MINSALUD - Resolución 5403 de 2015
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 5403 de 2015
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2015
REPUBLICAD E COLOMBIA
l'~: MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN"1JcÜ ;_,Ü Ü 5 4 Ü 3 ( 1 7 DIC2 015 l Por la cual se adopta el Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Salud y Protección Social para la vigencia 2016 - Unidad Ejecutora 190101 y recursos de ejecución compartida con la Unidad Ejecutora 190114 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y !!3gales,e n especial las contenidas en los literales c) y e) del articulo 61 de la Ley 489 de"19©áy eh·el riu/neral 2 del articulo 6 del Decreto 4107 de 2011 y, CONSIDERANDO Que el Articulo 209 de la Constitución Política, estableció que /a función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, impa;-cialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración'éle funciones. Que el Artículo 9 de la Ley 1444 de 2011 creó el Ministerio de Salud y Protección Social, cuyos objetivos y funciones serán los escindidos déi Ministerio de'lá Protección Social, de acuerdo con el Articulo 60 de dicha Ley. Que el Decreto 4107 de 2011, en lo concerniente a la estructura del Ministerio de Salud y Protección Social, dispuso, que haría parte del Despacho del Viceministro de Protección Social, la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social.
Que respecto de la Dirección de Administración de F_ondosd e la Protección Social el Decreto estableció en su articulo 35, que es una dependencia del Ministerio de Salud y Protección Social, con autonomía administrativa y financiera, en los términos del literal j) del articulo 54 de la Ley 489 de 1998, encargada de_l a administración de los fondos, cuentas y recurs.o s de administración especial de protección social á cargo del Ministerio. ' Que el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011 establece que a partir de su vigencia, todas las entidades del Estado, a más tardar el 31 de enero de cada año, deberán publicar en su respectiva página web el Plan de Acción para el año sigu¡ente, en el cual se especificarán, entre otros, los planes generales de compras. Que mediante la Ley 1769 del 24 de noviembre de 2015, se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 al 31 de diciembre de 2016. Que el articulo 22.1.1.1.4.1 del Decreto 1082 de2015 prevé_que las Entidades Estatales deben elaborar un Plan Anua/ de Adquisiciones, el cual debe contener la lista de bienes, obras y servicios que pretenden adquirir durante el año. En el Plan Anual de Adquisiciones, la Entidad Estatal debe señalar la necesidad y cuando conoce el bien, obra o servicio que satisface esa necesidad debe identificarlo utilizando el Clasificador de Bienes y Servicios, e indicar el valor estimado del contrato, el tipo de recursos con cargo a los cuales la Entidad • Estatal pagará el bien, obra o servicio, la modalidad de selección del contratista, y la fecha
aproximada en la cual la Entidad Estatal iniciará el Proceso de Contratación. Colombia Compra Eficiente establecerá los lineamientos y el formato que debe ser utilizado para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones. Que a su turno el articulo 2.2.1.1.1.4.3 del citado Decreto estable que la Entidad Estatal debe publicar su Plan Anual de Adquisiciones y las actualizaciones del mismo en su página web y en el SECOP, en la forma que para el efecto disponga la Agencia Colombia Compra Eficiente.
P17 DIC2 015
RESOLUCló~J.l Ú OO 5 4 Ü 3 DE HOJA No. 2
Continuaciónd e la Resoluciónp or la cual se adopta el PlanA nual de Adquisicionesd el Ministerio de Salud y ProtecciónS ocial para la vigencia2 015 - UnidadE jecutora1 90101y recursosd e ejecuciónc ompartidac on la UnidadE jecutora 190114 Que el 22 de febrero de 2013 la Agencia Colombia Compra Eficiente emitió la Guia para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones. Que mediante Resolución No. 3222 del 29 de Julio de 2014 el Ministro de Salud y Protección Social adoptó su Manua_dl e Contratación, en cuyo numeral 3.6.1 se estableció que la responsabilidad,~de 'con!Íofidar y publicar de forma oportuna el Plan Anual de Adquisiciones en el Ministerio es de la Subdirección Administrativa, y en la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, de la Subdirección de Gestión; y que el mismo se adoptaría anualmente mediante Resolución suscrita por el Ministro, en lo de su
competencia y, del Director de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social en lo pertinente. Que el Ministro de Salud y Protección-$ocial expidió la Circular Interna No. 000053 de 2015 mediante la cual impartió lineamientos para el cierre administrativo y financiero de la vigencia fiscal 2015 y la planeación de la ejecución contractual vigencia 2016, incluyendo el cronograma para la planeación, elaboración, publicación y actualización del Plan Anual de Adquisiciones del añ9 201:6. 4: :· • ·: Que a la fecha se han agotado las diferentes etapas previstas en la Circular No. 0000053 __,¡-, de 2015, para la construcción del Plan Anual de Adquisiciones. i Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Salud y Protección Social Unidad Ejecutora 190101 y recursos de ejecución compartida con la Unidad Ejecutora 190114, para la vigencia 2016, el cual se encuentra contenido en el Anexo ;, No. 1 de la presente Resoluciónf • . -~- ';_.· ,, ARTÍCULO SEGUNDO: El Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Salud y Protección Social podrá ser modificado y deberá ser actualizado, de conformidad con las previsiones legales en la materia, agotando los procedimientos internos adoptados por el Ministerio, sin que para ello se requiera de la expedición de nuevos actos administrativos. ARTÍCULO TERCERO. Ordenar la publicación del Plan Anual de Adquisiciones del --- , Ministerio de Salud y Protección Social para la vigencia 2016 - Unidad Ejecutora 190101 y
recursos de ejecución compartida con la Unidad Ejecutora 190114, en el Portal Web de la Entidad y en la Página Web dispuesta para el efecto por la Agencia Colombia Compra Eficiente www.colombiacompra.gov.co ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de su expedición. o.e., Dada en Bogotá r17 DIC2 015
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE _l .AL~JA ~IRIA URIBE
Ministro d Wudy Protección Social / •.
Proyectó: lgamboaV-:,O"
Aprobó: GBurgosB.~