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MINSALUD - Resolución 5865 de 2018

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 5865 de 2018
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL 5 8 6 5

RESOLUCIÓN NÚMERO ) :'

¡JQ DE 2018 2 7 DIC2 018 ( ) Por la cual se determinal a permanenciad e los reglamentost écnicosq ue regulanl a producciónp, rocesamientod e alimentosy bebidas,e n el marco del procesod e la cadena productiva EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejerciciod e sus facultadesl egales,e n especiald e las contenidase n los artículos 267,287,297,301,564,576 y 577 de la Ley 9 de 1979, las Leyes 40 de 1990, 170 de 1994, los artículos 2 numeral 30 del Decreto - Ley 4107 de 2011, 126 del Decreto - Ley 019 de 2012 y en desarrollo del artículo 2.2.1.7.6.7 del Decreto 1074 de 2015 y, CONSIDERANDO Que el Decreto 1595 de 2015 dictó normas relativas al Subsistema Nacional de Calidad y modificó el Capítulo 7 y la Sección 1 del Capitulo 8 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. Que el Capítulo 7 ibídem, reorganiza el Subsistema Nacional de Calidad -SNC en materia de normalización,r eglamentaciónt écnica, acreditación,e valuaciónd e la conformidad, metrología y vigilancia y control, previendo al tenor del artículo 2.2.1.7.6.7, la revisión de

los reglamentost écnicose xpedidos,q ue deberáns er sometidosa revisiónp or parte de la entidad reguladora, con el fin de determinar su permanencia, modificacióno derogatoria,p or lo menos, una vez cada cinco( 5) años, o antes, si cambian las causas que le dierono rigen. Que el entonces Ministeriod e la ProtecciónS ocial, hoy de Salud y ProtecciónS ocial, expidiól os reglamentost écnicosr elacionadosa continuaciónq, ue en su momentof ueron notificadosa nte la OrganizaciónM undiald el ComercioOMC, y que regulanl a producción y el procesamientod e alimentos y bebidas, en el marco del proceso de la cadena productivaa, sí: Resolución5 109 de 2005, que establecee l reglamentot écnicos obre los requisitos de rotuladoo etiquetadoq ue deben· cumplirl os alimentose nvasados y materias primasd e alimentosp ara consumoh umano,n otificadaa nte la OrganizaciónM undial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/31 del 14 de mayo de 2003. Resolución3 37 de 2006, sobre los requisitosq ue deben cumplir las sardinas en conservaq ue se fabriquen,i mportena exportenp ara el consumoh umano,n otificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/61 del 6 de marzo del 2006. Resolución 779 de 2006, modificada por las Resoluciones 3462 de 2008, 3544 de 2009, modificada a su vez por las Resoluciones 4217 de 2013 y 4121 de 2011, sobre

los requisitoss anitariosq ue se deben cumplire n la produccióny comercialización de la panela para consumoh umanoy se dictano tras disposicionesn, otificadaa nte la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/70 del 5 de septiembre de 2005. Resolución1 48 de 2007, sobre los requisitosq ue debe cumplire l atún en conserva y las preparacionesd e atún que se fabriquen,i mporteno exportenp ara el consumo 1 f:.-~ 5 ;,.00586 7 OJC

RESOLUCIÓN NÚMERO D~ 201a2018HOJANo~de2

Continuación de la resolución "Por la cual se determina la permanencia de los reglamentos técnicos que regulan I producción, procesamiento de alimentos y bebidas, en el marco del proceso de la cadena productivaff humano, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/64 del 23 de mayo de 2003. Resolución 2997 de 2007, modificada por las Resoluciones 1031 de 201O y 1185 de 2011, sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los lacto sueros en polvo, como materia prima de alimentos para consumo humano y se dictan otras disposiciones, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/83 del 23 de diciembre de 2006. Resolución 3096 de 2007, sobre las condiciones y requisitos que deben cumplir los suplementos dietarios que declaren o no información nutricional, propiedades nutricionales, propiedades de salud o cuando su descripción produzca el mismo

efecto de las declaraciones de propiedades nutriclonales o de las declaraciones de propiedades en salud, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/80 del 1 de diciembre de 2006. Resolución 775 de 2008, sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las fábricas que procesen, envasen, transporten, expendan, almacenen, importen, exporten y comercialicen vinagre para consumo humano, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/87 del 22 de febrero de 2007. Resolución 776 de 2008, modificado por la Resolución 122 de 2012, sobre los requisitos fisicoquímicos y microbiológicos que deben cumplir los productos de la pesca, en particular pescados, moluscos y crustáceos para consumo humano, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/91 del 30 de marzo de 2007 Resolución 2606 de 2009, sobre los requisitos que deben cumplir los aditivos alimentarios que se fabriquen, procesen, envasen, almacenen, transporten, expendan, importen, exporten, comercialicen y se empleen en la elaboración de alimentos para consumo humano en el territorio nacional, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/97 del 17 de agosto de 2007. Resolución 4150 de 2009, sobre los requisitos que deben cumplir las bebidas energizantes para consumo humano, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/118 del 22 de septiembre del 2008.

Resolución 2195 de 2010, sobre los requisitos que se deben cumplir durante el proceso térmico de alimentos envasados herméticamente de baja acidez y acidificados, que se fabriquen, transporten, expendan, distribuyan, importen, exporten y comercialicen para el consumo humano, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/113 del 19 de marzo de 2008. Resolución 3009 de 2010, sobre los requisitos sanitarios y de inocuidad de la carne proveniente del orden Crocodylia destinada para el consumo humano y las disposiciones para su beneficio, desposte, almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación o exportación, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/123 del 15 de diciembre del 2008. Resolución 1511 de 2011, sobre los requisitos sanitarios que debe cumplir el chocolate y productos de chocolate para consumo humano, que se procese, envase, tz almacene, transporte, comercialice, expenda, importe o exporte en el territorio. ' D05865 l DJC RESOLUCIÓNN ÚMERO:. DE¡ Z011J!018HOJANo;!de~ Continuación de la resolución "Por la cual se determina la permanencia de los reglamentos técnicos que regulan / producción,p rocesamientod e alimentosy bebidas, en el marco del proceso de la cadenap roductiva" --------------- ---------------------------- nacional, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura GfTBT/N/COL/131 del 21 de julio de 2010.

Resolución 1506 de 2011, sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los aditivos que se emplean para la elaboración de alimentos para consumo, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura GfTBT/N/COL/152 del 3 de agosto del 2010. Resolución 4254 de 2011, sobre disposiciones relacionadas con el rotulado o etiquetado de alimentos derivados de organismos Genéticamente ModificadosOGM para consumo humano que los contengan, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura GfTBT/N/COL/155 del 7 de octubre de 2010. Resolución 333 de 2011, modificada por la Resolución 3803 de 2016, sobre los requisitos de rotulado o etiquetado nutricional que deben cumplir los alimentos envasados para consumo humano, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura GfTBT/N/COL/81 del 28 de enero de 2010. Resolución 4143 de 2012, sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos plásticos y elastomericos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano en el territorio nacional, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura GfTBT/N/COL/145 del 9 de abril de 2010. Resolución 4142 de 2012, sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos metálicos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano en el territorio nacional, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura

GfTBT/N/COL/148 del 12 de mayo de 201O . Resolución 683 de 2012, sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura GfTBT/N/COL/122 del 8 de diciembre de 2009. Resolución 2154 de 2012, sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los aceites y grasas de origen vegetal o animal que se procesen, envasen, almacenen, transporten, exporten, importen, y/o comercialicen en el país, destinados para el consumo humano y se dictan otras disposiciones, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura GfTBT/N/COL/154 del 21 de septiembre de 201O . Resolución 2155 de 2012, sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las hortalizas que se procesen, empaquen, transporten, importen y comercialicen en el territorio nacional, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura GfTBT/N/COL/161 del 19 de julio de 2011. Resolución 468 de 2012, sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir las motonaves o buques dedicados a la captura, congelamiento o procesamiento de productos de la pesca y sus derivados y el procedimiento para la certificación del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control (Haccp) en motonaves o buques pesqueros con destino a la Unión Europea, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura GfTBT/N/COL/165 del 18 de

noviembre de 2011. CC 5 8 6 5

RESOLUCIÓN NÚMERO : : Continuación de la resolución «Por la cual se determina la permanencia de los reglamentos técnicos que regulan I producción, procesamiento de alimentos y bebidas, en el marco del proceso de la cadena productiva" Resolución 2508 de 2012, modificada por la Resolución 544 de 2013, sobre los requisitos que deben cumplir los alimentos envasados que contengan grasas trans y/o grasas saturadas, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/168 del 5 de marzo de 2012.

Resolución 834 de 2013, modificada por la Resolución 862 de 2017, sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos celulosicos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano en el territorio nacional, , notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COU149 del 12 de mayo del 201O . Resolución 835 de 2013, modificada por la Resolución 862 de 2017, sobre los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos de vidrios y cerámicas destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano en el territorio nacional, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/150 del 3 de junio de 201O . Resolución 3929 de 2013, modificada por la Resolución 1155 de 2014, sobre los

requisitos sanitarios que deben cumplir las frutas y las bebidas con adición de jugo (zumo) o pulpa de fruta o concentrados de fruta, clarificados o no, o la mezcla de estos que se procesen, empaquen, transporten, importen y comercialicen en el territorio nacional, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COL/160 del 19 de julio de 2011. Resolución 240 de 2013, modificada por la Resolución 3753 de 2013, sobre requisitos sanitarios para el funcionamiento de las plantas de beneficio animal de las especies bovina, bufalina y porcina, plantas de desposte y almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación o exportación de carne y productos cárnicos comestibles, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COU176 del 29 de junio de 2012. Resolución 242 de 2013, modificada por la Resolución 3753 de 2013, sobre los requisitos sanitarios para el funcionamiento de las plantas de beneficio de aves de corral, desprese y almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación o exportación de carne y productos cárnicos comestibles, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COU177 del 2 de julio de 2012. Resolución 241 de 2013, que establecen los requisitos sanitarios que deben cumplir las plantas especiales de beneficio de aves de corral, notificada ante la Organización Mundial del Comercio - OMC con la signatura G/TBT/N/COU178 del 2 de julio de

2012. Resolución 2674 de 2013, modificada por la Resolución 3168 de 2015, que reglamenta el artículo 126 del Decreto-Ley 019 de 2012 sobre requisitos sanitarios que deben cumplir las personas naturales y o jurídicas que ejercen actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de alimentos y materias primas de alimentos y los requisitosp ara la notificación,p ermiso o registro sanitario de los alimentos, según el riesgo en salud pública, notificada ante la Organización Mundial del ComercioOMC con la signatura G/TBT/N/COU191 del 20 de marzo de 2013.

CC5865 º"2?D /C

RESOLUCIÓN NÚMERO;. 20§1018HOJANo§de.2

Continuaciónd e la resolución" Por la cual se detennina la permanenciad e los reglamentost écnicos que regulan f producción, procesamiento de alimentos y bebidas, en el marco del proceso de la cadena productiva" Que la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, mediante radicado 201821400278603 de 11 de diciembre de 2018, emitió el "Documento Técnico de revisión de reglamentos técnicos de competencia de la Subdirección de Salud Nutricional Alimentos y Bebidas", en el que realizó el análisis de permanencia de los reglamentos técnicos de: alimentos envasados herméticamente de baja acidez y acidificados, bebidas energizantes, chocolate y productos de chocolate, aceites y grasas de origen vegetal o animal, alimentos derivados de Organismos Genéticamente Modificados - OGM, frutas y bebidas con adición de jugo (zumo) o pulpa de fruta o concentrados de fruta, hortalizas,

sardinas, atún en conserva, panela, productos de la pesca, pescados, moluscos y crustáceos, carne proveniente del orden Crocodylia, lacto sueros en polvo, alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano, aditivos alimentarios, suplementos dietarios, alimentos envasados que contengan grasas trans y/o grasas saturadas y aditivos, vinagre, así como donde se procesen, envasen, transporten, expendan, almacenen, importen, exporten y comercialicen todos estos productos para consumo humano en el territorio nacional; Igualmente, para los materiales, objetos, envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano, en materiales, objetos, envases y equipamientos, plásticos y elastoméricos, metálicos, celulósicos, de vidrios y cerámicas destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano; para las plantas de beneficio animal de las especies bovina, bufalina y porcina, plantas de desposte y almacenamiento, de carne y productos cárnicos comestibles, de aves de corral, las plantas especiales de beneficio de aves de corral y para las motonaves o buques dedicados a la captura, congelamiento o procesamiento de productos de la pesca y sus derivados. Que el precitado documento concluyó que "(. . .) se considera necesario que se determine la permanencia de los reglamentos técnicos en la materia, en desarrollo de la obligación constitucional que tiene en Estado de proteger la vida y preservar la salud de la población" Que los precitados reglamentos técnicos contienen requisitos de inocuidad que son

exigibles a los fabricantes, importadores y comercializadores, para garantizar la calidad de los citados productos, y que a su vez, le permite a las autoridades sanitarias, Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA y a las entidades territoriales, desarrollar sus procesos de inspección, vigilancia y control en el territorio nacional. Que el análisis de permanencia de los precitados reglamentos técnicos, se efectúa ·en respuesta a lo previsto en el articulo 2.2.1.7.6.7 del Decreto 1074 de 2015, que no prevé surtir una nueva notificación internacional ante la Organización Mundial del Comercio, a la luz del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC. Que en consecuencia, una vez surtida la revisión de los precitados reglamentos técnicos, estableciéndose que las causas que le dieron origen a la expedición de los mismos no han variado, se hace necesario determinar su permanencia. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Determinar la permanencia de los siguientes reglamentos técnicos: Resolución 5109 de 2005; Resolución 337 de 2006; Resolución 779 de 2006, modificada por las Resoluciones 3462 de 2008, 3544 de 2009, modificada a su vez por las Resoluciones 4217 de 2013 y 4121 de 2011; Resolución 148 de 2007; Resolución 2997 de 2007, modificada por las Resoluciones 1031 de 201O y 1185 de 2011; Resolución 3096 de 2007; Resolución 775 de 2008; Resolución 776 de 2008, modificado por la Resolución

122 de 2012; Resolución 2606 de 2009; Resolución 4150 de 2009; Resolución 2195 de 2010; Resolución 3009 de 2010; Resolución 1511 de 2011; Resolución 1506 de 2011; Resolución 4254 de 2011; Resolución 333 de 2011, modificada por la Resolución 3803• 0 OC5865 7 DIC RESOLUCIÓN NÚMERO: DE2 zo¡f18HOJANo~de~ Continuaciódne la resolución" Porl a cual se determinala permanenciad e los reglamentosté cnicosq ue regulanI producciónp, rocesamientod e alimentosy bebidas,e n el marcod el procesod e fa cadenap roductiva" de 2016; Resolución 4143 de 2012; Resolución 4142 de 2012; Resolución 683 de 2012; Resolución 2154 de 2012; Resolución 2155 de 2012; Resolución 468 de 2012; Resolución 2508 de 2012, modificada por la Resolución 544 de 2013; Resolución 834 de 2013, modificada por la Resolución 862 de 2017; Resolución 835 de 2013, modificada por la Resolución 862 de 2017; Resolución 3929 de 2013, modificada por la Resolución 1155 de 2014; Resolución 240 de 2013, modificada por la Resolución 3753 de 2013; Resolución 242 de 2013, modificada por la Resolución 3753 de 2013; Resolución 241 de 2013, y la Resolución 2674 de 2013, modificada por la Resolución 3168 de 2015. Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

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