MINSALUD - Resolución 666 de 2020
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 666 de 2020
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2020
República de Colombia
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
GCC666 RESOLUCIÓN NÚMERQ DE 2020 ( 24 ABR2 020 ) Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19. EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el parágrafo 1 del articulo 2.8.8.1.4.3 del Decreto 780 de 2016, y el articulo 1º del Decreto 539 de 2020 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 2 de la Constitución Política prevé que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento los deberes sociales del y los particulares. Que el articulo 5 de la Ley 1751 de 2015 establece que el Estado es responsable de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud, y señala, en su artículo 1O , como deberes de las personas frente al derecho fundamental, los de "propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad' y el de "actuar de manera solidaria ante situaciones que pongan en peligro la vida y la salud de las personas". Que mediante Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social decretó la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, con el fin de prevenir y controlar la propagación del COVID-19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos.
Que, así mismo, la Organización Internacional del Trabajo, mediante comunicado del 18 de marzo de 2020, instó a los Estados a adoptar medidas urgentes para i) proteger a los trabajadores y empleadores y sus familias de los riesgos para la salud generadas por el coronavirus COVID-19; ii) proteger a los trabajadores en el lugar de trabajo; iii) estimular la economía y el empleo, y iv) sostener los puestos trabajo y los ingresos, con el propósito respetar los derechos laborales, mitigar los impactos negativos y lograr una recuperación rápida y sostenida. Que la evidencia muestra que la propagación del Coronavirus COVID-19 continúa, a pesar de los esfuerzos estatales y de la sociedad, y dado que, en ausencia de medidas farmacológicas como la vacuna y los medicamentos antivirales, son las medidas no farmacológicas las que tienen mayor costo/efectividad. Que tales medidas incluyen la higiene de manos, la higiene respiratoria, el distanciamiento social, el autoaislamiento voluntario y la cuarentena, medidas que, en concepto de los expertos, se deben mantener hasta tanto la evaluación del riesgo indique que la situación 4 20Jo~o OCC 6 6 6 2 ABR
RESOLUCIÓN NÚMERO~- DE HOJA Nº 2
Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavims COV/0-19". permite retornar de manera paulatina y con seguimiento de las autoridades, a la cotidianeidad. Que de la revisión realizada y, especialmente, las recomendaciones existentes a nivel
mundial, los protocolos de bioseguridad para tales actividades tienen elementos comunes que deben ser atendidos con el fin de prevenir al máximo el contagio, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19 y minimizar los factores que pueden generar la transmisión de la enfermedad. Que los empleadores están obligados a proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, establecer métodos de trabajo con el mínimo de riesgos para la salud dentro del proceso de producción. Que, de otra parte, dicha protección debe extenderse a las personas que, en su carácter de contratistas, vinculación diferente a la laboral, prestan sus servicios en la sede de la entidad o empresa. Que, en consecuencia, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus es necesario adoptar los protocolos generales de bioseguridad que deben ser implementados y adoptados por todas las actividades económicas sociales y todos los sectores de la administración pública sin perjuicio de las especificidades propias de los protocolos que se estimen pertinentes para cada sector. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Objeto. Adoptar el protocolo general de bioseguridad para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública, contenido en el anexo técnico, el cual hace parte integral de esta resolución. Dicho protocolo está orientado a minimizar los factores que pueden generar la transmisión de la enfermedad y deberá ser implementado por los destinatarios de este acto administrativo en el ámbito de sus competencias. Parágrafo. El protocolo que se adopta con este acto administrativo no aplica al sector salud. Artículo 2 Ámbito de aplicación. Está resolución aplica a los empleadores y
trabajadores del sector público y privado, aprendices, cooperados de cooperativas o precooperativas de trabajo asociado, afiliados participes, los contratantes públicos y privados, contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios de los diferentes sectores económicos, productivos y entidades gubernamentales que requieran desarrollar sus actividades durante el periodo de la emergencia sanitaria y las ARL. Parágrafo. Para la aplicación de los protocolos de bioseguridad cada sector, empresa o entidad deberán realizar, con el apoyo de sus administradoras de riesgos laborales, las adaptaciones correspondientes a su actividad, definiendo las diferentes estrategias que garanticen un distanciamiento social y adecuados procesos de higiene y protección en el trabajo. Artículo 3. Responsabilidades. Son responsabilidades a cargo del empleador o contratante y del trabajador, contratista cooperado o afiliado partícipe, vinculado mediante contrato de prestación de servicios o de obra, las siguientes: ? 4 ABR2 020 6 6 6
RESOLUCIÓN NÚMERO ,~'Q C (; DE 2020 HOJA Nº 3
Continuaciónd e la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizare/ adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COV/0-19". 3.1. A cargo del empleador o contratante 3.1.1. Adoptar, adaptar e implementar las normas contenidas en esta resolución. 3.1.2. Capacitar a sus trabajadores y contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra las medidas indicadas en este protocolo. 3.1.3. Implementar las acciones que permitan garantizar la continuidad de las actividades
y la protección integral de los trabajadores, contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra, y demás personas que estén presentes en las instalaciones o lugares de trabajo 3.1.4. Adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición, tales como la flexibilización de turnos y horarios de trabajo, asi como propiciar el trabajo remoto o trabajo en casa. 3.1.5. Reportar a la EPS y a la ARL correspondiente los casos sospechosos y confirmados de COVID-19. 3.1.6. Incorporar en los canales oficiales de comunicación y puntos de atención establecidos la información relacionada con la prevención, propagación y atención del COVlD-19 con el fin de darla a conocer a sus trabajadores, contratistas vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra y comunidad en general. 3.1.7. Apoyarse en la ARL en materia de identificación, valoración del riesgo y en conjunto con las EPS en lo relacionado con las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad. 3.1.8. Solicitar la asistencia y asesoría técnica de la ARL para verificar medidas y acciones adoptadas a sus diferentes actividades. 3.1.9. Proveer a los empleados los elementos de protección personal que deban utilizarse para el cumplimiento de las actividades laborales que desarrolle para el empleador. 3.1.1O .P romover ante sus trabajadores y contratistas, que tengan celulares inteligentes el uso de la aplicación CoronApp para registrar en ella su estado de salud. 3.2. A cargo del trabajador, contratista, cooperado o afiliado partícipe. 3.2.1. Cumplir los protocolos de bioseguridad adoptados y adaptados por el empleador o
contratante durante el tiempo que permanezca en las instalaciones de su empresa o lugar de trabajo y en el ejercicio de las labores que esta le designe. 3.2.2. Reportar al empleador o contratante cualquier caso de contagio que se llegase a presentar en su lugar de trabajo o su familia, para que se adopten las medidas correspondientes .. 3.2.3. Adoptar las medidas de cuidado de su salud y reportar al empleador o contratante las alteraciones de su estado de salud, especialmente relacionados con síntomas de enfermedad respiratoria y reportar en CoronApp. 1 4 /l.BR1 010 e:
C RESOLUCIÓN NÚMERO,, 6 6 6 DE 2020 HOJA N°4
Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta· el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pande mía del Corona virus COV/0-19". Artículo 4. Vigilancia y cumplimiento de los protocolos. La vigilancia y cumplimiento de este protocolo estará a cargo de la secretaría municipal o distrital, o la entidad que haga sus veces, que corresponda a la actividad económica, social, o al sector de la administración pública, de acuerdo con la organización administrativa de cada entidad territorial, sin perjuicio de la función de vigilancia sanitaria que deben realizar las secretarias de salud municipales, distritales y departamentales, quienes, en caso de no adopción y aplicación del protocolo de bioseguridad por parte del empleador, trabajador o contratista vinculado mediante contrato de prestación de servicios o de obra, deberán informar a las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo, para que adelanten las acciones correspondientes en el marco de sus competencias.
Artículo 5. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación mientras dure la declaratoria de emergencia sanitaria.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 24 ABR2 020 Minist o de Salud y Protección Social
Aprobó: Viceministerio de Salud Pública y Prestación de Servicios/(1
Dirección de Promoción y Prevención • Dirección Jurídica f 2,4 ABR2 020 e CC 6 6 6
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Continuación de la resolución "Por medio de fa cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar. controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Goronavirus COV/0-19"
ANEXO TÉCNICO
PROTOCOLO DE BIOSEGURIDAD PARA LA PREVENCIÓN DE LA
TRANSMISIÓN DE COVID-19
Contenido INTRODUCCIÓN. .....,.. . ....,.. . ., .. ., .. ., .. ...., .. ., .. ., .,.,.,.,.,.,..,.,..,...,..., ..,.,... ......,... ., .. ., .. ., .. ., .. ........,.... ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. . 6
1. OBJETIVO,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.6
2. DEFINICIONES,.. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. .........,.... ., .. ., .. ., .. ........,... ...................,.... .., .. . ., .. ................6..
3. MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD PARA LOS TRABAJADORES:,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,8..
4. PREVENCIÓN Y MANEJO DE SITUACIONES DE RIESGO DE CONTAGIO, 12 5 ¿CÓMO SE REALIZARÁ EL MONITOREO DE SÍNTOMAS DE CONTAGIO DE COVID19 ENTRE TRABAJADORES? ,.. ., .. ., .. ., .. ......,.. . ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .. ., .,.. ., .. ., .,.,... , .. ., .,.,.,.,... . 19
6. PASOS A SEGUIR EN CASO DE PRESENTAR UNA PERSONA CON SÍNTOMAS COMPATIBLES CON COVID-19.,.,.,.,.,.,.,.,.,..,.,.,.,.,.,.,.,..,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,.,..,.,.,.,.,2.,0., .,.,.,.,.,.
7. PLAN DE COMUNICACIONES.,.. ., .,.,... ., .. ., .,.,.,... ., .,.,.,.,.,.,.,.,.,.,...,.., ,... ., .. .., .,.,... , .,..,... .2 1 4 /IBR2 020 2 6 6 6
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Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COV/0-19". Introducción El coronavirus 2019 (COVID-19) es una enfermedad respiratoria causada por el virus SARS-CoV.
Se ha propagado alrededor del mundo, generando un impacto en cada uno de ellos a nivel de mortalidad, morbilidad y en la capacidad de respuesta de los servicios de salud, así mismo pueden afectar todos los aspectos de la vida diaria y las actividades económicas y sociales, incluyendo los viajes, el comercio, el turismo, !os suministros de alimentos, la cultura y los mercados financieros, entre otros. Para reducir el impacto de las condiciones del brote de COVID-19 en las actividades económicas y sectores del país, población trabajadora, usuarios, consumidores y población en general, es importante que todos los empleadores realicen la planeación, alistamiento e incorporación de medidas de prevención para la mitigación y respuesta a situaciones de riesgo frente COVID-19. La infección se produce cuando una persona enferma tose o estornuda y expulsa partículas del virus que entran en contacto con otras personas. El Coronavirus 2019 (COVID-19), tiene síntomas similares a los de la gripa común, alrededor del 80%, se recupera sin necesidad de un tratamiento especial. Otras personas, conocidas como casos asintomáticos, no han experimentado ningún síntoma. E! Coronavirus 2019 (COVIO-19}, puede causar enfermedades que van desde leves a graves y, en algunos casos, puede ser fatal. Por lo anterior desde el Ministerio de Salud y Protección Social se han generado los lineamientos para orientar a la población frente a las medidas que se requieren para mitigar la transmisión del virus, las cuales deben adaptarse a las diferentes actividades y sectores, con el fin de continuar fortaleciendo la respuesta en la fase de mitigación del virus.
1. Objetivo
Orientar las medidas generales de bioseguridad en el marco de la pandemia por el nuevo coronavirus COVID-19, para adaptar en tos diferentes sectores diferentes al sector salud con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus de humano a humano durante el desarrollo de todas sus actividades.
2. Definiciones Aislamiento: separación de una persona o grupo de personas que se sabe o se cree que están infectadas con una enfermedad transmisible y potencialmente infecciosa de aquellos que no están infectados, para prevenir la propagación de COVID-19. El aislamiento para fines de salud pública puede ser voluntario u obligado por orden de la autoridad sanitaria.
Aislamiento respiratorio: se aplica cuando se prevé la presencia de gotas de origen respiratorio con bajo rango de difusión (hasta 1 metro).
Aislamiento por gotas: se refiere a las medidas para controlar las infecciones por virus respiratorios y otros agentes transmitidos por gotas (> 5 micras) impulsadas a corta distancia a través del aire y que pueden ingresar a través de los ojos, la mucosa nasal, la boca o la piel no intacta de la persona que está en contacto con el paciente.
Aislamiento por contacto: se refiere a las medidas para controlar el contacto directo cuando se produce en el traspaso de sangre o fluidos corporales desde un paciente hacia otro individuo susceptible. El contacto puede hacerse en piel, mucosas o lesiones; así mismo por inóculos directos a torrente sanguíneo y el indirecto: se produce cuando el huésped susceptible entra en contacto con el microorganismo infectante a través de un intermediario inanimado (ropas, fómites, superficies de la habitación} o animado (personal de salud, otro paciente) que estuvo inicialmente
en contacto con ese microorganismo. En este caso se uti!iza bata desechable anti fluidos o traje de polietileno, este último para alto riesgo biológico.
Asepsia: ausencia de microorganismos que pueden causar enfermedad. Este concepto incluye la preparación del equipo, la instrumentación y el cambio de operaciones mediante los mecanismos de esterilización y desinfección.
Bioseguridad: conjunto de medidas preventivas que tienen por objeto eliminar o minimizar el factor de riesgo biológico que pueda llegar a afectar la salud, el medio ambiente o la vida de las personas, CC C RESOLUCIÓN NÚMERO•. 66 6 DE 2020 HOJA Nº 7
Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizare! adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COV/0-19". asegurando que el desarrollo o producto final de dichos procedimientos no atenten contra la salud y seguridad de los trabajadores.
Cohorte de pacientes: agrupación de los pacientes que están colonizados o infectados con un mismo microorganismo, para limitar su atención a un área única y evitar el contacto con otros pacientes Las cohortes se crean de acuerdo con la confirmación diagnóstica (clínica o microbiológica), criterios epidemiológicos y el modo de transmisión del agente infeccioso. Se prefiere evitar colocar pacientes severamente inmunodeprim1dos en habitaciones con otros pacientes. Los estudios de modelado matemático soportan la fuerza de las cohortes en el control de brotes.
Contacto estrecho: es el contacto entre personas en un espacio de 2 metros o menos de distancia, en una habitación o en el área de atención de un caso de COVID-2019 confirmado o probable,
durante un tiempo mayor a 15 minutos, o contacto directo con secreciones de un caso probable o confirmado mientras e! paciente es considerado infeccioso. COVID-19: es una nueva enfermedad, causada por un nuevo coronavirus que no se había visto antes en seres humanos. El nombre de la enfermedad se escogió siguiendo las mejores prácticas establecidas por ta Organización Mundial de la Salud (OMS) para asignar nombres a nuevas enfermedades infecciosas en seres humanos.
Desinfección: es la destrucción de microorganismos de una superficie por medio de agentes químicos o físicos.
Desinfectante: es un germicida que inactiva prácticamente todos los microorganismos patógenos reconocidos, pero no necesariamente todas las formas de vida microbiana, ejemplo esporas. Este término se aplica solo a objetos inanimados.
Hipoclorito: es un grupo de desinfectantes que se encuentra entre los más comúnmente utilizados.
Este grupo de desinfectantes tienen un efecto rápido sobre una gran variedad de microorganismos. Son los más apropiados para la desinfección general. Como este grupo de desinfectantes corroe los metales y produce además efectos decolorantes, es necesario enjuagar lo antes posible las superficies desinfectadas con dicho producto.
Mascarilla Quirúrgica: e!emento de protección personal para la vía respiratoria que ayuda a bloquear las gotitas más grandes de partículas, derrames, aerosoles o salpicaduras, que podrían contener microbios, virus y bacterias, para que no lleguen a la nariz o la boca.
Material Contaminado: es aquel que ha estado en contacto con microorganismos o es sospechoso de estar contaminado.
N!OSH: Instituto Nacional para la Salud y Seguridad Ocupacional de los Estados Unidos de Norteamérica. Prestadores de servicios de salud: Hace referencia a las instituciones prestadoras de servicios de salud -IPS, profesionales independientes de salud, transporte asistencial de pacientes y entidades de objeto social diferente que prestan servicios de salud. Residuo Biosanitario. son todos aquellos elementos o instrumentos utilizados durante la ejecución de un procedimiento que tiene contacto con materia orgánica, sangre o fluidos corporales del usuario. Residuos Peligrosos. es cualquier objeto, material, sustancia, elemento o producto que se encuentra en estado sólido o semisólido, o es un liquido o gas contenido en recipientes o depósitos, cuyo generador descarta, rechaza o entrega porque sus propiedades no permiten usarlo nuevamente en la actividad que lo generó o porque la legislación o la normatividad vigente asr lo estipula.
SARS: síndrome respiratorio agudo severo, por sus siglas en inglés (Severe acute respiratory syndrome). .. r " " 2 4 P..B2R0 20 6 6 6
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Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizare/ adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COV/0-19". SARS-CoV-2: versión acortada de! nombre del nuevo coronavirus "Coronavirus 2 del Síndrome Respiratorio Agudo Grave" (identificado por primera vez en Wuhan, China) asignado por El Comité Internacional de Taxonomía de Virus, encargado de asignar nombres a los nuevos virus
3. Medidas de bioseguridad para los trabajadores: Cuando se utilice la expresión trabajador en el presente protocolo se entenderá también incluidos a los aprendices, cooperados de cooperativas o precooperativas de trabajo asociado, afiliados participes, los contratistas vinculados a !os diferentes sectores económicos, productivos y entidades gubernamentales.
En ningún caso, la obligación de la implementación de este protocolo podrá traducirse en el desconocimiento o desmejora de las condiciones ni en la terminación de los vinculas laborales, y demás formas contractuales del personal de las empresas. 3.1 Medidas generales. Las medidas que han demostrado mayor evidencia para la contención de la transmisión del virus son las siguientes: - Lavado de manos -Distanciamiento social -Uso de tapabocas. Adicional a estas medidas y teniendo en cuenta los mecanismos de diseminación del virus {gotas y contacto), se deben fortalecer los procesos de limpieza y desinfección de elementos e insumos de uso habitual, superficies, equipos de uso frecuente, el manejo de residuos producto de la actividad o sector, adecuado uso de Elementos de Protección Personal-EPP y optimizar la ventilación del lugar y el cumplimiento de condiciones higiénicos sanitarias A continuación, se describen de manera puntual las medidas que han demostrado mayor evidencia para la contención de la transmisión del virus. 3.1.1 Lavado de manos. • Disponer de los insumos para realizar la higiene de manos con agua limpia, jabón y toallas de un solo uso (toallas desechables). • Disponer suministros de alcohol glicerinado mínimo al 60% máximo 95%. • Disponer de alcohol glicerinado en lugares de acceso fácil y frecuente por parte de las
personas usuarias y trabajadoras de cada sector. • Disponer en áreas comunes y zonas de trabajo de puntos para el lavado frecuente de manos según las recomendaciones del Ministerio de Salud y Protección Social. • Todos los trabajadores tanto en trabajo remoto, centros de operación o en actividades externas, deben realizar el protocolo de lavado de manos con una periodicidad mínima de 3 horas en donde el contacto con el jabón debe durar mínimo 20 -30 segundos. • Después de entrar en contacto con superficies que hayan podido ser contaminadas por otra persona (manijas, pasamanos, cerraduras, transporte), después de ir al baño, manipular dinero y antes y después de comer. • Los responsables de los sistemas de seguridad y salud en el trabajo deberán establecer mecanismos de seguimiento y monitoreo y autocontrol de esta actividad en todos los sitios de trabajo. • Intensificar las acciones de información, educación y comunicación para el desarrollo de todas las actividades que eviten el contagio. 3.1.2. Lavado de manos y técnica de lavado • El lavado de manos con agua y jabón debe realizarse cuando las manos están visiblemente sucias, antes y después de ir al baño, antes y después de comer, después de estornudar o toser, antes y después de usar tapabocas, o antes de tocarse la cara. • La higiene de manos con alcohol glicerinado se debe realizar siempre y cuando las manos están visiblemente limpias. 2 4 ABR2 020
RESOLUCIÓN NÚMERO·••. •
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Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar,
controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavin.is COVID-19''. • E! alcohol glicerinado a utilizar debe tener una concentración entre 60% y el 95%. • Se deben tener recordatorios de la técnica del lavado de manos en la zona en la cual se realiza la actividad lavado de manos. 3.2. Distanciamiento físico (C.DC, Distanciamientos ocial, cuarentenay aislamiento,d isponible en: https:/fespanol.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/prevent-getling-sick/social-distancing.html). El distanciamiento físico significa mantener un espacio entre las personas fuera de su casa. Para practicar el distanciamiento físico se requiere: • Los trabajadores deben permanecer al menos a 2 metros de dIstanc1a de otras personas y entre los puestos de trabajo evitando contacto directo. Para establecer estas medidas en espacios, áreas o recintos amplios, podrán pedir asistencia técnica a la ARL a la cual se encuentra afiliada la empresa o el contratista independiente vinculado mediante contrato de trabajo {áreas de ergonomía, densidad y seguridad industrial) con el fin de organizar y optimizar la ubicación de los puestos de trabajo, para poder disminuir el riesgo de transmisión. Para estos efectos, las personas circulantes de aseo y seguridad mantendrán las mismas distancias de protección. • Se debe controlar el aforo de los trabajadores el área o recinto de trabajo. • Estas mismas condiciones deben aplicar en los sitios donde consumen los alimentos (por ejemplo: comedores, cafeterías, casinos etc.) y en general en los sirios de descanso de los empleados. • No se deben permitir reuniones en grupos en los que no pueda garantizar la distancia
mlnima de 2 metros entre cada persona. • Aproveche las ayudas tecnológicas con el fin de evitar aglomeraciones y evite el intercambio físico de documentos de trabajo. • Además de las medidas cotldianas para prevenir el COVID-19, se deben hacer recomendaciones permanentes para mantener el distanciamiento físico tanto en el ambiente de trabajo como en todos los lugares en donde pueda tener encuentro con otras personas, es una de las mejores medidas para evitar la propagación 3.3. Elementos de Protección PersonalEPP para prevención del COVID-19 • Los responsables del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa deben definir los EPP indicados para la protección personal de acuerdo con la labor de para la prevención del COVID-19 desde el punto de vista de la higiene industrial aplicable a los procesos de la empresa a partir de valoraciones cuantitativas como mediciones de higiene. • El empleador debe entregar los EPP y garantizar su disponibilidad y recambio. • Se deben informar las recomendaciones de uso eficiente de EPP. • El uso de guantes se recomienda si se van a realizar actividades de aseo o si se van a manipular elementos como residuos, para las demás actividades se recomienda el lavado de manos con agua, jabón y toallas desechables. • Los EPP no desechables deberán ser lavados y desinfectados antes de ser almacenados en un área limpia y seca y recordar que son de uso personal. • Se deben instalar recipientes adecuados para el destino final de los elementos de protección personal utilizados. • En todo caso, ningún trabajador debe usar la dotación o EPP empleados en la actividad laboral por fuera de sus actividades laborales. • Los trabajadores deben abstenerse de compartir los EPP.
3.3.1. Manejo de los tapabocas • Uso del tapabocas obligatorio en el transporte público y en áreas con afluencia masiva de personas. • El uso correcto de los tapabocas es fundamental para evitar el contagio; igualmente importante el retiro de estos para evitar el contacto con zonas contaminadas y/o dispersión de! agente infeccioso. Mantenga visibles las técnicas de uso y disposición de EPP. • Se puede usar tapabocas de tela, siempre y cuando cumplan con las indicaciones del Ministerio de Salud y Protección Socia, los cuales pueden ser consultados en https·/fwww.minsalud.qov.co/Ministerio/lnstitucional/Procesos%20y%20procedimientos/GIPS1 24 ABR2 020 OC C 6 6 6
RESOLUCIÓN NÚMERO , ~- DE 2020 HOJA N' 10
Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizare/ adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19". 8.pdf. GIPS18.Lineamientos generales para el uso de tapabocas convencional y máscaras de alta eficiencia. Ministerio de Salud y Protección Social. • Siempre debe hacer el lavado de manos antes y después de usar el tapabocas. 3.3.2. Tapabocas convencional • Estos elementos que cubren de manera no oclusiva la nariz y boca de las personas reducen la probabilidad de contacto con secreción nasal o saliva de otra persona. • Los tapabocas convencionales tienen distintos diseños, entre ellos, los que se pliegan sobre la boca o nariz y los preformados, que no lo hacen.
- Los tapabocas que no vienen preformados se humedecen más fácilmente y entran en contacto con mayor facilidad con secreción nasat o saliva de la persona. • Para la colocación y uso del tapabocas se deben tener en cuenta las indicaciones del fabricante. 3.3.3. Pasos para colocación y retiro de tapabocas convencionales: • Lávese !as manos antes de colocarse el tapabocas. • El uso de los tapabocas debe seguir las recomendaciones del fabricante • Ajuste el tapabocas, si tiene elásticos, por detrás de las orejas; si es de tiras se debe atar por encima de las orejas en la parte de atrás de la cabeza y las tiras de abajo por debajo de las orejas y por encima del cuello. • La colocación debe ser sobre la nariz y por debajo del mentón. • La cara del tapabocas con color (impermeable) debe mantenerse como cara externa. • Debido a su diseño, el filtrado no tiene las mismas características en un sentido y en otro, y su colocación errónea puede ser causante de una menor protección del profesional. La colocación con la parte impermeable {de color) hacia dentro puede dificultar la respiración del trabajador y acumulo de humedad en la cara. Por otro lado, dejar la cara absorbente de humedad hacia el exterior favorecerá la contaminación del tapabocas por agentes externos. • Sujete las cintas o coloque las gomas de forma qu
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