MINSALUD - Resolución 652 de 2019
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 652 de 2019
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2019
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RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2019 ( 18 MAR2 019 ) Por la cual se otorga registro sanitario al producto plaguicida - insecticida para uso en salud pública DELTAPRO® FLOW de la sociedad QUIMIX COLOMBIANA SAS. EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones, en especial las conferidas por el artículo 142 del Decreto 1843 de 1991 y el Decreto Ley 4107 de 2011 y CONSIDERANDO Que el Decreto 1843 de 1991, norma expresamente exceptuada de la derogatoria general de acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1.3 del Decreto 780 de 2016, Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, establece en su artículo 142 que para el uso de plaguicidas en edificaciones, vehículos, productos almacenados o no y área pública, los interesados deberán efectuar los registros correspondientes ante la hoy Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio y cumplir con las disposiciones legales pertinentes. Que corresponde a los interesados en el registro y uso de plaguicidas, presentar la documentación de que trata el artículo 143 del Decreto 1843 de 1991, para que, previo estudio, se emita el concepto sobre clasificación toxicológica y evaluación del riesgo de toxicidad del producto. Que en virtud de lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 19 del Decreto - Ley 4107 y en el numeral 1O del artículo 4 del Decreto - Ley 4109, ambos de 2011 y atendiendo
lo señalado en la Circular 049 de 2013 de este Ministerio, a partir del 9 de diciembre de 2013, el Instituto Nacional de Salud asumió la emisión de tales conceptos toxicológicos. Que mediante Resolución 0305 del 23 de febrero de 2018, el Instituto Nacional de Salud - INS, expidió el Concepto Toxicológico ERIAP-CT-2018-0411, del producto insecticida para uso en salud pública, denominado comercialmente DELTAPRO® FLOW, cuyo ingrediente activo es DELTAMETRINA, en concentración de 2.55% (p/p), previa evaluación de los requisitos establecidos en el capítulo X del Decreto 1843 de 1991 y frente a la solicitud presentada por la sociedad QUIMIX COLOMBIANA S.A.S., señalando que el referido producto corresponde a la CATEGORÍA TOXICOLÓGICA 111, MODERADAMENTE TÓXICO.(Fls.8 al 12). Que según el mencionado concepto toxicológico ERIAP-CT-2018-0411, el producto debe emplearse con las correspondientes medidas de protección y teniendo en cuenta las prácticas recomendadas, por lo que el solicitante deberá dar cumplimiento a la Ley 1252 de 2008, el Decreto 1843 de 1991 y a lo previsto en el Título 6, Parte 2, Libro 2 del Decreto Único Reglamentario 1076 de 2015, Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, o las normas que los modifiquen o sustituyan, en lo concerniente con la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos.
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RESOLUCIÓN NúMERo"OOG652 DJ 019 HOJA Nº 2
Continuación de la resolución "Por fa cual se otorga registro sanitario al plaguicida -insecticida para uso en salud pública DELTAPRO® FLOW de la sociedad QUIMIX COLOMBIANA S.A.S." Que el citado concepto toxicológico aclara que el producto insecticida DELT APRO® FLOW sólo puede ser utilizado en el territorio nacional en aplicaciones de uso en salud pública, por lo tanto, no es válido para usar y/o comercializar en aplicaciones de uso doméstico, pecuario ni agrícola. Que la señora Bibiana Constanza Vanegas Moneada, identificada con cédula de ciudadanía número 52.803.189, representante legal de la sociedad QUIMIX COLOMBIANA S.A.S., identificada con NIT 900525450-1, mediante comunicación radicada en este Ministerio con el número 201842301160812 del 03 de agosto de 2018, solicitó el registro sanitario para uso en salud pública del producto insecticida DELTAPRO®F LOW. (Fl.20).
PRODUCTO No. REGISTRO
PLAGUICIDA - INSECTICIDA PARA USO EN SALUD PÚBLICA DELTAPRO®F LOW RGSP - 385 - 2018
Que la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, analizó la información aportada por la sociedad QUIMIX COLOMBIANA S.A.S., y requirió la documentación faltante. mediante comunicación 201821301005801 del 22 de agosto de 2018. (FI. 21 a 22). Que mediante radicado 201842301457232 de 24 de septiembre de 2018, QUIMIX
COLOMBIANA S.A.S .. allegó la documentación requerida, en respuesta a la solicitud elevada por este Ministerio. (Fl.23). Que la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, luego de evaluar los documentos aportados por el peticionario, en oficio radicado con el número 201821301241741 de 4 de octubre de 2018 manifestó que frente a los requisitos para la obtención del registro sanitario previstos en el Decreto 1843 de 1991 encuentra que el producto plaguicida para uso en salud pública DELT APRO® FLOW, cumple con lo establecido en la precitada normativa y su utilización debe realizarse en los términos del concepto toxicológico emitido. (Fl.25). En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Otorgar registro sanitario para uso en salud pública al siguiente producto de la sociedad QUIMIX COLOMBIANA S.A.S .. con Nit No. 900525450-1:
PRODUCTO No. REGISTRO
PLAGUICIDA - INSECTICIDA
PARA USO EN SALUD
PÚBLICA DELTAPRO®F LOW RGSP-385-2018
Parágrafo 1. Para que el titular del registro sanitario que se otorga mediante la presente resolución pueda desarrollar las actividades que del mismo se derivan, debe contar 1 8 MAR2 019 "(1CV652
RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2019 HOJA N°3
Continuación de la resolución "Por fa cual se otorga registro sanitario al plaguicida - insecticida para uso en salud púbfíca DEL TAPR<JIDF LOW de la sociedad QUIMIX COLOMBIANA S.A.S."
previamente con la respectiva licencia ambiental a cargo de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA, en virtud de lo dispuesto en el Decreto Ley 3573 de 2011. Parágrafo 2. El registro sanitario que se otorga a través de la presente resolución no es válido para usar y/o comercializar el producto en aplicaciones de uso doméstico, pecuario ni agrícola. Sólo puede ser utilizado en el territorio nacional en aplicaciones de uso en salud pública, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y adoptando las medidas necesarias para la protección de la salud. Artículo 2. Notificar personalmente el contenido de la presente resolución la señora Bibiana Constanza Vanegas Moneada, identificada con cédula de ciudadanía número 52.803.189, representante legal de la sociedad QUIMIX COLOMBIANA S.A.S., identificada con NIT 900525450-1, en la carrera 11A No. 93 A80 oficina 305 en la ciudad de Bogotá D.C., o a quien se autorice para el efecto, haciéndole saber que contra la misma solo procede el recurso de reposición, que deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, en los términos previstos en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Parágrafo. Si no pudiere hacerse la notificación personal, esta se realizará por aviso, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria, y se publicará en el Diario Oficial una vez en firme.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 18 MAR2 019
Dada en Bogotá, D.C., a los Ñ _JUAN PA O URIBE RESTREPO ij\Ministro e alud y Protección Social
Aprobó: Director de Prornoc16n y Prevención
Vicerninistro de Salud Pública y Prestación de Servicios °'"ª"' J,cid;c,i