MINSALUD - Resolución Ejecutoria 0063 de 2013
Ministerio de Salud
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución Ejecutoria 0063 de 2013
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2013
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIG' • ~{S1 ' c" ietAr------' RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO .' • ~ 0063 DE 2013
8 MAR2013 Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa
para Liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES
DEL ATLÁNTICO
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE
COLOMBIA, DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDECIALES, MEDIANTE DECRETO 381 DE 2013
En ejercicio de sus facultades legales, en especial la conferida en el inciso 2° del numeral 2 ° del artículo 117 del DecretoLey 663 de 1993, modificado por el 23 de la Ley 51 O de 1999, y CONSIDERANDO Que el artículo 53 de la Ley 643 de 2001, dispone: "La inspección, vigilancia y control del recaudo y aplicación de los recursos del monopolio de Juegos de suerte y azar corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud. Estas actividades se ejercerán de conformidad con las normas señaladas en la presente ley y las normas y procedimientos señaladas en las disposiciones que regulan la estructura y funciones de dicha entidad (..)". Que la Ley 715 de 2001 en su artículo 68, reglamentado parcialmente por los Decretos 1015 y 3023 de 2002 dispone: "La Superintendencia Nacional de Salud ejercerá la intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar las entidades
vigiladas que cumplan funciones de explotación u operación de monopolios rentísticos, cedidos al sector salud, Empresas Promotoras de Salud e Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza, así como para intervenir técnica y administrativamente las direcciones territoriales de salud, en los términos de la ley y los reglamentos". Que en cuanto a las facultades con que cuenta la Superintendencia Nacional de Salud para ordenar la intervención forzosa, el Decreto 2975 de 2004, articulo 30, establece: (. . .)De conformidad con el artículo 68 de Ley 715 del 2001 y el Decreto 1015 del 2002 la Superintendencia Nacional de Salud aplicará en los procesos de intervención forzosa administrativa. para administrar o para liquidar las entidades vigiladas que cumplan funciones de explotación u operación de monopolios rentísticos cedidos al sector salud, las normas de procedimiento previstas en el artículo 116 del Decreto-ley 663 de 1993, la Ley 510 de 1999, el Decreto 2418 de 1999 y demás disposiciones que las modifican y desarrollen." Que en concordancia con lo anterior, el artículo 37 de la Ley 1122 de 2007, modificado por el artículo 124 de la Ley 1438 de 2011, establece como eje del ~ 0063
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMEftO DE 2013 HOJA No 2 de 7
Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes. haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES
DEL ATLÁNTICO" Sistema de Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia Nacional de Salud, entre otros, el de acciones y medidas especiales, cuyo objeto es adelantar los procesos de intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar las entidades vigiladas que cumplen funciones de Entidades Promotoras de Salud, Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza y monopolios rentísticos cedidos al sector salud no asignados a otra entidad, así como para intervenir técnica y administrativamente las direcciones territoriales de salud. Que el numeral 26 del artículo 6 del Decreto - Ley 1018 del 2007, establece como función de la Superintendencia Nacional de Salud, la de "(..)Ejercerla intervención forzosa para administrar o liquidar las entidades vigiladas que cumplan funciones de administración y operación de monopolios rentísticos. cedidos al sector salud(..)". Que respecto del término máximo para culminar el proceso de liquidación forzosa administrativa, el artículo 9.1.3.6.1 del Decreto 2555 de 2010, dispone "De conformidad con el numeral 2 del articulo 117 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. modificado por el articulo 23 de la Ley 510 de 1999, cuando se disponga la liquidación forzosa administrativa de una institución financiera, la misma no podrá prolongarse por más de cuatro ( 4) a11os. Parágrafo. Previa solicitud del liquidador debidamente sustentada y presentada con una antelación no menor a tres (3) meses antes de que culmine el término para adelantar el proceso de liquidación forzosa administrativa. el Gobierno Nacional mediante resolución eíecutiva, podrá prorrogar el término para adelantar el proceso de liquidación forzosa
administrativa, en razón del tamaño de la entidad v las condiciones de la liquidación." (Se subraya) Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución No. 000291 del 09 de marzo de 2009, ordenó: "(.. .) la toma de posesión e intervención para la liquidación forzosa de la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO, identificada con NIT 890.102.419-1, con domicilio principal en la ciudad de Barranquilla (Atlántico)( .. .)"; igualmente separó del cargo de Representante Legal de la Entidad intervenida, al doctor LUIS FERNANDO DE LA PEÑA TRUJILLO identificado con cédula de ciudadanía número 8.304.834 . y designó al doctor JOHNY DE JESUS ORDOSGOITIA OSORIO identificado con cédula de ciudadanía número 9.088.085 de Cartagena. como Agente Liquidador, quien tomó posesión del cargo el día 09 de marzo de 2009 (Carpeta 1 Folios 1-17). Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución No. 00910 del 24 de mayo de 2011, removió al doctor JOHNY DE JESUS ORDOSGOITIA OSORIO identificado con cédula de ciudadanía número 9.088.085 de Cartagena. del cargo de Agente Interventor de la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO y designó a la doctora YESENY MORALES MAGDANIEL identificada con cédula de ciudadanía No. 40.984.413 de Maicao (Guajira). (Carpeta 7 Folios 1161-1164).
Que la doctora YESENY MORALES MAGDANIEL, mediante escrito radicado en la Superintendencia Nacional de Salud con NURC 1-2012-108228 del 30 de noviembre de 2012, presentó solicitud de prórroga del término de toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de la Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS 0063
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMEAO" DE 2013 HOJA No 3 de 7
Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes. haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES
DEL ATLÁNTICO"
PERMANENTES DEL ATLÁNTICO, exponiendo las razones que sustentan su solicitud, así: (Carpeta 17 Folios 2949-2954)
TEMAS PENDIENTES POR CULMINAR DENTRO DEL PROCESO
LIQUIDATAR/O DE LA EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES
DEL ATLÁNTICO.
1. ELABORACIÓN DEL CALCULO ACTUAR/AL Con respecto a este tema. sobre el componente del pasivo pensiona/ referente a; bonos pensiona/es, pensiones y cuotas partes pensiona/es, de esta entidad en liquidación, quedo establecido que se debía entregar a la Gobernación del Atlántico. en virtud del acta de compromiso de fecha 1O de septiembre de 2009, mediante la cual el Departamento del Atlántico asumió el pasivo pensiona/ de la empresa en
liquidación, estudio que a la fecha no ha sido posible su elaboración, en primer lugar por el factor económico y en segundo a la terminación de la organización del archivo de las historias laborales, como es de su conocimiento es imprescindible la elaboración del cálculo actuaria/ de todas las personas que pasaron por esta empresa durante el tiempo en que estuvo vigente, antes de que se proceda con el cierre definitivo de la empresa.
2. ORGANIZACIÓN DEL ARCHIVO F/$/CO Y DOCUMENTAL: 2. 1 La situación actual del archivo del fondo acumulado, que corresponde a todos /os documentos originados antes del proceso de liquidación. los cuales se encuentran en un atraso. debido a que durante los dos (2) primeros alias del proceso liquida/ario . no se inicio gestión alguna para su organización, y fue hasta el primer semestre del a1102 012 que se logro obtener flujo de caja que permitiera iniciar la contratación de los auxiliares de archivo que realizarían la depuración del proceso de archivo documental, con respecto a la organización, foliación y digitación de la información. inicialmente de las Historias Laborales (4.000).
En estos momentos la gestión de archivo del proceso liquida/ario se encuentra atrasado en un 80%, por las circunstancias antes mencionadas y no es posible la entrega con el lleno de los requisitos establecidos por /as normas exigidas por el Archivo General la Nación, la custodia que corresponde legalmente realizar por un periodo no menor de cinco (5) a11os,s in que esté. se encuentre completamente organizado.
3. SANEAMIENTO DE LOS BIENES INMUEBLES DE PROPIEDAD DE ESTA
ENTIDAD EN LIQUIDACIÓN SUSCEPTIBLES DE ENAJENACIÓN:
0063
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO DE 2013 HOJA No 4 de 7
Continuación de la Resolución Ejeculiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes. haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO. -------- -------------- ------- -- No. NRO. OIRECCION MATRICULA OBSERVACIONEQS UE LIMITANS U VALOR DEL AVALÚO VENTAI NMEDIATA DEL INMUEBLE 1 KR. 24 NO_ 53D - 35 USO DE SUELO ZONA VERDE, $ 1.014.960.000
040-203684 LIMITANDO SU RÁPIDA VENTA
2 CALLE 35 N0.35-07 PRESENTAA FECTACIÓND E PATRIMONIO S 96.742.SOO 040-143255 ARQUITECTÓNICO.
SE ENCUENTRAO CUPADOP OR lA RAMA
3 CALLE 44 NO. 45-15 BARRIO ROSARIO $ 2.962.770.000
JUDICIAL DE LA SECCIONAL ATLÁNTICO
040-55833 CSJ
4 CARRERA 18 No. 19-39 BARANDA No disponible OCUPADO POR LA GOBERNACION OH $ 192.850.000
ATLANTICO
s CALLE 57 NRO. 23-70 040-15688 OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL $ 3433.682.000
040-203684 ATLANTICO 6 CRA 24 NRO. 53D-80 040-52961 OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL $ 3.928.200.000
ATLANTICO
7 CRA 11 No. 9-40/52 SABANAGRANDE 040-187611 OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL 5 405.720.000
ATLANTICO 8 CRA3A No. 2A -30 PUERTO COLOMBIA 040-243513 OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL 5 701.183.500
ATLANTICO
9 CALLE 10 No, 4-09 CAMPO DE LA CRUZ 045-26180 OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL $ 1.364.360.000
ATLANTICO
10 CALLE 19 No. 20-21 BARANOA No disponible OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL $ 716.424.400
ATLANTICO
11 CALLE 22 No. 21-28 LURUACO 045-26177 OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL $ 467 3S2 000
ATLANTICO
040-243406
12 CALLE 15 No. 21-36/60 SOLEDAD OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL S 281.842.000
040-243407
ATLANTICO
13 CALLE 2 No.5-62 PENOALES 045-4259 OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL S 54.540.000
ATLANTICO ----·
14 CALLE 4 No.7A-84 LA PEÑA 045-26332 OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL S 78.460.000
ATLANTICO
IS CALLE 2 No.2·106 BOHORQUEZ 045-2842 OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL $ 44.800.000
ATLANTICO
16 CARRERA 9 NRO. 5-48 POLONUEVO 045-26179 OCUPADO POR LA GOBERNACION DEL $ 133.835.750
ATLANTtCO
17 CALLE 4 No. 10-211 BARRIO LA 045-26178 OCUPADO POR tA GOBEANACION DEL $ 63.000.000
CONCEPCIONMANATI ATLANTICO
$ 15.940.722.150
TOTAL (. . .)
4. SANEAMIENTO CONTABLE: Con respecto a este proceso, la empresa en liquidación inicio con el Saneamiento Contable. fue hasta el segundo semestre del año 2011, realizando hasta la fecha de esta solicitud un avance significativo del 80%. porcentaje este que se encuentra sujeto para su desarrollo total. al proceso de depuración de los procesos judiciales de la empresa y la constitución de la contingencia de perdida y ganancia de los procesos en general. que más adelante se plantea su situación actual, ocasionando un estancamiento en el proceso de saneamiento contable de esta entidad en liquidación.
5. DEPURACION DE LOS PROCESOS JUDICIALES CON ACTIVA O PASIVA DE ESTA ENTIDAD EN LIQU/DACION: Con respecto a este tema es preciso manifestar que esta entidad se encuentra en el desarrollo de inventario de los procesos judiciales, el cual solo muestra un avance de 10% debido a la desorganización encontrada en la administración anterior (. . .)"
0063
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚME~ODE 2013 HOJA No 5 de 7
Continuación de la Resolución Ejecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión mmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa
Administrativa para Liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES
DEL ATLÁNTICO'
6. INICIACIÓN DE PAGOS DEL PASIVO DEL PROCESO LIQUIDA TORIO.
El pasivo de esta empresa en liquidación, a corte de Octubre 31 de 2012, asciende a la suma de. DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES
SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE Y CINCO
PESOS CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS MIL ($19.646. 749. 725,52).
El cual se encuentra constituido en una parte, por los gastos de Administración dentro de los cuales se incluye el saldo que se le adeuda a los ex trabajadores por concepto de acreencias laborales y las obligaciones con los terceros, y por otra parte las obligaciones a cargo de la masa del proceso liquidatorio, tales como las reclamaciones oportunas y extemporáneas debidamente reconocidas al igual que el pasivo cierto no reclamado. De acuerdo con lo expuesto anteriormente, no es posible culminar el proceso de liquidación de la Empresa de Lotería y Apuestas Permanentes del Atlántico en liquidación en el día 9 de marzo de 2013, adicional a esto, teniendo en cuenta todos los reportes presentados en los informes de gestión que esta administración ha venido presentando ante esta Superintendencia desde el mes de junio de 2011 a la fecha. A continuación se presenta w1 resumen de las actividades con el porcentaje de avances y lo pendiente por terminar con sus limitan/es. RESUMEN DE ACTIVIDADES PENDIENTES EN EL PROCESO LIQUIDATORIO DE LA EMPRESA DE LOTERIAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO EN EL AÑO 2013 • 2014
NOMBRE DE PROCESO O %DE '% PENDIENTE POR TIEMPO DE DURACIÓN
ACTIVIDAD AVANCE CULMINAR DEL PROCESO LIMITACIONES DE LA ACTIYlDAD
1. CALCULO ACTUARIAL 0% 100% DOS (2) MESES RECURSO ECONOMICO
2. ORGANIZACIÓN DEL ARCHIVO RECURSO ECONOMICO Y Y ELABORACION DE LAS TRD Y TVD 20% 8-0% OCHO (8) MESES HUMANO
2.1 ENTREGA EN CUSTODIA OEL
ARCHIVO 0% 100% DOS (2) MESES TERMINAR EL PUNTO 2
3. SANEAMIENTO DE LOS RECURSO ECONOMICO Y INMUEBLES 30°/. 70% OCHO (8) MESES HUMANO
4. SANEAMIENTO CONTABLE 8-0¾ 20"/o DOS (2) MESES TERMINAR EL PUNTO 5
5. INVENTARIO Y DEPURACION OE LOS PROCESOS JUDICIALES A DE LA OISPONISIUOAO DE LA FAVOR Y EN CONTRA DE LA 10ºt. 90¾ TRES (3) MESES INFORMACION EN LOS JUZGADOS
ENTIDAD.
6. PAGOS DE PASrvos 6. 1 GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 40% 60% DOS (2) MESES VENTA DE ACTIVOS OISPONIBIL1DAO DE RECURSOS 6 2 ACREENCIAS OPORTUNAS O¾ 100% INDETERMINADO CANCELAR DE ACUERDO A LA
PRELACIQN DE PAGO DISPONIBtltDAD DE RECURSOS 6.3 ACREENCIAS EXTEMPORANEAS 0% 100% INDETERMINADO CANCELAR DE ACUERDO A LA
PRELACION DE PAGO
6.4 PASIVO CIERTO NO DISPON!BILIDAD DE RECURSOS
RECLAMADO O¾ 100% INDETERMINADO CANCELAR DE ACUERDO A LA PRELACION DE PAGO ( .. )" (sic)
0063
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚME~O . DE 2013 HOJA No 6 de 7
Continuación de la Resolución EJecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la toma de posesión inmediata de los bienes. haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES
DEL ATLÁNTICO
Que evaluada la solicitud de la Agente Liquidadora contenida en el oficio anteriormente citado, la Doctora RUTTY PAOLA ORTIZ JARA Superintendente Delegada para Medidas Especiales, en concepto de fecha 21 de febrero de 2013, previas algunas consideraciones, se pronunció sobre la viabilidad de la prórroga del término de toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y de la Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO concluyendo lo siguiente: (Carpeta 17 Folios 2960-2968)
6. CONCLUSIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA MEDIDAS ESPECIALES En consideración a lo anteriormente expuesto, la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales considera viable prorrogar la medida de intervención de liquidación forzosa de la Empresa de Loterías y Apuestas Permanentes del
Atlántico por un (1) año, tiempo en el cual la Agente Liquidadora deberá garantizar la culminación de las actividades establecidas en el cronograma propuesto. Durante el tiempo de la prórroga, la Agente Liquidadora deberá presentar ante la Superintendencia Delegada para Medidas Especiales, el respectivo ajuste al cronograma de las actividades a ejecutarse durante el tiempo de la prórroga. Del análisis realizado por esta Delegada se observa que la Lotería en liquidación debe culminar con procesos indispensables como el cálculo actuaria/, organización y entrega del archivo y la cancelación de las acreencias. para lograrlo deberá contar con el 100% del saneamiento contable y culminar con la venta de los inmuebles." Que con el fin de garantizar la culminación del proceso liquidatorio, el Gobierno Nacional, con base en lo dispuesto en el inciso 2º del numeral 2 º del articulo 117 del DecretoLey 663 de 1993, modificado por el 23 de la Ley 510 de 1999, autoriza la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y_ la intervención forzosa administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERIAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLANTICO, por el término de un (1) año, con miras a que se ejecuten las actividades necesarias para concluir dicho proceso. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Articulo 1. AUTORIZAR la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa
administrativa para liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución. Parágrafo. La prórroga será hasta por el término de un (1) año, contado a partir del 9 de marzo de 2013 hasta el 8 de marzo de 2014, con sujeción a lo dispuesto en el inciso 2 del numeral 2 del articulo 23 de la Ley 510 de 1999, mediante el cual se modificó el articulo 117 del Decreto-Ley 663 de 1993. 0063
RESOLUCIÓN EJECUTIVA NÚMERO DE 2013 HOJA No 7 de 7
Continuación de la Resolución E1ecutiva "Por medio de la cual se prorroga el término de la loma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO" Artículo 2. COMUNICAR la presente decisión a la doctora YESENY MORALES MAGDANIEL, identificada con la cédula de ciudadanía 40,984,413 de Maicao (Guajira), Agente Especial Liquidador de la EMPRESA DE LOTERÍAS Y APUESTAS PERMANENTES DEL ATLÁNTICO, al Gobernador del Departamento del Atlántico, al Superintendente Nacional de Salud y a la Delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, Artículo 3. La presente resolución rige a partir de su publicación,
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUE E Y ÚMPLASE.
Dada en Bogotá a los • 8M AR2013 j V'\ !~