MINSALUD - Resolución 5349 de 2014
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 5349 de 2014
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2014
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
5349
RESOLUCIÓN NÚMERO , DE 2014 ( ) 2 4 NOV2.0 14
Por la cual se efectúa una asignación de recursos del presupuesto de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA para la vigencia fiscal 2014 y se dictan otras disposiciones EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en los artículos 5 de la Ley 1608 de 2013 y 13 parágrafo 4 de la Ley 1122 de 2007 y, CONSIDERANDO: Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, desarrollado por el Decreto 1080 de 2012 y la Resolución 1302 de 2012, modificada por la Resolución 1597 del mismo año, las entidades territoriales registraron deudas reconocidas y no pagadas a las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, por valor de TRESCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y
SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO
PESOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS M/CTE ($320.847.138.225,94).
Que el artículo 5 de la Ley 1608 de 2013, autorizó a este Ministerio para disponer por una sola vez de recursos del FOSYGA hasta un monto de CIENTO CINCUENTA MIL MILLONES DE PESOS ($150.000.000.000), para que las entidades territoriales puedan
atender las deudas reconocidas del Régimen Subsidiado de Salud en virtud de lo establecido en el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011 y sus reglamentos. Que del referido monto, a través de las Resoluciones 986, 2446, 3541, 5327 y 5396 de 2013, este Ministerio asignó en la vigencia fiscal 2013, recursos por valor de CIENTO DIEZ MIL SETECIENTOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIEN PESOS ($110.718.337.100) Que mediante Resolución 5513 de 2013, modificada por las Resoluciones 1860, 2002, 3062, 3440 y 3795 3879 y 4814 de 2014, este Ministerio aprobó el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, para la vigencia fiscal 2014, en el cual se apropiaron recursos por valor de TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES PESOS M/CTE ($39.329.961.533) en el concepto "Saneamiento deudas entidades territoriales -Ley Cuentas Maestras" de la Subcuenta de Solidaridad. Que en sesión del 16 de mayo de 2013, Acta No. 28, teniendo en cuenta la necesidad de hacer asignaciones parciales de estos recursos, se planteó en el Comité de Análisis y Seguimiento a los recursos de los Fondos de la Protección Social, la viabilidad de dar facultades para que a medida que se soliciten recursos por parte de las entidades territoriales, se giren sin necesidad de reunir previamente al Comité.
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RESOLUCIÓN NÚMERO i¡ ·; ,53~9 DE 2014 HOJA Nº 2 de 5
Continuación de la resolución "Por la cual se efecttía una asignación de recursos del presupuesto de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantfa - FOSYGA para la vigencia fiscal 2014 y se dictan otras disposiciones ..
Que mediante Resolución 292 de 2013, modificada por la Resolución 2472 de 2014, se definieron los términos y condiciones de reporte del plan de aplicación y ejecución de los recursos de que trata la Ley 1608 de 2013, adoptando en su artículo 3, el Anexo No. 7. Formato - "Saneamiento de deudas del Régimen Subsidiado reconocidas en virtud del articulo 275 de la Ley 1450 de 2011", mediante el cual, los municipios de categorías 4, 5 y 6, que tienen deudas reconocidas y no pagadas, en el marco del precitado articulo 5 de la Ley 1608 de 2013 y sus reglamentos, solicitan la asignación de !os recursos y consecuentemente, para efectos de su restitución, definen las fuentes territoriales de recaudo nacional con las que asumirán el esfuerzo propio en la cofinanciación del Régimen Subsidiado. Que con base en la información reportada por las entidades territoriales, la Dirección de Financiamiento Sectorial de este Ministerio, mediante memorando del 28 de agosto de 2014, con alcance posteriormente a través de mensajes electrónicos del 8 de septiembre y del 27 de octubre del mismo ano, remitió el proyecto de .acto
administrativo que incluye el listado de las entidades territoriales que serían beneficiadas con los recursos de que trata el articulo 5 de la Ley 1608 de 2013. Que según reporte de los Certificados de Disponibilidad Presupuesta! No. 357 del 29 de agosto de 2014, 406 del 11 de septiembre y 490 del 29 de octubre del mismo ano, expedidos por el Coordinador del Grupo de Administración Financiera del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, existe apropiación disponible y libre de afectación en el presupuesto de gastos del FOSYGA, para la vigencia 2014, asl: Código: 63030471216: Subcuenta: SOLIDARIDAD; Concepto: Saneamiento deudas entidades territoriales - Ley cuentas maestras, para la presente asignación de recursos. Que mediante oficio del 4 de junio de 2014, al cual se adjunta el Anexo Técnico 7 de la Resolución 292 de 2013, el Alcalde Municipal de La Vega, Departamento del Cauca, solicitó a este Ministerio el cambio de fuente de financiación, especificando que se afecten los recursos del Sistema General de Participaciones - libre inversión y estimando en 1O años el tiempo para su restitución. Que por efecto de un error formal de transcripción de la información del Anexo 7 de la Resolución 292 de 2013, remitido por el municipio de San Martín de Loba, Departamento de Bolívar, en el articulo 1 de la Resolución 5396 de 2013, se varió la fuente territorial de recursos, con cargo a la cual, el municipio había señalado que haría
la restitución de los recursos asignados mediante el citado acto administrativo, por lo que resulta necesario efectuar la respectiva corrección. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Articulo 1. Asignar recursos del presupuesto de gastos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, para la vigencia 2014, concepto "Saneamiento deudas entidades territoriales - Ley cuentas maestras", por valor de CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO PESOS M/CTE ($4.419.587.581) a los municipios que se relacionan a continuación: ' 2 4 NOV2 014 5349 DE 2014 HOJA Nº 3 de 5
RESOLUCIÓN NÚM!=,RO,; ·, .
Continuación de la resolución ·Por la cual se efectúa una asignación de recursos del presupuesto de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantfa ~ FOSYGA para fa vigencia fiscal 2014 y se dictan otras disposiciones"
! 05490 EMDISALUD 1.301.364.404 696.353.425
ANTIOQUIA NECOCLI 987,645,604 : 987,645.604 w 05490 COMFAMA 550,397 288 ! 291.292.179
CAPRECOM 08372 1.629 030.MS 1 009.145.812
ASOCIACION 08372 ATLANTICO JUAN DEACOSTA MUTUAL SER 883 802,172 1.827.437.438 1.827 437.438 w
EPS-5 509,145,813
COMPARTA 08372 860.921.919 209,145,813
ASO(IACION 13657 MUTUAL SER 464,033.411
EPS-S 324,501.524
SANJ UAN 13657 NEPOMUCENO CAJACOPI 163 890.457 ' 47.315.744 466,539.240 466,539.240 1 w BOLIVAR CAPRECOM 13607 135.413.828 94.721.912
SALUDV IDA EPS 13760 81.302.i54 41.860,275
SOPlAVIENTO AMBUQ-· 83.720.SS0 83,720,550 ! 13760 73,259.941 41.860,275
SALUDV IDA EPS ; 17861 CALDAS VICTORIA 61.439.358 33 279.420' 33.279.420 33,279 420 ,o SALUDVIDAEPS 44560 30b.807 531 214,625.271 ,
------, ANAS WAYUU 44560 LA GUAJIRA MANAURE EPSI 207 013.970 14'\,909,779 359,535.050 359,535.050
OUSAKIIWI EPSI
44560 62,523.014
ASMETS ALUD 76248 )62 260,724 183 582.507
VALLE ELCERRITO EMSSANAR 661.430.279 661.430.27~ rn 76248 682.639.6N ! 477.847,772
TOTAL 7.726.100.012 4.419.587.581 4.419.587.581 3.593.513.291 826.074,290
Articulo 2. Las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución,
deberán reportar en la estructura del Anexo No. 6 de la Resolución 1302 de 2012, el monto exacto de los recursos incluidos en la presente resolución y los valores a girar a los prestadores de servicios de salud, priorizando las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas y con mayor antigüedad en la deuda. El envío de la información se realizará a través de la plataforma de integración del SISPRO, de acuerdo con las especificaciones contempladas en la Resolución 1302 de 2012 y con los parámetros que establezca la Dirección de Financiamiento Sectorial de este Ministerio. Artículo 3. El giro se realizará directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, con quienes las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado tengan deudas o recursos pendientes de pago por la prestación de servicios de salud de la población afiliada al Régimen Subsidiado de Salud, independiente de la fecha de causación de las obligaciones, privilegiando las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas, las instituciones prestadoras de servicios de salud indígenas y las obligaciones de mayor antigüedad. Dicho giro se efectuará desde el mecanismo único de recaudo y giro, implementado según lo dispuesto en el articulo 31 de la Ley 1438 de 2011 y el Decreto 4962 del mismo año. 2 4 NOV2.0 14 5349
RESOLUCIÓN NÚME..R O DE 2014 HOJA Nº 4 de 5
Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del presupuesto de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA para la vigencia fiscal 2014 y se
dictan otras disposiciones" -------.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Artículo 4. El Ministerio de Salud y Protección Social informará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación, las fuentes territoriales de recaudo nacional con las que las entidades territoriales asumirán el esfuerzo propio en la cofinanciación del Régimen Subsidiado, a partir del año 2015. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público girará al mecanismo único de recaudo y giro implementado según lo dispuesto en el articulo 31 de la Ley 1438 de 2011 o a la entidad que haga sus veces, los recursos en forma anual, durante el tiempo establecido por la entidad territorial. La entidad territorial que haya definido los recursos de regalías como fuente territorial de recaudo nacional para asumir el esfuerzo propio en la cofinanciación del Régimen Subsidiado, deberá presentar ante la Secretaria Técnica del Órgano Colegiado de Administración y Decisión - OCAD correspondiente, la información relacionada con la decisión de comprometer dichos recursos y remitirá copia de la misma a este Ministerio. Artículo 5. Las entidades territoriales, las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, una vez realizado o recibido el pago o giro de los recursos de que trata la presente resolución y de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 1080 de 2012, deberán reflejar en su contabilidad las cuentas debidamente conciliadas y depuradas, así como realizar y aplicar los procedimientos presupuestales correspondientes, en el marco de
las normas vigentes. Una vez girados los recursos de que trata la presente resolución, las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución 4182 de 2011. Artículo 6. Modificar la fuente territorial de recaudo nacional y el tiempo para la restitución de los recursos, establecidos en el articulo 1 de la Resolución 986 de 2013, para el municipio de La Vega, Departamento del Cauca, así: ASMET SALUD 222.426 895 ! 155,698,827 i
(AUCA ! 19397 LA VEGA EPSl03 AIC EPSI 197,376,838 138.163, 787 303 903.115 303.903.115 ' - 1 10
EPSS20 CAPRECüM
14,343,573 10.040,501 Artículo 7. Modificar la fuente territorial de recaudo nacional para asumir el esfuerzo propio en la cofinanciación del Régimen Subsidiado, establecida en el artículo 1 de la Resolución 5396 de 2013, para el municipio de San Martín de Loba, Departamento de Bolívar, así: 2 4 NOV2.0 14
RESOLUCIÓN NÚMERO , ; 5349 DE 2014 HOJA N' 5 de 5
Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del presupuesto de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantfa - FOSYGA para la vigencia fiscal 2014 y se dictan otras disposiciones" "" 824,987,275
BOLIVAR 13667 MARTÍND E SOiS Ai UD 1 3✓5.657.755 715 855,189 1 541 810 796 1,541,810 796 w
L08A
L08A EPSS20 , CAPRECOM 968,332
! 968.332 Artículo 8. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las Resoluciones 986 y 5396 de 2013.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE 2 4 NOV2.0 14
Dada en Bogotá, D. C, LEJAN R )G~RIA URIBE nistro de alf' y Protección Socia~