MINSALUD - Resolución Ejecutiva 083 de 2012
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución Ejecutiva 083 de 2012
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2012
REPUBUCAD E COLOMBIA
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MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO--
Ü8 3 DE 2012-0 ',' : • 17 ABR2012 Por medio de la cual se corrige un yerro en la Resolución Ejecutiva 000063 de 2012, "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL EDUARDO SANTOS del Municipio de lstmina - Departamento del Chocó" EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA En ejercicio de sus facultades legales, en especial la conferida por el inciso 3 del numeral 2 del artículo 116 del Decreto - Ley 663 de 1993, modificado por el artículo 22 de la Ley 510 de 1999 y el artículo 45 de la Ley 4ª de 1913 y, CONSIDERANDO Que mediante la Resolución Ejecutiva 000063 de 2012, se autorizó la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL EDUARDO SANTOS del Municipio de lstminaDepartamento del Chocó. Que por error de transcripción, en la parte final del último considerando de la precitada Resolución se señaló ". .. EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL EDUARDO SANTOS del Municipio de Cereté - Departamento de Córdoba. .. ", debiendo ser "EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL EDUARDO
SANTOS del Municipio de lstmina - Departamento del Chocó". Que en consecuencia y a fin de precisar el contenido y sentido correcto del aludido considerando, se debe corregir el yerro involuntario de transcripción.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Corregir el yerro contenido en el último considerando de la Resolución 000063 del 14 de marzo de 2012, el cual quedará así: "Que teniendo en cuenta lo anterior, se advierte que el término establecido en la Resolución No. 001233 del 10 de septiembre de 2009 (Carpeta 1
Folios 1-17) y sus prórrogas concedidas mediante las Resoluciones Nos. 001622 del 23 de noviembre de 2009 (Carpeta 1 Folios 89-94), 000099 del 21 de enero de 2001 (Carpeta 2 Folios 210-214), 001596 del 20 de septiembre de 2010 (Carpeta 3 Folios 344-351), 002073 del 21 de diciembre de 2010 (Carpeta 3 Folios 437-442), 01284 del 21 de junio de 2011 (Carpeta 4 Folios 582-588) y 337 del 20 de septiembre de 2011 (Carpeta 4 Folios 632-637), para la toma de posesión inmediata de los l 083 RESOLUCIÓN EJECUTIVA No~ DE 2012 HOJA No~ Continuación de la Resolución "Por medio de la cual se corrige un yerro en la Resolución Ejecutiva No 000063 "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y
negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL EDUARDO SANTOS del Municipio de lstmina - Departamento del Chocó" bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL EDUARDO SANTOS, del Municipio de lstmina - Departamento del Chocó, está próximo a vencerse, sin que en dicho lapso se hubieren subsanado la totalidad de las dificultades que dieron origen a la medida y con el fin de garantizar la continuidad del proceso, el normal funcionamiento y la adecuada prestación del servicio de salud, este Despacho con base en lo dispuesto en el inciso 3, numeral 2 del artículo 22 de la Ley 510 de 1999 modificatorio del artículo 116 del Decreto - Ley 663 de 1993, autoriza la prórroga de la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL EDUARDO SANTOS del Municipio de lstmina - Departamento del Chocó, por el término de un (1) año" ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución ejecutiva rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
1J _A BR2012
Dada en Bogotá, o.e., a los -- ONDpÑO d y Protecc