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MINSALUD - Resolución 5551 de 2016

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 5551 de 2016
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2016

REPÚBLICAD EC OLOMBIA

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL 5 5 51

RESOLUCIÓN NÚMERO f• Ü DE 2016 ( ) 1 6 NOV2 016

Por la cual se otorga registro sanitario al producto plaguicida para uso en salud pública DIFLOX® SC de la empresa FA DIVET S.A.S. EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 142 del Decreto 1843 de 1991 y el Decreto~ Ley 4107 de 2011 y CONSIDERANDO Que el artículo 142 del Decreto 1843 de 1991 establece que para el uso de plaguicidas en edificaciones, vehículos, productos almacenados o no y área pública, los interesados deberán efectuar los registros correspondientes ante la hoy Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio y cumplir con las disposiciones legales vigentes al respecto. Que conforme a lo dispuesto en el artículo 143 ibídem, corresponde a los interesados en el registro y uso de plaguicidas, presentar la documentación allí prevista, para que, previo estudio, se emita el concepto sobre clasificación toxicológica y evaluación del riesgo de toxicidad del producto. Que en virtud de lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 19 del Decreto - Ley 4107 y en el numeral 1 O del artículo 4 del Decreto - Ley 4109, ambos de 2011 y atendiendo lo señalado en la Circular 049 de 2013, a partir del 9 de diciembre de 2013, el Instituto Nacional de Salud - INS asumió la emisión de tales conceptos toxicológicos. Que mediante Resolución 0924 de 2014, el Instituto Nacional de Salud-lNS expidió el

Concepto Toxicológico GFRA-CT-2014-0038, para el insecticida de uso en salud pública "DIFLOX® SC" cuyo ingrediente activo es el DIFLUBENZURON, señalando que el referido producto corresponde a la Categoría Toxicológica 111m, edianamente tóxico, en virtud de la cual debe emplearse con las correspondientes medidas necesarias para la protección de la salud, por lo tanto no es válido para usar y/ o comercializar en aplicaciones de uso doméstico, pecuario ni agrícola. (Fls.8 y 9) Que el representante legal de la empresa FADIVET S.A.S., mediante comunicación radicada en este Ministerio con el número 201542300179752 del 06 de febrero de 2015 (fl.19), solicitó registro sanitario para uso en salud pública para el producto:

PROOUCTO

INSECTICIDA PARA USO EN DIFLUBENZURON se SALUD PÚBLICA DIFLOX® Que mediante comunicación 201521300741591 de 9 de septiembre de 2015, la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio solicitó a FADIVET S.A.S. 1 6 NOV2 016 RESOLUCION NÚMERO G05551 DE 2016 Página i deª Continuación de la resolución "Por la cual se otorga registro sanitario al plaguicida para uso en salud pública DIFLOXOOS C de la empresa FADIVET S.A S." aclarar el cumplimiento de los requisitos de etiquetas, requerimiento que reiteró mediante radicados 201521301928471 y 201621300151121 de 12 de noviembre de

2015 y 5 de febrero de 2016, respectivamente.(Fls.20, 22 y 24) Que la empresa FADIVET S.A.S. dio respuesta a dichos requerimientos mediante comunicaciones 201542301893762, 201542302217982 y 201642301195502 de 22 de octubre y 9 de diciembre, ambas de 2015, y 20 de junio de 2016, respectivamente. (Fls.21, 23 y 25) Que la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, luego de evaluar los documentos aportados por el peticionario, en comunicación número 201621301240801 del 6 de julio del presente año, manifestó que frente a los requisitos para la obtención del registro sanitario previstos en el Decreto 1843 de 1991 encuentra que el plaguicida para uso en salud pública, DIFLOX® SC, cumple con lo establecido en la precitada normativa y su utilización debe realizarse en los términos del concepto toxicológico emitido. (Fl.27). En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Otorgar registro sanitario para uso en salud pública al siguiente producto de la empresa FADIVET S.A.S., con Nit. 830137940-9: táa••o

PRODUCTO DE REGlSTR()

PLAGUICIDA PARA USO EN SALUD RGSP-364-2016

PÚBLICA DIFLOX® se Parágrafo 1. Para que el titular del registro sanitario que se otorga mediante la presente resolución pueda desarrollar las actividades que del mismo se derivan, deberá contar previamente con la respectiva licencia ambiental a cargo de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, en virtud de lo dispuesto en el Decreto - Ley 3573 de

2011. Parágrafo 2. El registro sanitario que se otorga a través de la presente resolución no es válido para usar y/o comercializar el producto en aplicaciones de uso doméstico, pecuario ni agrícola y sólo puede ser utilizado en el territorio nacional en aplicaciones de uso en salud pública, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y adoptando las medidas necesarias para la protección de la salud, en los términos del concepto del INS. Artículo 2. Notificar personalmente, el contenido de la presente resolución al señor Francisco José Díaz Marín con cédula de ciudadanía 10.230.777 en su calidad de representante legal de la empresa FADIVET S.A.S. con Nit. 830.137.940 o a quien se autorice para el efecto, en la carrera 31 A No. 25 A33 en la ciudad de Bogotá D.C., haciéndole saber que contra la misma procede el recurso de reposición, en los términos previstos en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo-CPACA, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación. Parágrafo. Si no pudiere hacerse la notificación personal, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso AdministrativoCPACA. 1 6 NOV2 016 QQ5551 RESOLUCION NÚMERO DE 2016 Página-ª de-ª Continuación de la resolución "Por la cual se otorga registro sanitario al plaguicida para uso en salud pública DIFLO}:f/Jls e de la empresa FADIVET S.A. S." Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 1 6 NOV2 016

A~URIBE .~

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