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MINSALUD - Resolución 497 de 2021

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 497 de 2021
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2021

REPÚBLICAD E COLOMBIA

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL 4 9 7

RESOLUCIÓN NÚMERO~; ~~ Q DE 2021 1 9 ABR2 021 ( ) Por la cual se reglamentan los criterios y estándares para el cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y permanencia de las entidades responsables de operar el aseguramiento en salud EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades, en especial las conferidas en el numeral 13 del artículo 2 del Decreto - Ley 4107 de 2011, y en desarrollo de lo previsto en el Capitulo 3 del Titulo 2 de la Parte 5 del libro 2, del Decreto 780 de-2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social y, CONSIDERANDO Que, el Capitulo 3, Titulo 2, Parte 5 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, reguló la autorización de funcionamiento y las condiciones de habilitación y permanencia de las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud, definiendo el Sistema Único de Habilitación como el conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de tas condiciones básicas de capacidad tecnológica, científica, técnico-administrativa, de suficiencia patrimonial y financiera indispensables para la entrada y permanencia en el Sistema, así como requisito mínimo obligatorio para acceder a la acreditación, el cual busca dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación de los

servicios. Que los artículos 2.5.2.3.3.2 y 2.5.2.3.3.3 del citado Decreto 780 de 2016, disponen que las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud deberán contar con un Sistema de Gestión de Riesgos, centrado en la Gestión Integral del Riesgo en Salud, y, de otro lado, operarán en el ámbito territorial donde hayan sido autorizadas; en ese sentido, este acto administrativo desarrollará tales preceptos, el primero de ellos que deberá materializarse a través de procesos, actividades, recursos humanos, físicos, tecnológicos y financieros destinados a garantizar los derechos de la población afiliada en el marco del Sistema General de Seguridad en Salud y el segundo, la operación territorial del aseguramiento requerírá el desarrollo de criterios y estándares que permitan la concertación intersectorial de indicadores de oportunidad y acceso por cada uno de los territorios donde se encuentren autorizadas para su funcionamiento. Que este Ministerio, a través de la Resolución 2515 de 2018, reglamentó las condiciones de habilitación de las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud, con el fin de que dichas entidades constituyan, fortalezcan y consoliden su estructura, adecuando su organización y desempeño a las condiciones de habilitación y los estándares de oportunidad y acceso para la operación territorial del aseguramiento. Que, las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud deberán cumplir de forma permanente las condiciones de habilitación, a partir del 1 de enero de 2022, como lo establece el articulo 2.5.2.3.3.6 del Decreto 780 de 2016, de acuerdo con

la progresividad que defina el Ministerio de Salud y Protección Social. 1 9 ABR2 021 4 9 7

RESOLUCIÓN NÚMERÓ f .: ;_{;j

DE 2021 HOJA No 2 DE 35

Continuación de la resolución "Por la cual se reglamentan los criterios y estándares para el cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y permanencia de las entidades responsables de operar el aseguramiento en salud". Que, de manera conjunta con la Superintendencia Nacional de Salud, se realizaron jornadas de trabajo en las que se identificó la necesidad de ajustar algunas de las exigencias previstas en la mencionada resolución y su anexo técnico, con el fin de establecer un enfoque de proceso y mejora continua.a las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud. • • Que, en este proceso se reordenaron los grupos de criterios y estándares de autorización, habilitación y permanencia; la redefinición de estándares de oportunidad y acceso de operación territorial, los cuales darán línea para la posterior concertación con las Entidades Territoriales de los indicadores que se utilicen para su medición. Que conforme a lo expuesto, se hace necesario modificar los criterios y progresividad del cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y permanencia a través de las cuales se demuestra la observancia de la capacidad técnico-administrativa, científica, y tecnológica de las entidades responsábles del aseguramiento en salud; así como el manual que desarrolla los criterios y estándares de autorización, habilitación y permanencia, y demás disposiciones sobre el Sistema Gestión de Riesgo y la operación

territorial lo cual le permita ejercer a dichas entidades sus funciones de aseguramiento, con una orientación hacia resultados en salud. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Objeto y alcance. La presente resolución tiene por objeto reglamentar los criterios y estándares para el cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y permanencia de las personas jurídicas interesadas en operar el aseguramiento en salud y de las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud, desarrollar disposiciones del Sistema de Gestión de Riesgos y la operación territorial, como ejes fundamentales y transversales en el desarrollo de los estándares dispuestos y adoptar el Manual de Criterios y Estándares para la autorización, habilitación y permanencia de estas entidades. Artículo 2. Ámbito de aplicación. La presente resolución aplica a las personas jurídicas interesadas en operar el aseguramiento en salud y administrar los recursos destinados a garantizar los derechos de la población afiliada en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud, y a las Entidades Promotoras de Salud - EPS en los términos del artículo 2.5.2.3.1.2 del Decreto 780 de 2016 Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, a las Entidades Adaptadas al Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS, en los procesos de evaluación y seguimiento, y a la Superintendencia Nacional de Salud. Parágrafo. Las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud que se encuentren con medida impuesta por la Superintendencia Nacional de Salud deben cumplir las condiciones de habilitación en los términos y plazos establecidos en el Capítulo

3 del Título 2 de la Parte 5 del libro 2. del Decreto 780 de 2016 Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social. El plazo para el cumplimiento de las condiciones de habilitación para estas entidades nunca podrá ser superior al definido para las entidades que no se encuentren incursas en medidas. Artículo 3. Criterios y estándares para el cumplimiento de fas condiciones de autorización, habilitación y permanencia: Las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud deberán demostrar su capacidad técnico-administrativa, tecnológica y científica, a través del cumplimiento permanente de los criterios y estándares definidos en el Manual que hace parte integral de la presente resolución, los cuales se encuentran organizados en los siguientes grupos: 1 9 ABR2 021 4 97

RESOLUCIÓN NÚMERO- ''._ :,i DE 2021 HOJA No 3 DE 35

Continuación de la resolución "Por la cual se reglamentan los criterios y estándares para el cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y pe1TT1anencidae las entidades responsables de operar el aseguramiento en salud". Gobierno organizacional Sistema de gestión de riesgos Afiliación, novedades y libre elección en el SGSSS Reconocimiento de prestaciones económicas Atención al usuario Sistema de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y tutelas Fortalecimiento de la cultura de la seguridad social Garantía de la prestación de los servicios de salud Gestión de la salud pública Contratación y pago de tecnologías en salud . Gestión del talento humano Tecnologías de información. Artículo 4. Sistema de Gestión de Riesgos centrado en la Gestión Integral del Riesgo en

Salud. El Sistema de Gestión de Riesgos centrado en la Gestión Integral del Riesgo en Salud, debe permitir a las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud, la identificación, evaluación, medición, seguimiento y monitoreo de los riesgos que pueden afectar la salud de la población afiliada y la operación de la entidad. La implementación del Sistema de Gestión de Riesgos corresponde: 4.1 Fortalecer el proceso de gestión integral del riesgo en salud de la entidad, con el fin de garantizar el acceso equitativo, oportuno, continuo y eficiente a los servicios de salud de la población afiliada, integrando las perspectivas diferenciales de atención, para el mejoramiento de la experiencia de los usuarios con la atención y la obtención de mejores resultados en salud, con la mejor utilización de los recursos disponibles. 4.2 Fortalecer la capacidad de la entidad para abordar los riesgos y oportunidades asociados con su contexto, funciones y objetivos, generando condiciones de estabilidad operativa y financiera a través de la definición de políticas, procesos y procedimientos de gestión, que incluyan metodologías de identificación, evaluación, medición, seguimiento y monitoreo de diferentes categorías de riesgos. 4.3 Promover una cultura institucional de autoevaluación, mejora continua, innovación y desarrollo de capacidades, orientadas al fortalecimiento de la gestión del aseguramiento en salud por parte de las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud. 4.4 Estimular una cultura organizacional de servicio centrada en el usuario, con transparencia, autorregulación, calidad, uso adecuado de la información y mejoramiento continúo en todos los procesos propios de la entidad.

Parágrafo. Las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud, deberán diseñar e implementar un modelo de atención en salud para la población afiliada, soportada en los procesos, actividades, recursos humanos, fisicos, tecnológicos y financieros que den cuenta del cumplimiento de los criterios y estándares establecidos en el manual técnico que hace parte integral de la presente resolución, entendiendo que los lineamientos para la Gestión de Riesgos en Salud corresponden al cumplimiento de todos tos grupos de criterios y estándares dispuestos. Artículo 5. Operación territorial del aseguramiento (OT). Las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud deben organizar un modelo de atención y prestación de servicios de salud en las entidades territoriales donde se encuentren autorizadas, el cual debe atender y reconocer las prioridades de salud en el ámbito territorial específico, garantizar el acceso, la oportunidad, la calidad, la eficiencia, la suficiencia y la continuidad de los servicios de salud. 19 ABR2 02.1 . ,~-.,,9 .,.

RESOLUCIÓN NÚMERO •. ' ~•' í < 1 DE 2021 HOJA No 4 DE 35

Continuación de la resolución "Por/a cual se reglamentan los criterios y estándares para el cumplim1ento de las condiciones de autorización, habilitación y permanencia de las entidades responsables de operar el aseguramiento en salud". Estas entidades dispondrán para los afiliados, el recurso humano y los procesos administrativos de soporte y comunicación apropiados al contexto socio - cultural integrando los enfoques diferenciales y poblacionales, de forma que facilite y agilice las

solicitudes de demanda y autorización de servicios y tecnologías; la comunicación entre la entidad y los afiliados, el reporte y solución dé· las peticiones, quejas, reclamos, solicitudes y denuncias recibidas, logrando la trazabilidad de cada proceso. Los criterios y estándares para la autorización, habilitación y permanencia en la operación territorial del aseguramiento se encuentran definidos y se verificarán de conformidad con lo dispuesto en el manual que hace parte integral de la presente resolución. Artículo 6. Progresividad para el cumplimiento de fas condiciones de habilitación. El cumplimiento progresivo de los criterios y estándares de habilitación será establecido en el anexo técnico "Manual de criterios y estándares para la autorización y habilitación de las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud", el cual hace parte integral de la presente resolución. Artículo 7. Procedimientos de verificación y evaluación. La Superintendencia Nacional de Salud, establecerá e implementará un cronograma de verificación y evaluación de las condiciones de habilitación y permanencia, a partir de abril de 2021, de acuerdo con la progresividad establecida en el manual de verificación que se determine previamente. Artículo 8. Condiciones financieras y de solvencia. El seguimiento y verificación a las condiciones financieras y de solvencia de las entidades autorizadas para operar el aseguramiento en salud, se realizará dando cumplimiento a a Sección 1 del Capítulo 2 del Titulo 2 de la Parte 5 del Libro 2 deDecreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud. Artículo 9. Monitoreo a las entidades responsables de la operación del aseguramiento en

salud. La Superintendencia Nacional de Salud consolidará la información obtenida sobre la autorización, habilitación y permanencia de las entidades responsables de la operación del aseguramiento en salud y elaborará un repositorio que identifique: 9.1. las entidades con autorización nueva o actualizada y la vigencia de esta, 9.2. las condiciones y alcance de las autorizaciones concedidas, 9.3. las entidades en medida administrativa especial autorizadas y la vigencia de la autorización, 9.4. las entidades autorizadas que cumplen las condiciones de habilitación. Dicha información deberá estar disponible para conocimiento de las entidades de control y de este Ministerio, de conformidad en el artículo 2.5.2.3.3.6 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud. Artículo 10. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga la Resolución 2515 de 2018. g Dada en Bogotá, D.C., 1 F RN NDO RUIZ GOMEZ Minist o de Salud y Protección Social Aprobó: • ._)._ Viceministra de Protección Social \.,P'J Directora de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud. Riesgos laborales y Pensiones (r;;,,/1;_ . tr" Directora Jurídica 19 ABR2 021 'J4 9 7

RESOLUCIÓN NÚMERO~. ~.~ , DE 2021 HOJA No 5 DE 35

Continuación de la resolución "Por la cual se reglamentan los criterios y estándares para el cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y permanencia de las entidades responsables de operar el aseguramiento en salud"

ANEXO TÉCNICO Manual de criterios y estándares para la autorización, habilitación y permanencia de las eritidades responsables de la operación del aseguramiento en salud 1Gobierno orga-niza.c.,i.o . nal Estándares Progresividad Criterios Autorización Habilitación Permanencia habilitación 1.1. Demostrar la 1.1 Actualizar la existencia y evidencia de la 30 de junio de representación del existencia y 2021 asegurador como representación del persona jurídica asegurador como mediante la persona jurídica y su inscripción del objeto representación legal, social, las reformas y así como el los nombramientos cumplimiento de los de administradores y trámites requeridos en representantes procesos de venta de legales. acciones o cuotas o capitalización, e identificar el origen de los recursos en dichos procesos, de acuerdo con la normatividad viaente. 1.2. Contar con un 1.2. Cumplir con los procedimiento interno requisitos para su 30 de junio de para evaluar los funcionamiento de2021 candidatos a acuerdo con la miembros del naturaleza jurídica de máximo órgano la sociedad. social, órgano de Garantizar el administración y 1 Estatutos cumplimiento de órgano de control, a y los criterios y través de la organización estándanres de evaluación de un dela habilitación; de conjunto de criterios entidad. los estatutos y que deben cumplir organización de la los perfiles entidad, Código funcionales y de Conducta y de personales Gobierno (idoneidad y Organizacional y experiencia), asi

de Rendición de como la verificación Cuentas. de posibles incompatibilidades e inhabilidades. 1.3. Establecer una 1.3. Demostrar el estructura orgánica y funcionamiento del 30 de junio de funcional donde se máximo órgano social 2021 observe los perfiles y y el órgano de cargos de acuerdo administración de con las funciones acuerdo con los relacionadas con el estatutos de la entidad aseguramiento en y a los reglamentos salud; esto debe internos de cada estar respaldado por órgano un organigrama y la aprobación del órnano comnetente. 1.4. Ejecutar operaciones que 30 de junio de aaranticen la no 2021 . , • • 19 ABR2 021

RESOLUCIÓN NÚMERO,,~ C;,, ,Ü 4 9 7

DE 2021 HOJA No 6 DE 35

Continuaciónd e la resolución" Por la cual se reglamentanl os criteriosy estándaresp ara el cumplimientod e fas condicionesd e autorización,h abilitacióny permanenciad e las entidades responsablesd e operar el aseguramientoe n salud". Estándares Progresividad Criterios Autorización Habilitación Pennanencia habilitación desviación de recursos del Sistema General de

  • .

Seguridad Social en ,) ',' ' ., 1 Salud. . . 1.5. Demostrar el funcionamiento de la 30 de junio de junta directiva y del 2021 representante legal, en relación con la orientación estratégica de la entidad, gestión de riesgos {salud, económicos y reputaciona1es, entre

otros) .e . implementación del ; ~- ' ' • Sistema de Control Interno y de Gestión a la Calidad. ' 1.6. Evidenciar el cumplimiento de los 30 de junio de compromisos, metas e 2021 . indicadores establecidos en los .

Comités: Comité de • Riesgos, Comité de Contralorfa Interna, .. •

. • Comité de Gobierño ' Organizacional, Comité de Conducta, o . los que hagan sus veces. evaluados .a través de tableros de control y mediante ta evidencia especifica del cumolimiento. 1.7. Argumentar y evidenciar el 30 de junio de cumplimiento dé los 2021 . . • compromisos establecidos para • subsanar los hallazgos de la revisarla fiscal y el auditor. inmersos en ' su· dictamen de la revisarla fiscal y los informes de auditoria. 2.1 Documentar un 2.1. Implementar

2. Código Código de Conducta mejores practicas 30 de junio de de y de Gobierno organizacionales y del 2021

Conducta y Organizacional, código de conducta y de atendiendo los de buen gobierno Gobierno lineamientos del organizacional y • Organiza- órgano competente diseno y promoción de cional orientados a una políticas . antilavadoatención en salud anticorrupción en la efectiva y entidad. Demostrar el humanizada, trato seguimiento a través equitativo ' en de un tablero de control igualdad de y an.alisis que debe condiciones cara evaluarse en los

  • 1 9 ABR2 021

O4 9 7

RESOLUCIÓN NÚMERO' ' ~. DE 2021 HOJA No 7 DE 35

Continuación de la resolución "Por la cual se reglamentan los criterios y estándares para el cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y permanencia de las entidades responsables de operar el aseguramiento en salud". Estándares Progresividad Criterios Autorización Habilitación Permanencia habilitación todos los usuarios, Comités de Gobierno promoción de Corporativo según políticas corresponda. ' anticorrupción en la entidad, incluyendo ta conformación de los comités, la estructura orgánica y funcional de la entidad y la distribución de funciones acorde con sus obliaaciones. 2.2. Definir una 2.2 Evidenciar los Política General de contenidos 30 de junio de Revelación de actualizados y la· 2021 Información y efectividad de • las Transparencia de la herramientas para el entidad aprobada por desarrollo de la Política la Junta Directiva, General de Revelación áreas responsables y de 1n formación y herramientas Transparencia de la destinadas para su entidad; donde los cumplimiento. usuarios, entes de control, órganos de gobierno organizac1onal accedan con facilidad a la información relevante. 3.1 Documentar la 3.1. Demostrar la Política de Rendición implementación de la 30 de junio de de Cuentas, su política y de 2021 metodología y plan metodologías de de acción. rendición de cuentas, a través de los medios y

herramientas {videos, sitios web, aplicativos) mostrando la información dispuesta, la participación de las asociaciones de usuarios o los representantes de la población afiliada, entidades de control, 3. órganos de gobierno Rendición organizacional y otros de cuentas. usuarios. 3.2 Documentar una 3.2. Disponer de política que manera permanente 30 de junio de especifique los con información 2021 criterios con los actualizada en su cuales evalúa a los página web, prestadores relacionada con la contratados y la rendición de cuentas forma como los aplica anual a la ciudadanía oor 3 arios. 3.3 Documentar una 3.3 Demostrar la política de pagos que implementación de la 30 de junio de especifique los política de pagos y 2021 criterios con los compras de acuerdo cuales administra la con lo establecido nor 19 ABR2 021 ,,,-0197

RESOLUCIÓN NÚMERO ._'' J V '1 DE 2021 HOJA No 8 DE . -35

Continuación de la resolución ·Por la cual se reglamentanl os criterios y estándaresp ara el cumplimientod e las condiciones de autorización, habilitación y permanencia de fas entidades responsables de operar el asegu,:amiento en salud~. Estándares Progreslvldad Criterios Autorización Habilitación Permanencia habilitación liquidez y los plazos la entidad de pagos a los (procedimientos, proveedores pagos y plazos)._ ¡••• 1 :' 1 . 3.4 Documentar una ' política de compras que incluya los criterios y

procedimientos, asl como las areas responsables para la adquisición de bienes y serv'1 c' 10s necesarios para la operación y sus ., respectivas 1 atribuciones 1 ' ' 1 9 ABR2 021 4 9 7 O

RESOLUCIÓN NÚMERO :' -~; , DE 2021 HOJA No 9 DE 35

Continuación de la resolución "Por la cual se reglamentan los criterios y estándares para el cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y pennanencia de las entidades responsables de operare! aseguramiento en salud''. 11Sistema de Gestión de Riesgos Criterios Estándares Progresividad Autorización Habilitación Permanencia habilitación 1.1. Disponer del diseño 1 1 Mostrar los . del Siste ma resultados del ciclo 30 de junio de de Gestión de Riesgos de gestión de 2021 que identifique, valore, riesgos a nivel ejecute acciones, evalúe, territorial controle y mitigue los (departamento, riesgos relacionados con distritos y el cumplimiento de las municipos) y Evidenciar la funciones del consolidado, eón implementación y aseguramiento, con periodicidad evaluación del énfasis en los riesgos de semestral y modelo de salud. Debe incluir: evaluación anual en gestión de análisis riesgos, que a) Estructura orgánica comparativo. incluya e"Ia nálisis para la administración del El análisis debe de metas Sistema Integral de incluir como mínimo normativas o Gestión de Riesgos en la la evaluación de los establecidas en entidad {riesgo operativo, riesgos operativo, los comités de

riesgo SARLAFT, riesgo SARLAFT, de gestión con su de mercado, riesgo de mercado, de correspondiente liquidez, riesgo liquidez, evaluación y reputacional, riesgo de reputacional, salud, acciones de salud, riesgos de fallas fallas en el mercado mejora de los en el mercado de salud, de salud, actuaria!, resultados riesgo actuaria!, riesgo de crédito y de obtenidos. 1. de crédito, riesgo de grupo. Debe incluir. Sistema grupo). de b) Documento de a) Identificación y Gestión funciones o manual de evaluación periódica de funciones/cargos con el de los riesgos Riesgos detalle de funciones y inherentes, dela responsabilidades de la residuales y netos entidad. estructura orgánica globales; definida para cada tipo b) Es1ablecimiento de riesgo o de la unidad de las causas, integral. efectos potencialesy e) Documento que la interacción; contenga las e) Valoración de la inhabilidades, frecuencia y impedimentos y severidad, la sanciones aplicables a probabilidad de los cargos que ejecutan ocurrencia e la administración del impacto; Sistema de Riesgos en la d) Resultados de las entidad. estrategias de d) Documento de mitigación aplicadas, competencias que a través de contenga los perfiles de mediciones las personas que pueden concretas (e n ejecutar la administración herramienta del Sistema de Riesgos metodológica y en !a entidad. tablero de control); e) Implementación de procedimientos de retroalimentación v meioras

,,-,.,97 1 9· ABR2 021

RESOLUCIÓN NÚMERO • ••o'" 'i DE 2021 HOJA No 1Q D E 35

Continuación de la resolución "Por la cual se reglamentan los criterios y estándares para el cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y permanencia de /as entidades responsables de operar el aseguramiento en salud". Criterios Estándares Progresividad Autorización Habilitación Permanencia habilitación 1.2. Exponer y evidenciar la 30 de junio de herramienta - 2021 tecnológica, ' 1.2 Procesos y metodología, fichas procedimientos de cada de indicadores, uno de los sistemas de definición de riesgos que se deben mediciones y rangos implementar en la de categorización y entidad (riesgo operativo, tablero de control, riesgo SARLAFT, riesgo dispuestos por el de mercado, riesgo de asegurador para liquidez, riesgo desarrollar el ciclo reputacional, riesgo de de Gestión de salud, riesgos de fallas Riesaos. en el mercado de salud, 1.3. Garantizar el riesgo actuaria 1, riesgo funcionamiento del 30 de junio de de crédito, riesgo de sistema de gestión 2021 grupo). de riesgo de forma continua en coherencia con el cumplimiento de las funciones del ase<1uramiento. 2.1. Documentar un 2.1. Demostrar los modelo de salud, que resultados de la 30 de junio incluya los implementación y 2021 procedimientos para evaluación del disponer de: modelo de salud a nivel territorial a) Caracterización de la (departamentos,

población que se distritos y pretende asegurar, por municipios) y pertil etario, grupo de consolidado; riesgo, incidencia de evidenciado la morbimortalidad, trazabilidad, gestión condiciones territoriales, y resultados en el entre otros aspectos. sistema de b) Estimación de la Información o Evidencia de la demanda de servicios y herramienta implementación y tecnologías de salud que tecnológica 2. evaluación del requiere la población por disponible. Gestión modelo de salud, grupo de riesgo, a nivel integral que incluya el territorial. del riesgo análisis de metas c) Estimación de la oferta en salud normativas y/o de servicios disponible (OT). establecidas en en la red de prestadores los comités de de servicios de salud, gestión con su que se tendrá a correspondiente disposición, para cumplir evaluación y con la demanda de acciones de servicios; a nivel mejora de los territorial. resultados d) Estrategias para obtenidos. definir acuerdos de voluntades, modelos de contratación y pagos en las relaciones asegurador-prestador. e) Estrategias de articulación y coordinación de 1q ABR2 021 0 9 7

RESOLUCIÓN NÚMERO. ; ~. l¡ D1=2 021 HOJA No 11 DE 35

Continuación de la resolución "Por la cual se reglamentan los critenos y estándares para el cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y pennanencia de las entidades responsables de operar el aseguramiento en salud" Criterios Estándares Progresividad Autorización Habilitación Permanencia habilitación

respuestas integrales con otros agentes alrededor de prioridades ., r en salud de los territorios. ' f) Los mecanismos para el monitoreo de procesos y evaluación de los resultados. g) La descripción del sistema de información para soportar la gestión del riesgo en salud. h) Las estrategias, métodos y procedimientos para .. actualizar la planeación y análisis del riesgo en salud de la población. 2.2. Plan de 2.2. Evidenciar el implementación del cumplimiento de las 30 de junio modelo de gestión de metas normativas o 2021 riesgos en salud, que establecidas en los garantice que, en los 12 comités de gestión, meses posteriores a la en cuanto a la recepción de la prestación de autorización de servicios, vigilancia funcionamiento de la epidemiológica, entidad, se encuentre calidad, atención al operando usuario, satisfacción del usuario, relación asegurador . prestador, siniestralidad, nota técnica, afiliación y traslados, entre otros. El análisis se deberá realizar de forma semestral y anual, comparativo. 2.3. Evidenciar la implementación del 30 de junio Modelo de Salud, su 2021 evaluación y los resultados obtenidos a través de un modelo o metodología de análisis que determine como mlnimo: a) Categorías de diagnóstico, de riesgo en salud o de atención requerida, para cada afiliado con el objetivo de clasificar la población por cohortes o grupos

homoqéneos, 19 ABR2 021 O4 9 7

RESOLUCIÓN NÚMERO"·.~~; DE 2021 HOJA No 12 DE 35

Continuaciónd e la resolución" Por la cual se reglamentan los criterios y estándares para el cumplimiento de las condiciones de autorización, habilitación y permanencia de las entidades responsables de operar el aseguramiento en salud". Criterios Estándares Progresividad f---~~~~~--~~===c=~~-~-~---~~ Autorización Habilitación Permanencia habilitación brindando información de base para definir , prioridades y protocolos de atención, incluyendo a la población potencialmente sana. b) Cálculo de la demanda real de los servicios según los grupos de clasificación del riesgo en salud de los afiliados; discriminando las acciones de promoción y mantenimiento de la salud, prevención de la enfermedad, demanda inducida, búsqueda activa, tratamiento de la enfermedad, rehabilitación y paliación. c) Modelo de organización de la demanda real a nivel de contrato o modalidad de acuerdo de servicios, incluyendo CUPS y CUM, según la oferta real disponible para la prestación de los servicios y la entrega de productos médicos (medicamentos y dispositivos médicos); adicionando la información financiera de los contratos para cada periodo. d) Modelo para identificar, organizar, monitorear y evaluar la prestación efectiva de los

servicios y/o

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