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MINSALUD - Resolución 4940 de 2014

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 4940 de 2014
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2014

REPUBLICA DE COLOMBIA

¡''f MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN N0LJ'Jü494O DE 2014 ( - 4 \,1012/0. 14 ) "Por la cual se modifica temporalmente el horario de atención al público y correspondencia en el Ministerio de Salud y Protección Social" EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en los artículos 33 del Decreto 1042 de 1978 y 61 literal g) de la Ley 489 de 1998, y en desarrollo del articulo 7 de la Ley 1437 de 2011, CONSIDERANDO Que el Decreto - Ley 1567 de 1998, "Por el cual se crean (sic) el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado" establece en su articulo 13 que el Sistema de Estímulos está conformado por el conjunto interrelacionado y coherente de políticas, planes, entidades, disposiciones legales y programas de bienestar e incentivosq ue interactúan con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar de los empleados del Estado en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales. Que de conformidad con dicha norma, dentro de las finalidades del sistema de estímulos está garantizar que la gestión institucional y los procesos de administración del talento humano se manejen integralmente en función del bienestar social y del desempeño eficiente y eficaz de los empleados. Que el articulo 69 del Decreto 1227 de 2008, Por el cual se reglamenta

parcialmente la Ley 909 de 2004 y el Decreto-Ley 1567 de 1998, prescribe que las entidades deberán organizar programas de estímulos con el fin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados, los cuales se implementarán a través de programas de bienestar social. Que de conformidad con el articulo 7 de la Ley 1437 de 2011, es deber de las autoridades garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio. Que mediante Resolución No. 0000054 del 11 de enero de 2013 del Ministerio de Salud y Protección Social se modificó la jornada laboral y el horario de trabajo y de atención al ciudadano del Ministerio, estableciéndose como horario de atención al ciudadano y correspondencia los días lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5 p.m. en jornada continua. Que en desarrollo del Programa de Talento Humano "Entorno Laboral Saludable", se programó para el 7 de noviembre de 2014, la conmemoración del tercer aniversario de creación del Ministerio e igualmente la ceremonia de ~------------------------~ '1\n - 4 NOV2 014

RESOLUCIÓN NÚMERel ,JQ'J04940 DE 2014 HOJA No. 2

Continuaciónd e la Resolución" Porl a cual se modificate mporalmentee l horariod e atencióna l públicoy correspondenciean el Ministeriod e Salud y ProtecciónS ocial" reconocimientoa los mejoress ervidoresp úblicosd e carrera administrativay libre nombramiento y a la antigüedad.

Que esta actividad se realizará en una instalación diferente a las Sedes del Ministerio de Salud y Protección Social, y tendrá lugar durante la jornada laboral. Que por lo anterior,y con el ánimo de asegurare l derechod e todosl os servidores públicos a participar de esta actividad, se hace necesario modificar temporalmente el horario de atención al público y correspondencia en las Sedes del Ministerio de Salud y Protección Social, garantizando el derecho de los ciudadanos, mediante la prestación del servicio durante las cuarenta horas exigidas en la Ley. Que en méritod e lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Modificar la jornada de atención al ciudadano y correspondencia en el Ministerio de Salud y Protección Social durante la semana comprendida entre el 4 y el 7 de noviembre de 2014 así: Martes 4 de noviembre de 2014: De 8:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua. Miércoles y jueves 5 y 6 de noviembre de 2014: De 7:00 a.m. a 7: p.m. en jornada continua. Viernes 7 de noviembre de 2014: No habrá atención al ciudadano ni recibo de correspondencia. A partir del 10 de noviembre de 2014, la jornada de atención al ciudadano y correspondencia del Ministerio, será la establecida en la Resolución 054 de 2013.

ARTÍCULO SEGUNDO: Las acciones que deban resolverse en los términos fijados por otras autoridades administrativas,d e control o judiciales deberán atenderse dentro de dichos términos,t eniendoe n cuenta la jornada de atención establecida en el artículo anterior.

ARTÍCULO TERCERO: Comunicar la presente resolución a los servidores

públicos del Ministerio de Salud y Protección Social.

ARTÍCULO CUARTO: Fijar el presente acto administrativo en un lugar visible al público en las diferentes Sedes del Ministerio e informar a la comunidad en general a través del Portal Web del Ministerio.

COMÚNIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE - 4 NOV'2.0 14

Dada en la ciudad de Bogotá D. C. a los

RJG~RIA URIBE

Salud y Protección Social

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