entre las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFP, se deberá tomar la fecha de pago del aporte al Sistema General de Pensiones - SGP para la imputación del pago a aportes pensionales cuya aclaración

se realice en el marco del procedimiento definido en la presente resolución que culmina con la publicación definitiva de aportes patronales no saneados, por parte del Ministerio de Salud y Protección Social. Habrá lugar al cobro de intereses de mora desde la causación de la obligación de realizar el aporte hasta la fecha de su pago al SGP en los términos previstos en el Decreto 692 de 1994". Artículo 3. Sustitúyanse los anexos técnicos 1 y 2 de la Resolución 3568 de 2014, por los anexos técnicos 1 y 2 que se adoptan como parte integral de la presente resolución. Artículo 4. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá. D. c. a los J 1 OCT 20. 1 4 d (/\ DRO GAVIRIA URIBE M s ro e Salud y Protección Social 3 1 OCT2.0 14 ª Nt,M!t0004906

RESOLUCIÓN DE 2014 HOJA No. de 15

Continuación de la resolución ·Por /a cual se modifican las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014" -----------------·--- ------------------------ ---- --------------------- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS A continuación se establecen las estructuras de los reportes de las Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado. Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Distrital o Municipal) y las Administradoras (Administradoras de riesgos laborales - ARL-. Entidades Promotoras de Salud - EPS-, Administradoras de

Fondos de Pensiones - AFPy Administradoras de Cesantías - AC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro). que deben diligenciar y enviar a través de la plataforma PISIS del Ministerio de Salud y Protección Social. Anexo Contenido Responsable del reporte Información de deudas de aportes Entidades Empleadoras patronales, no saneados en (Empresas Sociales del desarrollo de Resolución 154 de Estado -ESE-, Entidades Anexo Técnico 2013, para el periodo de 1994 al 31 Territoriales de Salud del No. 1 de diciembre de 2011. de los orden Departamental, Distrital empleados afiliados a las diferentes o Municipal) administradoras. 1 Información de deudas de aportes Administradoras patronales, no saneados en (Administradoras de riesgos desarrollo de Resolución 154 de Laborales - ARL-, Entidades Anexo Técnico 2013, para el periodo de 1994 al 31 1 Promotoras de Salud - EPS-, No. 2 de diciembre de 2011. de los¡ Administradoras de Fondos de empleados afiliados a las diferentes ' Pensiones - AFPy , administradoras. Administradoras de Cesa~tías 1 - AC-, incluido el Fondo Nacional del Ahorro -FNAEl diligenciamiento de los anexos técnicos antes descritos, deberán ajustarse a los parámetros aquí previstos • Características de los Anexos Técnicos Los anexos técnicos se deberán enviar en archivos planos de tipo texto y cumplir con las siguientes especificaciones técnicas: a. En el anexo técnico de los archivos, el tipo de dato, corresponde a los siguientes: A-Alfanumérico N-Numérico O-decimal F-Fecha

b. Todos los datos deben ser grabados como texto en archivos planos de formato ANSI. con extensión .txt c. Los nombres de archivos y los datos de los mismos deben ser grabados en letras MAYÚSCULAS, sin caracteres especiales y sin tildes. d El separador de campos debe ser coma (,) y debe ser usado exclusivamente para este fin Los campos que correspondan a descripciones no deben incluir el carácter especial coma(,). e. Cuando dentro de un archivo de datos se definan campos que no son obligatorios y que no sean reportados, este campo no llevará ningún valor, es decir debe ir vacío y reportarse en el archivo entre dos con as, por ejemplo si entre el dato1 y el dato3, el dato2 está vacío se reportará así: dato1,,dato3 f. Ningún dato en el campo debe venir encerrado entre comillas ("") ni ningún otro carácter especial. g Los campos numéricos deben venir sin ningún formato de valor ni separación de miles. Para los campos en que se permitan valores decimales, se debe usar el punto como separador de decimales. ' 3 1 OCT2.0 14

RESOLUCIÓN NÚMEIJ©QQ49O6 DE 2014 HOJA No. ~ de 15

Continuación de la resolución "Por/a cual se modifican las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014" ----------------- --- -------------- --------------------------------- ----------------- h Los campos de tipo fecha deben venir en formato MAA-MM-0D incluido el carácter guión, a excepción de las fechas que hacen parte del nombre de los archivos.

  1. Las longitudes de campos definidas en los registros de control y detalle de este anexo técnico se deben entender como el tamaño máximo del campo, es decir que

los datos pueden tener una longitud menor al tamaño máximo. Los valores registrados en los archivos alanos no deben tener ninguna justificación, por lo tanto no se les debe completar ccn ceros ni espacios. k. Tener en cuenta que cuando los códigos traen CEROS, estos no pueden ser remplazados por la vocal 'O' la cual es un carácter diferente a cero. l. Los archivos planos no deben traer ningún carácter especial de fin de archivo ni de final de registro. Se utiliza el ENTER como fin de registro. m Los archivos deben estar firmados digitalmente. • Plataforma para el envío de los Anexos Técnicos El Ministerio de Salud y Protección Social, dispondrá de la plataforma PISIS del portal SISPRO, para que las entidades que reportan la información envíen los archivos desde sus instalaciones Los archivos únicamente, podrán cargarse directamente en la plataforma PISIS del portal SISPRO, por lo que no existe otra forma para reportar la información definida en esta resolución Si aún la entidad no tiene usuario en el portal del SISPRO deberá solicitar el usuario, para acceder a la plataforma PISIS a través del enlace www.sispro.gov.co. Para garantizar la seguridad de la información reportada, las entidades deben enviar los archivos firmados digitalmente, lo cual protege los archivos garantizando su integridad, confidencialidad y aceptación. Para firmar digitalmente los archivos, se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por el Ministerio de Industria. Comercio y Turismo. • Soporte y Asistencia Técnica Con el propósito de brindar asesoría para el reporte de los archivos y demás temas relacionados con el reporte del de cruce de información y aclaración de los recursos no

saneados de aportes patronales, las entidades pueden enviar sus inquietudes a la dirección de correo electrónico: soportepisis@synapsis-it.com 3 1 OCl1 .0\4

RESOLUCIÓN NÚMEIJ0QQ4906 DE 2014 HOJA No. §. de 15

Continuación de la resolución "Por la cual se modifican /as Resoluciones 2464 y 3568 de 2014·· . ---------------------------------------------------------------------------------- ---------------------------

ANEXO TÉCNICO 1

REPORTE DE INFORMACIÓN DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado, Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Oistrital o Municipal), así

1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS

1.1 ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DEL NOMBRE DE LOS ARCHIVOS.

El nombre de los archivos de la información que debe ser enviada por las Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado, Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Oistrital o Municipal). debe cumplir con el siguiente estándar: Componente Valores Longitud del Nombre Permitidos o Descripción Requerido Fija de Archivo Formato Módulo de SAA Identificador del módulo 3 SI información de información el de cruce de información y aclaración de los recursos no saneados de aportes oatronales Tipo de 160 Fuente ce Información 3 SI Fuente Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado, Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Oistrital o Municipal) Tema de SAPE Información de deudas de 4 SI información Aportes Patronales, no saneados en desarrollo de Resolu::ión No. 154 de

2013. Fecha de AAAAMMOO Fecha de corte de la 8 SI Corte información reportada, correspondiente al último día calendario del periodo de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. 1201112311 Tipo de NI Tipo de identificación de 2 SI identificación la entidad fuente de la de la entidad información reportad ora -Para el caso NIT (NI) Número de xxxxxxxxxxxx Código o número de 12 SI identificación Identificac ón de la de la entidad entidad que reporta, para re portadora el caso, el campo contiene el número de NIT de la entidad sin digito de verificación. Extensión del .TXT Extensión del archivo 4 SI archivo plano NOMBRE DE ARCHIVO 3 1 OCT2.0 14

RESOLUCIÓN NÚMER8QQ49O6 DE 2014 HOJA No. 6 de 15

Continuación de la resolución "Por la cual se modifican las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014·,

' Tipo de Archivo Nombre de Archivo Longitud 1 Archivo de la información de ' deudas de Aportes Patronales. SAA 160SAPEAAMMM DON lxxxxxxxxxxxx. txt 36 no saneados en desarrollo de Resolución No. 154 de 2013.

1,2 ESTRUCTURA DEL CONTENIDO DEL ARCHIVO.

El archivo de Información Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado, Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Distrital o Municipal), está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la información de las deudas de Aportes Patronales, no saneados en desarrollo

de Resolución 154 de 2013. Cada registro está conformado por campos los cuales, van separados por coma (, ). 1.2.1 REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. :g No. Nombre del Campo ·~E- .- ;ao =. Valores Permitidos 5 •• - o -~ 'ti :; o: 1 1 Tipo de registro 1 N 1: valor que significa que el registro es SI de control 2 Tipo de Identificación de la 2 A Tipo de identificación de la entidad SI 1 entidad que reporta fuente de la información -Para el caso NIT (NI) 3 Número de identificación de 12 N Código ó número de identificación de la SI la entidad que reporta entidad que reporta. para el caso NI Este campo contiene el número de NIT ' de la entidad sin d1gItod e verificación. 4 Razón Social de la Entidad 250 A Razón social de la entidad reportadora SI ' Emi:leadora de la información 5 Fecha inicial del período de la 10 F En formato AAAA-MM-DD. Debe SI información reportada corresponder a la fecha de inicio del período de información reportada , ,,, (1994-01-01) ,, 6 Fecha final del periodo de la 10 F En formato AAAA-MM-DD. Debe SI información reportada corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe concordar con la fecha de corte del " 'i nombre del archivo_ 12011-12-311 '' 7 Número total de registros de 10 N Debe corresponder a la cantidad de SI detalle contenidos en el registros tipo 2. contenidos en el archivo. archivo

1.2.2 REGISTRO TIPO 2REGISTRO DE DETALLE DE DEUDAS DE APORTES

PATRONALES, NO SANEADOS EN DESARROLLO DE LA RESOLUCIÓN 154 DE 2013.

Mediante el Registro Tipo 2 Entidades Empleadoras - (ESE Empresas Sociales del Estado, Entidades Territoriales de Salud del orden Departamental, Distrital o Municipal), reportarán el detalle de las deudas de Aportes Patronales, no saneados en desarrollo de Resolución 154 de 2013. ~1\4 2

RESOLUCIÓN NÚMERJ:OQ04906oJ l OCl HOJA No. Z.de 15

Continuación de la resolución "Por la cual se modifican /as Reso/ucIones 2464 y 3568 de 2014·· . -------------------------------------------------------------------------------- --------------------------- ,,, eº ,0, 11 ·e No. Nombre del Campo :g.~,§ !; 0 c . Valores Permitidos ~, ¡:: " e 0:: ; -~ ( -,,), "~ ' ..J ~ 1 Tipo de registro 1 N 2· valor que significa que el registro es SI de detalle 2 Consecutivo de registro 10 N Número consecutivo de registros de SI detalle dentro del archivo. Inicia en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1 hasta el final del archivo. 3 Tipo identificación Entidad 2 A Tipo de identificación de la entidad SI Empleadora fuente de la información -Para el caso NIT 1Nll 4 Número identificación Entidad 12 N Código ó número de identificación de la SI ' Empleadora entidad empleadora, este campo contiene el número de NIT de la entidad sin digito de venficación. ¡ . 5 Razón Social de la 250 A Corresponde a la administradora donde SI Administradora se encuentra afiliado el empleado.

Diligencie la razón social Administradoras (Administradoras de riesgos laborales - ARL-, Entidades !1 Promotoras de Salud - EPS-. ' Administradoras de Fondos de ,, Pensiones - AFPy Administradoras de Cesantías - AFC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro\ 6 Tipo identificación 2 A Corresponde a la administradora donde SI Administradora ¡ se encuentra afiliado el empleado.

El único valor válido es: NI ( NIT) 7 Número identificación 12 N Corresponde a la administradora donde SI Administradora se encuentra afiliado el empleado. ,, Diligencie el número de identificación de la Administradoras (Administradoras de riesgos laborales - ARL-. Entidades Promotoras de Salud - EPS-. '¡ Adm1nIstradoras de Fondos de

1 Pensiones - AFPy Administradoras de Cesantías - AFC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro' 6 Tipo de identificación del 2 A CC: Cédula de Ciudadanía SI cotizante CE: Cédula de ExtranJeria TI : Tarieta de Identidad "' ; ! 9 Número de Identificación del 12 N Tal como se encuentra registrado en el SI Cotizante documento de identidad 10 Primer Apellido 30 A Tal como se encuentra registrado en el SI ' documento de identidad 11 Segundo Apellido 30 A Tal como se encuentra registrado en el NO i: i1 documento de identidad ' 12 Primer Nombre 30 A Tal como se encuentra registrado en el SI documento de identidad 13 Segundo Nombre 30 A Tal como se encuentra registrado en el NO documento de identidad SI 14 Periodo no saneado 7 N Año - Mes (MAA-MM) - 3 1 OCT2.0 14

RESOLUCIÓN NÚMEiRQ)[JQQ49OfuE 2014 HOJA No. ªde 15

Continuación de la resolución "Por la cual se modifican las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014·, -------------------- ------------------------------------------------------------------- No. Nombre del Campo Valores Permitidos 15 No. de Días del periodo no 2 N Mayor o igual a 1 y menor o igual a 30 SI saneado 16 Tipo de Novedad 3 A ING: Ingreso RET: Retiro TOE: Traslado desde otra EPS ó EOC TAE: Traslado a otra EPS o EOC TOP: Traslado desde otra Administradora de Pensiones TAP: Traslado a otra Administradora de Pensiones VSP: Variación permanente de salario SI VST: Variación transitoria del salario SLN: Suspensión temporal del contrato de trabajo o licencia no remunerada o ¡¡ comisión de servicios

IGE: Incapacidad Temporal por Enfermedad General LMA: Licencia de Maternidad o de paternidad

VAC: Vacaciones.

AVP: Aporte Voluntario.

VCT: Variación centros de trabajo.

IRP: Incapacidad por accidente de trabajo o enfermedad profesional.

CSA: Cotizante sin asignación para Situado Fiscal y/o Sistema general de Participaciones POA: Pago realizado a otra administradora a la que se encuentra afiliado el empleado. 17 Fecha a partir de la cual 10 A Corresponde a la fecha en la cual inicia la SI aplica la novedad novedad, en el formato AAAA-MM-DD 18 Ingreso Base de Cotización 12 N Corresponde al IBC del periodo no SI saneado 19 Valor Aporte Patronal 12 N Corresponde al Aporte Patronal de SI '~~+-~~~~-------+=-+c~~ª~c_ue_r_d_o_c_o n_e_l_p~e_ri-od__olB__yc_~e~_-l ~---+~c-ll

20 Interés de Mora 12 N Correspond7e a los Intereses del Aporte SI :, Patronal de acuerdo con el periodo y el l'f-c-c-+-=-~-~--~-~--+-~-,~~l~B~C----~--~~--~~+-=-H 1 21 Total Aporte Patronal a 12 N Corresponde a la suma del campo 19 SI ' Sanear más 20 22 Razón Social de la 250 A Diligencie únicamente si en el campo 16 Administradora en la que marcó la novedad POA realizó el pago erradamente SI Corresponde a la administradora donde se realizo el pago erradamente afiliado el empleado. Diligencia la razón social Administradoras (Administradoras de riesgos laborales - ARL-, Entidades Promotoras de Salud - EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPy Administradoras de Cesantías - AFC-. incluido el Fondo nacional del Ahorro) ¡ 1 OCl

RESOLUCIÓN NÚMEii()QQ4906 Dé 20J314 HOJA No.

Continuación de la resolución "Por la cual se modifican las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014'' ------------- -------------------------------------------------------------- ------ --------------------- , ·:7 F·-¡" o ' g "C «I ,a E E o Nombre del Campo ·s,·- ni o. Valores Permitidos ~ ltº· e,~ o ¡:: o::¡- -ll .JSI ::2 3 - Tipo 1dentificac1ón 2 A Diligencie únicamente si en el campo 16 Administradora en la que marcó la novedad POA ji realizó el pago erradamente Corresponde a la administradora donde 1: ' se realizo el pago erradamente afiliado

el empleado.

El único valor válido es: NI ( NITl 1,,, ' SI ' 24 Número identificación 12 N Diligencie únicamente si en el campo 16

Administradora en la que marcó la novedad POA ' " realizó el pago erradamente Corresponde a la administradora donde se realizo el pago erradamente afiliado el empleado. ' ""' Diligencie el número de identificación de i! la Administradoras (Administradoras de riesgos laborales - ARL-. Entidades Promotoras de Salud - EPS-. Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPy Administradoras de Cesantías - AFC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro) SI 25 Fecha en la que realizo el 10 F En formato MAA-MM-DD. Debe aporte a la administradora corresponder a la fecha de pago del anorte a la administradora (1994-01-01\ 26 Código del Municipio 5 N Este campo corresponde al código SI Divipola del DANE, donde los 2 primeros ¡! dígitos son el código del departamento y los restantes los del municipio que reporta o donde opera la E.S.E 1, '! empleadora. 1 Eiemplo. 05080 1 RESOLUCIÓN NúmeRlil,OO49O6 DE3' QC"'i.it9i~H OJA No. 10 de 15 Continuación de la resolución •'Por la cual se modifican las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014·' ----------------------------------------------------------------------- ---------------------------- ------------

ANEXO TÉCNICO 2

REPORTE DE INFORMACIÓN DE LAS ADMINISTRADORAS (ADMINISTRADORAS DE

RIESGOS LABORALES - ARL-, ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - EPS-,

ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES - AFPY ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE CESANTÍAS - AFC-, INCLUIDO EL FONDO NACIONAL DEL AHORRO) Las Administradoras (Administradoras de riesgos laborales -ARL-. Entidades Promotoras de Salud - EPS-, Entidades Obligadas a Compensar - EOC-, Administradoras de Fondos de Pensiones -AFPy Administradoras de Fondos de Cesantías -AFC-, incluido el Fondo Nacional del Ahorro - FNA), reportarán los archivos planos con la información de las deudas de Aportes Patronales. no saneados er. desarrollo de Resolución 154 de 2013. Cada registro está conformado por campos, los cuales, van separados por coma(,).

2. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS

2.1 ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DEL NOMBRE DE LOS ARCHIVOS.

El nombre de los archivos de la información que debe ser enviada Administradoras (Administradoras de riesgos laborales - ARL-, Entidades Promotoras de Salud - EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPy Administradoras de Cesantías - AC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro), debe cumplir con el siguiente estándar: Componente Valores Longitud del Nombre Permitidos o Descripción Fija Requerido de Archivo Formato Módulo de SAA Identificador del módulo 3 SI información de información: el de cruce de información y aclaración de los recursos no saneados de aportes patronales Tipo de 180 Fuente de Información 3 SI Fuente Administradoras (Administradoras de riesgos laborales - ARL-, Entidades Promotoras de Salud - EPS-, Administradoras de Fondos de PensionesAFPy Administradoras

de Cesantías - AC-. .i incluido el Fondo nacional del Ahorro) Tema de SAPA Información de deudas de 4 SI información Aportes Patronales, co saneados ec desarrollo de Resolución No. 154 de 2013 Fecha de AAAAMMDD Fecha de corte de la 8 SI Corte información reportada, correspondiente al ültimo día calendario del período de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. /20111231) Tipo de NI Tipo de 1dentificac1ónd e 2 SI identificación la entidad fuente de la de la entidad información. reportadora -Administradoras RESOLUCIÓN Nú~e1H)O04906 D6J 1 OCT zB. ~,4 HOJA No. llde 15 Continuación de la resolución "Por ta cual se modifican las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014·• ------------- -------------------------------------------------------------- ---------- --------------------- Componente Valores Longitud del Nombre Permitidos o Descripción Fija Requerido de Archivo Formato (Administradoras de riesgos lab-::iralesARL-. Entidades Promotoras de Salud - EPS-, Administradoras de Fondos de PensionesAFPy Administradoras de Cesantías -AC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro' Número de xxxxxxxxxxxx Código ó número de 12 SI identificación identificación de la de la entidad entidad que reporta, para rep ortadora el caso contiene el número de NIT de la entidad sin digIto de verificación Extensión del .TXT Extensión del archivo 4 SI archivo clano. NOMBRE DE ARCHIVO Tipo de Archivo Nombre de Archivo Longitud Archivo de la informaciónd e deudas de Aportes Patronales, SAA 180SAPAAAAAMMODNlxxxxxxxxxxxx.txt

36 no saneados en desarrollo de Resolución No 154 de 2013.

2.2 ESTRUCTURA DEL CONTENIDO DEL ARCHIVO.

El archivo de Información de Administradoras (Administradoras de riesgos laboralesARL-, Entidades Promotoras de Salud - EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPy Administradoras de Cesantías - AC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro) está compuesto por un único registro de control (Registro Tipo 1) utilizado para identificar la entidad fuente de la información y varios registros de detalle (Registro Tipo 2) que contienen la informac ón de las deudas de Aportes Patronales, no saneados en desarrollo de Resolución 154 de 2013. Cada registro está conformado por campos, los cuales. van separados por coma (.}. 2.2.1 REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. ,, No. Nombre del Campo 1) ·~ -E - Q) ~o Valores Permitidos ·• = Ce ' o - :~ ¡; 'O ,l! ! - 1 Tipo de registro 1 N 1• valor que significa que el registro es SI de control ' RESOLUCIÓN Nl'JMsa8O49O6 DE CT ~14 HOJA No. 12 de 15 '.', \ o ,\, Continuación de la resolución 'Por la cual se modifican las Resoluciones 2464 y 3568 de 2014"

:g • g_ Nombre del Campo Valores Permitidos ¡a O ¡:: 1~2 ·+- T~~ ip o de.. . I. d.,., e _ n~ tificac. i. ó.. n.- ~ de- - la+ ~-+-- 2, =--- A- -~ T ipo de identi. fi. c. a-. ci~ ó- n- - d~ e - la- - entid+ ad,s "1-,',,I entidad que reporta fuente de la información Administradoras (Administradoras de riesgos laborales - ARL-, Entidades Promotoras de Salud - EPS-, Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPy Administradoras de Cesantías - AC-, incluido el Fondo nacional del Ahorro) 3 Número de identificación de 12 N Código ó número de identificación de la SI la entidad que reporta entidad que reporta. para el caso NI. Este campo contiene el número de NIT de la entidad sin dígito de verificación. 4 Razón social de la 250 A Razón social de la entidad reportadora SI Administradora de la información Administradoras (Administradoras de riesgos laboralesARL-, Entidades Promotoras de SaludEPS-. Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPy Administradoras de Cesantías - AC-. incluido el Fondo nacional del Ahorro) ' 5 Fecha in1c1adl el período de la 10 F En formato AAAA-MM-DD Debe SI información reportada corresponder a la fecha de inicio del período de información reportada. (1994-01-01) 6 Fecha final del período de la 10 F En formato AAAA-MM-DD. Debe SI ¡1 información reportada corresponder a la fecha final del periodo , de información reportada y debe

concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. 12011-12-311 7 Número total de registros de 10 N Debe corresponder a la cantidad de SI detalle contenidos en el registros tipo 2. contenidos en el archivo. arch

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