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MINTIC - Circular 4 de 2015

Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

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Detalles

Título
MINTIC - Circular 4 de 2015
Autor
Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2015

TODOS POR UNNUEVO PAIS

PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN (5) minTIC

Código TRD: CIRCULAR No. 004 /2015

PARA: PROVEEDORES DE REDES Y SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES QUEAPLICAN EL ESQUEMA DE SUBSIDIOS DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 58 DELA LEY 1450 DE 2011.

ASUNTO: AJUSTES COMPLEMENTARIOS A PROCEDIMIENTOS DE CIERRE YVERIFICACION.

FECHA: 13 DE ENERO DE 2015

Con el fin de precisar algunos aspectos correspondientes a los procesos de cierre y verificacionesrelacionadas con los subsidios de que trata el artículo 58 de la Ley 1450 de 2011, se consideranecesario referir lo siguiente:

1. TPBCL y TPBCLE. 1.1,OPORTUNIDAD PARA PRESENTAR LOS REPORTES MENSUALES DE FACTURACIÓNPARA PROVEEDORES DE TPBCL Y TPBCLE La fecha límite para presentar los reportes de facturación de la vigencia 2014 es el 16 de febrero de2015. La fecha límite para presentar el reporte de facturación de enero del 2015 es el 28 de febrerode 2015. Dichos reportes deberán presentarse en la versión “MinTIC_20141031_Formato de reportede facturación de TPBCL_v1.4. 1.2.MES DE REPORTE ADICIONAL DE FACTURACIÓN PARA PROVEEDORES DE TPBCLY TPBCLE Para efectos de poder reportar el servicio completo hasta el 30 de enero de 2015, se extiende laobligación de presentar el reporte de facturación al mes de febrero de 2015 para aquellosOperadores que lo requieran a efecto de poder reportar los subsidios en el período de prestación delservicio que comprenda el 30 de enero de 2015. La fecha límite para entregar este reporte es el 15de marzo de 2015.

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E MINTIC 1.3.CALCULO PROPORCIONAL EN EL MES DE FINAL DE SUBSIDIOS DE TPBCL YTPBCLE Teniendo en cuenta la fecha límite del 30 de enero de 2015 para entregar subsidios vía tarifa alservicio de TPBCL y TPBCLE, el cálculo de subsidios a reconocer para periodos de prestación delservicio que incluyan ese día pero terminen posteriormente se hará de forma proporcional sobre unabase de 31 días para el periodo. 1.4.INGRESO PROMEDIO POR MINUTO EN EL AÑO 2014 PARA OPERADORES DE TPBCLy TPBCLE Se requiere que los operadores de TPBCL y TPBCLE envien al Ministerio, a más tardar el día 15 defebrero de 2015 el valor del ingreso promedio por minuto en el servicio de TPBCL y TPBCLEdurante el año 2014.

2. INTERNET. 2.1.CODIGOS DE EQUIPOS ACEPTADOS PARA COMPONENTES TARIFARIOS DELSERVICIO DE INTERNET QUE PERMITEN INCORPORAR EL TERMINAL Los equipos terminales que se incorporan a los planes de acceso a Internet de Banda ancha quereciben subsidios deberán cumplir con las especificaciones previstas en la resolución 1363 de2012 y sus modificaciones según el caso.

Los códigos que se asignan a cada equipo previa revisión de la información técnica de suscaracterísticas se utilizarán para los procesos de verificación que se realicen respecto de dichasterminales. En caso de que un equipo no sea aprobado y en consecuencia no se le asigne código, el mismono podrá ser aceptado en los procesos de verificación y por lo tanto no podrá ser reconocido elcorrespondiente subsidio al PRST.

2.2.INFORMACION PARA VERIFICACION DE BENEFICIARIOS DE VIVIENDAS VIS Y VIP Con el fin de verificar cuando sea pertinente que un suscriptor de servicio es efectivamentebeneficiario de viviendas VIS o VISP, en los casos en que se otorguen subsidios que sean vive digitalColombiaTODOS POR UN NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN (8) mintTic específicos para beneficiarios de este tipo de viviendas, se podrá requerir a los PRST la certificacióncorrespondiente que contenga al menos los siguientes elementos: + Debe ser suscrita por autoridad municipal o nacional que haya participado en el desarrollode los proyectos de vivienda y por lo tanto pueda dar fe de los proyectos y beneficiarios deviviendas VIS y VISP. + Debe contener como mínimo la siguiente información de: (i) departamento, municipio ydirección del predio específico o dirección del proyecto como conjunto, (ii) informacióncomplementaria del predio asignado dentro del proyecto o conjunto cuando aplique, (ii)identificación (nombre) del beneficiario o beneficiarios de la vivienda, (iv) numero y tipo dedocumento de identidad del beneficiario o beneficiarios. La Oficina de Gestión de Ingresos del FONTIC dará un plazo prudencial para responder a estosrequerimientos. Copia simple de estos documentos deberán ser allegados por el PRST como soporte respecto de lanaturaleza del suscriptor como beneficiario de dichos proyectos. La información de beneficiario, documento de identidad y dirección deberá corresponder a la que sereporte por parte del PRST en los demás registros y documentos usados para el proceso deverificación.

2.3.FORMULA DEL FACTOR DE AJUSTE EN EL RESULTADO DE LA VERIFICACION DEMUESTRAS DEL ESQUEMA DE SUBSIDIOS A INTERNET DE BANDA ANCHA Para facilitar el entendimiento de la fórmula de ajuste en el resultado de la verificación de muestrasdel esquema de subsidios a internet de Banda Ancha, referida en el numeral 2 de la Circular 01 de2013 y el numeral 2.3.8 de la circular 002 de 2013, se hacen las siguientes precisiones . El factor de ajuste a aplicar en el mes correspondiente a la liquidación será: Factor de ajuste = 100% x Aceptados / (Aceptados+Rechazados+Pendientes recurrentes porincompletos + Pendientes recurrentes por inconsistentes) vive digitalColombiaTODOS POR UN NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACION (8) mintic Se entiende por pendientes recurrentes los resultados de pendientes (sea por incompleto o porinconsistentes) correspondientes a una muestra que se solicitó nuevamente por haber quedadocomo pendiente (sea por incompleto o por inconsistentes) en un mes anterior. 2.4, FORMULAS DE FACTOR DE AJUSTE EN LA VERIFICACION DE MUESTRAS DELPROCESO DE CIERRE DEL ESQUEMA DE SUBSIDIOS A INTERNET DE BANDAANCHA El factor de ajuste a aplicar según el resultado de la verificación de muestras del proceso de cierreserá: Factor de ajuste = 100% x Aceptados / (Aceptados+Rechazados) 2.5.OPORTUNIDAD PARA PRESENTAR LOS REPORTES MENSUALES DE USUARIOS ENEL ESQUEMA DE SUBSIDIOS A INTERNET DE BANDA ANCHA

La fecha límite para presentar el reporte de diciembre de 2014 es el 28 de febrero de 2015. 2.6.MES DE REPORTE ADICIONAL EN EL ESQUEMA DE SUBSIDIOS A INTERNET DEBANDA ANCHA Para efectos de poder reportar el servicio completo hasta el 31 de diciembre de 2014, se extiende laobligación de presentar el reporte de usuarios de internet de banda ancha al mes de enero de 2015,que comprende los periodos de causación comenzando entre el 16 de diciembre de 2014 y el 15 deenero de 2015. La fecha límite para entregar este reporte es el 15 de marzo de 2015. 2.7.CRUCE CONTRA LA CONTRAPRESTACIÓN: Los proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones que participaron en el esquema desubsidios a Internet de Banda Ancha, podrán cruzar los subsidios que otorgaron durante el últimotrimestre de 2014, contra la contraprestación que se autoliquiden para el mismo trimestre, cuyo plazomáximo para entrega al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones vence elpróximo 31 de enero de 2015. (Se debe enviar junto con la autoliquidación el anexo 1). Lo anteriorindependiente de la obligación que tienen de reportar los meses de Noviembre y Diciembre de 2014,a más tardar el 31 de enero y el 28 de febrero de 2015 respectivamente.

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2.8. INFORMACIÓN INCOMPLETA e IMPOSIBILIDAD PARA VERIFICAR.

En estricto cumplimiento a lo establecido en la Resolución 1363 de 2012 y sus modificaciones, elMinisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a través de la Oficina para laGestión de Ingresos del Fondo, debe adelantar en su totalidad todas las etapas previstas para laverificación de los subsidios a Internet de Banda Ancha, es importante recordar que a losproveedores que por alguna razón, no se les haya podido realizar la verificación, (carga, análisis,liquidación, cotejo de muestras, reliquidación), las contraprestaciones que haya cruzadodirectamente, resultarán al final como obligaciones a su cargo, y se les dará el tratamiento indicadoen la Resolución No. 2877 de 2011, modificatoria de la Resolución 290 de 2010.

2.9.BALANCE A 30 DE DICIEMBRE DE 2014.

La Oficina para la Gestión de Ingresos del Fondo, adelanta un proceso de información a losproveedores de redes y servicios de telecomunicaciones, sobre el estado de su información tanto encifras, como en procesos, con corte al 31 de diciembre de 2014, con el fin de permitir al proveedorrevisar toda la información que se ha generado con ocasión del otorgamiento de subsidios tanto desubsidios de TPBC como de Internet, y realizar todas las acciones tendientes a realizar el cierre delesquema. Teniendo en cuenta que la mayoría de correcciones que deben realizar los proveedoreslas debe realizar en su reporte de diciembre de 2014, se ha previsto el 6 de Febrero de 2015, pararealizar un Taller, que permita aclarar todas las inquietudes que puedan presentarse sobre la formade reportar, corregiry en particular a aquellos proveedores que se les ha reconocido mediante actosadministrativos el déficit generado y transferido recursos, quedando algunos saldos “PORACEPTAR”, la forma como deben proceder para que éstos recursos les sean reconocidos de haberlugar a ello. JUAN DAVID OLARTE TORRIJefe Oficina para la Gestion de Ingresos del FONTIC.Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Elaboró: Ing. Ernesto López — SAI. S.A.S.Ing. Mauricio López - Gómez Consultores S.A.SDoris Heredia Camacho. - FONTIC. vive digitalColombiaBEA he ali IO E E E lA cd =.a mo resoas Sif wea ol ‘winget st a fh ru= 0 IÓ ue th= oh a gg lo E Ama eee Me E atsSui i:an E E wieom a pee e 1 apeSeer? A oft / b

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