MINSALUD - Resolución 6330 de 2016
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 6330 de 2016
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2016
REPÚBLICAD E COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO ,U Ü Ü6 3 3 0 DE 2016 19 DlC 2016 > Por la cual se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA, para la vigencia fiscal 2016 y se adoptan disposiciones en relación a la compra directa de cartera EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el artículo 41 del Decreto - Ley 4107 de 2011, el parágrafo del artículo 9 de la Ley 1608 de 2013, el parágrafo 4 del artículo 13 de la Ley 1122 de 2007 y, CONSIDERANDO Que mediante Resolución 5572 de 2015, se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, para la vigencia fiscal 2016. Que el artículo 1 de la Resolución 2719 de 2014, modificado por la Resolución 1255 de 2015, asignó entre otras funciones al Comité de Análisis y Seguimiento a los Recursos de los Fondos de la Protección Social, las de analizar la programación presupuesta! de los fondos de la protección social y las modificaciones al presupuesto aprobado y realizar el seguimiento a la ejecución presupuesta! de los recursos de cada concepto de ingresos y gastos de tales fondos. Que el citado el Comité en la Sesión No. 96 del 13 de diciembre de 2016, recomendó al señor Ministro: 1 (. . .) el contra-crédito por valor de $122. 900 millones de /os rubros del gasto de
la subcuenta de compensación, que según las proyecciones presentan saldos de apropiación y acreditar $114. 900 millones al rubro "Prestaciones de Servicios no Contenidas en el Plan de Beneficios - Otros eventos y Fallos de Tutela" y /os $8.000 millones restantes, al rubro "Licencias de Maternidad y Paternidad", en la subcuenta de compensación. 2. (. . .) la adición de $31.500 millones al rubro del ingreso de la subcuenta de compensación "CotizacionesApropiación Directa EPS" y a los rubros del gasto "UPC Apropiación Directa EPS" y "Provisión Incapacidades por Enfermedad General - Apropiación Directa EPS" por valor de $30. 000 millones y $1.500 millones, respectivamente. 3. (. . .) la adición de $40. 000 millones al rubro del ingreso de la subcuenta de Garantías "Amortización Capital - compra de cartera" y al rubro del gasto "Apoyo y "Fortalecimiento a las Entidades del Sector Salud" de la misma subcuenta. 4 (. . .) Reanudar por el mes de diciembre de 2016 la radicación de nuevas solicitudes de compra directa de cartera con cargo a /os recursos de la subcuenta de garantías para la Salud del FOSYGA" '~ -.- ---------------!i~ J ,,r 19 OlC ..2016 1 oo 6 3 3 o
RESOLUCIÓN NÚMERb -~ DE 2016 HOJA No 2 de 4
Continuación de la resolución "Por /a cual se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA, para la vigencia fiscal 2016 y se adoptan disposiciones en relación a la compra directa de cartera"
Que los movimientos presupuestales recomendados por el Comité, se justifican en las razones que a continuación se exponen: Que la Direccjón de Administración de Fondos de la Protección Social una vez analizada la ejecución presupuesta! con corte a 30 de noviembre y según las proyecciones del mes de diciembre de 2016, determinó que la Subcuenta de Compensación presentará saldos de apropiación en los siguientes rubros del presupuesto de gastos: "UPC FOSYGA y Prestaciones Económicas REX' por valor de $101.500.000.000; "Reserva Contingencia art. 4 decreto 4023111" por $7.100.000.000; "Provisión Incapacidades por Enfermedad General - Pago a Través del Fosyga" por $7.600.000.000 y "UPC - Régimen Especial Madres Comunitarias, Sustitutas y su Incluido el Núcleo Familiar'' por $6.700.000.000. Que de acuerdo con el mismo ejercicio de análisis presupuesta!, la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social determinó que se presentará un déficit en el presupuesto de gastos de la Subcuenta de Compensación en los rubros "Prestaciones de Servicios no Contenidas en el Plan de Beneficios - Otros Eventos y Fallos de Tutela" y "Licencias de Maternidad y Paternidad' por los valores de $114.900.000.000 y $8.000.000.000, respectivamente; por lo que se hace necesario realizar un traslado presupuesta! de los saldos de apropiación mencionados en el considerando anterior e incorporarlos en los rubros que presentarán déficit.
Que la ejecución con corte a 31 de noviembre de 2016 y según las proyecciones a 31 de diciembre de 2016 realizadas por la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social presenta un déficit en el presupuesto de gastos de la Subcuenta de Compensación en los rubros "UPC Apropiación Directa EPS" y "Provisión Incapacidades por Enfermedad General • Apropiación Directa EPS" por $30.000.000.000 y $1.500.000.000, respectivamente; por lo que se hace necesario adicionar del mayor valor recaudado proyectado, en el presupuesto de ingresos de la misma subcuenta en el rubro "Cotizaciones Apropiación Directa EPS". Que la Coordinadora del Grupo de Administración Financiera - FOSYGA mediante certificación expedida el 15 de diciembre de 2016, hace constar que en el Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Compensación existe apropiación presupuesta! disponible libre de afectación para realizar el precitado traslado. Que el Comité de Análisis y Seguimiento a los Recursos de los Fondos de la Protección Social, en sesión del 25 de julio de 2016, Acta No. 92, recomendó suspender indefinidamente la radicación de nuevas solicitudes de compra directa de cartera, dada la limitación de recursos disponibles en la Subcuenta de Garantías para la Salud, recomendación que fue acatada con la expedición de la Resolución 3322 de 2016. Que la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social proyecta recaudar recursos en la subcuenta de Garantías del FOSYGA, provenientes del
reintegro por parte de CAPRECOM EICE en Liquidación, por concepto de saldos de deuda de compra directa de cartera, lo cual permitirá contar con disponibilidad de recursos, en el mes de diciembre de 2016, por lo que se hace necesario adicionar en el Presupuesto de Ingresos y Gastos la Subcuenta de Garantías para la Salud en los rubros "Amortización Capital - Compra Cartera" y "Apoyo y Fortalecimiento a las Entidades del Sector Salud" el valor de $40.000.000.000. Que sí al 23 de diciembre de 2016 no se llega a materializar el recaudo de los recursos previstos en el considerando anterior, la Subcuenta de Garantías para la salud del FOSYGA con cargo al saldo de apropiación, y recursos disponibles en el ,., 19 D1C2 01 16 {){}6330
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Continuación de la resolución "Por la cual se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA, para la vigencia fiscal 2016 y se adoptan disposiciones en relación a la compra directa de cartera" portafolio de esta subcuenta, respaldará fas operaciones de compra de cartera directa que se presenten en lo que resta de la vigencia 2016. Que en virtud de lo anterior y considerando que el aseguramiento en salud de fa presente vigencia se encuentra garantizado, es necesario reanudar por el mes de diciembre de 2016 la radicación de nuevas solicitudes de compra directa de cartera con cargo a los recursos de fa Subcuenta de Garantías para la Salud del FOSYGA.
Que sin perjuicio de fo anterior, fas Entidades Promotoras de Salud EPS y las Cajas de Compensación Familiar CCF no deben desconocer la responsabilidad que tienen con respecto al pago oportuno de sus obligaciones por concepto de fo s servicios de salud prestados a sus afiliados, por consiguiente deberán efectuar las gestiones para atender fa cartera de fas IPS a través de otros medios o mecanismos de pago y así contribuir al saneamiento de sus deudas. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Trasladar en el Presupuesto de Gastos de la Subcuenta de Compensación los siguientes rubros, así:
COMPENSACION - GASTOS VALOR
CONTRACREDITO
UPC FOSYGA y Prestaciones Económicas REX 101.500.000.000 Reserva Contingencia art. 4 decreto 4023/11 7.100.000.000 Provisión Incapacidades por Enfermedad General7.600.000.000 Pago a Través del Fosyga UPC - Régimen Especial Madres Comunitarias,
6. 700.000.000
Sustitutas v su Incluido el Núcleo Familiar
TOTAL CONTRACREDITO 122.900.000.000
CREDITO Prestaciones de Servicios no Contenidas en el Plan 114.900.000.000 de Beneficios - Otros Eventos v Fallos de Tutela Licencias de Maternidad y Paternidad 8.000.000.000
TOTAL CREDITO 122. 900,000.000
Artículo 2. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación, así:
COMPENSACION VALOR
INGRESOS
Cotizaciones - Apropiación Directa EPS 31.500.000.000
SUBTOTAL INGRESO 31.500.000.000
COMPENSACION VALOR
GASTOS
UPC Apropiación Directa EPS 30.000.000.000 Provisión Incapacidades por Enfermedad General1.500.000.000 Apropiación Directa EPS SUBTOTAL GASTOS 31.500.000.000 r ¿ .>,... ~---------------------il{ 19 DIC 2016
RESOLUCIÓN NÚMER(Í( 006330 DE 2016 HOJA No 4 de 4
Continuación de la resolución "Por la cual se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA, para la vigencia fiscal 2016 y se adoptan disposiciones en relación a la compra directa de cartera" Artículo 3. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Garantías para la Salud, así:
GARANTIAS
VALOR
INGRESOS
Amortización Capital - Compra Cartera 40.000.000.000
SUBTOTAL INGRESO 40.000.000.000
VALOR GARANTIAS GASTOS Apoyo y Fortalecimiento a las Entidades del Sector 40.000.000.000 Salud 40.000.000.000 SUBTOTAL GASTOS Artículo 4. Reanudar por el mes de diciembre de 2016 la radicación de nuevas solicitudes de compra directa de cartera con cargo a los recursos de la Subcuenta de Garantías para la Salud del FOSYGA, suspendida mediante la Resolución 3322 de 2016. Parágrafo 1. El término para la radicación de solicitudes para la presente operación de compra de cartera, será hasta el 21 de diciembre de 2016, sin perjuicio del cumplimiento del procedimiento, los criterios y condiciones establecidos en la
normatividad vigente. Parágrafo 2. Las solicitudes que no sean aprobadas por insuficiencia de recursos, en la operación de compra de cartera del mes de diciembre, serán devueltas a la EPS o CCF deudoras para que efectúe por otro medio el pago oportuno de sus obligaciones. Artículo 5. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución 5572 de 2015, modificada por las resoluciones 481. 1555, 1586, 2286, 3434, 4784, 5550 y 6068 de 2016.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C, 19 OIC2 0t6 l
Rp ~IA URIBE
al~y Protección Social~, _i'\.