MINSALUD - Resolución Ejecutiva 0053 de 2014
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución Ejecutiva 0053 de 2014
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2014
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REPÚBLICA DE COLOMBIA !~,. 1:fr -u .
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MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL 0 0 5 3
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERó' ._; '--' • DE 2014
Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa
para liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES
DEL ATLÁNTICO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades legales, en especial la conferida en el inciso 2 del numeral 2 del artículo 117 del Decreto - Ley 663 de 1993, modificado por el 23 de la Ley 510 de 1999, y CONSIDERANDO Que el artículo 53 de la Ley 643 de 2001, dispone "La inspección, vigilancia y control del recaudo y aplicación de los recursos del monopolio de juegos de suerte y azar corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud. Estas actividades se ejercerán de conformidad con las normas señaladas en la presente ley y las normas y procedimientos señaladas en las disposiciones que regulan la estructura y funciones de dicha entidad ... " Que el artículo 68 de la Ley 715 de 2001, reglamentado parcialmente por los Decretos 1015 y 3023 de 2002 dispone: " ... La Superintendencia Nacional de Salud ejercerá la intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar las entidades vigiladas que cumplan funciones de explotación u operación de monopolios rentísticos, cedidos al sector salud, Empresas Promotoras de Salud e
Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza, así como para intervenir técnica y administrativamente las direcciones territoriales de salud, en los términos de la ley y los reglamentos". Que en concordancia con lo anterior, el artículo 124 de la Ley 1438 de 2011, establece como eje del Sistema de Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia Nacional de Salud, entre otros, el de Acciones y Medidas Especiales, cuyo objeto es adelantar los procesos de intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar las entidades vigiladas que cumplen funciones de Entidades Promotoras de Salud, Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza y monopolios rentísticos cedidos al sector salud no asignados a otra entidad, así como para intervenir técnica y administrativamente las direcciones territoriales de salud. Que el numeral 26 del artículo 6 del Decreto 2462 del 2013, establece como función de la Superintendencia Nacional de Salud " ... Adelantar los procesos de intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar las entidades vigiladas que cumplan funciones de Entidades Administradoras de Planes de \ 053
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO.. DE 2014 HOJA No 2 de 8
Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO" Beneficios de Salud - EAPB o las que hagan sus veces, prestadores de servicios
de salud de cualquier naturaleza y monopolios rentísticos cedidos al sector salud no asignados a otra entidad ... " Que respecto del término máximo para culminar el proceso de liquidación forzosa administrativa, el artículo 9.1.3.6.1 del Decreto 2555 de 201 O, dispone "De conformidad con el numeral 2 del artículo 117 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 23 de la Ley 510 de 1999, cuando se disponga la liquidación forzosa administrativa de una institución financiera, la misma no podrá prolongarse por más de cuatro (4) años. Parágrafo. Previa solicitud del liquidador debidamente sustentada y presentada con una antelación no menor a tres (3) meses antes de que culmine el término para adelantar el proceso de liquidación forzosa administrativa, el Gobierno Nacional, mediante resolución ejecutiva, podrá prorrogar el término para adelantar el proceso de liquidación forzosa administrativa, en razón del tamaño de la v entidad las condiciones de la liquidación." (Se subraya) Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 000291 del 09 de marzo de 2009, ordenó " ... la toma de posesión e intervención para la liquidación forzosa de la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO, identificada con NIT 890.102.419-1, con domicilio principal en la ciudad de Barranquilla (Atlántico) ... "; igualmente separó del cargo de representante legal de la entidad intervenida, al doctor LUIS FERNANDO DE LA PEÑA TRUJILLO, identificado con cédula de ciudadanía número 8.304.834, y designó al doctor JOHNY DE JESÚS ORDOSGOITIA
OSORIO, identificado con cédula de ciudadanía número 9.088.085 de Cartagena, como Agente Liquidador, quien tomó posesión del cargo el día 09 de marzo de 2009, según Acta S.D.M.E. No. 0004 del 9 de marzo de 2009. (Carpeta 1 Folios 1 a 17). Que mediante Resolución 0091O del 24 de mayo de 2011, la Superintendencia Nacional de Salud removió del cargo de Agente Liquidador de la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO al doctor JOHNY DE JESÚS ORDOSGOITIA OSORIO, identificado con cédula de ciudadanía No. 9.088.085 de Cartagena, y designó en su remplazo a la doctora YESENY MORALES MAGDANIEL, identificada con cédula de ciudadanía número 40.984.413 de Maicao (Guajira), quien tomó posesión del cargo el día 27 de mayo de 2011, según Acta S.D.M.E. No. 32 del 27 de mayo de 2011 (Carpeta 7 Folios 1161 -1164 y 1164A). Que dando continuidad a la intervención de la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO, el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución Ejecutiva No. 0063 del 8 de marzo de 2013, autorizó la prorroga del término de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la empresa en mención, por el término de un (1) año, contado a partir del 9 de marzo de 2013 hasta el 8 de marzo de 2014. (Carpeta 19 Folios 3081al 3084)
Que la doctora YESENY MORALES MAGDANIEL, mediante escrito radicado en la Superintendencia Nacional de Salud con NURC 1-2013-104407 del 6 de 05 3
RESOLUCIÓN EJECUTIVA l'!!ÚMl;_R_.9 DE 2014 HOJA No 3 de 8
Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de /os bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL A TLANTICO" diciembre de 2013, presentó solicitud de prórroga del término de toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de la intervención forzosa administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO, exponiendo las razones que sustentan su solicitud, así: (Carpeta 19 Folios 3207-3216) " ... TEMAS PENDIENTE Y ADELANTADOS DURANTE EL DESARROLLO DE LA PRÓRROGA DEL PROCESO LIQUIDA TORIO DE LA EMPRESA DE LOTERÍAS Y
APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO:
1. NORMALIZACIÓN DEL PASIVO PENSIONAL Durante el desarrollo de la prórroga otorgada, se agilizó el proceso de la elaboración del cálculo actuaria/ ya que precisamente fue este tema uno de los más importantes al momento de concederla, en el sentido que se hizo necesario tener la plena certeza y claridad respecto a la entidad competente para la revisión y aprobación del mismo,
ante de ser entregado a la Gobernación del Atlántico. (. . .) Una vez aclarada la situación antes mencionada, el actuario remitió información que contiene el cálculo actuaria/ preliminar, la cual fue valorada y verificada por esta empresa en liquidación, y posteriormente remitida a la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales para la respectiva autorización, aprobación y aval del mismo, a través de NURC 1-2013-059701 del 29 de julio de 2013. De igual manera, mediante el radicado No. 149816 del 29 de julio de 2013, fue recibido por parte del Ministerio del trabajo, el mismo proyecto del cálculo actuaria/ de esta empresa en liquidación con los soportes respectivos, para que este emita su concepto dentro de la normalización del pasivo pensiona/. (. . .) Como es de su conocimiento hasta tanto no se tenga el cálculo debidamente revisado, avalado y aprobado por las entidades mencionadas no podrá ser entregado a la Gobernación del Atlántico, el cual a su vez también deberá aprobarlo mediante el acto administrativo que corresponda, sujeto al saneamiento y entrega de los activos que se utilicen como respaldo económico del mismo, situación que retrasa el cronograma de actividades tendientes al cierre definitivo de la entidad. Aún más si se tiene en cuenta que este fue uno de los temas más importantes al momento de concederla, por lo tanto, en la medida en que se continúe con este retraso en el proceso de aprobación del cálculo por las diferentes entidades, se convierte en uno de los motivos debidamente justificados para solicitar ante esa superintendencia una nueva prórroga.
2. ARCHIVOS DE GESTIÓN DOCUMENTAL PROCESO LIQUIDATORIO (. . .)
ACTIVIDADES PENDIENTES POR REALIZAR:
Proceso Liquidatorio.
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Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de fa cual se prorroga el término de fa toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y fa intervención forzosa administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO" • Foliación de las Series, Sub series y tipologías de los Archivos de Gestión del Proceso Liquidatorio. • Reagrupación de todas las carpetas una vez sean aprobadas todas las Tablas por parte del Comité Departamental de Archivos. • Digitalización de los documentos del año 2013 y 2014. • Auditorías a las imágenes Digitalizadas. • Reagrupación de las imágenes digitalizadas. • Aprobación de las Tablas de Retención y Valoración Documental por parte del Comité de Archivo Departamental. Fondo Acumulado • Actualización de los expedientes laborales con el ingreso de información encontrada en el archivo del Fondo Acumulado. • Sistematización del inventario documental • Rotulación de todas las carpetas organizadas que se encuentran en el Fondo Acumulado • Empaque de las carpetas en las Unidades de Conservación • Rotulación de las Unidades de Conservación • Traslado de las Unidades de Conservación Podemos establecer que a la fecha de corte del 31 de octubre de la proyección hecha para la organización del archivo del proceso liquidatorio y los Fondos Acumulados
hemos avanzado en un 60% y dentro de las actividades pendientes a realizar podemos establecer nos resta un 40% de las mismas, las cuales de acuerdo al avance que hemos conseguido a la fecha nos restaría un tiempo aproximando de seis (6) meses.
3. SANEAMIENTO Y ESTADO DE LOS BIENES INMUEBLES DE PROPIEDAD DE ESTA ENTIDAD EN LIQUIDACIÓN El inventario de los bienes inmuebles de esta empresa, está constituido por dieciséis bienes inmuebles, los cuales se encuentran en las siguientes condiciones: Inmuebles ocupados por la Red de Salud Pública de la Gobernación del Atlántico (. . .) encontrándose en estos momentos en el proceso de saneamiento con el fin de utilizarlos como posible respaldo económico con la entrega del cálculo actuaria/ a la
Administración Departamental:
TOTALMTS
AVALÚO AÑO
ENTIDAD EN FUNCIÓN DIRECCIÓN MUNICIPIO AVALUADO s 2009
Casa de Maternidad Cra 18 No. 19-39 Baranoa 1.407,00 $192.8 50.0 00 de Baranoa Hospital CAR/ C/ 57 No. 23-70 Barranqui//a 17.168,41 $3.433.6 82.0 00 Hospital CAR/ Mental Cra 24 No. 530-80 Barranauiffa 19.841,00 $2.928.200.000 Hospital Local Puerto era 3 A No. 2A-30 Pto Colombia 2.191,45 $701.183.500 Colombia Hospital Local Campo CI 10 No. 4-09 Campo de fa 5.616,00 $1.364.360.000 de fa Cruz Cruz Lotes (2) Soledad CI 15 No. 21-36/60 Soledad 1.409,21 $281.842.000
Biblioteca Pofonuevo Cra 9 No. 5-48 Polonuevo 740,91 $133.8 35.7 50 Jardín Infantil Manatí CI 4 No. 10-211 Manatí 1.080,00 $63.000.000 Total Avaluó $1O ,0 98,9 53,250
RESOLUCIÓNE JECUTIVANÚMERO ,,,c-3 DE 2014 HOJA No 5 de 8
'-• ,) Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO" Inmuebles en proceso de traslado de dominio por Daci6n en Pago. Con el fin de cancelar la obligación que se han generado como gastos de administración dentro del proceso /iquidatorio a favor de la Gobernación del Atlántico. .. " se acordó "celebrar convenio de dación en pago como mecanismo para extinguir la obligación antes mencionada con la transferencia de dominio de los siguientes inmuebles. ..
ÁREA DE
ENTIDADE N AREA MTS 2
DIRECCIÓN MUNICIPIO AVALÚO TERRENO EN
FUNCIÓN CONSTRUIDOS
MTS2 Hospital Centro era 11 No. 9Sabanagrande $405.720.000 407,70 169,60 de Salud40/52 S/arande Hospital Local C/ 19 No. 20-21 Baranoa $718.424.400 1.814,00 1.811,00
Baranoa Hospital Local CI 22 No. 21-28 Luruaco $467.352.000 1.421,50 1.038,36 Luruaco Puesto de CI 2 No. 5-62 Penda/es $54. 352. 000 407,70 169,60 Salud Penda/es Puesto de CI 4 No. 7A -64 La Peña $76.460.000 348,40 152,60 Salud La Peña Puesto de CI 2 No. 2-106 Bohórquez $44,800.000 240,60 138,20 Salud Bohórauez Inmuebles susceptibles de enajenación. Inmueble lote denominado "Cancha San Isidro" ubicado en la carrera 24 No. 53 D-35 en la ciudad de Barranquilla. ... ( ) Inmueble ubicado en la calle 35 No. 35-07 Barrio San Roque. (. . .)
4. TEMAS CONTABLES Y FINANCIEROS ADELANTADOS DURANTE EL
DESARROLLO DE LA PRÓRROGA DEL PROCESO LIQUIDATORIO DE LA EMPRESA DE LOTÉRIAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLANTICO Obligaciones laborales y seguridad social integral: ( ...) se cancelaron los aportes de seguridad social de los ex trabajadores de esta empresa hoy en liquidación ( .. .).
Depuración contable: Dentro del desarrollo de esta prórroga, es muy importante resaltar que se viene realizando una depuración en los estados contables de esta empresa en liquidación en las cuentas que conforman el activo como también en las cuentas del pasivo ( .. } A continuación se presenta un resumen de las actividades con el porcentaje de avances y lo pendiente por terminar con sus limitan/es.
RESOLUCIÓN EJECUTIVA-NÚMERO •"\r ::,:. , DE 2014 HOJA No 6 de 8 t, _,.} Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la inteNención forzosa administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES
DEL A TLÁNT/CO"
% TIEMPO DE
NOMBRE DE
% DE PENDIENTE DURACION LIMITACIONES DE
PROCESO O
AVANCE POR DEL AVANCES
ACTIVIDAD CULMINAR PROCESO Entrega de la Revisión y aprobación por parte de la
1. Cálculo
Superintendencia Nacional de Actuaria/- Cuatro (4) Salud, Ministerio del Trabajo Nonnalización 50% 50% meses y la Gobernación del Atlántico del Pasivo confonne al Decreto 1260 de Pensiona/ 2000, y al Decreto 4014 de 2006. La aprobación de las tablas
2. Organización de TRD y TVD a cargo de la del archivo y Gobernación del Atlántico de Cuatro (4) organización 60% 40% acuerdo al Decreto 2578 de meses de las TRD y 2012 para tenninarde TVD organizar el archivo de acuerdo a las tablas. 2. 1. Entrega en Depende de la tenninación custodia del 0% 100% Dos (2) meses
del punto No. 2 archivo Los inmuebles que quedan en su gran mayorías on los centros de salud y Hospitales
3. Saneamiento municipales que deben estar
Cuatro (4) de los 40% 60% al día en sus impuestos meses Inmuebles predia/ para sanearlos y hacer entrega al departamento como medio de naao. Tenninar el punto 5 e
4. Saneamiento inco,porar las contingencias 95% 5% Dos (2) meses Contable de los procesos judiciales que nuedene n curso
5. Inventario y Depuración de De la disponibilidad de la los procesos infonnación en los juzgados y judiciales a 80% 20% Tres (3) meses las denunciasq ue cursane n favory en la fiscal/a. contra de la entidad
6. Pagos de oasivos Pago de las obligaciones 6. 1. Gastos de Cuatro (4) pendientes con la
80% 20% Administración meses Gobernación del Atlántico incluvendo el cálculo actuaria/ Disponibilidad de recursos a 6.2. Acreencias 0% 100% lndetenninado cancelar de acuerdo a la Oportunas ore/ación de oaaos Disponibilidad de recursos a 6. 3. Acreencias 0% 100% lndetenninado cancelar de acuerdo a la Extemporáneas ore/ación de naaos 6.4. Pasivo Disponibilidad de recursos a Cierto no 0% 100% lndetenninado cancelar de acuerdo a la Reclamado ore/ación de oaoos Teniendo en cuenta todos y cada una de /as situaciones y argumentos antes mencionados, solicitamos de manera muy respetuosa PRORROGA POR UN PERIODO DE SEIS (6)
MESES ... " Que evaluada la solicitud de la Agente Liquidadora contenida en el oficio anteriormentec itado,l a SuperintendenciaD elegada para las Medidas Especiales, en conceptod e fecha 6 de febrero de 2014, previas algunasc onsideracioness, e U 3
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚ!l/ll;RQ fj DE 2014 HOJA No 7 de 8
Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativap ara liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL A TLÁNT/CO" pronunció sobre la viabilidad de la prórroga del término de toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de la Intervención forzosa Administrativa para Liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO concluyendo lo siguiente: (Carpeta 19 Folios 3217al 3225) "( ...)
7. CONCLUSION DE LA SUPERINTENDENCIA DELEGADA DE MEDIDAS ESPECIALES Conforme a to expuesto, ta Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales considera viable prorrogar ta medida de toma de posesión de los bienes, haberes y negocios y ta intervención forzosa administrativa para liquidar ta Empresa de Loterías y Apuestas Permanentes del Atlántico, por seis (6) meses.
La Agente Especial Liquidadora durante et tiempo de la prórroga deberá culminar con et proceso de entrega del cálculo actuaria/ a ta Gobernación del Atlántico,
junto con tos bienes que van a respaldar su pago, revisar ta disponibilidad de recursos para cancelar tas acreencias de acuerdo a ta prelación de tas mismas y entregar et archivo en custodia a ta Gobernación del Atlántico." Que de acuerdo con la certificación que expide la Superintendente Delegada para las Medidas Especiales el 3 de marzo de 2014, en sesión de la misma fecha y según Acta 098 el Comité de Intervenciones de la Superintendencia Nacional de Salud, recomendó al Superintendente Nacional de Salud sugerir al Gobierno Nacional prorrogar el término de la medida de intervención forzosa administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO, hasta el 9 de septiembre de 2014. Que con el fin de garantizar la culminación del proceso liquidatorio y con base en lo dispuesto en el inciso 2 del numeral 2 del artículo 117 del Decreto - Ley 663 de 1993, modificado por el artículo 23 de la Ley 510 de 1999, resulta pertinente autorizar la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y_ la intervención forzosa administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERIAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLANTICO, por el término de seis (6) meses, con miras a que se ejecuten las actividades necesarias para concluir dicho proceso. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. AUTORIZAR la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa
administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERIAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución.
Parágrafo: La prórroga será hasta por el término de seis (6) meses, contados a partir del 9 de marzo de 2014 hasta el 8 de septiembre de 2014, con sujeción a lo dispuesto en el inciso 2 del numeral 2 del artículo 117 del Decreto - Ley 663 de 1993, modificado por el artículo 23 de la Ley 51 O de 1999.
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO . Ü 5 3 DE 2014 HOJA No 8 de 8
Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL A TLANT/CO" Artículo 2. COMUNICAR la presente decisión a la doctora YESENY MORALES MAGDANIEL, Agente Especial Liquidadora de la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO, al Superintendente Nacional de Salud, al Gobernador del Departamento del Atlántico y a la Delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud. Artículo 3. La presente resolución rige a partir de su publicación. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá a los 7M A2R0 14