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MINSALUD - Resolución 723 de 2022

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 723 de 2022
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2022

República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN Nú~OO723 DE 2022 ( - 6 MAY2 022 ) Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV a algunas entidades territoriales EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialment:de las conferidas por el numeral 3 artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011 y, en desarrollo del numeral 19.5 del Decreto 109 de 2021 y, CONSIDERANDO Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificaao por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "/a atención de la salud y el saneamiento· ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud 'a·· ,os habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad". Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" dispone que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública. Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y 1ecnologías de salud deben ser

accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que la Ley 2064 de 2020 declaró de interés general la estrategia para la inmunización de la población colombiana contra la COVID-19 y autorizo al Gobierno nacional para adquirir tecnologías en salud destinadas a prevenir, atender y monitorear cualquier pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud - OMS, con el fin de conformar y mantener una reserva de estas, que le permita tener capacidad para responder a situaciones que llegaren a incrementar su demanda. Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404,466,630, 744 y 1671 de 2021 y 416 de 2022, adoptó el Plan Nacional de \7acunación contra la COVID-19 en el que se estableció, entre otros aspectos, la población objeto, los criterios de priorización, las fases, las etapas, la ruta para la aplicación de la mencionada vacuna, las responsabilidades de cada actor tanto del Sistema General de Seguridad Social en Salud como de los administradores de los regímenes especiales y de excepción radicando en este Ministerio tanto la obligación de suministrar las vacunas, las jeringas y el carné, así como las actividades exclusivas de importación, acciones que resultan necesarias para 6 MAY2 022

RESOLUCIÓN Núi'48@00723DE - 2022 HOJA No 2

Continuación de la resolución "Por/a cual se reponen vacunas contra fa COV/D-19 de los laboratorios Janssen Phánnaceutica NV a algunas entidades territoriales" continuar con la operación del citado plan. Que el Estado colombiano suscribió acuerdos vinculantes con diferentes agentes para

adquirir la vacuna contra la COVID-19, a través de la plataforma COVAX y con los respectivos fabricantes, lo que ha permitido que ingresen al país en el periodo comprendido entre el 16 de febrero de 2021 y 5 de mayo de 2022, un total de 96.149.604 dosis de los biológicos de los laboratorios Pfizer, Sinovac, AstraZeneca, Janssen y Moderna, los cuales cúentan córí; a.utorización de uso de emergencia por parte del

INVIMA.

Que la OMS ha reconocido que en todo programa o plan de vacunación existen circunstancias que son propias de este tipo de procesos, en donde se presenta un alto porcentaje de pérdidas programáticas de biológicos que pueden ser ocasionadas por distintas situaciones; para el caso de la vacuna contra la COVID-19 se han identificado como principales causas las relaci'onadas con contaminación, error en la dosificación, error en la manipulación, error en la reconstitución o dilución, fallas de fabricación o calidad, vial roto, interrupción de la cadena de frie, política de frascos abiertos, vacunas que exceden el tiempo de almacenamiento en refrigeración y vencimiento . .. Que en ese sentido, con corte al 31 de enero de 2022, las entidades territoriales que se señalan a continuación reportaron a esta Cartera Ministerial la pérdida de 2.892 dosis de biológicos del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV H, por los siguientes motivos:

Consolidado pérdida de vacuna Janssen Pharmaceutíca NV Motivod e pérdidav acunaM odernaEntidadT erritorial • · u· ee u" oO e "- e ' . · !. '- .o - ,• : "uO .O - .§ ' - w" e ~ g' o · ¡ :. ~ •.e ; ¡. .¡ ;, , . we . -g! . =! " ! '- : ·. :e u 6 E!2 e l ! u. ~-. u ".. , .', u : . · · ,•. .e "O! ¡E ; e o e, : ! • : ;' . · ui uo " E; ; . ; ' : . : .-4 e u C2~. 52.1 L . , .. " ""e " u. .C .g , ' . ' ', ~ ~ o~ o . j ~ ~ o ~ u " ' '" . "o : oo "a, · -· : .o u o o¡ 2 ; - · co ~" 2 ñ- ' ~ . " . e. ü . . . , JaT no sta sl e n Amazonas 1 1 Antloauia 3 27 20 5 34 91 Atlántico 2 6' 8 Bonotá,o .e. t . 1 5 6 13 Bolívar 5 5 18 28 Bovacá 4 200 204 Buenaventura 154 154 Caldas 3 4 Caquetá 4 4 Cartaaena 10 10 Casanare 5 35 40 Cauca 24 10 157 191 Cesar 1 1 Chocó 2 634 636 Córdoba 5 5 90 100 Cundlnamarca 5 30 50 2 87

Guavlare 10 10 Hulla 5 5 La Guaiira 5 5 Maadalena 15 4 19 Nariño 15 15 Putumavo 1.038 1.038 Risaralda 2 3 SantaM arta 10 10 Santander 4 4 Tolima 1 5 125 131 Valled el Cauca 2 17 6 3 30 59 Vauoés 21 21 Totalq eneral 36 18 63 28 105 58 2.381 202 2.892 6 MAY2 022

RESOLUCIÓN Nú0~CO723 DE - 2022 HOJA No 3

Continuación de la resolución "Por la cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Janssen Phannaceutica NV a algunas entidades territoriales" Que teniendo en cuenta que las dosis no aplicadas por pérdida global representan el 0.0023% de las asignadas a las entidades territoriales para el Plan Nacional de Vacunación, y reconociendo que la vacuna contra la COVID 19 es un biológico sin antecedente histórico, sobre el cual los equipos de vacunación nacional debieron adaptarse a nuevos procedimientos, relacionados, entre otros, con el manejo de la cadena de frío y su aplicación, generandO'¡Ul)ac urva de aprendizaje frente al manejo de la vida útil corta y a la oferta en el mercado·internacional, este Minislerio decidió por única vez adelantar gestión con los laboratorios fabricantes que hacen parte del portafolio de adquisición de biológico del país, con el fin de solicitar el recambio de las dosis pérdidas por parte de las entidades territoriales y reportadas en el tablero de control de SISPRO

con corte a 31 de enero de 2022. Que, atendiendo a las circunstancias anotadas, este Ministerio, como responsable del suministro de biológicos para la ejecución del Plan Nacional de Vacunación, mediante oficio 202220000176831 de febrero del 2022, solicitó al laboratorio Janssen Pharmaceutica NV la reposición de 3.000 dosis de su vacuna contra la COVID 19, que no pudieron ser aplicadas por los motivos anteriormente expuestos. Que dicha solicitud fue aceptada mediante comunicación de 23 de marzo del año en curso, en la que manifiestan la disposición para realizar el proceso de reposición de dosis de vacuna requerido, indicando adicionalmente, vía correo electrónico del 29 del mismo mes y año, que: "como puede revisar en el documento la compañía no so/o entregaría las 3000 dosis por ustedes requeridas sino 1800 dosis adicionales para atender cualquier requerimiento futuro que pudiese acontecer" Que, de conformidad con el acta de entrega y recepción técnica de biológicos del 6 de mayo de 2022, suscrita por funpionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Minisferio de Salud y Protección Social, se recibieron 4.800 dosis de la vacuna contra la COVID-19, del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV, identificadas con el número de lote 1883934. Que la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, informa a través del memorando 202221110148903, que se cuenta en el centro de acopio nacional con 2.655.050 dosis disponibles de biológicos del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV, para continuar con el Plan Nacional de Vacunación y reponer los biológicos reportados

como pérdidas por las entidades territoriales. Que atendiendo a la disponibilidad de biológicos entregados por el laboratorio y a la información de dosis reportadas como pérdidas por las entidades territoriales, la reposición de las vacunas se realizará por la totalidad de lo reportado teniendo en cuenta las cantidades por vial y empaques secundarios completos. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Reposición de vacunas del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV. Reponer por única vez, conforme con lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo, 3.000 dosis de vacunas del laboratorio Janssen Pharmaceutica NV, a las siguientes entidades territoriales, así: 6 MAY2 022

RESOLUCIÓN Nún006CO723 DE2022 HOJA No 4

Continuación de la resolución "Por/a cual se reponen vacunas contra la COVID-19 de los laboratorios Janssen Pharmaceutica NV a a/aunas entidades territoriales" SECRETARIA DE SALUD DEPARTAMENTAL Y DISTRITAL O LA ENTIDAD QUE HAGA SUS CANTIDAD No. . . VECES DOSIS 1 Departamendtoe A nlioquiaSecretariSa eccionad!e S aludy ProteccióSn ocial 100 2 Deoartamendtoe A mazona-sS ecretaridae SaludD eoartamental 5 3 Departamendtoe Bolívar-Secretaridae SaludD epartamental 35 4 Departamendtoe Boyacá- Secretaridae SaludD eoartamental 210 5 Deoartamendtoe CaldasDireccióTn erritoriadle Saludd e Caldas 5 6 Departamendtoe C aouetá- InstitutoD epartamendtael Salud 5

7 Departamendtoe Córdoba-, Secretaridae Desarrolldoe la Salud 105 8 Deoartamendtoe Cundinamarc-aS ecretaridae S aludD eoartamental 90 9 Departamendtoe la GuajiraSecretaridae SaludD epartamental 5 10 Deoartamendtoe NariñoInstitutoD eoartamendtael Salud 20 11 Departamendtoe Putumav-oS ecretaridae SaludD epartamental 1.040 12 Deoartamendtoe Risarald-aS ecretaridae SaludD eoartamental 5 13 Deoartamendtoe Santande-rS ecretaridae SaludD epartamental 5 14 Departamendtoe VauoésSecretaridae SaludD eoartamental 25 15 Deoartamendtoe lA tlánticoSecretaridae S aludD eoartamental 10 16 Departamendtoe l Casanar-eS ecretaridae SaludD epartamental 45 17 Deoartamendtoe l CaucaSecretaridae SaludD eoartamental 195 18 Deoartamendtoe l CesarSecretaridae SaludD eoartamental 5 19 Departamendtoe l Chocó- Secretaridae S aludD epartamental 640 20 Deoartamendtoe l Guaviar-eS ecretariDa eoártamendtael Salud 15 21 Departamendtoe l HuilaSecretaridae SaludD epartamental 5 22 Deoartamendtoe l Maadalen-aS ecretaridae Desarrolldoe la Salud 25 23 Departamendtoe lT olimaSecretaridae S aludD epartamental 135

24 Deoartamendtoe l ValleD elC aucaSecretariDa eoartamendtael Salud 60 25 DistritoC acitadl e Boootá- SecretariOa istritadl eS alud 20 26 DistritoE speciaIln, dustriaPl, ortuarioB, iodiversyo EcoturisticDoe Buenaventura 160 27 DistritoT urísticov Culturadl eC artaaendae IndiasDeoartamenAtod ministrativDoi stritadl e Salud 15 28 DistritoT urísticoC, ulturaEl Históricdoe SantaM artaSecretaridae SaludD istrital 15

TOTAL 3.000

Artículo 2. Obligaciones de las entidades territoriales. Las entidades territoriales, señaladas en el articulo c1nteriord e la presente resolución, tendrán a cargo las siguientes obligaciones: 2.1 Ingresar las dosis de los biológicos repuestos al módulo de inventario del PAIWEB. 2.2 Entregar a los municipios y prestadores, según corresponda, las dosis de los biológicos repuestos atendiendo al análisis y microplaneación territorial. 2.3 Informar, a la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, del proceso de desnaturalización que debe surtirse por parte del prestador o municipio que reportó la pérdida de los biológicos. Artículo 3. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de suexpedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE o.e.,

Dada en Bogotá, - 6M 202 '//.t ,_, ., ; •ERNANuu .. u,~~uMEZ

Mini Ira dé Salud y Protección Social Aprobó: Directorad e Epidemiologíya Demografíae ncargadad e las funciones 'OJ4,- del Despachod el Viceministrod e Salud Públicay Presta~iónd e ervicios Directord e Promo~ió Prevención DirectoraJ urídica

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