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MINSALUD - Resolución 890 de 2020

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 890 de 2020
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2020

República de Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL 'r RESOLUCIÓN NÚMERO I} !} {¡ 8 9 0 DE 2020 :..3J UN2 020 ( ) Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad con el fin de mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus COV!D-19 en el sector inmobiliario

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

1 ' • En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el artículo 1 de Decreto Legislativo 539 de 2020 y, CONSIDERANDO Que el artículo 2 de la Constitución Política prevé que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales y de los particulares. Que el articulo 5 de la Ley 1751 de 2015 establece que el Estado es responsable de respetar, proteger y garantizar el goce efectivo del derecho fundamental a la salud, y en su artículo 1O , señala como deberes de las personas, frente al derecho fundamental, los de "propender por su autocuidado, el de su familia y el de su comunidad" y "actuar de manera solidaria ante situaciones que pongan en peligro la vida y la salud de las personas". Que el 11 de marzo de 2020, la OMS declaró que el brote de coronavirus COVID-19 es una pandemia, esencialmente por la velocidad en su propagación e instó a los Estados a tomar acciones urgentes y decididas para la identificación, confirmación, aislamiento,

monitoreo de los posibles casos y el tratamiento de los casos confirmados, así como la divulgación de las medidas preventivas, todo lo cual debe redundar en la mitigación del contagio. Que, con base en la declaratoria de pandemia, a través de la Resolución 385 de 2020 el Ministerio de Salud y Protección Social decretó la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional, con el fin de prevenir y controlar la propagación del Coronavirus COVID-19 en el territorio nacional y mitigar sus efectos, medida que se prorrogó mediante la Resolución 1 844 de 2020, hasta el 31 de agosto del mismo año. 1 Que la Organización Internacional del Trabajo en comunicado del 18 de marzo de 2020 ' instó a los Estados a adoptar medidas urgentes para i) proteger a los trabajadores y empleadores y sus familias de los riesgos para la salud generados por el coronavirus COVID-19; ii) proteger a los trabajadores en el lugar de trabajo; iii) estimular la economía y el empleo, y iv) sostener los puestos trabajo y los ingresos, con el propósito respetar los derechos laborales, mitigar los impactos negativos y lograr una recuperación rápida y sostenida. Que la evidencia muestra que la propagación del coronavirus COVID-19 continúa, a pesar de los esfuerzos estatales y de la sociedad y, en consecuencia, al no existir medidas . -3 JUN1 \ln 8 9 0

RESOLUCIÓN NÚMERO'>f \ {l (¡ l..' DE 2020 HOJA Nº 2

Contmuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad con el fin de mitigar, co1rtrolar y re3/izar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus COV/D-19 en el sector inmobil!ario.,

farmacológicas como la vacuna y los medicamentos antivirales, son las medidas no farmacológicas las que tienen mayor,costo/efectividad. Esas medidas incluyen la higiene respiratoria, el distancianÍi€ñió,-social.' el autoaislamiento voluntario y la cuarentena. medidas que en concepto de este Ministerio se deben mantener. Que por medio de !os Decretos 457 del 22 de marzo, 531 del 8 de abril, 593 del 24 de abril, 636 del 6 de mayo y 689 del 22 de mayo, todos de 2020, el Gobierno nacional ordenó, en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia, el aislamiento preventivo obligatorio de todos los habitantes del territorio nacional, pero permitió el derecho de libre circulación de las personas que allí se indican. Que mediante Decreto 749 del 28 de mayo de 2020 el Gobierno nacional derogó los Decretos 636 del 6 de mayo y 689 del 22 de mayo, ordenó el aislamiento preventivo obligatorio y facultó a los gobernadores y alcaldes para que en marco de sus competencias ejecuten dicha medida e igualmente permitan el derecho a la circulación de las personas en los casos y actividades previstas en el articulo 3 del citado acto administrativo. con el fin de garantizar el derecho a la vida, la salud y la supervivencia. Que el Decreto Legislativo 539 del 13 de abril de 2020, estableció que durante el término de la emergencia sanitaria este Ministerio será el competente para expedir los protocolos que sobre bioseguridad se requieran para todas las actividades económicas, sociales y sectoriales que se encuentran autorizadas, con el fin de mitigar, controlar y evitar la

propagación de la pandemia y realizar su adecuado manejo. Que, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 666 del 24 de abril de 2020, ''por medio de fa cual se adoptó el protocolo general de bioseguridad para todas las actividades económicas, sociales y sectores de la administración pública y su correspondiente anexo técnico". Que el numeral 32 del artículo 3 del Decreto 749 de 2020 indica que se permite el derecho de circulación de las personas que realicen actividades de "Comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias". Que analizadas las condiciones particulares que rodean esas actividades y de acuerdo con la información suministrada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, esta cartera elaboró el protocolo de bioseguridad especial que debe ser aplicado en el sector inmobiliario, el cual se adopta mediante la presente resolución y es complementario al protocolo general, adoptado mediante la Resolución 666 de 2020. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Objeto. Adoptar el protocolo de bioseguridad para la prevención de la _transmisión del coronavirus COVID-19 en el sector inmobiliario, contenido en el anexo técnico que hace parte integral de la presente resolución. Parágrafo. Este protocolo es complementario al adoptado mediante la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 y a las demás medidas que los responsables de cada actividad que conforma el sector crean necesarias. Artículo 2. Vigilancia del cumplimiento del protocolo. La vigilancia del cumplimiento de este protocolo está a cargo de la secretaría o entidad del municipio o distrito que

  • 3 JUN2 020

RESOLUCIÓN NÚMERtf' (){} Q 890-,, o'E 2020 HOJA Nº 3

Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad con el fin de mitigar. controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemta del coronavirus COV/0-19 en el sector inmobilíatio .. corresponda a las actividades económicas que conforman el sector inmobiliario, en el que funcione cada comercio, sin perjuicio de la vigilancia que sobre el cumplimtento de las obligaciones de los empleadores realice el Ministerio del Trabajo, ni de las competencias de otras autoridades. Artículo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los, - 3 JU 11 ' Minist o de Salud y P 1 ·, 1

Aprobó: ~-

Direccióri de Promoción y Prevención· J>/. V1ceministerio de rd Pública y Pres ación de Servicios Dirección Jurid1ca ~ ' , , '"000890· ,.-~3J UN2 020

RESOLUCION NUMERO· - t! 'DE 2020 HOJA Nº 4

Continuación de la resolución 'Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad con el fin de mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del corona virus COV/0-19 en el sector inmobiliario"

ANEXO TÉCNICO

1. Objetivo Orientar en el marco de la pandemia por el nuevo coronavirus COVID-19, las medidas generales

de bioseguridad que debe adoptar el sector inmobiliario con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus de humano a humano durante el desarrollo de todas las actividades del sector.

2. Medidas generales de bioseguridad Las medidas generales de bioseguridad son las indicadas en la Resolución 666 de 2020, "Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para m!ligar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus Covid-19"

3. Actividades inmobiliarias - División CIU 68

Realizar una evaluación de las actividades por empresa para la implementación del presente protocolo de acuerdo con os responsables y personal que conforma el presente sector. 3.1. Medidas locativas en espacios de trabajo 3.1.1. Adecuación 3.1 1 1 Disponer en áreas comunes y zonas de :rabajo de suficientes puntos de aseo para el lavado frecuente de manos, los cuales deberán ser acordes a las áreas de trabajo y el número de trabajadores. 3 1 1 2. Garantizar el distanciamiento físico entre persona y persona mínimo de 2 metros, generando un modelo de sectonzación de áreas o actividades, evitando aglomeraciones. 3. 1.1 3. Establecer un área de recepción de clientes que cuente con una barrera fisica. ya sea de vidrio o plástico, que proteja tanto al recepcionista como al cliente que ingresa a la inmobiliaria. 3 1 1 4. Disponer en la recepción un dispensador de alcohol glicerinado mínimo al 60% para higienizar manos 3.1 i .5. Disponer de un rociador de alcohol antiséotico mínimo al 70% para desinfectar los documentos

que se reciban 3 1 1.6 Garantizar un espacio para que los trabajadores guarden sus elementos personales y ropa de diario luego de realizar visitas a inmuebles. Igualmente. disponer bolsas para guardar la ropa de trabajo y posterior lavado. 3 1.1 7. Si la empresa cuenta con una sala de recepción, organizar las sillas con una distancia mínima de 2 metros entre cada una. 3 1 1.8 Garantizar la existencia de agua, jabón. toallas desechables, así como alcohol gl1cerinado mínimo al 60% para el uso de todos los trabajadores y visitantes. 3.1.2. Herramientas de trabajo y elementos de dotación 3.1.2.1. Suministrar a todo el personal tapabocas. el cual debe ser utilizado todo el tiempo y conforme a las indicaciones previstas para este tipo de dispositivos 3.1.2.2. Contar con suministro de alcohol glicerinado mínimo al 60% y disponer tapabocas para entregar a los clientes cuando se evidencie que no cuentan con este. 3.1 2.3. Los asesores comerciales deberán contar con una bata o prenda especial para la realización de vistas a inmuebles, la cual no deben llevar puesta durante sus traslados. 3.1 2.4. Suministrar los elementos necesarios para la limpieza y desinfección rutinaria de las herramientas y equipos utilizados en las inspecciones y demás operaciones portuarias que se encuentren a su cargo 3.1.2.5. Garantizar la limpieza y desinfección de las herramientas y equipos utilizados 3.2. Capital humano Priorizar el teletrabaJ0 o trabajo en casa en aquellas actividades que no sea indispensable la presencia

del colaborador en las instalaciones .. 3 JUN2 020 ~ 8 0 0 G 9 0

RESOLUCIÓN NÚMER8 DE 2020 HOJA N' 5

Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo de biosegun'dad con el fin de mitigar controlar y realizare/ adecuado manejo de la pandemia del corona virus COVID-19 en el sector inmobiliario'' 3.2.1. Interacción dentro de las instalaciones 3.2.1.1. Permanecer, tanto trabajadores como personas circulantes de aseo y seguridad, al menos a 2 metros de distancia de otras personas y entre puestos de trabajo, evitando contacto directo. El mismo distanciamiento deben tener los asesores comerciales de clientes, empleados de la propiedad horizontal, inquilinos, etc. y utilizar los tapabocas de manera continua. 3.2.1.2. Efectuar reuniones no presenciales o via web. En caso de ser estrictamente necesario, convocar el menor número de personas, deJar una silla intermedia, mantener distancia mínima de dos 2 metros entre personas y mantener las salas abiertas y ventiladas. 3.2.2. Interacción en tiempos de alimentación 3 2 2 1 Limitar el número de personas realizando la actividad de forma simultánea para que se garantice la distancia mlnima de 2 metros entre las mismas. 3.2.2.2 Establecer turnos u horarios flexibles de alimentación y descanso para evitar aglomeraciones. 3.2.2.3 Disponer paños de alcohol antiséptico minimo 70% o desinfectante y alcohol glicerinado mínimo al 60% en las zonas donde se encuentren los hornos microondas para uso del personal,

garantizando la desinfección del panel después de cada uso. 3.2.3. Alternativas de organización laboral 3.2 3.1 Determinar el número máximo de trabajadores por turno dependiendo de las condiciones del lugar de trabajo tanto para el personal administrativo, comercial y operativo 3.2.3.2 Determinar el equipo que puede realizar trabaJOr emoto o en casa. 3.2 3.3 Flexibilizar los turnos en el trabajo, 3.2.3.4. Contemplar turnos de trabajo los fines de semana y días festivos. 3.2.3.5. Fomentar el uso de medios alternativos de transporte entre los empleados y colaboradores. 3.2.4. Interacción con terceros (proveedores, clientes, aliados, etc.) 3 2.4.1 Definir protocolos de interacción con proveedores y personal externo a la empresa. 3 2.4.2. Usar siempre el tapabocas, realizar el protocolo de lavado de manos de manera frecuente, mantener la distancia mínima de 2 metros entre persona y persona. 3.2.4.3. Establecer turnos para cuando los proveedores aliados tengan que estar en las instalaciones, considerando las condiciones de los espacios y los accesos, asegurando el distanciamiento físico y evitando aglomeraciones. 3.2.4.4. Fomentar el pago con medios digitales para reducir el uso de dinero en efectivo. En caso de no ser posible, se recomienda pagar el monto exacto de la compra y evitar la firma de recibido del producto, y el uso de un lapicero común. Así mismo, el dinero deberá ir en sobre sellado. 3.2.4.5. Priorizar el uso de canales digitales como principal medio para el pago de arriendos y el

intercambio comercial derivado de la actividad inmobiliaria, reduciendo las visitas a las que sean estrictamente necesarias. las actividades el envío de documentos. información propuestas comerciales, entrega de avalúas, entre otros, deben enviarse por medios virtuales. 3 2.4.6. Solicitar a los propietarios que pongan sus inmuebles a la venta o en arriendo, una desinfección total del inmueble antes de realizar la visita. Desinfectar, antes de cada visita, utilizando alcohol antiséptico mínimo al 70% en manijas, puertas, cocinas, baños 3.2.4.7. Realizar las siguientes preguntas al cliente antes de la visita: ¿T iene fiebre o la ha tenido en los últimos 14 dlas? (temperatura igual o mayor a 38ºC) ¿T iene o ha tenido en los últimos 14 días diarrea u otras molestias digestivas? ¿T iene o ha tenido sensación de mucho cansancio o malestar en los últimos 14 días? ¿Ha notado una pérdida del sentido del gusto o del olfato en los últimos 14 días? ¿Ha estado en contacto o conviviendo con alguna persona sospechosa o confirmada por

COVID-19?

Si alguna de las respuestas a estas preguntas es afirmativa, no se permitirá la visita al inmueble. 3.2.4.8 Conocer el protocolo de bioseguridad adoptado por la propiedad horizontal y dar a conocer el protocolo definido por la empresa o asesor inmobiliario. En caso de inmuebles que no hacen parte de propiedad horizontal, la empresa o asesor inmobiliario, deberá dar a conocer el protocolo de bioseguridad para que se adopten las medidas pertinentes. 3.2.4 9 Evitar la entrega de tarjetas personales, brochures o cualquier tipo de publicidad impresa. En

caso de que deba entregarse información de forma física que sea vital para la operación, se entregará en un sobre sellado y de preferencia sin contacto, es decir los documentos deben ser dejados en una superficie, para que la otra persona los recoja. . ,.3 JUN2 0211

RESOLUCIÓN NÚMERc:f' {) Ü C8 9,@\f; 6 E" 2020 HOJA Nº 6

Conlinuación de la resolución '-Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad con el fin de mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavims COV/0 19 en el sector inmob1/ian'o" 3.2 4.10 Al ingresar a los ascensores se deben desinfectar con alcohol antiséptico mínimo al 70% los botones y superficies de contacto, y asegurar el distanciamiento físico de 2 metros en los ascensores. Si esto no es posible, el ascensor se debe utilizar de manera individual. 3.2.4.11 Hacer un trabajo conjunto con las autoridades de las localidades, comunas o corregimientos para identificar y georreferenciar focos de contagio en cada una de estas áreas, con el fin de detener preventivamente las visitas a bienes inmuebles con fines comerciales. 3.2.4.12 Asegurar, en las visitas a los apartamentos modelo, que se ingrese un solo cliente a la vez y evitar contactos de clientes en las superficies de estos durante las visitas e igualmente, en las visitas a inmuebles. 3.2.5. Desplazamiento desde y hacia el lugar de trabajo "3.2.5.1 Realizar toma rutinaria de temperatura, a través de mecanismos electrónicos tales como laser,

digitales, termográficos y demás, de tal forma que no se generen congestiones o aglomeración de personas, al inicio de la jornada laboral y de ser posible al finalizar la misma. Esta información deberá ser registrada por escrito en un formato que para tal fin se implemente. De igual forma se deberá garantizar que se efectúe control de temperatura a clientes y visitantes. 325.2. Contar con personas que, con el debido entrenamiento, evalúen síntomas o posibles riesgos de contagio. 3.25.3. Implementar mecanismos para programar y controlar la entrada de visitantes, clientes, potenciales compradores y/o inquilinos, arrendatarios, propietarios y demás personas asociadas a la 1nmobil1ariae, vitando ingresos masivos. 3 2.5.4 Realizar el protocolo de lavado de manos con abundante agua y jabón al menos durante 20 a 30 segundos y secado con toallas desechables 3.2.5.5 Poner a disposición de los trabajadores tapabocas para su uso en medios de transporte público. 3.2.5.6. Realizar. en caso de contar con un medio de transporte suministrado por el empleador, proceso de limpieza y desinfección a asientos, manijas, ventanas, cinturones de seguridad, pasamanos. etc. antes del inicio de los traslados y al terminar estos; así mismo. garantizar el distanciamiento físico mínimo de dos (2) metros entre los usuarios. .3.3 Plan de comunicaciones para las empresas del sector 3.3 1 Contar con un plan de comunicaciones donde se divulgue la información pertinente a todos los actores relevantes, incluyendo clientes, proveedores y personal. 3.3.2. Desarrollar un sistema de comunicación claro y oportuno con todos los trabajadores.

333 Divulgar las medidas contenidas en este protocolo, los protocolos de prevención de contagio de COVID-19 y de atención de casos sospechosos de contagio, en articulación con las Entidades Promotoras de Salud-EPS y con la asesoría y asistencia técnica de las Administradoras de Riesgos laborales -ARL 3.3.4. Reiterar constantemente las recomendaciones que se deben tener fuera de la empresa, como al salir o regresar a la vivienda, la convivencia con personas en grupos de riesgo, así como el uso de transporte público. 3.3.5 Definir los flujos de comunicación en todos los niveles de la organización, asegurando el entendimiento por parte de los colaboradores, clientes, proveedores y partes interesadas. 3.3.6. Brindar mensajes continuos a todos los trabajadores y demás personál que preste sus servicios en las 1nmobil1ariass obre autocuidado y pausas para desinfección. Se debe reiterar a todo el personal la importancia de lavarse las manos constantemente y del distanciamiento físico. el uso del tapabocas 3.3.7 Divulgar a la población trabajadora. 3.3.8. Establecer mecanismos de información al usuario de forma visible, legible, que sean oportunos, claros y concisos, a través de redes sociales, carteleras, afiches o cualquier otro medio de difusión, sobre las medidas de prevención y atenció:i. 3.3.9. Realizar charlas virtuales informativas periódicas a los trabajadores y al personal que preste sus servicios en las empresas respecto de la implementación de medidas de prevención, uso adecuado de elementos de protección personal e identificación de síntomas.

3.4. Prevención y manejo de situaciones de contagio • 3.4.1. Medidas en coordinación con las Administradoras de Riesgos Laborales - ARL 3.4.1.1. Incluir en la identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos el factor de riesgo biológico por contagio de coronavirus COVID-19 para identificar las actividades de mayor exposición y de este modo determinar los controles a implementar. entre ellos la distribución - 3 JUN2 020 ,ror,,o·os90

RESOLUCIÓN NÚMERO , v DE 2020 HOJA Nº 7

Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta e! protocolo de bioseguridad con el fin de nutigélr, controlar y realizar el adecuado manejo de la pande mi a del coronavirus COV!D-19 en el sector inmob1/1ario.. de espacios de trabajo y ubicación del personal para el distanciamiento físico de los trabajadores, en concordancia con lo indicado en este documento. 3.4.1.2. Diseñar con la asesoría de la ARL la lista de chequeo para identificar potenciales riesgos y establecer los controles operacionales necesarios antes del inicio de la actividad laboral. 3.4.1.3. Orientar a los empleadores, contratantes, trabajadores dependientes e independientes afiliados sobre la postura, uso, porte adecuado, retiro, manipulación, disposición y eliminación de los elementos de protección personal, según las instrucciones de las autoridades sanitarias 3.4.1.4. Responder de manera ágil y oportuna a las solicitudes de las empresas referentes al control del riesgo laboral por COVID - 19. 3.4.2 Bases de datos

3.4.2.1. Consolidar y mantener actualizada una base de datos completa con los trabajadores y su núcleo familiar y demás personal que preste los servicios en la compañia. teniendo en cuenta las reservas de información que establece la normativa vigente. 3.4.2.2. Contar con un censo actualizado de los trabajadores que viven con personas mayores a '. 1.1 años o con personas con morbilidades preexistentes susceptibles a los efectos del contagio de COVID-19 o que conviven con personas que presten servicios de salud 3.4.2.3. Asegurar que todos los trabaJadores estén afiliados al sistema de seguridad social integral, y así mismo, solicitar el cumplimiento de este requisito, al personal indirecto que presta los servicios para la compañia. 3.4.2.4. Tomar datos de todos los clientes que visiten los inmuebles. así como de los asesores comerciales incluyendo las inmobiliarias a las que están vinculados, para poder hacer seguimiento en caso de que se presente un contacto o síntomas de infección respiratoria aguda. 3.4.3. Manejo de situaciones de riesgo 3.4.3.1. Implementar una línea de atención empresarial prioritaria, para que los trabajadores y todo aquel que se encuentre dentro de las instalaciones, informe inmediatamente sobre cualquier eventualidad de salud que presente dentro de la empresa o de personas que avizoren síntomas de mal estado de salud. 3.4.3.2. Identificar los trabajadores con morbilidades preexistentes susceptibles a los efectos del contagio de COVID-19 tales como diabetes tipo 11,lu pus, enfermedad cardiovascular, VIH, cáncer, uso de corticoides o inmunosupresores, Enfermedad Obstructiva Crónica -EPOC. mujeres gestantes y

personas mayores de 70 años siempre que no se encuentren dentro de las excepciones previstas por el Gobierno nacional y por este Ministerio, quienes deben estar en aislamiento preventivo en casa y se les asignarán, dentro de lo posible, actividades o tareas de trabajo en casa. 3.4.3.3. Procurar la rápida identificación y aislamiento de individuos potencialmente afectados para bloquear la programación de turnos de trabajo hasta tanto no sea dado de alta por el servicio médico. 3.4.3.4. Coordinar con las EPS para que realicen apoyo al seguimiento en la prevención, detección y seguimiento al estado de salud de los trabajadores, incluyendo estrategias de testeo aleatorio de COVID - 19, si es el caso. 3.4.3.5. Definir de acuerdo con la gravedad del caso, el cierre total o parcial de algunas áreas de la oficina o instalaciones, teniendo en cuenta los puntos de contacto del contagiado y las 1mplicac1onees n la salud del personal. 3.4.4. Medidas a ejecutar por independientes En caso de que una persona se confirme como caso positivo ante el contagio del Coronavirus COV!D19 ocasionado durante el desarrollo de las actividades laborales, se deberá informar sobre la situación a la Administradora de Riesgos Laborales ARL. 3.5 Arrendamientos y corretaje 3.5.1 Captación de inmuebles 3.5.1 1 Adoptar precauciones en el reconocimiento de inmuebles, presentación a clientes potenciales. entrega de inmuebles o verificación de novedades en sitio. 3.5.1.2 Las visitas a los inmuebles realizadas por parte de clientes, personal de la empresa inmobiliaria o terceros, deberán estar protocolizadas, solicitando a los 1ntervini,:nte"' que cumplan las

medidas establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y demás entidades pertinentes. • 3 JUN2 020 . ., RESOLUCIÓN NÚMERCY)0 0 (i 8 9'iji; ,: D, E 2020 HOJA Nº 8 Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad con el fin de mitigar. con/miar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus COVID-19 en el sector Inmobi/1ario'· 3.5.1 3 Visitar inmuebles solo cuando sea necesario. recurriendo en primera instancia a las visitas en modalidad virtual. En caso de visita presencial, se programará cita evitando concurrencia en un mismo inmueble con otros clientes e informar que en caso de que presente síntomas compatibles con COVID-19, la visita será aplazada. 3.5.2 Presentación de inmueble en modalidad presencial 3 5 2 1 Realizar l1mp1ezay desinfección de los inmuebles antes de ejecutar las visitas, dicha act1v1dad estará a cargo del agente y/o empresa inmobiliaria o el propietario según convenga. 3 5.2 2 Al reconocimiento inicial del inmueble para promoción o entrega , solo asistirá el agente inmobiliario o corredor asignado y un solo cliente ya sea el arrendatario o arrendador. o vendedor o comprador, para el caso de corretaje, ambos deberán contar con sus elementos de protección personal 3.5.2 3. Al realizar el inventario. se deberá tene" el menor contacto posible con las superficies. Es

importante que en el momento de la entrega de las llaves no se tenga contacto directo entre las partes, se verifique la desinfección de estas y se reciban en un sobre sellado 3.5.2.4. Las reparaciones o adecuaciones de emergencia que representen afectaciones de importancia para las partes, la persona encargada de la ejecución deberá asistir cumpliendo los protocolos de bioseguridad establecidos por la copropiedad y la empresa inmobiliaria. Es importante tener en cuenta que la persona asignada por la empresa inmobiliaria para realizar la verificación de la adecuación o reparación deberá visitar el inmueble una vez el encargado de mantenimiento se retire del mismo, con el fin de evitar el contacto físico . .5 .2.5 Adoptar en inmuebles que se encuentren ubicados dentro de una propiedad horizontal residencial, comercial o industrial, las medidas establecidas para ingreso de visitantes conforme lo dicta la ley o lo dispone la administracion 3.5.2.6. Realizar una visita por inmueble, como mínimo cada tres horas, esto con el fin de mitigar el . riesgo de contagio. 3.5.3 Recepción de información La documentación requerida durante el proceso de arrendamiento o corretaje y administración del inmueble deberá ser enviada de forma digital por cada una de las partes, disminuyendo los puntos de contacto entre ellas. En el caso de la información que deba ser entregada de forma fis1ca y que sea vital para la operación, será entregada en un sobre sellado por medio de personas que cumplan con los protocolos de cuidado personal establecidos, en caso de no cumplir con lo anterior la documentación no debe ser recibida. 3.5.4. Elaboración y archivo de los contratos de arrendamiento

3 5.4.1 La elaboración de los contratos de arrendamiento o administración de inmuebles deberá ser enviada a rev1s1ónd e forma digital. a través del correo electrónico. 3 5 4.2 El almacenamiento de contratos y documentos físicos debe realizarse por la persona encargada de la firma o legalización del documento. evitando los puntos de contacto entre personas y el riesgo de transmisión por medio de documentos. 3.5.5. Legalización de documentos como son contratos, formato de visita y compraventas 3 5 5.1 Los contratos de corretaje deberán ser enviados a revisión en forma digital por correo electrón Ico 3.5.5.2 De requerirse o solicitarse en última instancia la firma del contrato de corretaje de forma presencial, puede realizarse en momentos diferentes por las partes interesadas, buscando evitar el contacto. 3.5.5.3 Para la elaboración de formato de visita en los casos donde la venta se haya realizado en modalidad de colegaje o negocio compartido, solo el corredor directamente relacionado con el comprador del inmueble deberá asistir a la reunión y firmar el formato de visita en conjunto con el propietario o comprador. La firma del formato de visita por parte del corredor relacionado con el vendedor deberá realizarse en otro momento o por medio de firma electrónica. Es importante que en el momento de la firma presencial las personas porten sus elementos de protección personal, además realizar lavado de manos con agua y jabón o higienizarse las manos con alcohol glicerinado mínimo al 60% antes y después de la misma. - 3 JUN2 020n o· D G8 9 .

RESOLUCIÓN NÚMERO" DE 2020 HOJA Nº 9

Continuación de la resolución "Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad con el fin de 1mtigar. controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del coronavirus COV/0-19 en el sector inmobi/1a110" 3.5.6 Facturación y la gestión de cartera En los recaudos o pagos que solo puedan realizarse en efectivo a clientes o terceros, el dinero se entregará

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