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MINSALUD - Resolución 5414 de 2014

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 5414 de 2014
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2014

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Ffr MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUClóm:Jü,W(¡ij}5414 DE 2014 ( 7 o HO.•V Por la cual se autoriza la operación de compra de cartera con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en los artfculos 9 de la Ley 1608 de 2013, 41 del Decreto-Ley 4107 de 2011 y en el parágrafo 4 del articulo 13 de la Ley 1122 de 2007 y, CONSIDERANDO Que el articulo 41 del Decreto-Ley 4107 de 2011, creó en el Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, la Subcuenta de Garantlas para la Salud, con el objeto, entre otros, de generar liquidez a las instituciones del sector salud a fin de garantizar la continuidad en la prestación de servicios de salud, facultando a este Ministerio para reglamentar los términos y condiciones que permitan la administración de dicha Subcuenta. Que el artículo 9 de la Ley 1608 de 2013, establece que además de los usos contemplados en la precitada disposición, los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud se podrán utilizar de manera directa para la compra de cartera reconocida de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud con Entidades Promotoras de Salud y que este Ministerio reglamentará el procedimiento para implementar lo allí dispuesto. Que mediante la Resolución 3239 de 2013, modificada por las Resoluciones 889 y 3029

de 2014, se reglamentó el procedimiento, los criterios, las condiciones y los plazos que posibiliten la compra directa de cartera de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA y su posterior pago por parte de las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo, del Subsidiado y de las Cajas de Compensación Familiar - CCF que administren este último régimen. Que este Ministerio, a través de las citadas resoluciones, adoptó los formatos "Solicitud de Compra de Cartera", "Formalización Compra de Cartera", "Detalle de la Facturación incluida en la Formalización Compra de Cartera", "pagaré" y "carta de instrucciones", mediante los cuales, las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud y las Entidades Promotoras de Salud - EPS de los regímenes contributivo y subsídiado, solicitan y formalizan la compra de cartera en el marco de lo consagrado en la Ley 1608 de 2013. Que dentro del término establecido en el artículo 6 de la Resolución 3239 de 2013, modificado por la Resolución 5299 del mismo año y 3029 del 2014, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y las Entidades Promotoras de Salud incluidas en el artfculo 1 de la presente resolución, presentaron adecuadamente la solicitud de compra de cartera; adicionalmente, las EPS respectivas determinaron el tiempo para la recuperación de los recursos por parte del FOSYGA. 2 6 NO\2/.0 14 5 414

RESOLUCIÓN NÚM~•o () Ü Ü () DE 2014 HOJA No <aD E§

Continuación de la resolución "Por la cual se autoriza la operación de compra de cartera con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fondo de Solidaridad y GarantfaFOSYGA' Que la operación de compra de cartera de que trata la presente resolución se soporta en la información consignada en los formatos "Solicitud de Compra de Cartera", "Formalización de Compra de Cartera", "Detalle de la Facturación incluida en la Formalización Compra de Cartera", "pagaré" y "carta de instrucciones" de la Resolución 3239 de 2013, modificada por la Resolución 889 de 2014, diligenciados y suscritos por los respectivos representantes legales y revisores fiscales, así como en los datos de las facturas a incluir en la operación de compra de cartera y a cancelar a los prestadores de servicios de salud. Que consolidada la información anterior, la Dirección de Financiamiento Sectorial de este Ministerio, verificó el cumplimiento de los requisitos previstos en la Resolución 3239 de 2013, modificada por las Resoluciones 889 y 3029 de 2014, tales como: disponibilidad de recursos presupuestados en la Subcuenta de Garantías para la Salud del FOSYGA; que la solicitud de la IPS, formalizada por la EPS, prioriza las cuentas de mayor antigüedad; que el valor solicitado no supera el diez por ciento (10%) del valor presupuestado para la operación de compra de cartera en la Subcuenta de Garantías para la Salud del FOSYGA, dentro de una vigencia fiscal; que el valor total de la compra de cartera originada en deudas de una misma EPS del Régimen Subsidiado o

Contributivo, incluidas las operaciones de compra de cartera previstas en esta resolución, no supera el equivalente al 8% y 10% de ta estimación de las UPC que se le reconocerá en un año por cada régimen, respectivamente, la cual, se establecerá con base en el promedio de los valores reconocidos en los seis meses (6) anteriores a la solicitud; que la IPS que realiza la solicitud certifica que la cartera incluida en esta operación no es objeto de negocio jurídico alguno con terceros o esta siendo reconocida con otros recursos; que la EPS que formaliza la cartera objeto de compra con la IPS suscribe el reconocimiento de no tener ningún tipo de glosa, observación, inconsistencia o rechazo por parte de ésta; que la solicitud realizada por la IPS no supera el máximo de solicitudes anuales por EPS. Así mismo, se verificó que cada solicitud contenía la totalidad de los documentos requeridos en la mencionada Resolución 3239 de 2013 y sus modificaciones. Que con base en la verificación anterior, la Dirección de Financiamiento Sectorial emitió el concepto respectivo y el Comité de Análisis y Seguimiento del FOSYGA. en sesión del 21 de noviembre de 2014, Acta No.57, recomendó la aprobación de la compra de cartera de que trata la presente resolución. Que mediante la Resolución 5513 de 2013, este Ministerio aprobó el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA para la vigencia fiscal 2014, incorporando los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud, el cual ha sido modificado a través de las Resoluciones 1860, 2002, 3062, 3440, 3795, 3879, 4814 y 5337 de 2014.

Que según reporte del Certificado de Disponibilidad Presupuesta! No. 548, expedido el 24 de noviembre de 2014, existe apropiación disponible y libre de afectación en el presupuesto de gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA para la vigencia 2014 para respaldar la presente operación presupuesta!. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Autorizar la operación de compra de cartera que se detalla a continuación, con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA, Subcuenta de Garantías para la Salud, concepto "Apoyo fortalecimiento a /as entidades del sector ! !J NOV2.0 \4 1 RESOLUCIÓNN ÜMl!~olOOU5414 DE 2014 HOJA No DE§ Continuación de la resolución "Por la cual se autoriza la operación de compra de cartera con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fondo de Solídaridad y GarantlaFOSYGA" saludaportes nación" por valor de CUARENTA y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS ($48.384.289.536) M/CTE., que afectan el presupuesto de la presente vigencia, así: nempo Valor de Compra solicitado ! 1 1 de cartera con por la EPS '° Régimen Nombre de EPS NIT de EPS Nombre de IPS NITde IPS Concepto para el descuento Favorable de los recursos 1 Subsidiado EMDISALUD 811.004.055 HOSPITASL IMON . 800.196.433 $583618.168 12

EPS BOLIVAR1 1N1I VELE SE ' 2 Subsidiado CAPITAL 900.298.372 HOSPITASL OSA1 1 800.209.710 $501.628.653 12

SALUDE PS NIVELE SE 3 Subsidiado CAPITAL 900.298.372 HOSPITADL E SUBA1 1 800.216.883 $1.854.449.192 12

SALUDE PS NIVELE SE 4 Subsidiado CAPITAL 900.298.372 HOSPITASL IMON 8001 96.433 $1.682.403976 12

SALUDE PS BOLIVAR1 1N1I VELE SE 5 Subsidiado CAPITAL 900.298.372 HOSPITAML EISSEN1 1 800.220.011 $1.403.775.999 12

SALUDE PS NIVELE SE • HOSPITALLA 6 Subsidiado CAPITAL 900.298.372 VICTORIA1 1N1I VEL 800.197.177 $1.540.336.619 12

SALUDE PS

ESE ' 7 Subsidiado CAPITAL 900.298.372 HOSPITAEL NGATIVA1 1 830.077.688 $1.142.111.304 12

SALUDE PS NIVELE SE CAPITAL HOSPITAFLO NTIBON 8 Subsidiado 900.298.372 830.077.650 $790.362.971 12

SALUDE PS ESE HOSPITAL 1 9 Subsidiado CAPITAL 900.298.372 TUNJUELIT1O1N IVEL 830.077.617 $667722.335 12

SALUDE PS

ESE ESEH OSPITAL 10 Subsidiado CAPITAL 9002 98.372 UNIVERSITARLIOA 899.999.032 $432.778.805 12

SALUDE PS

SAMARITANA ' CAPITAL HOSPITASL ANB LAS1 1 i 11 Subsidiado 900.298.372 800.216.303 $379.266.547 12

SALUDE PS NIVELE SE i 12 Subsidiado CAPITAL 900.298.372 HOSPITAPL ABLOV I 800.219.600' $138.911.820 12

SALUDE PS SOSAI NIVELE SE 13 Subsidiado CAPITAL 900.298.372 ESEH OSPITASL AN 800.216.538 $30.614.68i2 12

SALUDE PS CRISTOBAL

ESEH OSPITAL EMSSANAR 14 Subsidiado 814.000.337 DEPARTAMENTSAAL N 891.900.441 $528.434.649 12

ESS

RAFAELO EZ ARZAL i GOLDEN ' ' DUMIANM EOICAL , 15 ¡ Contributivo GROUPS A 900.074.992 805.027.743 $150.000.000 12

S.A.S. EPS

SOCIEDA)M EDICO 1 ' QUIRURCICA 16 Contributivo NUEVAE PS 900.156.264 800.174.851 $80.642.824 12

NUESTRAS EÑORAD E BELÉNF USAGASUGÁ 1 17 Contributivo NUEVAE PS 900.156.264 ~~NICAL OSR OSALES:8 91.40 9.981 $2.417.454.373 12

CORPORACIÓN 18 Contributivo NUEVAE PS 900.156.264 HOSPITALARJIAU AN 900.210.981 $148 99.524.603 12

CIUDAD 19 Contributivo COOMEVA 805O OO 42 7 11 CLINICAS ANJ UAND E 890.905.154 $1.244.734.929 12

EPS • • DIOSL A CEJA ' 2 6 NOV2.0 14

REsoLucIóNN úmc: Doou5414 DE 2014 HOJA No 1 DE§ Continuación de la resolución "Por la cual se autoriza la operación de compra de cartera con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA"

Tiernpo ! solicitado Valor de Compra por la EPS de Cartera con '"· Régimen Nombre de EPS N1Tde EPS Nombre de IPS NIT de IPS Concepto para el descuento Favorable de los recursos i CENTRO i 20 ContributivoC EPO SO MEVA 805.000.427 C CA OR LODI MO BV IA AS NCC OLU IL NA ICR A 811046.900 $2.232.932.919 12

SANTAM ARIA 21 Contributivo C EPO SO MEVA 805 •0 00 •4 27 , F DU EN LN D OA RC TIO ECN L INICA 900.421895 $1.909.021.932 12

INVERSIOVES MÉDICASD E 22 ContributivoN UEVAE PS 900.156.264A NTIOQUISAA - 800.044.402 $901633.437 12

CLINICAL ASV EGAS SA i CLINICAA NTIOQUIA 23 ' Contributivo NUEVAE PS 900.156.264 800.190.884 $1 060.819452 12

S.A.

SERVICIO 24 ContributivoO CCIDENTAL 805001.157 FUNDACIOVNA LLED E 890.324.177 $2.097.289.316 12

DES ALUD Llll

SOSE PS

25 1 Contributivoi NUEVAE PS 900.156.264• O O N CC CO IDL EO NG TSO ED AS E 801.000.713 $949.482.104 12 • 26 ContributivoC OOMEVA 805.000.427 HOSPITAPLA BLO 890.901.826 $4.021.989.488 12

EPS TOBONU RIBE

FUNDACION ' 27 Contributivo COOMEVA 805.000.427O FTALMCLOGICDAE 890.205.361 $3.911.792.949 12

EPS

SANTANDERF-OSCAL

, COMUNIDADDE

HERMANAS

DOMINICADSE LA

28 ContributivoC E PO SO MEVA ! 805.000427 P SR ANES TIE SN IMT VA AIC RI GOD ENE

N D L A E 890.905.843 $830.555.490 12

TOURSP ROVINCIDAE

MEDELLIN-C LINICA EL ROSARIO 1 i TOTAL $ 48.384.289.536

1 Artículo 2. El administrador fiduciario de los recursos del FOSYGA, con base en la información reportada por las EPS y los Prestadores de Servicios de Salud. lo dispuesto en esta resolución y previa ordenación de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, girará directamente los recursos autorizados en esta resolución a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, a la cuenta bancaria registrada previamente. Artículo 3. Este Ministerio, a través de la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, informará al administrador fiduciario de los recursos del FOSYGA, los valores a descontar a las EPS de los recursos que a cualquier título les reconozca el FOSYGA o el mecanismo único de recaudo y giro creado en virtud del artículo 31 de

la Ley 1438 de 2011. Articulo 4. Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y las Entidades Promotoras de Salud, una vez realizado o recibido el pago o giro de los recursos de • l '1' ? 6 NO2V0. 14 5 RESOLUCIÓN NÚMERQ()QQ() ~ ~ t>E 2014 HOJA No §DE§ Continuación de la resolución "Por/a cual se autoriza la operación de compra de cartera con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para 1'a Salud del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA' que trata la presente resolución, deberán reflejar en su contabilidad los registros contables respectivos, de acuerdo con la naturaleza de la operación. Artículo 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, Dada en Bogotá, D.G., a los 2 6 NOV2.0 14

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